Convenio colectivo · REGCON 01100064162022

Convenio colectivo de eficacia limitada del transporte de viajeros por carretera de Álava 2011-2024

Araba/Álava Transporte de viajeros por carretera Ámbito provincial Vigencia 01/01/2011 — 31/12/2024
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOTHA nº 148, 26/12/2022.
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Eficacia limitada Este convenio NO se aplica a todo el sector: se firmó como acuerdo extraestatutario, sin eficacia general, así que solo obliga a las empresas y a los trabajadores representados por las organizaciones que lo firmaron. Si tu empresa o tú no pertenecéis a ellas, este convenio no se te aplica automáticamente. Por las empresas: Agrupación Alavesa de Transportes. Por los trabajadores: UGT.

En ultraactividad Venció el 31/12/2024, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Este convenio desarrolla un acuerdo marco estatal: Acuerdo marco estatal sobre materias del transporte de viajeros por carretera (vehículos de más de nueve plazas), que fija las condiciones mínimas comunes de todo el sector (jornada máxima, clasificación profesional, régimen disciplinario…). Si una condición no aparece aquí, mírala allí.

Tabla salarial 2024 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 35 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
COMPLEMENTO PERSONAL 5 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 0,00 € 0% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 0 % del salario base en la columna de 5 años.
QUEBRANTO DE MONEDA M 36,03 € Art. 24: por mes trabajado; cuantía de 2024.
PLUS DE IDIOMA H 14,02 € Art. 24: por viaje, a favor de quien tenga conocimiento correcto del idioma y siempre que la empresa lo estime necesario; cuantía de 2024.
PLUS DE NOCTURNIDAD (POR JORNADA DIARIA LEGAL) E 31,15 € Art. 26: trabajos entre las 22:00 y las 6:00 horas; cuantía de 2024 por jornada diaria legal.
PLUS DE NOCTURNIDAD (POR HORA NOCTURNA) H 3,90 € Art. 26: por hora nocturna trabajada entre las 22:00 y las 6:00; cuantía de 2024.
PLUS CONDUCTOR-PERCEPTOR E — SAL_BASE*0.20 20% Art. 25: 20 % de su salario base por cada día en que desempeñe a la vez las funciones de conductor y cobrador. El texto no dice cómo se lleva el salario base mensual a día: no se calcula importe.
PLUS DE 6º DÍA (JORNADA COMPLETA) E 120,00 € Art. 27: si en la semana (de lunes a domingo) se trabaja un 6.º día sin descanso compensatorio, sus horas son extraordinarias y se retribuyen con 120 euros si ese día se presta servicio a jornada completa. El texto no fija año: la cuantía es la misma en 2022, 2023 y 2024.
PLUS DE 6º DÍA (MEDIA JORNADA) E 60,00 € Art. 27: 60 euros si ese 6.º día se presta servicio como máximo a media jornada (día con una amplitud de jornada de 8 horas). Sin año en el texto.
PLUS DE DOMINGOS Y FESTIVOS E 30,00 € Art. 27: los servicios realizados en domingo y días festivos, regulares o discrecionales, dan lugar a un plus festivo de 30 euros. Sin año en el texto.
DIETA COMIDA (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 16,61 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: regulares nacionales e internacionales, comida.
DIETA CENA (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 16,61 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: regulares nacionales e internacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 28,47 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: regulares nacionales e internacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 61,68 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: regulares nacionales e internacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES NACIONALES) E 23,23 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales nacionales, comida.
DIETA CENA (DISCRECIONALES NACIONALES) E 23,23 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales nacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES NACIONALES) E 36,53 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales nacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (DISCRECIONALES NACIONALES) E 82,99 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales nacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 38,20 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales internacionales, comida.
DIETA CENA (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 38,20 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales internacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 61,46 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales internacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 137,86 € Art. 28 y anexo de dietas de 2024: discrecionales internacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 22,69 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2024.
DIETA CENA (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 22,69 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2024.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 37,27 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2024.
DIETA COMIDA (CON BONO, EXTRANJERO) E 15,29 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2024.
DIETA CENA (CON BONO, EXTRANJERO) E 15,29 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2024.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (CON BONO, EXTRANJERO) E 25,00 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2024.
DIETA COMIDA (CON BONO, NACIONALES) E 4,15 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2024.
DIETA CENA (CON BONO, NACIONALES) E 4,15 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2024.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (CON BONO, NACIONALES) E 4,15 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2024.
DIETA COMPLETA (CON BONO, NACIONALES) E 12,46 € Art. 28: total de la dieta completa en viajes nacionales; cuantía de 2024. Da derecho a ella el servicio que obliga a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO (PÓLIZA DE SEGURO) A 73.620,00 € Art. 30 a): capital de 2024 en caso de fallecimiento; la póliza incluye los accidentes laborales in itinere.
INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA (PÓLIZA DE SEGURO) A 80.631,00 € Art. 30 b): capital de 2024 por invalidez permanente absoluta para todo trabajo; los demás supuestos de invalidez, según la póliza.
MENSUALIDAD POR FALLECIMIENTO (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL) A — Art. 30: a quien fallezca en activo por enfermedad común o accidente no laboral, la liquidación se incrementa con el salario de una mensualidad. Sin importe: depende del salario de cada persona.
PREMIO DE JUBILACIÓN A — Art. 43: al jubilarse, una mensualidad del salario real que se venga cobrando. Sin importe: depende del salario de cada persona.
Jefe de Sección GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.690,73 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 413,55 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 2.104,28 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.104,28 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.104,28 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 2.104,28 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 31.564,18 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 169,07 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 270,52 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 371,96 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 473,40 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 574,85 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 676,29 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 84,54 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 169,07 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 169,07 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 67,63 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 236,70 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 135,26 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 304,33 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 202,89 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 371,96 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 270,52 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 439,59 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 338,15 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 1ª Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.302,10 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 377,01 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.679,10 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.679,10 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.679,10 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.679,10 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 25.186,57 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 130,21 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 208,34 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 286,46 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 364,59 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 442,71 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 520,84 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 65,10 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 130,21 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 130,21 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 52,08 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 182,29 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 104,17 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 234,38 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 156,25 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 286,46 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 208,34 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 338,54 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 260,42 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 2ª Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.086,19 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 355,42 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.441,61 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.441,61 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.441,61 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.441,61 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 21.624,08 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 108,62 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 173,79 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 238,96 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 304,13 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 369,30 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 434,47 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 54,31 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 108,62 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 108,62 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 43,45 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 152,07 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 86,89 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 195,51 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 130,34 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 238,96 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 173,79 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 282,41 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 217,24 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Auxiliar Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 950,00 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 237,50 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.187,50 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.187,50 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.187,50 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.187,50 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 17.812,46 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 95,00 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 152,00 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 209,00 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 266,00 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 323,00 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 380,00 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 47,50 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 95,00 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 95,00 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 38,00 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 133,00 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 76,00 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 171,00 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 114,00 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 209,00 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 152,00 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 247,00 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 190,00 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe Adm. Taquilla GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.111,10 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 337,15 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.448,25 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.448,25 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.448,25 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.448,25 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 21.723,73 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 111,11 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 177,78 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 244,44 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 311,11 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 377,77 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 444,44 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 55,55 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 111,11 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 111,11 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 44,44 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 155,55 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 88,89 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 200,00 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 133,33 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 244,44 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 177,78 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 288,89 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 222,22 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe Adm. Ruta GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.182,52 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 375,35 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.557,86 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.557,86 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.557,86 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.557,86 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 23.367,96 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 118,25 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 189,20 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 260,15 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 331,10 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 402,06 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 473,01 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 59,13 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 118,25 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 118,25 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 47,30 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 165,55 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 94,60 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 212,85 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 141,90 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 260,15 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 189,20 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 307,45 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 236,50 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Taquilleros/as GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.074,56 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 295,63 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.370,19 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.370,19 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.370,19 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.370,19 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 20.552,84 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 107,46 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 171,93 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 236,40 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 300,88 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 365,35 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 429,82 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 53,73 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,46 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,46 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 42,98 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 150,44 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 85,96 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 193,42 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 128,95 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 236,40 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 171,93 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 279,39 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 214,91 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Inspector GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.174,21 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 350,44 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.524,65 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.524,65 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.524,65 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.524,65 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 22.869,71 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 117,42 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 187,87 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 258,33 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 328,78 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 399,23 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 469,68 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 58,71 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 117,42 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 117,42 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 46,97 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 164,39 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 93,94 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 211,36 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 140,91 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 258,33 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 187,87 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 305,29 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 234,84 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Conductor GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.159,26 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 460,05 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.619,31 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.619,31 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.619,31 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.619,31 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 24.289,72 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 115,93 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 185,48 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 255,04 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 324,59 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 394,15 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 463,71 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 57,96 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 115,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 115,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 46,37 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 162,30 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 92,74 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 208,67 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 139,11 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 