Convenio colectivo · REGCON 01001022011981

Convenio colectivo de Mercedes-Benz España, SAU, fábrica de Vitoria-Gasteiz 2021-2026

Araba/Álava Fabricación de vehículos de motor (automoción) Ámbito empresa Vigencia 01/01/2021 — 31/12/2026
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOTHA n.º 111, 28/09/2022.
Llévate estos datos gratis: Descargar Excel XML nóminas Datos verificados contra el boletín oficial.

En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2026. Ver las condiciones del convenio.

Este convenio desarrolla un acuerdo marco estatal: Convenio colectivo del sector de la industria siderometalúrgica de Álava, que fija las condiciones mínimas comunes de todo el sector (jornada máxima, clasificación profesional, régimen disciplinario…). Si una condición no aparece aquí, mírala allí.

Tabla salarial 2021 (anexo II-1 y anexos II-2 a II-5) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 28 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PRIMA DIRECTA MOD M 467,20 € K*467.20 Art. 33: prima de la mano de obra directa, P = K x tarifa mensual, con tarifa mensual de 467,20 € (valor mensual 2021 al 106,4 %) y K = (R − 95) / (106,4 − 95), siendo R el rendimiento (horas producidas entre horas trabajadas a prima). El importe recogido es la tarifa (K = 1, rendimiento del 106,4 %). Solo para la mano de obra directa. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PRIMA DE CALIDAD Q1 (MOD) M 48,29 € Art. 36: tarifa mensual de calidad Q1 para la mano de obra directa, año 2021 (grado de cumplimiento del 100 %). La prima P oscila entre el 50 % y el 150 % de Q según la calidad conseguida frente al objetivo mensual. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PRIMA DE CALIDAD Q2 (MOI Y EMPLEADOS COLIGADOS) M 36,22 € Art. 36: tarifa Q2 para la mano de obra indirecta y empleados (excepto mandos) coligados al proceso productivo, año 2021. Entre el 50 % y el 150 % de Q según la calidad. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PRIMA DE CALIDAD Q3 (MOI Y EMPLEADOS NO LIGADOS) M 24,15 € Art. 36: tarifa Q3 para la mano de obra indirecta y empleados (excepto mandos) no ligados al proceso productivo, año 2021. Entre el 50 % y el 150 % de Q según la calidad. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
RETRIBUCIÓN VARIABLE MANDOS INTERMEDIOS A 2.953,50 € Art. 37: solo para quien tenga la condición de mando intermedio. Es el 7 % del salario anual del nivel 8 tramo D con un grado de consecución de objetivos del 100 % (año 2021: 2.953,50 €); entre el 3,5 % con el 50 % de los objetivos (1.476,75 €) y el 10,5 % con el 150 % (4.430,25 €). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PAGA DE RESULTADOS A 537,00 € Art. 38: cuantía teórica con un cumplimiento de objetivos del 100 %: 537 € para 2021 y 750 € para 2022, actualizada después cada año con el incremento salarial. Importe = resultado del objetivo de fábrica (50 %-150 %) × resultado de la corporación (0 %-200 %) × cuantía teórica (en 2022, entre 0 y 2.250 €). Se abona previsiblemente en marzo del año siguiente, proporcional al tiempo trabajado.
PAGA DE TRANSFORMACIÓN (15ª PAGA) A 1.000,00 € Arts. 28.5 y 41.3: tercera paga extraordinaria de 1.000 € brutos que se abona cada septiembre DESDE 2022 (no existía en 2021) y se devenga de octubre del año anterior a septiembre del año en curso; se actualiza con los incrementos salariales desde el 1 de enero de 2023. Se abona según el tiempo de alta y el porcentaje de jornada, descontando incidencias, paros y huelgas (art. 45.3). Sustituye la aportación de la empresa a la Fundación San Prudencio desde 2023 y reduce en 150 € por persona el fondo social.
COMPENSACIÓN SÁBADO DE PRODUCCIÓN E 97,68 € Art. 40.1.a): por la jornada completa del sábado trabajado en turno de mañana (personal de producción y sectores coligados), si se elige la opción de cobro (1x1 a la cuenta flexible más este plus, art. 47.5.B). Alternativa: 0,75 días de descanso por sábado. El artículo no fecha el importe; el convenio da en valores de 2021 el resto de importes.
COMPENSACIÓN SÁBADO EN CONDICIONES EXTRAORDINARIAS E 122,88 € Art. 40.1.b): por la jornada completa del sábado trabajado bajo las condiciones extraordinarias del art. 47 (sábados convocados por necesidades extraordinarias), en la opción de cobro. Alternativa: 0,75 días de descanso por sábado.
PLUS SÁBADO DE MANTENIMIENTO E 120,24 € Art. 40.2.a): personal que realiza habitualmente tareas de mantenimiento de instalaciones, máquinas u otros servicios en sábados sin producción, por jornada completa trabajada, más el tiempo de descanso correspondiente.
