Un convenio de SIETE años (2019-2025), vencido y denunciado
Cubre desde 2019 hasta 2025 y hoy está en ultraactividad, con una cláusula de revisión que puede subir todavía las tablas de partida de 2026.
- Entra en vigor el 1 de enero de 2019 y su vigencia llega hasta el 31 de diciembre de 2025 (art. 4).
- Fue denunciado el 29 de septiembre de 2025.
- ⭐ CLÁUSULA DE GARANTÍA SALARIAL: si la suma de los IPC reales de 2023, 2024 y 2025 supera la suma de los incrementos pactados para esos años (9 %), se produce una actualización salarial automática, con un tope máximo de hasta un 3 % adicional (12 % en total).
- Esa actualización tiene efectos jurídicos y económicos EXCLUSIVAMENTE desde el 1 de enero de 2026, se aplica sobre todos los conceptos retributivos a sus valores de 2025 y el resultado son las remuneraciones de partida de 2026.
- La calcula la Comisión Paritaria, que debe reunirse inmediatamente después de publicarse la variación anual del IPC real de diciembre de 2025.
- La cláusula de revisión salarial automática para el caso de ultraactividad (art. 8) solo opera si el PIB de la economía española ha experimentado un incremento anual superior al 2 %.
- Prohibición de concurrencia: ni este convenio ni los que se negocien en su desarrollo pueden ser afectados, interferidos ni solapados por otra norma convencional o pacto de empresa que pretenda abarcar su ámbito funcional; cualquier concurrencia se resuelve a favor de este convenio por el principio de especialidad, con independencia de las fechas de entrada en vigor (art. 5).