255,04 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 185,48 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 301,41 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 231,85 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Cobrador GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.074,56 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 325,52 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.400,08 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.400,08 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.400,08 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.400,08 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 21.001,27 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 107,46 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 171,93 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 236,40 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 300,88 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 365,35 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 429,82 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 53,73 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,46 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,46 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 42,98 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 150,44 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 85,96 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 193,42 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 128,95 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 236,40 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 171,93 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 279,39 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 214,91 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Auxiliar de Ruta GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 949,99 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 237,50 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.187,50 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.187,50 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.187,50 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.187,50 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 17.812,46 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 95,00 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 152,00 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 209,00 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 266,00 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 323,00 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 380,00 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 47,50 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 95,00 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 95,00 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 38,00 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 133,00 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 76,00 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 171,00 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 114,00 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 209,00 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 152,00 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 247,00 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 190,00 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe de Taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.439,95 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 413,54 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.853,49 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.853,49 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.853,49 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.853,49 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 27.802,39 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 143,99 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 230,39 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 316,79 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 403,18 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 489,58 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 575,98 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 72,00 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 143,99 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 143,99 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 57,60 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 201,59 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 115,20 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 259,19 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 172,79 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 316,79 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 230,39 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 374,39 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 287,99 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Encargado Taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.353,58 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 406,90 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.760,48 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.760,48 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.760,48 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.760,48 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 26.407,29 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 135,36 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 216,57 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 297,79 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 379,00 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 460,22 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 541,43 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 67,68 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 135,36 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 135,36 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 54,14 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 189,50 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 108,29 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 243,64 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 162,43 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 297,79 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 216,57 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 351,93 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 270,72 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 1ª Mecánico GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.175,88 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 443,44 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.619,32 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.619,32 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.619,32 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.619,32 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 24.289,72 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 117,59 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 188,14 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 258,69 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 329,25 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 399,80 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 470,35 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 58,79 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 117,59 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 117,59 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 47,04 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 164,62 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 94,07 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 211,66 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 141,11 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 258,69 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 188,14 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 305,73 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 235,18 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 2º Mecánico GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.099,47 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 403,59 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.503,06 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.503,06 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.503,06 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.503,06 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 22.545,84 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 109,95 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 175,92 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 241,88 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 307,85 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 373,82 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 439,79 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 54,97 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 109,95 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 109,95 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 43,98 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 153,93 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 87,96 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 197,90 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 131,94 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 241,88 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 175,92 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 285,86 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 219,89 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
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ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 973,25 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 225,87 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.199,12 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.199,12 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.199,12 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.199,12 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 17.986,85 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 97,32 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 155,72 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 214,11 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 272,51 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 330,90 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 389,30 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 48,66 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,32 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,32 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 38,93 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 136,25 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 77,86 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 175,18 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 116,79 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 214,11 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 155,72 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 253,04 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 194,65 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Engrasador GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 973,24 € Tabla salarial de 2024, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 225,87 € Tabla salarial de 2024, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.199,13 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.199,13 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.199,13 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.199,13 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2024.
TOTAL ANUAL A 17.986,86 € Tabla salarial de 2024, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 97,32 € 10% Art. 18 y anexo II de 2024: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 155,72 € 16% Art. 18 y anexo II de 2024: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 214,11 € 22% Art. 18 y anexo II de 2024: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 272,51 € 28% Art. 18 y anexo II de 2024: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 330,90 € 34% Art. 18 y anexo II de 2024: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 389,30 € 40% Art. 18 y anexo II de 2024: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 48,66 € 5% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,32 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,32 € 10% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 38,93 € 4% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 136,25 € 14% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 77,86 € 8% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 175,18 € 18% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 116,79 € 12% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 214,11 € 22% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 155,72 € 16% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 253,04 € 26% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 194,65 € 20% Art. 19 y anexo I de 2024: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
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COMPLEMENTO PERSONAL 5 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 0,00 € 0% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 0 % del salario base en la columna de 5 años.
QUEBRANTO DE MONEDA M 34,48 € Art. 24: por mes trabajado; cuantía de 2023.
PLUS DE IDIOMA H 13,42 € Art. 24: por viaje, a favor de quien tenga conocimiento correcto del idioma y siempre que la empresa lo estime necesario; cuantía de 2023.
PLUS DE NOCTURNIDAD (POR JORNADA DIARIA LEGAL) E 29,81 € Art. 26: trabajos entre las 22:00 y las 6:00 horas; cuantía de 2023 por jornada diaria legal.
PLUS DE NOCTURNIDAD (POR HORA NOCTURNA) H 3,73 € Art. 26: por hora nocturna trabajada entre las 22:00 y las 6:00; cuantía de 2023.
PLUS CONDUCTOR-PERCEPTOR E — SAL_BASE*0.20 20% Art. 25: 20 % de su salario base por cada día en que desempeñe a la vez las funciones de conductor y cobrador. El texto no dice cómo se lleva el salario base mensual a día: no se calcula importe.
PLUS DE 6º DÍA (JORNADA COMPLETA) E 120,00 € Art. 27: si en la semana (de lunes a domingo) se trabaja un 6.º día sin descanso compensatorio, sus horas son extraordinarias y se retribuyen con 120 euros si ese día se presta servicio a jornada completa. El texto no fija año: la cuantía es la misma en 2022, 2023 y 2024.
PLUS DE 6º DÍA (MEDIA JORNADA) E 60,00 € Art. 27: 60 euros si ese 6.º día se presta servicio como máximo a media jornada (día con una amplitud de jornada de 8 horas). Sin año en el texto.
PLUS DE DOMINGOS Y FESTIVOS E 30,00 € Art. 27: los servicios realizados en domingo y días festivos, regulares o discrecionales, dan lugar a un plus festivo de 30 euros. Sin año en el texto.
DIETA COMIDA (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 15,89 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: regulares nacionales e internacionales, comida.
DIETA CENA (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 15,89 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: regulares nacionales e internacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 27,24 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: regulares nacionales e internacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 59,02 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: regulares nacionales e internacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES NACIONALES) E 22,23 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales nacionales, comida.
DIETA CENA (DISCRECIONALES NACIONALES) E 22,23 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales nacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES NACIONALES) E 34,96 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales nacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (DISCRECIONALES NACIONALES) E 79,42 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales nacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 36,56 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales internacionales, comida.
DIETA CENA (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 36,56 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales internacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 58,81 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales internacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 131,92 € Art. 28 y anexo de dietas de 2023: discrecionales internacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 21,72 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2023.
DIETA CENA (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 21,72 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2023.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 35,66 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2023.
DIETA COMIDA (CON BONO, EXTRANJERO) E 14,63 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2023.
DIETA CENA (CON BONO, EXTRANJERO) E 14,63 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2023.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (CON BONO, EXTRANJERO) E 23,92 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2023.
DIETA COMIDA (CON BONO, NACIONALES) E 3,97 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2023.
DIETA CENA (CON BONO, NACIONALES) E 3,97 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2023.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (CON BONO, NACIONALES) E 3,97 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2023.
DIETA COMPLETA (CON BONO, NACIONALES) E 11,92 € Art. 28: total de la dieta completa en viajes nacionales; cuantía de 2023. Da derecho a ella el servicio que obliga a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO (PÓLIZA DE SEGURO) A 70.450,00 € Art. 30 a): capital de 2023 en caso de fallecimiento; la póliza incluye los accidentes laborales in itinere.
INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA (PÓLIZA DE SEGURO) A 77.159,00 € Art. 30 b): capital de 2023 por invalidez permanente absoluta para todo trabajo; los demás supuestos de invalidez, según la póliza.
MENSUALIDAD POR FALLECIMIENTO (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL) A — Art. 30: a quien fallezca en activo por enfermedad común o accidente no laboral, la liquidación se incrementa con el salario de una mensualidad. Sin importe: depende del salario de cada persona.
PREMIO DE JUBILACIÓN A — Art. 43: al jubilarse, una mensualidad del salario real que se venga cobrando. Sin importe: depende del salario de cada persona.