PLUS TRABAJO EN FESTIVO E 141,60 € Art. 40.2.b): quien realiza habitualmente esas actividades entre las 14:00 del sábado y las 6:00 del lunes, o en festivos, por jornada completa trabajada, más el tiempo de descanso correspondiente. El boletín escribe «141,6 euros».
PLUS TRABAJO ESPECIAL EN FINES DE SEMANA Y FESTIVOS E 122,88 € Art. 40.2.c): quien acude a fábrica por necesidades esporádicas de servicio en fines de semana sin producción, por jornada completa, más el tiempo de descanso. Su parte proporcional compensa también la prolongación de jornada de 1 hora en la opción de cobro (art. 47, D.3).
PLUS DE TRANSPORTE E 4,14 € Art. 40.2: en los trabajos de los apartados a) y b) y en los arranques habituales de instalaciones, cuando no hay transporte colectivo de empresa, por jornada trabajada (año 2021). También en el servicio de disponibilidad cuando hay que acudir a fábrica (anexo VII). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS EXCESO DE JORNADA E 24,02 € Art. 47 (liquidación de la cuenta flexible): los créditos de tiempo generados de lunes a viernes no compensados el 30 de junio del año siguiente, superadas las 214 jornadas, se pagan hora por hora más la parte proporcional de este plus de 24,02 €/día (exceso de jornada). El texto lo llama «el actual plus».
PLUS POR SERVICIO DE DISPONIBILIDAD E 30,47 € Anexo VII: plus por servicio de disponibilidad en producción o en logística de transporte, 30,47 € brutos por 8 horas en 2021. Solo mientras se mantenga el servicio; no consolidable; se actualiza conforme al convenio.
PLUS POR SERVICIO DE DISPONIBILIDAD EN JORNADA ESPECIAL E 43,54 € Anexo VII: en producción, 43,54 € brutos por 8 horas en jornada especial (24, 25 y 31 de diciembre, 1 de enero, 28 de abril, 25 de julio y del 4 al 9 de agosto), año 2021.
DIETA ESPAÑA E 53,42 € Art. 43: cuantía desde septiembre de 2022 y para todos los años restantes de vigencia del convenio. El convenio no publica la dieta de 2021.
DIETA EXTRANJERO E 81,47 € Art. 43: cuantía desde septiembre de 2022 y para todos los años restantes de vigencia del convenio. El convenio no publica la dieta de 2021.
KILOMETRAJE H 0,28 € Art. 44: uso del vehículo propio a requerimiento de la empresa, 0,28 €/km desde septiembre de 2022 y para todos los años restantes de vigencia. El convenio no publica el de 2021.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 25 AÑOS A 1.722,71 € Art. 57: a quien cumple 25 años de servicio en la empresa; 1.722,71 € en 2021. Desde 2022: 1.826,07 € y un día de permiso retribuido el año del 25 aniversario. Cantidades líquidas, abonadas antes de julio.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 40 AÑOS A 2.120,27 € Art. 57: a quien cumple 40 años de servicio, solo en 2021 (2.120,27 €). Desde 2022 el premio largo pasa a los 35 años.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 35 AÑOS A 2.247,49 € Art. 57: desde 2022, a quien cumple 35 años de servicio: 2.247,49 € y dos días de permiso retribuido el año del aniversario. Excepcionalmente, quien en 2022 acumulara 36, 37, 38, 39 o 40 años también los recibe. Importe de 2022 y sucesivos (no existía en 2021).
PAGA ÚNICA Y NO CONSOLIDABLE A 4.000,00 € Art. 28.1: 4.000 € brutos abonados en julio de 2022, una sola vez, al personal en activo del ámbito general del convenio de alta el 12/07/2022 y que trabajó en la fábrica en 2021; proporcional al tiempo trabajado en 2021 en temporales y en reducciones de jornada.
PAGA ÚNICA POR LA FIRMA DEL CONVENIO A 500,00 € Art. 28.3: 500 € brutos abonados en julio de 2022, una sola vez, al personal en activo de alta el 12/07/2022; proporcional al tiempo de contrato en 2022 en temporales y reducciones de jornada.
PAGA ÚNICA POR 200.000 UNIDADES PRODUCIDAS A 500,00 € Art. 28.6: 500 € brutos únicos y no consolidables para la plantilla en la fecha en que se alcance una producción de 200.000 unidades (proporcional a los días de contrato y al porcentaje de jornada en el año).
INCENTIVO POR CAMBIO A MODELO V A 4.500,00 € Anexo VIII, D.I: personal de la plantilla que se adscribe voluntariamente al 4.º turno (fines de semana y festivos), además del salario: 4.500 € anuales (aproximadamente 375 € al mes) como incentivo por cambio de modelo de trabajo, con jornada anual de 1.512 horas.
AYUDA ALMUERZO MODELO V E 15,00 € Anexo VIII, D: en el modelo V, si el turno dura más de 9 horas se para 30 minutos para almorzar y la empresa abona 15 € a cada persona.
COMPLEMENTO IT PAGA DE TRANSFORMACIÓN D 0,82 € 1000*0.30/365 30% Art. 45.3: para compensar que la paga de transformación incrementa la base de cotización, se abona el 30 % de cada día de IT por enfermedad, accidente, maternidad, paternidad o riesgo de embarazo en el periodo de devengo; el boletín lo cifra en aproximadamente 0,82 € por día en 2022.

