Convenio colectivo · REGCON 46000995011981

Convenio de Pintores Murales y Empapeladores de Valencia (sustituido)

Valencia Pintores murales y empapeladores Ámbito provincial Vigencia 01/01/2011 — 31/12/2011
Acceso libre y gratuito. Esta ficha se muestra completa, sin registro ni pago, verificada contra el boletín oficial y libre para citar. Fuente: BOP de Valencia nº 83 de 09/04/2013 (adhesión al convenio de Construcción y Obras Públicas de Valencia, código 46000035011982).

Convenio sustituido Su vigencia terminó el 31/12/2011 y desde el 01/01/2013 el sector se rige por OTRO convenio: Convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia (código 46000035011982, Adhesión publicada en el BOP de Valencia nº 83 de 09/04/2013; texto más reciente del sucesor: convenio 2018-2021, BOP de València nº 113 de 13/06/2018, con actas y tablas posteriores hasta el BOP de 05/12/2025). El salario de hoy está en el convenio que se aplica ahora. Ver el convenio que se aplica ahora.

Historia del convenio

01/01/2011 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2011 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de pintores murales y empapeladores (Valencia)?

Hoy se aplica otro convenio: el salario está en el Convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia (código 46000035011982).

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Hoy se aplica otro convenio: el complemento por baja es el que fija el Convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia (código 46000035011982).

Condiciones del convenio

Este convenio ya no se aplica: desde 2013 rige el convenio de Construcción y Obras Públicas de Valencia

El sector de pintores murales y empapeladores de la provincia de Valencia se rige desde el 1 de enero de 2013 por el convenio provincial de la Construcción y Obras Públicas, código 46000035011982.

  • Las actas de la comisión paritaria se refieren a este convenio como «Convenio Colectivo de Pintura Mural 2008-2011».
  • La última tabla salarial propia es la definitiva de 2011, aprobada por la comisión paritaria el 12 de julio de 2012 tras revisar los salarios por diferencias del IPC y publicada en el BOP de Valencia nº 223 de 18 de septiembre de 2012.
  • El 6 de marzo de 2013 el Gremio de Empresarios Pintores de la Provincia de Valencia, CC.OO. y UGT acordaron la adhesión a la totalidad del Convenio Colectivo Provincial de Construcción de Valencia, «ante las dificultades para seguir con la negociación de este convenio colectivo por la situación de dispersión y tamaño de las empresas».
  • El acta dice que la fecha de aplicación a todos los efectos es el 1 de enero de 2013, «desde cuyo momento deja de ser aplicable el Convenio de Pintores Murales».
  • La adhesión se publicó en el BOP de Valencia nº 83 de 9 de abril de 2013 (anuncio 2013/08971) y quedó inscrita en el registro con su propio código de expediente, 46100025022013.
  • El texto más reciente del convenio de Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia es el de 2018-2021, publicado en el BOP de València nº 113 de 13 de junio de 2018, con actas y tablas posteriores hasta el BOP de 5 de diciembre de 2025.

Qué salario se aplica desde 2013 a quien ya trabajaba en el sector

La comisión negociadora aclaró en un acta de 9 de abril de 2013 el salario aplicable desde el 1 de enero de 2013.

  • A quien se contrate a partir del 1 de enero de 2013 se le aplican los salarios de construcción vigentes para ese año y los siguientes.
  • A quien ya estuviera contratado antes del 1 de enero de 2013 y tuviera, por este convenio, un salario bruto anual superior al del convenio de Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia, la diferencia se le reconoce en nómina como complemento personal con el concepto «cambio de convenio».
  • Ese complemento personal se mantiene como condición más beneficiosa y no es absorbible ni compensable.
  • El acta se publicó en el BOP de Valencia nº 104 de 3 de mayo de 2013 (anuncio 2013/11448).

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