Jefe de Sección GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.617,92 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 395,74 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 2.013,66 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.013,66 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.013,66 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 2.013,66 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 30.204,96 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 161,79 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 258,87 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 355,94 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 453,02 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 550,09 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 647,17 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 80,90 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 161,79 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 161,79 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 64,72 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 226,51 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 129,43 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 291,23 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 194,15 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 355,94 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 258,87 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 420,66 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 323,58 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 1ª Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.246,02 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 360,77 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.606,80 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.606,80 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.606,80 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.606,80 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 24.101,99 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 124,60 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 199,36 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 274,13 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 348,89 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 423,65 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 498,41 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 62,30 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 124,60 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 124,60 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 49,84 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 174,44 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 99,68 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 224,28 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 149,52 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 274,13 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 199,36 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 323,97 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 249,20 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 2ª Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.039,41 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 340,11 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.379,53 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.379,53 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.379,53 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.379,53 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 20.692,90 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 103,94 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 166,31 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 228,67 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 291,04 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 353,40 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 415,77 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 51,97 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 103,94 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 103,94 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 41,58 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 145,52 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 83,15 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 187,09 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 124,73 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 228,67 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 166,31 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 270,25 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 207,88 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Auxiliar Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 909,09 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 227,27 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.136,36 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.136,36 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.136,36 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.136,36 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 17.045,42 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 90,91 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 145,45 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 200,00 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 254,54 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 309,09 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 363,64 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 45,45 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 90,91 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 90,91 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 36,36 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 127,27 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 72,73 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 163,64 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 109,09 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 200,00 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 145,45 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 236,36 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 181,82 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe Adm. Taquilla GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.063,25 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 322,63 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.385,88 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.385,88 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.385,88 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.385,88 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 20.788,26 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 106,33 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 170,12 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 233,92 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 297,71 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 361,51 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 425,30 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 53,16 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 106,33 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 106,33 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 42,53 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 148,86 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 85,06 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 191,39 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 127,59 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 233,92 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 170,12 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 276,45 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 212,65 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe Adm. Ruta GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.131,59 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 359,19 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.490,78 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.490,78 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.490,78 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.490,78 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 22.361,68 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 113,16 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 181,05 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 248,95 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 316,85 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 384,74 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 452,64 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 56,58 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 113,16 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 113,16 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 45,26 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 158,42 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 90,53 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 203,69 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 135,79 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 248,95 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 181,05 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 294,21 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 226,32 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Taquilleros/as GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.028,29 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 282,90 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.311,19 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.311,19 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.311,19 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.311,19 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 19.667,79 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 102,83 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 164,53 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 226,22 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 287,92 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 349,62 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 411,32 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 51,41 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 102,83 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 102,83 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 41,13 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 143,96 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 82,26 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 185,09 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 123,39 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 226,22 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 164,53 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 267,35 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 205,66 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Inspector GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.123,65 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 335,35 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.458,99 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.458,99 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.458,99 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.458,99 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 21.884,89 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 112,36 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 179,78 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 247,20 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 314,62 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 382,04 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 449,46 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 56,18 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 112,36 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 112,36 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 44,95 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 157,31 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 89,89 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 202,26 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 134,84 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 247,20 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 179,78 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 292,15 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 224,73 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Conductor GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.109,34 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 440,24 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.549,58 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.549,58 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.549,58 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.549,58 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 23.243,75 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 110,93 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 177,49 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 244,06 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 310,62 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 377,18 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 443,74 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 55,47 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 110,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 110,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 44,37 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 155,31 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 88,75 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 199,68 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 133,12 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 244,06 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 177,49 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 288,43 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 221,87 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Cobrador GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.028,29 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 311,51 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.339,79 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.339,79 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.339,79 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.339,79 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 20.096,91 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 102,83 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 164,53 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 226,22 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 287,92 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 349,62 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 411,32 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 51,41 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 102,83 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 102,83 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 41,13 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 143,96 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 82,26 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 185,09 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 123,39 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 226,22 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 164,53 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 267,35 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 205,66 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Auxiliar de Ruta GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 909,09 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 227,27 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.136,37 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.136,37 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.136,37 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.136,37 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 17.045,42 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 90,91 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 145,45 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 200,00 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 254,54 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 309,09 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 363,63 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 45,45 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 90,91 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 90,91 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 36,36 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 127,27 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 72,73 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 163,64 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 109,09 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 200,00 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 145,45 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 236,36 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 181,82 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe de Taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.377,94 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 395,74 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.773,67 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.773,67 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.773,67 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.773,67 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 26.605,16 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 137,79 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 220,47 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 303,15 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 385,82 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 468,50 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 551,18 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 68,90 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 137,79 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 137,79 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 55,12 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 192,91 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 110,24 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 248,03 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 165,35 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 303,15 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 220,47 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 358,26 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 275,59 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Encargado Taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.295,29 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 389,38 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.684,67 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.684,67 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.684,67 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.684,67 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 25.270,14 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 129,53 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 207,25 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 284,96 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 362,68 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 440,40 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 518,12 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 64,76 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 129,53 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 129,53 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 51,81 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 181,34 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 103,62 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 233,15 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 155,44 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 284,96 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 207,25 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 336,78 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 259,06 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 1ª Mecánico GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.125,24 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 424,34 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.549,59 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.549,59 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.549,59 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.549,59 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 23.243,75 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 112,52 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 180,04 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 247,55 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 315,07 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 382,58 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 450,10 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 56,26 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 112,52 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 112,52 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 45,01 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 157,53 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 90,02 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 202,54 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 135,03 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 247,55 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 180,04 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 292,56 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 225,05 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 2º Mecánico GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.052,13 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 386,21 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.438,33 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.438,33 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.438,33 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.438,33 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 21.574,97 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 105,21 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 168,34 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 231,47 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 294,60 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 357,72 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 420,85 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 52,61 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 105,21 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 105,21 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 42,09 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 147,30 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 84,17 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 189,38 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 126,26 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 231,47 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 168,34 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 273,55 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 210,43 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Mozo taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 931,34 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 216,15 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.147,49 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.147,49 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.147,49 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.147,49 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 17.212,30 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 93,13 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 149,01 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 204,89 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 260,78 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 316,66 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 372,54 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 46,57 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 93,13 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 93,13 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 37,25 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 130,39 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 74,51 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 167,64 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 111,76 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 204,89 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 149,01 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 242,15 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 186,27 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Engrasador GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 931,33 € Tabla salarial de 2023, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 216,14 € Tabla salarial de 2023, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.147,49 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.147,49 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.147,49 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.147,49 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2023.