Las categorías van agrupadas por grupo profesional. Dentro de cada grupo, primero lo que cambia según la categoría y después lo que cobran igual todas. Forma de pago: M mensual, A anual, S semanal, D diario, E por día efectivo, H por hora o unidad.

GRUPO I > NIVEL 1 5 categorías · 13 conceptos

Categorías: NIVEL 1 - TRAMO A · NIVEL 1 - TRAMO B · NIVEL 1 - TRAMO C · NIVEL 1 - TRAMO D · NIVEL 1 - TRAMO E

En el grupo GRUPO I > NIVEL 1, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 1.485,48 € (Tramo a) a 1.934,19 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO I > NIVEL 1
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 1.485,48 €1.671,14 €1.763,97 €1.856,82 €1.934,19 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 148,55 €167,11 €176,40 €185,68 €193,42 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 1.485,48 €1.671,14 €1.763,97 €1.856,82 €1.934,19 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 1.485,48 €1.671,14 €1.763,97 €1.856,82 €1.934,19 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 1 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 16-17 puntos (personal obrero) · HAY 85-97 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 1 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 16-17 puntos (personal obrero) · HAY 85-97 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 1 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 16-17 puntos (personal obrero) · HAY 85-97 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 1 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 16-17 puntos (personal obrero) · HAY 85-97 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 1 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 16-17 puntos (personal obrero) · HAY 85-97 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 106,40 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 1, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 125,75 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 1, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 154,81 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 1, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 183,83 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 1, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 203,14 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 1, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO MOI (TM X C) M 305,34 € 305.34*1 Anexo II-4, «Tarifas mensuales del plus de rendimiento de la mano de obra indirecta MOI año 2021»: tarifa mensual 305,34 × C 1 (nivel 1). Art. 34: Prima = (Tm x C) x D x F, donde D es el coeficiente de la evaluación individual (0,95 con 3-5 puntos; 1 con 6-8; 1,05 con 9-11; 1,10 con 12-13; 1,15 con 14-15) y F el rendimiento medio alcanzado por la MOD entre el rendimiento pactado. El importe recogido es (Tm x C), calculado; D y F dependen de cada mes y persona. Solo para la mano de obra indirecta; el anexo solo lo publica para los niveles 1 a 6. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 30,07 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 1. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. El anexo rotula estos tres primeros niveles como grupo «III»: en el resto del convenio (anexo I, anexo II-1) son el grupo I. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 3,27 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 1. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 22,13 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 1. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO I > NIVEL 2 5 categorías · 13 conceptos

Categorías: NIVEL 2 - TRAMO A · NIVEL 2 - TRAMO B · NIVEL 2 - TRAMO C · NIVEL 2 - TRAMO D · NIVEL 2 - TRAMO E

En el grupo GRUPO I > NIVEL 2, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 1.553,63 € (Tramo a) a 2.011,41 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO I > NIVEL 2
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 1.553,63 €1.747,82 €1.844,92 €1.942,02 €2.011,41 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 155,36 €174,78 €184,49 €194,20 €201,14 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 1.553,63 €1.747,82 €1.844,92 €1.942,02 €2.011,41 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 1.553,63 €1.747,82 €1.844,92 €1.942,02 €2.011,41 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 2 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 18-20 puntos (personal obrero) · HAY 98-112 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 2 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 18-20 puntos (personal obrero) · HAY 98-112 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 2 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 18-20 puntos (personal obrero) · HAY 98-112 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 2 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 18-20 puntos (personal obrero) · HAY 98-112 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 2 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 18-20 puntos (personal obrero) · HAY 98-112 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 109,51 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 2, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 129,40 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 2, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 159,28 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 2, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. El boletín imprime esta cifra como «159.28», con punto decimal. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 189,24 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 2, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 209,11 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 2, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO MOI (TM X C) M 320,77 € 311.43*1.03 Anexo II-4, «Tarifas mensuales del plus de rendimiento de la mano de obra indirecta MOI año 2021»: tarifa mensual 311,43 × C 1,03 (nivel 2). Art. 34: Prima = (Tm x C) x D x F, donde D es el coeficiente de la evaluación individual (0,95 con 3-5 puntos; 1 con 6-8; 1,05 con 9-11; 1,10 con 12-13; 1,15 con 14-15) y F el rendimiento medio alcanzado por la MOD entre el rendimiento pactado. El importe recogido es (Tm x C), calculado; D y F dependen de cada mes y persona. Solo para la mano de obra indirecta; el anexo solo lo publica para los niveles 1 a 6. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 30,07 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 2. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. El anexo rotula estos tres primeros niveles como grupo «III»: en el resto del convenio (anexo I, anexo II-1) son el grupo I. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 3,38 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 2. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 22,77 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 2. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO I > NIVEL 3 5 categorías · 13 conceptos

Categorías: NIVEL 3 - TRAMO A · NIVEL 3 - TRAMO B · NIVEL 3 - TRAMO C · NIVEL 3 - TRAMO D · NIVEL 3 - TRAMO E

En el grupo GRUPO I > NIVEL 3, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 1.622,47 € (Tramo a) a 2.069,52 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO I > NIVEL 3
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 1.622,47 €1.825,27 €1.926,69 €2.028,10 €2.069,52 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 162,25 €182,53 €192,67 €202,81 €206,95 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 1.622,47 €1.825,27 €1.926,69 €2.028,10 €2.069,52 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 1.622,47 €1.825,27 €1.926,69 €2.028,10 €2.069,52 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 3 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 21-23 puntos (personal obrero) · HAY 113-129 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 3 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 21-23 puntos (personal obrero) · HAY 113-129 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 3 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 21-23 puntos (personal obrero) · HAY 113-129 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 3 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 21-23 puntos (personal obrero) · HAY 113-129 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 3 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 21-23 puntos (personal obrero) · HAY 113-129 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 112,64 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 3, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 133,07 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 3, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 163,85 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 3, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 194,54 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 3, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 214,98 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 3, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO MOI (TM X C) M 336,85 € 317.78*1.06 Anexo II-4, «Tarifas mensuales del plus de rendimiento de la mano de obra indirecta MOI año 2021»: tarifa mensual 317,78 × C 1,06 (nivel 3). Art. 34: Prima = (Tm x C) x D x F, donde D es el coeficiente de la evaluación individual (0,95 con 3-5 puntos; 1 con 6-8; 1,05 con 9-11; 1,10 con 12-13; 1,15 con 14-15) y F el rendimiento medio alcanzado por la MOD entre el rendimiento pactado. El importe recogido es (Tm x C), calculado; D y F dependen de cada mes y persona. Solo para la mano de obra indirecta; el anexo solo lo publica para los niveles 1 a 6. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 30,07 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 3. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. El anexo rotula estos tres primeros niveles como grupo «III»: en el resto del convenio (anexo I, anexo II-1) son el grupo I. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 3,47 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 3. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 23,44 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 3. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO II > NIVEL 4 5 categorías · 13 conceptos

