Contratos SEPE · Real Decreto que transpone la Directiva (UE) 2019/1152

¿Desaparece el «según convenio» del contrato?

Con el Real Decreto de la Directiva (UE) 2019/1152, el contrato del SEPE tendrá que escribir el salario, la jornada y el convenio aplicable, no remitir a él. Rellena esos datos con nuestra web o nuestra API.

CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO

DATOS DE LA EMPRESA

D./DÑA.NIF./NIEEN CONCEPTO (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESADOMICILIO SOCIAL

DATOS DEL/DE LA TRABAJADOR/A

D./DÑA.NIF./NIEFECHA DE NACIMIENTO Nº AFILIACIÓN S.S.NIVEL FORMATIVONACIONALIDAD

DECLARAN

Que reúnen los requisitos exigidos para la celebración del presente contrato y, en su consecuencia, acuerdan formalizarlo con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA: El/la trabajador/a prestará sus servicios como (3) Dependiente, incluido en el grupo profesional de Grupo profesional II, para la realización de las funciones (4) trabajos cualificados, con responsabilidad sobre la correcta realización y el resultado de su actividad y atención a clientes de acuerdo con el sistema de clasificación profesional vigente en la empresa.

TERCERA: La jornada de trabajo será: A tiempo completo: la jornada de trabajo será de 40 horas semanales, prestadas de lunes a sábado, con los descansos establecidos legal o convencionalmente. (10)

CUARTA: La duración del presente contrato será INDEFINIDA, iniciándose la relación laboral en fecha 01/10/2026 y se establece un período de prueba de (14) el convenio no lo fija: el máximo legal.

QUINTA: El/la trabajador/a percibirá una retribución total de 17.679,20 euros brutos (15) anuales que se distribuirán en los siguientes conceptos salariales (16) salario base 1.262,80 €/mes × 12 · gratificación de julio 1.262,80 € · gratificación de diciembre 1.262,80 € · cuatrienio 352,14 €/año por cada cuatro años de servicio (máx. tres).

SEXTA: La duración de las vacaciones anuales será de (17) 30 días naturales.

SÉPTIMA: En lo no previsto en este contrato, se estará a la legislación vigente que resulte de aplicación y particularmente, el Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre) y el Convenio Colectivo de Comercio de Ávila y provincia · código 05000025011981 · BOP de Ávila núm. 144, de 29/07/2026 · vigencia 01/01/2026 a 31/12/2028.

(15) Diarios, semanales, mensuales o anuales. (16) Salario base, complementos salariales, pluses. (17) Mínimo: 30 días naturales.

Así quedará: la página de cláusulas del modelo oficial con los datos reales de un convenio (tabla 2026 del convenio de Comercio de Ávila, categoría Dependiente). Los datos de la empresa y del trabajador los pone la empresa; la fecha de inicio es un ejemplo.

Todo lo que el contrato tendrá que decir del convenio

Hasta ahora bastaba «según convenio». Con el nuevo Real Decreto, cada uno de estos datos va en el contrato, uno a uno.

26datos que salen del convenio
20hay que escribirlos: no vale remitir
7bloques del contrato afectados
CláusulaQué hay que ponerArt. 2.2Dónde está en el convenio
PRIMERAGrupo profesional Categoría o grupo profesional del puesto e Clasificación profesional
Descripción resumida del puesto, con precisión suficiente e Definición de categorías o anexo
TERCERAJornada Jornada ordinaria diaria, semanal y anual g.1 Artículo de jornada y calendario
Distribución horaria; si hay trabajo nocturno o a turnos g.1 Jornada, turnos, nocturnidad
Cuándo y cómo se modifica la jornada; cambios de turno g.2 Articulado
Horas extraordinarias y su retribución g.3 Articulado y tabla salarial
Distribución irregular: sistema, horas y días de referencia g.5 Articulado
Preaviso mínimo antes de la tarea y de su cancelación g.5 Articulado
Fijos-discontinuos: periodos de actividad e inactividad g.5 Llamamiento
CUARTAPeriodo de prueba Duración del periodo de prueba h Contratación
Condiciones y obligaciones de cada parte durante la prueba h Contratación
QUINTARetribución Cuantía del salario base f.1 Tabla salarial del año
Cuantía de cada complemento, por separado f.1 Tabla salarial y articulado
Periodicidad de cada concepto (hora, día, mes, año) f.1 Estructura salarial
Pagas extraordinarias: número, cuantía y fecha f.1 Gratificaciones extraordinarias
Cálculo de los conceptos variables y cuándo se cobran f.2 Pluses, antigüedad, incentivos
SEXTAVacaciones Duración de las vacaciones g.4 Vacaciones
Procedimiento para fijar cuándo se disfrutan g.4 Vacaciones y calendario
SÉPTIMAConvenio colectivo Código del convenio n Registro de convenios (REGCON)
Fecha de publicación en el boletín oficial n Boletín oficial
Periodo de vigencia n Ámbito temporal
Situación de ultraactividad, si está vencido n Denuncia y prórroga
Sin casillaLo que el modelo actual no recoge Derecho a formación proporcionada por la empresa i Formación
Extinción: requisitos formales y plazos de preaviso m Preaviso de cese
Mejoras voluntarias de la Seguridad Social y planes de pensiones ñ Complemento de IT, seguros
Supuestos y procedimiento para modificar todo lo anterior o Articulado

Y cada dato hay que buscarlo en el texto y en lo publicado después: revisiones salariales, actas de la comisión paritaria, correcciones de errores y sentencias. Lista según el proyecto de Real Decreto (art. 2); se revisará con el texto del BOE.

La solución: tres clics

Los datos ya están en la ficha de cada convenio. Cuando el SEPE publique su modelo de documento informativo, los tendrás en el orden que pida el modelo.

  1. 1

    Busca el convenio

    Por sector, provincia o código. Ya está leído y transcrito del boletín, con su código REGCON, boletín y vigencia.

  2. 2

    Elige la categoría

    Salario base y cada complemento de la tabla que aplica hoy, con su periodicidad y su artículo.

  3. 3

    Rellena el PDF del SEPE

    Copiando y pegando los datos, o directamente desde la API.

Gratis, sin registro, con enlace al boletín oficial en cada dato.

En la lengua del modelo

El SEPE publica los contratos en castellano, catalán, valenciano, gallego y euskera, y nuestra API también.

Tres preguntas

¿Puedo seguir poniendo «según convenio» en el contrato?

No. El salario base y cada complemento, con su periodicidad, la jornada diaria, semanal y anual y las horas extraordinarias tienen que ir escritos en el contrato. Solo vacaciones, periodo de prueba, preavisos y Seguridad Social admiten una referencia precisa al convenio.

¿Cómo se cita el convenio en el contrato?

Con su código de convenio (REGCON), la fecha de publicación en el boletín oficial, su periodo de vigencia y, si está vencido y sigue aplicándose, su situación de ultraactividad. La cabecera de cada ficha de esta web trae los cuatro datos.

¿Desde cuándo?

El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto el 8 de septiembre de 2026 y entra en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE. Quien ya tiene contrato puede pedir a la empresa la información que falte, y la empresa dispone de un plazo para entregarla.

¿Muchos contratos? Llévate el convenio en fichero.

Excel, XML de nóminas o API, para que tu programa lo rellene solo.

Ver formatos y API