TOTAL ANUAL A 17.212,30 € Tabla salarial de 2023, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 93,13 € 10% Art. 18 y anexo II de 2023: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 149,01 € 16% Art. 18 y anexo II de 2023: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 204,89 € 22% Art. 18 y anexo II de 2023: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 260,77 € 28% Art. 18 y anexo II de 2023: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 316,65 € 34% Art. 18 y anexo II de 2023: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 372,53 € 40% Art. 18 y anexo II de 2023: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 46,57 € 5% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 93,13 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 93,13 € 10% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 37,25 € 4% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 130,39 € 14% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 74,51 € 8% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 167,64 € 18% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 111,76 € 12% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 204,89 € 22% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 149,01 € 16% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 242,15 € 26% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 186,27 € 20% Art. 19 y anexo I de 2023: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Tabla salarial 2022 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 33 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
COMPLEMENTO PERSONAL 5 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 0,00 € 0% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 0 % del salario base en la columna de 5 años.
QUEBRANTO DE MONEDA M 32,83 € Art. 24: por mes trabajado; cuantía de 2022.
PLUS DE IDIOMA H 12,78 € Art. 24: por viaje, a favor de quien tenga conocimiento correcto del idioma y siempre que la empresa lo estime necesario; cuantía de 2022.
PLUS DE NOCTURNIDAD (POR JORNADA DIARIA LEGAL) E 28,39 € Art. 26: trabajos entre las 22:00 y las 6:00 horas; cuantía de 2022 por jornada diaria legal.
PLUS DE NOCTURNIDAD (POR HORA NOCTURNA) H 3,56 € Art. 26: por hora nocturna trabajada entre las 22:00 y las 6:00; cuantía de 2022.
PLUS CONDUCTOR-PERCEPTOR E — SAL_BASE*0.20 20% Art. 25: 20 % de su salario base por cada día en que desempeñe a la vez las funciones de conductor y cobrador. El texto no dice cómo se lleva el salario base mensual a día: no se calcula importe.
PLUS DE 6º DÍA (JORNADA COMPLETA) E 120,00 € Art. 27: si en la semana (de lunes a domingo) se trabaja un 6.º día sin descanso compensatorio, sus horas son extraordinarias y se retribuyen con 120 euros si ese día se presta servicio a jornada completa. El texto no fija año: la cuantía es la misma en 2022, 2023 y 2024.
PLUS DE 6º DÍA (MEDIA JORNADA) E 60,00 € Art. 27: 60 euros si ese 6.º día se presta servicio como máximo a media jornada (día con una amplitud de jornada de 8 horas). Sin año en el texto.
PLUS DE DOMINGOS Y FESTIVOS E 30,00 € Art. 27: los servicios realizados en domingo y días festivos, regulares o discrecionales, dan lugar a un plus festivo de 30 euros. Sin año en el texto.
DIETA COMIDA (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 15,13 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: regulares nacionales e internacionales, comida.
DIETA CENA (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 15,13 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: regulares nacionales e internacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 25,94 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: regulares nacionales e internacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (REGULARES NACIONALES E INTERNACIONALES) E 56,21 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: regulares nacionales e internacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES NACIONALES) E 21,17 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales nacionales, comida.
DIETA CENA (DISCRECIONALES NACIONALES) E 21,17 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales nacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES NACIONALES) E 33,29 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales nacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (DISCRECIONALES NACIONALES) E 75,64 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales nacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 34,81 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales internacionales, comida.
DIETA CENA (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 34,81 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales internacionales, cena.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 56,01 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales internacionales, cama y desayuno.
DIETA TOTAL (DISCRECIONALES INTERNACIONALES) E 125,64 € Art. 28 y anexo de dietas de 2022: discrecionales internacionales, total.
DIETA COMIDA (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 20,68 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2022.
DIETA CENA (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 20,68 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2022.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (DISCRECIONALES A PORTUGAL Y MARRUECOS) E 33,96 € Art. 28: dietas de discrecionales a Portugal y Marruecos para 2022.
DIETA COMIDA (CON BONO, EXTRANJERO) E 13,93 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2022.
DIETA CENA (CON BONO, EXTRANJERO) E 13,93 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2022.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (CON BONO, EXTRANJERO) E 22,78 € Art. 28: desplazamiento con bono (gastos pagados) en viajes al extranjero, en metálico; cuantía de 2022.
DIETA COMIDA (CON BONO, NACIONALES) E 3,78 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2022.
DIETA CENA (CON BONO, NACIONALES) E 3,78 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2022.
DIETA CAMA Y DESAYUNO (CON BONO, NACIONALES) E 3,78 € Art. 28: en viajes nacionales, la misma cantidad por comida y por cama, desayuno y cena; cuantía de 2022.
DIETA COMPLETA (CON BONO, NACIONALES) E 11,35 € Art. 28: total de la dieta completa en viajes nacionales; cuantía de 2022. Da derecho a ella el servicio que obliga a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
MENSUALIDAD POR FALLECIMIENTO (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL) A — Art. 30: a quien fallezca en activo por enfermedad común o accidente no laboral, la liquidación se incrementa con el salario de una mensualidad. Sin importe: depende del salario de cada persona.
PREMIO DE JUBILACIÓN A — Art. 43: al jubilarse, una mensualidad del salario real que se venga cobrando. Sin importe: depende del salario de cada persona.
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ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.540,88 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 376,90 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.917,78 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.917,78 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.917,78 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.917,78 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 28.766,63 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 154,09 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 246,54 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 338,99 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 431,45 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 523,90 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 616,35 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 77,04 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 154,09 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 154,09 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 61,64 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 215,72 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 123,27 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 277,36 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 184,91 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 338,99 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 246,54 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 400,63 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 308,18 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 1ª Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.186,69 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 343,60 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.530,28 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.530,28 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.530,28 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.530,28 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 22.954,27 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 118,67 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 189,87 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 261,07 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 332,27 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 403,47 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 474,68 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 59,33 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 118,67 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 118,67 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 47,47 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 166,14 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 94,94 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 213,60 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 142,40 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 261,07 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 189,87 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 308,54 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 237,34 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 2ª Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 989,92 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 323,92 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.313,83 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.313,83 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.313,83 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.313,83 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 19.707,52 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 98,99 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 158,39 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 217,78 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 277,18 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 336,57 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 395,97 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 49,50 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 98,99 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 98,99 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 39,60 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 138,59 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 79,19 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 178,19 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 118,79 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 217,78 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 158,39 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 257,38 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 197,98 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Auxiliar Adm. GRUPO II 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 865,80 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 216,45 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.082,25 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.082,25 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.082,25 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.082,25 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 16.233,73 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 86,58 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 138,53 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 190,48 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 242,42 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 294,37 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 346,32 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 43,29 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 86,58 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 86,58 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 34,63 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 121,21 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 69,26 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 155,84 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 103,90 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 190,48 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 138,53 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 225,11 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 173,16 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe Adm. Taquilla GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.012,62 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 307,27 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.319,89 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.319,89 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.319,89 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.319,89 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 19.798,34 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 101,26 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 162,02 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 222,78 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 283,53 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 344,29 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 405,05 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 50,63 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 101,26 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 101,26 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 40,50 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 141,77 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 81,01 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 182,27 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 121,51 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 222,78 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 162,02 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 263,28 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 202,52 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe Adm. Ruta GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.077,71 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 342,08 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.419,79 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.419,79 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.419,79 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.419,79 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 21.296,84 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 107,77 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 172,43 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 237,10 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 301,76 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 366,42 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 431,08 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 53,89 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,77 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,77 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 43,11 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 150,88 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 86,22 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 193,99 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 129,32 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 237,10 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 172,43 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 280,20 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 215,54 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Taquilleros/as GRUPO III 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 979,32 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 269,43 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.248,75 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.248,75 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.248,75 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.248,75 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 18.731,23 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 97,93 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 156,69 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 215,45 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 274,21 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 332,97 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 391,73 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 48,97 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 39,17 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 137,11 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 78,35 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 176,28 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 117,52 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 215,45 