Categorías: NIVEL 4 - TRAMO A · NIVEL 4 - TRAMO B · NIVEL 4 - TRAMO C · NIVEL 4 - TRAMO D · NIVEL 4 - TRAMO E

En el grupo GRUPO II > NIVEL 4, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 1.659,44 € (Tramo a) a 2.160,78 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO II > NIVEL 4
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 1.659,44 €1.866,87 €1.970,57 €2.074,30 €2.160,78 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 165,94 €186,69 €197,06 €207,43 €216,08 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 1.659,44 €1.866,87 €1.970,57 €2.074,30 €2.160,78 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 1.659,44 €1.866,87 €1.970,57 €2.074,30 €2.160,78 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 4 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 24-28 puntos (personal obrero) · HAY 130-149 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 4 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 24-28 puntos (personal obrero) · HAY 130-149 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 4 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 24-28 puntos (personal obrero) · HAY 130-149 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 4 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 24-28 puntos (personal obrero) · HAY 130-149 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 4 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 24-28 puntos (personal obrero) · HAY 130-149 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 118,82 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 4, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 140,46 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 4, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 172,84 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 4, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 205,24 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 4, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 226,88 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 4, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO MOI (TM X C) M 371,70 € 326.05*1.14 Anexo II-4, «Tarifas mensuales del plus de rendimiento de la mano de obra indirecta MOI año 2021»: tarifa mensual 326,05 × C 1,14 (nivel 4). Art. 34: Prima = (Tm x C) x D x F, donde D es el coeficiente de la evaluación individual (0,95 con 3-5 puntos; 1 con 6-8; 1,05 con 9-11; 1,10 con 12-13; 1,15 con 14-15) y F el rendimiento medio alcanzado por la MOD entre el rendimiento pactado. El importe recogido es (Tm x C), calculado; D y F dependen de cada mes y persona. Solo para la mano de obra indirecta; el anexo solo lo publica para los niveles 1 a 6. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 30,27 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 4. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 3,67 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 4. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 24,33 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 4. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO II > NIVEL 5 5 categorías · 13 conceptos

Categorías: NIVEL 5 - TRAMO A · NIVEL 5 - TRAMO B · NIVEL 5 - TRAMO C · NIVEL 5 - TRAMO D · NIVEL 5 - TRAMO E

En el grupo GRUPO II > NIVEL 5, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 1.746,24 € (Tramo a) a 2.273,77 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO II > NIVEL 5
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 1.746,24 €1.964,53 €2.073,67 €2.182,79 €2.273,77 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 174,62 €196,45 €207,37 €218,28 €227,38 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 1.746,24 €1.964,53 €2.073,67 €2.182,79 €2.273,77 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 1.746,24 €1.964,53 €2.073,67 €2.182,79 €2.273,77 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 5 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 29-33 puntos (personal obrero) · HAY 150-172 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 5 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 29-33 puntos (personal obrero) · HAY 150-172 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 5 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 29-33 puntos (personal obrero) · HAY 150-172 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 5 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 29-33 puntos (personal obrero) · HAY 150-172 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 5 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 29-33 puntos (personal obrero) · HAY 150-172 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 125,04 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 5, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 147,78 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 5, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 181,89 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 5, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 216,01 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 5, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 238,71 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 5, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO MOI (TM X C) M 417,04 € 336.32*1.24 Anexo II-4, «Tarifas mensuales del plus de rendimiento de la mano de obra indirecta MOI año 2021»: tarifa mensual 336,32 × C 1,24 (nivel 5). Art. 34: Prima = (Tm x C) x D x F, donde D es el coeficiente de la evaluación individual (0,95 con 3-5 puntos; 1 con 6-8; 1,05 con 9-11; 1,10 con 12-13; 1,15 con 14-15) y F el rendimiento medio alcanzado por la MOD entre el rendimiento pactado. El importe recogido es (Tm x C), calculado; D y F dependen de cada mes y persona. Solo para la mano de obra indirecta; el anexo solo lo publica para los niveles 1 a 6. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 30,87 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 5. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 3,77 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 5. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 25,44 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 5. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO II > NIVEL 6 5 categorías · 13 conceptos

Categorías: NIVEL 6 - TRAMO A · NIVEL 6 - TRAMO B · NIVEL 6 - TRAMO C · NIVEL 6 - TRAMO D · NIVEL 6 - TRAMO E

En el grupo GRUPO II > NIVEL 6, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 1.876,43 € (Tramo a) a 2.443,25 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO II > NIVEL 6
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 1.876,43 €2.111,00 €2.228,27 €2.345,53 €2.443,25 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 187,64 €211,10 €222,83 €234,55 €244,32 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 1.876,43 €2.111,00 €2.228,27 €2.345,53 €2.443,25 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 1.876,43 €2.111,00 €2.228,27 €2.345,53 €2.443,25 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 6 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 34-40 puntos (personal obrero) · HAY 173-199 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 6 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 34-40 puntos (personal obrero) · HAY 173-199 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 6 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 34-40 puntos (personal obrero) · HAY 173-199 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 6 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 34-40 puntos (personal obrero) · HAY 173-199 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 6 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: AW 34-40 puntos (personal obrero) · HAY 173-199 puntos (empleados). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 134,38 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 6, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 158,78 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 6, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 195,49 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 6, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 232,11 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 6, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 256,57 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 6, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO MOI (TM X C) M 498,86 € 348.85*1.43 Anexo II-4, «Tarifas mensuales del plus de rendimiento de la mano de obra indirecta MOI año 2021»: tarifa mensual 348,85 × C 1,43 (nivel 6). Art. 34: Prima = (Tm x C) x D x F, donde D es el coeficiente de la evaluación individual (0,95 con 3-5 puntos; 1 con 6-8; 1,05 con 9-11; 1,10 con 12-13; 1,15 con 14-15) y F el rendimiento medio alcanzado por la MOD entre el rendimiento pactado. El importe recogido es (Tm x C), calculado; D y F dependen de cada mes y persona. Solo para la mano de obra indirecta; el anexo solo lo publica para los niveles 1 a 6. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 31,28 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 6. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 3,98 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 6. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 26,79 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 6. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO III > NIVEL 7 5 categorías · 12 conceptos

