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Fuente: BOP de Valencia nº 83 de 09/04/2013 (adhesión al convenio de Construcción y Obras Públicas de Valencia, código 46000035011982).
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Convenio sustituidoSu vigencia terminó el 31/12/2011 y desde el 01/01/2013 el sector se rige por OTRO convenio: Convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia (código 46000035011982, Adhesión publicada en el BOP de Valencia nº 83 de 09/04/2013; texto más reciente del sucesor: convenio 2018-2021, BOP de València nº 113 de 13/06/2018, con actas y tablas posteriores hasta el BOP de 05/12/2025). El salario de hoy está en el convenio que se aplica ahora. Ver el convenio que se aplica ahora.
¿Cuál es el salario del convenio de pintores murales y empapeladores (Valencia)?
Hoy se aplica otro convenio: el salario está en el Convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia (código 46000035011982).
¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?
Hoy se aplica otro convenio: el complemento por baja es el que fija el Convenio colectivo de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia (código 46000035011982).
Condiciones del convenio
Este convenio ya no se aplica: desde 2013 rige el convenio de Construcción y Obras Públicas de Valencia
El sector de pintores murales y empapeladores de la provincia de Valencia se rige desde el 1 de enero de 2013 por el convenio provincial de la Construcción y Obras Públicas, código 46000035011982.
Las actas de la comisión paritaria se refieren a este convenio como «Convenio Colectivo de Pintura Mural 2008-2011».
La última tabla salarial propia es la definitiva de 2011, aprobada por la comisión paritaria el 12 de julio de 2012 tras revisar los salarios por diferencias del IPC y publicada en el BOP de Valencia nº 223 de 18 de septiembre de 2012.
El 6 de marzo de 2013 el Gremio de Empresarios Pintores de la Provincia de Valencia, CC.OO. y UGT acordaron la adhesión a la totalidad del Convenio Colectivo Provincial de Construcción de Valencia, «ante las dificultades para seguir con la negociación de este convenio colectivo por la situación de dispersión y tamaño de las empresas».
El acta dice que la fecha de aplicación a todos los efectos es el 1 de enero de 2013, «desde cuyo momento deja de ser aplicable el Convenio de Pintores Murales».
La adhesión se publicó en el BOP de Valencia nº 83 de 9 de abril de 2013 (anuncio 2013/08971) y quedó inscrita en el registro con su propio código de expediente, 46100025022013.
El texto más reciente del convenio de Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia es el de 2018-2021, publicado en el BOP de València nº 113 de 13 de junio de 2018, con actas y tablas posteriores hasta el BOP de 5 de diciembre de 2025.
Qué salario se aplica desde 2013 a quien ya trabajaba en el sector
La comisión negociadora aclaró en un acta de 9 de abril de 2013 el salario aplicable desde el 1 de enero de 2013.
A quien se contrate a partir del 1 de enero de 2013 se le aplican los salarios de construcción vigentes para ese año y los siguientes.
A quien ya estuviera contratado antes del 1 de enero de 2013 y tuviera, por este convenio, un salario bruto anual superior al del convenio de Construcción y Obras Públicas de la provincia de Valencia, la diferencia se le reconoce en nómina como complemento personal con el concepto «cambio de convenio».
Ese complemento personal se mantiene como condición más beneficiosa y no es absorbible ni compensable.
El acta se publicó en el BOP de Valencia nº 104 de 3 de mayo de 2013 (anuncio 2013/11448).
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