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 156,69 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 254,62 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 195,86 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Inspector GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.070,14 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 319,38 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.389,52 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.389,52 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.389,52 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.389,52 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 20.842,75 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 107,01 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 171,22 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 235,43 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 299,64 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 363,85 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 428,06 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 53,51 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,01 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,01 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 42,81 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 149,82 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 85,61 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 192,63 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 128,42 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 235,43 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 171,22 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 278,24 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 214,03 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Conductor GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.056,52 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 419,28 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.475,79 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.475,79 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.475,79 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.475,79 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 22.136,91 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 105,65 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 169,04 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 232,43 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 295,82 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 359,22 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 422,61 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 52,83 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 105,65 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 105,65 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 42,26 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 147,91 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 84,52 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 190,17 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 126,78 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 232,43 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 169,04 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 274,69 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 211,30 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Cobrador GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 979,32 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 296,67 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.275,99 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.275,99 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.275,99 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.275,99 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 19.139,91 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 97,93 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 156,69 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 215,45 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 274,21 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 332,97 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 391,73 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 48,97 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 97,93 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 39,17 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 137,11 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 78,35 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 176,28 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 117,52 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 215,45 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 156,69 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 254,62 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 195,86 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Auxiliar de Ruta GRUPO IV 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 865,80 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 216,45 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.082,25 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.082,25 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.082,25 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.082,25 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 16.233,73 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 86,58 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 138,53 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 190,48 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 242,42 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 294,37 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 346,32 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 43,29 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 86,58 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 86,58 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 34,63 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 121,21 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 69,26 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 155,84 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 103,90 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 190,48 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 138,53 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 225,11 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 173,16 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Jefe de Taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.312,32 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 376,89 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.689,21 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.689,21 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.689,21 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.689,21 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 25.338,25 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 131,23 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 209,97 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 288,71 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 367,45 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 446,19 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 524,93 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 65,62 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 131,23 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 131,23 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 52,49 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 183,73 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 104,99 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 236,22 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 157,48 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 288,71 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 209,97 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 341,20 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 262,46 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Encargado Taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.233,61 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 370,83 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.604,45 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.604,45 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.604,45 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.604,45 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 24.066,80 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 123,36 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 197,38 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 271,39 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 345,41 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 419,43 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 493,45 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 61,68 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 123,36 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 123,36 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 49,34 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 172,71 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 98,69 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 222,05 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 148,03 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 271,39 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 197,38 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 320,74 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 246,72 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 1ª Mecánico GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.071,66 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 404,14 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.475,80 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.475,80 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.475,80 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.475,80 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 22.136,91 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 107,17 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 171,47 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 235,77 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 300,06 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 364,36 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 428,66 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 53,58 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,17 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 107,17 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 42,87 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 150,03 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 85,73 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 192,90 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 128,60 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 235,77 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 171,47 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 278,63 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 214,33 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Oficial 2º Mecánico GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.002,02 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 367,82 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.369,84 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.369,84 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.369,84 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.369,84 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 20.547,59 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 100,20 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 160,32 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 220,45 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 280,57 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 340,69 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 400,81 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 50,10 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 100,20 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 100,20 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 40,08 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 140,28 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 80,16 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 180,36 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 120,24 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 220,45 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 160,32 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 260,53 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 200,40 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Mozo taller GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 886,99 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 205,85 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.092,84 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.092,84 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.092,84 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.092,84 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 16.392,66 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 88,70 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 141,92 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 195,14 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 248,36 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 301,58 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 354,80 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 44,35 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 88,70 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 88,70 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 35,48 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 124,18 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 70,96 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 159,66 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 106,44 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 195,14 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 141,92 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 230,62 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 177,40 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.
Engrasador GRUPO V 25 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 886,98 € Tabla salarial de 2022, columna «SALARIO BASE» (art. 17). Es el módulo de la antigüedad (art. 18), del complemento personal (art. 19) y del plus de conductor-perceptor (art. 25).
PLUS CONVENIO M 205,85 € Tabla salarial de 2022, columna «PLUS CONVENIO»: se devenga tanto en día trabajado como en festivos y descansos (art. 20).
TOTAL MENSUAL Y PAGAS M 1.092,85 € SALARIO_BASE+PLUS_CONVENIO Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: salario base más plus convenio; es también la cuantía de cada una de las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.092,85 € Art. 21: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022; la antigüedad y el complemento se suman según cada persona. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.092,85 € Art. 21: igual que la de verano. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022. Puede prorratearse en 12 mensualidades.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.092,85 € Art. 22: participación en beneficios, una mensualidad completa igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad. Importe de la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS» de 2022.
TOTAL ANUAL A 16.392,67 € Tabla salarial de 2022, columna «TOTAL ANUAL»: 15 veces el total mensual (12 mensualidades y 3 pagas), sin antigüedad ni complemento personal.
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 88,70 € 10% Art. 18 y anexo II de 2022: 10 % del salario base a los 5 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 141,92 € 16% Art. 18 y anexo II de 2022: 16 % del salario base a los 10 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 195,14 € 22% Art. 18 y anexo II de 2022: 22 % del salario base a los 15 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 248,36 € 28% Art. 18 y anexo II de 2022: 28 % del salario base a los 20 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 25 AÑOS M 301,57 € 34% Art. 18 y anexo II de 2022: 34 % del salario base a los 25 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
ANTIGÜEDAD 30 AÑOS M 354,79 € 40% Art. 18 y anexo II de 2022: 40 % del salario base a los 30 años de servicio en la empresa (importe mensual publicado).
COMPLEMENTO PERSONAL 2 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 44,35 € 5% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 5 % del salario base en la columna de 2 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 4 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 88,70 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 4 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 9 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 88,70 € 10% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 10 % del salario base en la columna de 9 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 10 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 35,48 € 4% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 4 % del salario base en la columna de 10 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 14 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 124,18 € 14% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 14 % del salario base en la columna de 14 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 15 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 70,96 € 8% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 8 % del salario base en la columna de 15 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 19 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 159,66 € 18% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 18 % del salario base en la columna de 19 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 20 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 106,44 € 12% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 12 % del salario base en la columna de 20 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 24 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 195,14 € 22% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 22 % del salario base en la columna de 24 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 25 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 141,92 € 16% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 16 % del salario base en la columna de 25 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 29 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 230,62 € 26% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 26 % del salario base en la columna de 29 años.
COMPLEMENTO PERSONAL 30 AÑOS (CONTRATADOS ANTES DE 1999) M 177,40 € 20% Art. 19 y anexo I de 2022: solo para quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999; el anexo publica el 20 % del salario base en la columna de 30 años.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años no tienen tabla publicada con los importes definitivos: su subida se calcula con lo que pacta el convenio. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2011 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: el incremento salarial para el periodo 2011/2021 será del 0 por ciento.
2012 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2013 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2014 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2015 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2016 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2017 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2018 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2019 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2020 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2021 0 % · Tablas de 2010, no publicadas en el boletín Art. 53: incremento del 0 % para 2011-2021.
2022 6,5 % sobre las tablas de 2010 en todos los conceptos retributivos · Tablas de 2010 (no publicadas); el resultado es la tabla de 2022 del BOTHA nº 32/2023 Art. 53: salarios, primas, pluses, pagas extraordinarias, dietas regulares, discrecionales y extranjero, etc.
2023 5 % sobre las tablas salariales de 2022 · Tabla de 2022 Art. 53: sobre los mismos conceptos retributivos. La tabla de 2023 está publicada.
2024 4,5 % sobre las tablas salariales de 2023 · Tabla de 2023 Art. 53: sobre los mismos conceptos retributivos. La tabla de 2024 está publicada.