Categorías: NIVEL 7 - TRAMO A · NIVEL 7 - TRAMO B · NIVEL 7 - TRAMO C · NIVEL 7 - TRAMO D · NIVEL 7 - TRAMO E

En el grupo GRUPO III > NIVEL 7, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 2.083,20 € (Tramo a) a 2.770,22 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO III > NIVEL 7
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 2.083,20 €2.343,61 €2.473,81 €2.604,00 €2.770,22 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 208,32 €234,36 €247,38 €260,40 €277,02 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 2.083,20 €2.343,61 €2.473,81 €2.604,00 €2.770,22 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 2.083,20 €2.343,61 €2.473,81 €2.604,00 €2.770,22 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 7 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 200-230 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 7 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 200-230 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 7 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 200-230 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 7 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 200-230 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 7 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 200-230 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 152,37 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 7, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 180,05 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 7, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 221,63 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 7, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 263,16 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 7, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 290,84 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 7, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 32,04 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 7. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 4,19 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 7. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 30,41 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 7. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO III > NIVEL 8 5 categorías · 12 conceptos

Categorías: NIVEL 8 - TRAMO A · NIVEL 8 - TRAMO B · NIVEL 8 - TRAMO C · NIVEL 8 - TRAMO D · NIVEL 8 - TRAMO E

En el grupo GRUPO III > NIVEL 8, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 2.411,02 € (Tramo a) a 3.206,19 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO III > NIVEL 8
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 2.411,02 €2.712,41 €2.863,09 €3.013,78 €3.206,19 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 241,10 €271,24 €286,31 €301,38 €320,62 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 2.411,02 €2.712,41 €2.863,09 €3.013,78 €3.206,19 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 2.411,02 €2.712,41 €2.863,09 €3.013,78 €3.206,19 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 8 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 231-264 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 8 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 231-264 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 8 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 231-264 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 8 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 231-264 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 8 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 231-264 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 176,32 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 8, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 208,38 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 8, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 256,55 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 8, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 304,58 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 8, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 336,63 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 8, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 33,19 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 8. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 4,57 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 8. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 34,14 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 8. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
GRUPO III > NIVEL 9 5 categorías · 12 conceptos

Categorías: NIVEL 9 - TRAMO A · NIVEL 9 - TRAMO B · NIVEL 9 - TRAMO C · NIVEL 9 - TRAMO D · NIVEL 9 - TRAMO E

En el grupo GRUPO III > NIVEL 9, el concepto «SALARIO DE NIVEL» (mensual) va de 2.738,89 € (Tramo a) a 3.642,15 € (Tramo e).

Lo que cambia según la categoría 4 conceptos
Importes por categoría del grupo GRUPO III > NIVEL 9
Concepto Pago Tramo aTramo bTramo cTramo dTramo e
Salario y complementos salariales
SALARIO DE NIVEL M 2.738,89 €3.081,27 €3.252,45 €3.423,65 €3.642,15 €
INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V M 273,89 €308,13 €325,25 €342,37 €364,21 €
Pagas extraordinarias
PAGA EXTRA DE JUNIO M 2.738,89 €3.081,27 €3.252,45 €3.423,65 €3.642,15 €
PAGA EXTRA DE DICIEMBRE M 2.738,89 €3.081,27 €3.252,45 €3.423,65 €3.642,15 €
Notas de estos conceptos (8)
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 9 tramo A. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 265-304 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 9 tramo B. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 265-304 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 9 tramo C. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 265-304 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 9 tramo D. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 265-304 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • SALARIO DE NIVEL: Anexo II-1, «Tabla salarial año 2021», valores mensuales, nivel 9 tramo E. Art. 30: cuantía por el desempeño de puestos del nivel, de importe diferente según el tramo de progresión (arts. 24-25 y 31). Anexo I: HAY 265-304 puntos (empleados; el nivel no tiene equivalencia AW). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Art. 41.2: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y/o complemento personal de tramo; se devenga de julio a diciembre, proporcional al tiempo de alta. El importe recogido es el salario de nivel; se suman la antigüedad y los complementos personales que se perciban.
  • INCREMENTO DEL 10 % PERSONAL EVENTUAL MODELO V: Anexo VIII, D (personal eventual a tiempo parcial contratado para el modelo V): se le aplica la tabla de salario del anexo II-1 incrementada en un 10 %. Importe calculado (10 % del salario de nivel); la jornada mínima es el 50 % de la anual.
Igual para todo el grupo Mismo importe para las 5 categorías del grupo 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
Salario y complementos salariales
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (E) M 200,31 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 9, columna E (evaluación del desempeño de 0-15 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (D) M 269,92 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 9, columna D (evaluación del desempeño de 16-35 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Cifra transcrita tal cual del boletín (269,92): rompe la progresión del resto de la tabla (en los demás niveles la columna D es un 18 % superior a la E; aquí un 35 %), lo que apunta a una errata del boletín. No se corrige. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (C) M 291,34 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 9, columna C (evaluación del desempeño de 36-65 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (B) M 346,01 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 9, columna B (evaluación del desempeño de 66-85 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
PLUS DE RENDIMIENTO DE EMPLEADOS (A) M 382,44 € Anexo II-3, «Tabla de niveles de plus de rendimiento de empleados año 2021», valores mensuales, nivel 9, columna A (evaluación del desempeño de 86-100 puntos, art. 35.3). Art. 35: retribuye el rendimiento del personal administrativo, técnico y de los mandos intermedios; se cobra la columna que resulte de la evaluación, no todas. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Antigüedad y permanencia
ANTIGÜEDAD M 34,03 € Anexo II-2, «Tabla antigüedad año 2021», valor trienio/mes del nivel 9. Art. 32: cuantía fija por CADA trienio devengado; como máximo seis trienios en nómina, y el valor de los siguientes se transfiere al fondo individual de la EPSV (la aportación de los trienios a la EPSV puede hacerse voluntariamente desde el primero, con decisión irrevocable). El importe recogido es el de UN trienio. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos
COMPLEMENTO POR JORNADA NOCTURNA H 5,01 € Anexo II-5, «Tabla de nocturnidad y horas extras año 2021», tarifa horaria del nivel 9. Art. 39: plus por los trabajos realizados en el turno de noche; también genera plus la ampliación hasta una novena hora de los turnos de mañana y tarde, y en el modelo de dos turnos se abona por el tiempo posterior a las 22:00 o anterior a las 6:00 (anexo VIII). En vacaciones se paga por la media de los doce últimos meses (art. 48). Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).
HORAS EXTRAS H 39,16 € Anexo II-5, tarifa horaria del nivel 9. Art. 42: compensación económica o en tiempo libre (1 hora y 27 minutos, 1,45 horas, por cada hora extra); con carácter general se compensan en descanso. Importe de 2021, el único que publica el convenio. Desde 2022 se actualiza con los incrementos del art. 28.2 (+6 % en 2022; +2,25 % cada año de 2023 a 2026).