Historia del convenio

01/01/2011 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2024 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de transporte de viajeros por carretera (Araba/Álava)?

En 2024, el salario base va desde 949,99 € hasta 1.690,73 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Eficacia limitada: a quién se aplica

Es un pacto extraestatutario: solo obliga a quienes representan los firmantes y a quienes se adhieren a él.

  • Lo firmaron la central sindical UGT y la Agrupación Alavesa de Transportes sin alcanzar la mayoría absoluta de la comisión negociadora: por eso no es un convenio estatutario y la autoridad laboral lo depositó como pacto de eficacia limitada (resolución de 29/11/2022).
  • Alcanza únicamente a las empresas y personas trabajadoras representadas por las organizaciones firmantes, o que en el futuro se adhieran (art. 1).
  • Para aplicarlo a una persona trabajadora hace falta su adhesión expresa, rellenando el documento del anexo I, firmado por ella y por la empresa.
  • Ámbito: empresas de transporte de personas por carretera establecidas en Álava o con centros de trabajo en ella, y el personal que, residiendo en Álava, trabaja en la provincia aunque la empresa no tenga establecimiento allí (art. 1).
  • Para el resto del sector rige el convenio estatutario Transporte de viajeros por carretera de Álava (código 01001315011981), que tiene ficha propia; su último texto publicado es el de 2008-2010.

Vigencia: de 2011 a 2024, prorrogado de año en año

El pacto rige del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2024 y después se prorroga de año en año.

  • Vigencia del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la fecha de su publicación (art. 3).
  • Al terminar la vigencia queda denunciado automáticamente y se constituye la mesa negociadora (art. 4).
  • Se entiende prorrogado en su conjunto de año en año mientras no lo sustituya otro convenio de ámbito provincial (art. 4).
  • Las partes se comprometieron a iniciar la negociación del nuevo convenio a primeros de diciembre de 2024.
  • Publicado en el BOTHA nº 148 de 26/12/2022; las tablas de 2022, 2023 y 2024, en el BOTHA nº 32 de 17/03/2023. No consta en el boletín ninguna tabla posterior.
  • En lo no previsto se aplica la legislación laboral, el RD 1561/1995, el Laudo Arbitral de 19 de enero de 2001 (BOE de 24/02/2001) y el Acuerdo Marco estatal del transporte de personas por carretera (BOE de 26/02/2015) (art. 8).

Subidas salariales: 0 % hasta 2021, después 6,5 %, 5 % y 4,5 %

El art. 53 congela los salarios de 2011 a 2021 y pacta tres subidas sobre todos los conceptos retributivos.

  • 2011-2021: incremento del 0 %.
  • 2022: 6,5 % sobre las tablas de 2010 en todos los conceptos retributivos (salarios, primas, pluses, pagas extraordinarias, dietas regulares, discrecionales y extranjero, etc.).
  • 2023: 5 % sobre las tablas de 2022, en los mismos conceptos.
  • 2024: 4,5 % sobre las tablas de 2023, en los mismos conceptos.
  • Por el carácter retroactivo del convenio, los atrasos se abonan en el plazo máximo de un mes desde su firma.
  • Las tablas de 2010 sobre las que se calcula la subida de 2022 no están publicadas en el boletín: la ficha no publica ni calcula salarios de 2011 a 2021.

Conceptos retributivos y tablas salariales

Las tablas de 2022, 2023 y 2024 dan salario base y plus convenio de cada categoría, y su suma es la mensualidad y la cuantía de cada paga.

  • Conceptos retributivos: salario base, antigüedad, plus convenio, horas extraordinarias, gratificaciones de verano y Navidad, participación en beneficios e idiomas; concepto indemnizatorio: dietas (art. 16).
  • Salario base: el que figura para cada categoría en la columna correspondiente del anexo salarial (art. 17).
  • Plus convenio: se cobra tanto en día trabajado como en festivos y descansos, en la cuantía de las tablas (art. 20).
  • El total anual del anexo equivale a 15 veces la columna «TOTAL MENSUAL Y PAGAS»: 12 mensualidades y las tres pagas, sin antigüedad ni complemento personal.
  • Las tablas rotulan los grupos como GRUPO II a GRUPO V, mientras que el art. 15 los numera del I al IV; las categorías son las mismas.

Jornada: 1.746 horas anuales

Jornada de 1.746 horas al año durante toda la vigencia, con régimen propio de distribución irregular.

  • Es tiempo de trabajo efectivo el que se está a disposición del empresario conduciendo el vehículo, en otros trabajos durante la circulación o en trabajos auxiliares en relación con el vehículo, los pasajeros o la carga (art. 12).
  • La jornada diaria puede interrumpirse dos veces, con los descansos que establece la ley (art. 13).
  • Cada trimestre la empresa liquida la jornada de cada persona, añadiendo horas de presencia hasta completar la jornada diaria o con nuevos servicios de lunes a viernes.
  • Las horas de presencia (esperas, guardias, viajes sin servicio, averías, comidas en ruta…) se pagan al valor de la hora ordinaria y no pueden pasar de veinte horas semanales de promedio en un mes.
  • Distribución irregular, salvo acuerdo distinto en la empresa: periodos de referencia de hasta seis semanas, comunicados con al menos 24 horas de antelación; media de 48 horas semanales de trabajo efectivo y nunca más de 60 en una semana.
  • Lo que exceda de 288 horas en seis semanas (o la parte proporcional) son horas extraordinarias; el diferencial entre 240 y 288 horas se compensa hora por hora en descanso, la mitad a elección de la empresa y la otra mitad por días completos con 48 horas de preaviso.
  • El personal móvil no contratado para fines de semana no trabaja más de tres fines de semana consecutivos, salvo acuerdo.
  • El personal de taquillas guarda fiesta obligatoria el 25 de diciembre y el 1 de enero.
  • En jornada continuada, 15 minutos de bocadillo que cuentan como trabajo efectivo; se respeta el tiempo mayor que ya se viniera disfrutando (art. 13 bis).