Incrementos y revisiones futuras

Estos años no tienen tabla publicada con los importes definitivos: su subida se calcula con lo que pacta el convenio. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2022 +6,0 % consolidado · Todas las retribuciones; sobre la tabla de 2021 Art. 28.2. El boletín no publica la tabla de 2022. La paga de resultados teórica de 2022 es de 750 € y las dietas y el kilometraje se fijan desde septiembre de 2022 (arts. 38, 43 y 44).
2023 +2,25 % consolidado · Todas las retribuciones; sobre la tabla de 2022 Art. 28.2. La paga de transformación se actualiza con los incrementos desde el 1 de enero de 2023.
2024 +2,25 % consolidado · Todas las retribuciones; sobre la tabla de 2023 Art. 28.2.
2025 +2,25 % consolidado · Todas las retribuciones; sobre la tabla de 2024 Art. 28.2.
2026 +2,25 % consolidado · Todas las retribuciones; sobre la tabla de 2025 Art. 28.2.

Historia del convenio

01/01/2021 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2026 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de Fabricación de vehículos de motor (automoción) (Araba/Álava)?

En 2021, el salario base va desde 1.485,48 € hasta 3.642,15 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia y ámbito

Convenio de seis años (2021-2026) para la fábrica de Vitoria-Gasteiz, que se aplica hasta la firma del siguiente.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2026, salvo los puntos en que se pacte otra cosa (art. 3).
  • Se prorroga por anualidades salvo denuncia escrita en los tres últimos meses de vigencia, y se aplica hasta la firma del siguiente convenio (art. 3).
  • Se aplica a toda la plantilla del centro de Vitoria-Gasteiz salvo altos cargos directivos, jefaturas de división y de departamento, personal técnico superior y titulados superiores (art. 2).
  • Al personal excluido sí le alcanzan los fondos y atenciones sociales, la nocturnidad (art. 39), la jornada (art. 46), las vacaciones (art. 48) y las licencias (art. 54).
  • Aplicación preferente: sus condiciones no se ven afectadas por ningún convenio estatal o sectorial durante su vigencia, salvo en la duración de los contratos eventuales (disposición adicional segunda).
  • En lo no regulado se aplica la ordenanza laboral siderometalúrgica derogada, y en faltas y sanciones el régimen disciplinario de la Resolución de 22/04/2013 (BOE de 10/05/2013) (disposición final).

Subidas salariales 2022-2026 y pagas únicas

El convenio publica solo la tabla de 2021; cada año siguiente se aplica un porcentaje consolidado sobre todas las retribuciones.

  • 2022: +6,0 % consolidado.
  • 2023, 2024, 2025 y 2026: +2,25 % consolidado cada año.
  • Se aplica a todas las retribuciones del personal del ámbito general del convenio; la tabla de cada año sirve de base para la del siguiente (art. 28.2).
  • Paga única y no consolidable de 4.000 € brutos en julio de 2022 (por haber trabajado en 2021).
  • Paga única de 500 € brutos en julio de 2022 por la firma del convenio, y 500 € más cuando la fábrica alcance las 200.000 unidades producidas.
  • Personal excluido del ámbito general: paga única de 650 € brutos en 2022 y 250 € cada septiembre desde 2022 (en lugar de la paga de transformación).
  • El boletín no publica las tablas de 2022 a 2026: la ficha no las calcula.

Jornada anual y flexibilidad

Jornada anual de 1.712 horas (214 días de 8 horas) en jornada continuada y 1.704 horas en jornada partida, igual los seis años.

  • Jornada continuada: 1.712 horas, con 15 minutos de bocadillo incluidos en jornadas de más de 6 horas (art. 46.1).
  • Jornada partida: 1.704 horas de trabajo efectivo, sin pausa de bocadillo (art. 46.2).
  • Calendario laboral pactado con la comisión antes del 31 de diciembre del año anterior (art. 47.1).
  • Hasta 20 sábados de producción en turno de mañana por persona y año, planificados mensualmente con 10 días de antelación (art. 47.5.B).
  • Compensación de cada sábado de producción: cobro (1x1 a la cuenta flexible + plus), disfrute (1x1,75) o mixta (1x1 + 6 horas a la cuenta personal, hasta 40 horas; 60 en mantenimiento y similares).
  • Bolsa de horas: cuenta flexible individual con suspensiones de jornada hasta un límite de -144 horas en la cuenta de referencia antes de recurrir a un ERTE (art. 47 D).
  • Los saldos positivos se liquidan hasta el 30 de junio del año siguiente; si no, se pagan hora por hora (más el plus de exceso de jornada si superan las 214 jornadas).
  • Prolongación de 1 hora del turno de tarde: con al menos 18 horas de preaviso, como máximo 10 veces al año y 5 al mes, de lunes a jueves.
  • Modelos de trabajo: dos turnos de 8 a 9 horas (estándar), turno de noche fijo desde 4 horas, tres turnos rotativos con noche de 6,5 a 8 horas, 4.º turno de fines de semana (modelo V) y tres modelos excepcionales (anexo VIII).