Vacaciones: 31 días naturales

Todo el personal tiene 31 días naturales de vacaciones retribuidas al año.

  • Se pagan con los salarios que correspondan según convenio; el primer año, en proporción a los días trabajados (art. 14).
  • La baja por enfermedad o por accidente de trabajo cuenta como trabajo activo a estos efectos.
  • El calendario anual se hace antes del 1 de marzo, conjuntamente entre la empresa y la representación de la plantilla, rotando de año en año.
  • Quien lo desee disfruta 16 días seguidos entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, si están cubiertas las necesidades de la empresa; los otros 15 días, de común acuerdo.
  • Si antes de empezar se está en incapacidad temporal, se fija un nuevo periodo dentro de los 18 meses que establece la ley; los días de hospitalización durante las vacaciones se disfrutan después, si es posible dentro del año.
  • Las vacaciones no pueden empezar en festivo ni en víspera de fiesta.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

La empresa complementa la prestación según la causa de la baja y, en enfermedad, según haya hospitalización y cuánto dure.

  • Accidente de trabajo: prestación complementaria del 25 % de la base de cotización desde el primer día de la baja y hasta 300 días.
  • Enfermedad común con hospitalización: el mismo 25 % de la base de cotización desde el primer día y hasta 300 días.
  • Resto de bajas por enfermedad: complemento hasta el 100 % de las remuneraciones desde el 15.º día y hasta un máximo de 240 días al año.
  • Si esa baja dura más de 60 días, se abonan también las diferencias de los 15 primeros días.
  • El tiempo de incapacidad temporal no reduce las pagas extraordinarias, que se cobran íntegras.

Tres pagas extraordinarias al año

Dos pagas extraordinarias (verano y Navidad) y una paga de beneficios en marzo, todas prorrateables.

  • Verano y Navidad: una mensualidad completa incrementada, en su caso, con treinta días de antigüedad, más el complemento personal (art. 21).
  • Paga de beneficios: una mensualidad completa, igual que las otras pagas, que se abona en marzo e incluye la parte proporcional de treinta días de antigüedad (art. 22).
  • Las tres pueden prorratearse en 12 mensualidades (arts. 21 y 22).
  • El convenio no fija la fecha de abono de las pagas de verano y Navidad.
  • La incapacidad temporal no reduce las pagas extraordinarias (art. 33).

Antigüedad por quinquenios, hasta el 40 %

Aumentos periódicos por tiempo de servicio en la misma empresa, calculados sobre el último salario base.

  • A los 5 años: 10 %.
  • A los 10 años: 16 %.
  • A los 15 años: 22 %.
  • A los 20 años: 28 %.
  • A los 25 años: 34 %.
  • A los 30 años: 40 %.
  • El módulo es el último salario base percibido según el anexo II, que publica el importe de cada tramo por categoría (art. 18).

Complemento personal (contratados antes de 1999)

Quienes fueron contratados antes del 1 de enero de 1999 cobran además un complemento personal sobre el último salario base.

  • Su finalidad es compaginar el Estatuto de los Trabajadores, la ordenanza del ramo y los distintos convenios aplicados (art. 19).
  • Las cuantías son las del anexo I de las tablas, que publica para cada categoría un porcentaje del salario base según los años de antigüedad.
  • Porcentajes del anexo I: 2 años, 5 %; 4 años, 10 %; 5 años, 0 %; 9 años, 10 %; 10 años, 4 %; 14 años, 14 %; 15 años, 8 %.
  • Y siguen: 19 años, 18 %; 20 años, 12 %; 24 años, 22 %; 25 años, 16 %; 29 años, 26 %; 30 años, 20 %.
  • El complemento personal se suma a las pagas de verano y Navidad (art. 21).

Pluses del articulado

Pluses con importe o porcentaje fijado en el propio texto, con cuantía propia para 2022, 2023 y 2024.

  • Quebranto de moneda: 32,83 € por mes trabajado en 2022, 34,48 € en 2023 y 36,03 € en 2024 (art. 24).
  • Plus de idioma: 12,78 € por viaje en 2022, 13,42 € en 2023 y 14,02 € en 2024, para quien tenga conocimiento correcto del idioma y siempre que la empresa lo estime necesario (art. 24).
  • Conductor-perceptor: 20 % de su salario base por cada día en que desempeñe a la vez las funciones de conductor y cobrador (art. 25).
  • Nocturnidad (22:00 a 6:00): 28,39 € por jornada diaria legal en 2022, 29,81 € en 2023 y 31,15 € en 2024; por hora nocturna, 3,56 €, 3,73 € y 3,90 € (art. 26).
  • Sexto día trabajado en la semana (de lunes a domingo) sin descanso compensatorio: sus horas son extraordinarias y se pagan con 120 € si es jornada completa o 60 € si es como máximo media jornada (amplitud de 8 horas) (art. 27).
  • Domingos y festivos: plus festivo de 30 € por servicio, sea regular o discrecional (art. 27).
  • Horas extraordinarias: las que rebasan la jornada ordinaria; se abonan según la legislación vigente (art. 23).

Dietas de 2022, 2023 y 2024

Dietas para servicios regulares, discrecionales y al extranjero, con cuantía propia para cada año.

  • Regulares nacionales e internacionales: comida y cena 15,13 € (2022), 15,89 € (2023) y 16,61 € (2024); cama y desayuno 25,94 €, 27,24 € y 28,47 €; total 56,21 €, 59,02 € y 61,68 €.
  • Discrecionales nacionales: comida y cena 21,17 €, 22,23 € y 23,23 €; cama y desayuno 33,29 €, 34,96 € y 36,53 €; total 75,64 €, 79,42 € y 82,99 €.
  • Discrecionales internacionales: comida y cena 34,81 €, 36,56 € y 38,20 €; cama y desayuno 56,01 €, 58,81 € y 61,46 €; total 125,64 €, 131,92 € y 137,86 €.
  • Discrecionales a Portugal y Marruecos: comida y cena 20,68 €, 21,72 € y 22,69 €; cama y desayuno 33,96 €, 35,66 € y 37,27 €.
  • Viajes al extranjero con bono (gastos pagados), en metálico: comida y cena 13,93 €, 14,63 € y 15,29 €; cama y desayuno 22,78 €, 23,92 € y 25 €.
  • Viajes nacionales con bono: 3,78 €, 3,97 € y 4,15 € por comida y lo mismo por cama, desayuno y cena; dieta completa 11,35 €, 11,92 € y 12,46 €.
  • Comida: cuando el servicio obliga a comer fuera y, en todo caso, si se sale antes de las 12:00 y se vuelve después de las 14:00; cena: si se sale antes de las 20:00 y se vuelve después de las 22:00.
  • Pernoctación: cuando el servicio obliga a pernoctar y desayunar fuera y, en todo caso, si se regresa después de las 00:00.