Vacaciones

Vacaciones estivales colectivas o individuales entre la semana del 15 de junio y el 30 de septiembre, con tres semanas seguidas garantizadas.

  • Se disfrutan entre el comienzo de la semana del 15 de junio y el 30 de septiembre, con la garantía de tres semanas ininterrumpidas y una alterna (art. 48).
  • Puede establecerse un corredor de vacaciones individuales; la empresa lo comunica antes del 31 de marzo.
  • Las fiestas de La Blanca de Vitoria-Gasteiz son inhábiles a efectos de producción.
  • Vacaciones colectivas: salario real más la media de prima y pluses de los tres últimos meses; individuales: más la prima y pluses de ese mes. La nocturnidad, por la media de los últimos doce meses.
  • Por circunstancias excepcionales la dirección puede cambiar las fechas con dos meses de antelación.
  • Si coinciden con una IT, se disfrutan al terminar esta y, si es posible, antes del 31 de diciembre.
  • El convenio no fija el número de días de vacaciones.

Pagas extraordinarias

Doce mensualidades y tres pagas extraordinarias: junio, diciembre y la paga de transformación de septiembre.

  • Junio: una mensualidad de salario de nivel, antigüedad, complemento ad personam y complemento personal de tramo; se devenga de enero a junio.
  • Diciembre: la misma mensualidad; se devenga de julio a diciembre.
  • Septiembre (desde 2022): paga de transformación de 1.000 € brutos, actualizada con los incrementos desde 2023; se devenga de octubre del año anterior a septiembre.
  • La paga de transformación se abona según el tiempo de alta y el porcentaje de jornada, descontando incidencias, paros y huelgas (art. 45.3).

Antigüedad por trienios y premios

Importe fijo mensual por cada trienio, según el nivel, con un máximo de seis trienios en nómina.

  • Valor de cada trienio en 2021: 30,07 € al mes en los niveles 1 a 3; 30,27 € en el 4; 30,87 € en el 5; 31,28 € en el 6; 32,04 € en el 7; 33,19 € en el 8 y 34,03 € en el 9 (anexo II-2).
  • A partir del sexto trienio, su valor se transfiere al fondo individual de cada persona en la EPSV (art. 32).
  • Se puede aportar voluntariamente a la EPSV el valor de los trienios desde el primero; la decisión es irrevocable.
  • Premios de antigüedad 2021: 25 años, 1.722,71 €; 40 años, 2.120,27 € (art. 57).
  • Premios desde 2022: 25 años, 1.826,07 € y un día de permiso; 35 años, 2.247,49 € y dos días de permiso (también en 2022 para quien acumulara de 36 a 40 años).

Complemento por baja (Incapacidad Temporal) ligado al absentismo

La empresa complementa un porcentaje del sueldo más la antigüedad en enfermedad y accidente, que depende del absentismo de la plantilla.

  • Con un absentismo del 4,3 %: complemento del 10 % del sueldo más la antigüedad (el que antes aportaba la EPSV).
  • Cada décima de mejora del absentismo suma un 1,5 %, hasta un máximo del 25 % con un absentismo del 3,3 % o menos.
  • Cada décima de empeoramiento lo reduce; con un absentismo del 5,3 % o más, el complemento es cero.
  • Computan como absentismo la enfermedad común (salvo maternidad), el accidente, los retrasos y los permisos y licencias.
  • Además, por cada día de IT por enfermedad, accidente, maternidad, paternidad o riesgo de embarazo se abona el 30 % del valor diario de la paga de transformación (unos 0,82 € al día en 2022, art. 45.3).

Primas de rendimiento, calidad y resultados

Cada colectivo cobra su prima de rendimiento, además de la prima de calidad y la paga de resultados.

  • Mano de obra directa (MOD): prima P = K × 467,20 € al mes (2021), con K según el rendimiento (art. 33).
  • Mano de obra indirecta (MOI, niveles 1-6): (Tm × C) × D × F, con la tarifa del anexo II-4, el coeficiente de evaluación D (0,95 a 1,15) y el rendimiento de la MOD (art. 34).
  • Empleados y mandos intermedios: plus mensual según nivel y evaluación del desempeño (E a A), anexo II-3 (art. 35).
  • Prima de calidad mensual (2021): Q1 48,29 € (MOD), Q2 36,22 € y Q3 24,15 €; entre el 50 % y el 150 % según la calidad (art. 36).
  • Mandos intermedios: retribución variable del 7 % del salario anual del nivel 8 tramo D con el 100 % de objetivos (2.953,50 € en 2021), entre 1.476,75 € y 4.430,25 € (art. 37).
  • Paga de resultados: teórica de 537 € en 2021 y 750 € en 2022, por objetivos de fábrica (absentismo 35 %, programa 30 %, calidad 35 %) y de la corporación; en 2022, entre 0 y 2.250 € (art. 38).
  • Rendimiento pactado: nivel de actividad del 107,6 % sobre la base 100 de tiempos TE, que sirve de referencia para las cargas de trabajo (art. 16).
  • Un rendimiento inferior al 95 % puede dar lugar a medidas disciplinarias, con intervención de la comisión de productividad (art. 14.6.f).

Sábados, festivos, disponibilidad y desplazamientos

Pluses por jornada trabajada en sábado, festivo o fin de semana, y compensación de gastos.

  • Sábado de producción en turno de mañana: 97,68 € por jornada (o 0,75 días de descanso); en condiciones extraordinarias, 122,88 € (art. 40.1).
  • Mantenimiento habitual en sábado sin producción: 120,24 € por jornada más el descanso (art. 40.2.a).
  • Trabajo habitual entre las 14:00 del sábado y las 6:00 del lunes o en festivo: 141,6 € por jornada más el descanso (art. 40.2.b).
  • Trabajo esporádico en fines de semana sin producción: 122,88 € más el descanso (art. 40.2.c).
  • Plus de transporte sin transporte colectivo de empresa: 4,14 € por jornada (2021).
  • Servicio de disponibilidad: 30,47 € por 8 horas (43,54 € en jornada especial), año 2021 (anexo VII).
  • Dietas desde septiembre de 2022: 53,42 € en España y 81,47 € en el extranjero; kilometraje: 0,28 €/km (arts. 43 y 44).
  • Horas extraordinarias: solo en supuestos excepcionales; se pagan según el anexo II-5 o se compensan con 1,45 horas de descanso por hora (art. 42).

Fondos sociales, seguro y otras ayudas

Fondo social, préstamos de vivienda, seguro de accidentes y otras ayudas de la empresa.

  • Fondo de atenciones sociales: 48,71 € por persona en plantilla activa en 2022, más el 10 % del ahorro neto de las propuestas de mejora (15 % desde 2023), repartido por la comisión de asuntos sociales (art. 56).
  • Préstamos de vivienda: fondo de 186.000 €, préstamos de hasta 6.000 € a devolver en 8 años (art. 59).
  • Seguro de accidentes fuera del centro de trabajo (vida privada o laboral): 60.000 € por muerte o incapacidad permanente absoluta; la total y la parcial, según el baremo de la póliza (art. 60).
  • Pago de la guardería a través de la empresa, con el tratamiento fiscal que corresponda (art. 61).
  • Transporte colectivo a cargo de la empresa (art. 58).
  • Aprendices de FP dual: fondo de hasta 12.000 € para ayudas de estudios a hijos e hijas de la plantilla; cinco contratos fijos al año en el nivel 4 tramo A al terminar (anexo IV).
  • Desde enero de 2023 la empresa deja de aportar a la Fundación Laboral San Prudencio (disposición adicional tercera).

Licencias retribuidas

Permisos retribuidos desde el momento en que se produce la causa.

  • Matrimonio: 18 días naturales, además de las vacaciones.
  • Fallecimiento del cónyuge o pareja: 5 días naturales; de padres, madres e hijos (naturales o políticos): 4; de abuelos, nietos, hermanos y cónyuges de hermanos: 3.
  • Enfermedad grave o intervención quirúrgica del cónyuge, padres e hijos: 2 días naturales; de hermanos, abuelos, nietos, yernos, nueras, suegros y cuñados (con hospitalización o reposo domiciliario): 2.
  • Dos días más en los casos anteriores si hay que desplazarse a más de 200 km.
  • Matrimonio u ordenación religiosa de hijos, padres o hermanos: 1 día; traslado de domicilio: 1 día.
  • Consultas médicas: el tiempo necesario en la Seguridad Social y hasta 16 horas al año en la sanidad privada, también para acompañar a familiares de primer grado y pareja.
  • Lactancia: una hora de reducción de jornada hasta que el bebé cumple 9 meses.
  • Las licencias de los puntos 2 a 7 se aplican también a las parejas de hecho registradas.

Empleo, movilidad y excedencias

Compromisos de empleo estable, reglas de movilidad y excedencias propias.

  • Al menos el 85 % de la plantilla con contrato indefinido, salvo situaciones coyunturales extraordinarias (art. 52).
  • Compromiso de convertir 150 contratos temporales en indefinidos durante 2022 (preámbulo).
  • Contrato de relevo (RD 20/2018) para más de 250 relevistas hasta 2026, mientras siga vigente esa norma (art. 53).
  • Funciones de nivel superior: se cobran las diferencias; consolidan a título personal tras seis meses en un año u ocho en dos (art. 26).
  • Excedencia de hasta un año para estudios, voluntaria de 4 meses a 5 años (con reserva entre uno y tres años), y en verano (julio-agosto) para cuidado de hijos o mayores dependientes (art. 55).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 60), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente de trabajo o accidente no laboral 60.000,00 € Incluye: Accidentes ocurridos fuera del centro habitual de trabajo, en la vida privada o en el desempeño de la actividad laboral · Excluye: Accidentes dentro del centro habitual de trabajo; Deportes de alto riesgo (alpinismo, submarinismo, motociclismo, automovilismo de competición…)
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o accidente no laboral 60.000,00 € Incluye: Accidentes ocurridos fuera del centro habitual de trabajo, en la vida privada o en el desempeño de la actividad laboral · Excluye: Accidentes dentro del centro habitual de trabajo; Deportes de alto riesgo (alpinismo, submarinismo, motociclismo, automovilismo de competición…) · El boletín publica muerte e incapacidad permanente absoluta con el mismo capital.
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o accidente no laboral — Indemnización con arreglo a los baremos de las condiciones generales de la póliza; el convenio no fija el importe.
Incapacidad permanente parcial accidente de trabajo o accidente no laboral — Indemnización con arreglo a los baremos de las condiciones generales de la póliza; el convenio no fija el importe.

Desde cuándo cubre: Cubre los accidentes que se produzcan después de la firma del convenio

Póliza de accidentes para el personal de plantilla. Incompatible con la póliza fija que la empresa tenga suscrita para otros colectivos; se respetan los capitales superiores garantizados a título personal. Copia de las condiciones generales a los sindicatos firmantes y al comité.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio no pacta subrogación convencional de la plantilla al cambiar la contrata. Leído el texto entero: el convenio no pacta subrogación por cambio de contrata.

← Ver todos los convenios