Seguro de accidentes e indemnizaciones

Las empresas deben tener una póliza de seguro con capitales fijados para 2023 y 2024.

  • Fallecimiento: 70.450 € en 2023 y 73.620 € en 2024 (art. 30 a).
  • Invalidez permanente absoluta para todo trabajo: 77.159 € en 2023 y 80.631 € en 2024; en los demás supuestos de invalidez, lo que corresponda según la póliza (art. 30 b).
  • Cubre también los accidentes laborales «in itinere».
  • Fallecimiento en activo por enfermedad común o accidente no laboral: la liquidación se incrementa con una mensualidad de salario (art. 30).
  • Fallecimiento por accidente de trabajo en territorio peninsular: la empresa paga el traslado de los restos al domicilio habitual en Álava, descontando lo que concedan los organismos oficiales y las mutuas (art. 48).
  • Premio de jubilación: una mensualidad del salario real que se venga cobrando (art. 43).

Licencias y permisos retribuidos

Permisos retribuidos que mejoran o concretan los legales.

  • Matrimonio: 20 días, computando todos los conceptos salariales de las tablas; no la absorbe ninguna otra licencia ni las vacaciones (art. 31).
  • Enfermedad grave o fallecimiento de hijos, padres o cónyuge: dos días laborables, cuatro si hay que desplazarse más de 200 km (art. 32 a).
  • Fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado: dos días naturales, cuatro con desplazamiento de más de 200 km; el primer día de disfrute, laborable (art. 32 g).
  • Cambio de domicilio: un día; matrimonio de hijos, padres o hermanos: un día natural (art. 32 b y c).
  • Acompañar a familiares hasta segundo grado: 12 horas anuales retribuidas a consultas del servicio público de salud y 4 horas a consultas privadas (art. 32 d).
  • Tiempo indispensable para renovar el DNI y el permiso de conducir y para acudir a consulta médica de la Seguridad Social (art. 32 e y f).
  • Un día por acompañar a padres, hijos o cónyuge a operaciones de día o cirugía ambulatoria, y un día de libre disposición avisando con antelación (art. 32 h e i).
  • Las licencias se disfrutan exista o no vínculo matrimonial, acreditando la convivencia (arts. 31 y 32).

Permiso de conducir, CAP y otras condiciones

Reglas propias del sector sobre el carné, la formación obligatoria y otras condiciones de trabajo.

  • La suspensión del permiso de conducir no extingue por sí sola el contrato; si es dentro del ámbito laboral, se sigue cobrando el 100 % del salario real haciendo los trabajos que encomiende la empresa (art. 34).
  • Si la suspensión es por infracciones fuera del trabajo, excedencia con reserva de puesto por el tiempo de la retirada, salvo embriaguez declarada en sentencia firme o reincidencia en dos años; con retiradas de seis meses o más decide la comisión mixta.
  • Quien no pueda renovar el permiso escolar pasa a servicios no escolares o, si no es posible, a excedencia con reserva de puesto (art. 34).
  • El coste del CAP, sus horas lectivas y las necesarias para obtenerlo corren a cargo de la empresa y se pagan como horas ordinarias; la empresa financia también la tarjeta del tacógrafo digital, con devolución proporcional si la persona se va voluntariamente (art. 37).
  • Dos juegos de ropa de trabajo al año (verano e invierno) una vez superado el periodo de prueba (art. 29).
  • Las empresas de trabajo temporal deben garantizar al personal cedido las condiciones económicas y sociales del convenio (art. 41).
  • Jubilación parcial con contrato de relevo a voluntad de la persona trabajadora, avisando con un año de antelación (art. 40).
  • Formación profesional dentro de la jornada y a cargo de la empresa (art. 42); horario adecuado para quien curse estudios medios o superiores (art. 36).
  • Reconocimientos médicos específicos según los riesgos de cada puesto, dentro de la jornada, con test de drogas obligatorio en la revisión (art. 45).

Comisión mixta, inaplicación y derechos sindicales

Órganos del pacto, procedimiento de descuelgue y garantías de la representación.

  • Comisión mixta de interpretación y vigilancia: hasta cinco vocales de UGT y hasta cinco de la Agrupación Alavesa de Transportes, con cuatro asesores con voz y sin voto; acuerdos por mayoría simple; sede en el PRECO de Álava (arts. 9 y 10).
  • Inaplicación (art. 82.3 ET): periodo de consultas de 15 días comunicado a la comisión paritaria, que tiene siete días para pronunciarse; sin acuerdo, PRECO y, en su caso, el ORPRICCE; el arbitraje solo por acuerdo de ambas partes (art. 11).
  • Las discrepancias de interpretación se llevan al PRECO, como medio de mediación, arbitraje y conciliación (art. 50).
  • Las sanciones por faltas muy graves se comunican al comité o al delegado de personal; rige el régimen disciplinario del Laudo Arbitral de 2001 (art. 47).
  • Copia del recibo de finiquito con 72 horas de antelación a la firma, si se pide (art. 49).
  • Los avisos del tablón se procurarán redactar en euskera y en castellano (art. 51).

Subrogación del personal

El pacto no regula la subrogación por sí mismo: remite al Acuerdo Marco estatal del transporte de personas por carretera.

  • Para la sucesión convencional y la subrogación, las partes se remiten expresamente al Acuerdo Marco Estatal sobre materias del transporte de personas por carretera mediante vehículos de más de 9 plazas (BOE de 26/02/2015) (art. 52).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 30), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Muerte — 70.450,00 € 01/01/2023 – 31/12/2023 Incluye: accidentes laborales in itinere · Beneficiario: El trabajador accidentado o sus causahabientes · Año 2023.
Muerte — 73.620,00 € Desde 01/01/2024 Incluye: accidentes laborales in itinere · Beneficiario: El trabajador accidentado o sus causahabientes · Año 2024; el texto no fija cuantía para los años de prórroga.
Incapacidad permanente absoluta — 77.159,00 € 01/01/2023 – 31/12/2023 Incluye: accidentes laborales in itinere · Beneficiario: El trabajador accidentado · Año 2023: invalidez permanente absoluta para todo trabajo.
Incapacidad permanente absoluta — 80.631,00 € Desde 01/01/2024 Incluye: accidentes laborales in itinere · Beneficiario: El trabajador accidentado · Año 2024; el texto no fija cuantía para los años de prórroga.

Póliza de seguros que cubre fallecimiento, invalidez permanente absoluta, gran invalidez y los aspectos de la invalidez permanente total que se recogen normalmente en las pólizas, incluidos los accidentes laborales «in itinere». El boletín fija capital para el fallecimiento y para la invalidez permanente absoluta para todo trabajo en 2023 y 2024; para los demás supuestos de invalidez, lo que corresponda según la póliza suscrita. No fija capitales para 2011-2022.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio pacta la subrogación del personal (Art. 52): cuando cambia la empresa que presta el servicio, la entrante debe quedarse con la plantilla de la saliente.

Dónde está la regulación: este convenio no la detalla; se aplica en los términos de Por lo que se refiere a la sucesión convencional y subrogación, las partes se remiten de forma expresa a lo regulado por el Acuerdo Marco Estatal sobre materias del transporte de personas por carretera mediante vehículos de tracción mecánica de más de 9 plazas incluido el conductor (BOE de 26 de febrero de 2015)..

El pacto no regula la subrogación por sí mismo: remite al Acuerdo Marco Estatal del transporte de personas por carretera (BOE de 26/02/2015).

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