Convenio colectivo · REGCON 19000232011983

Convenio colectivo de Mercedes-Benz España, S.A.U., centro de Azuqueca de Henares 2013-2017

Guadalajara Automoción: posventa, recambios y formación (centro de Azuqueca de Henares) Ámbito empresa Vigencia 01/01/2013 — 31/12/2017
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Guadalajara n.º 140, de 20/11/2015.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2017, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Este convenio desarrolla un acuerdo marco estatal: Convenio colectivo estatal del metal (industria, tecnología y servicios), que fija las condiciones mínimas comunes de todo el sector (jornada máxima, clasificación profesional, régimen disciplinario…). Si una condición no aparece aquí, mírala allí.

Tablas salariales 2017 (1,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
KILOMETRAJE H 0,27 € Art. 27: por el uso del vehículo propio en gestiones o viajes por cuenta de la empresa. Importe único para toda la vigencia del convenio.
SEGURO DE VIDA A 16.500,00 € Art. 33: capital por muerte o invalidez permanente absoluta (2015-2017, cuadro del artículo). La actualización se aplica desde el mes siguiente a la firma del convenio. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
SEGURO DE ACCIDENTES A 68.000,00 € Art. 34: capital por muerte e invalidez permanente por accidente, en la vida privada o laboral (las 24 horas), para todo el personal del convenio (2015-2017, cuadro del artículo). La invalidez total o parcial se indemniza según los baremos de la póliza. Excluye los deportes de alto riesgo. Desde el mes siguiente a la firma. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 25 AÑOS A 1.600,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 25 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2017 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 40 AÑOS A 1.700,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 40 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2017 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.

Este convenio publica muchas categorías: van agrupadas por grupo profesional y cada columna es un concepto con su forma de pago (M mensual, A anual, S semanal, D diario, E por día efectivo, H por hora o unidad).

PERSONAL OBRERO 36 categorías · 6 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA HHORA NOCTURNIDAD H
MOZO ALM A 1.476,64 €1.476,64 €1.476,64 €20.672,93 €14,88 €2,85 €
MOZO ALM B 1.661,23 €1.661,23 €1.661,23 €23.257,23 €16,68 €2,85 €
AW07 1.802,21 €1.802,21 €1.802,21 €25.230,99 €18,12 €2,89 €
AW08 1.821,42 €1.821,42 €1.821,42 €25.499,87 €18,32 €2,93 €
AW09 1.840,27 €1.840,27 €1.840,27 €25.763,71 €18,52 €2,95 €
AW10 1.859,23 €1.859,23 €1.859,23 €26.029,18 €18,69 €2,98 €
AW11 1.878,23 €1.878,23 €1.878,23 €26.295,25 €18,91 €3,00 €
AW12 1.897,30 €1.897,30 €1.897,30 €26.562,20 €19,12 €3,05 €
AW13 1.916,21 €1.916,21 €1.916,21 €26.826,93 €19,27 €3,08 €
AW14 1.935,58 €1.935,58 €1.935,58 €27.098,18 €19,54 €3,11 €
AW15 1.954,07 €1.954,07 €1.954,07 €27.356,98 €19,71 €3,17 €
AW16 1.973,18 €1.973,18 €1.973,18 €27.624,53 €19,89 €3,21 €
AW17 1.992,03 €1.992,03 €1.992,03 €27.888,37 €20,13 €3,24 €
AW18 2.011,17 €2.011,17 €2.011,17 €28.156,36 €20,29 €3,28 €
AW19 2.030,15 €2.030,15 €2.030,15 €28.422,13 €20,48 €3,32 €
AW20 2.048,91 €2.048,91 €2.048,91 €28.684,78 €20,69 €3,34 €
AW21 2.068,02 €2.068,02 €2.068,02 €28.952,33 €20,91 €3,39 €
AW22 2.086,92 €2.086,92 €2.086,92 €29.216,91 €21,08 €3,42 €
AW23 2.105,89 €2.105,89 €2.105,89 €29.482,53 €21,31 €3,45 €
AW24 2.124,96 €2.124,96 €2.124,96 €29.749,48 €21,50 €3,47 €
AW25 2.143,88 €2.143,88 €2.143,88 €30.014,36 €21,65 €3,49 €
AW26 2.162,91 €2.162,91 €2.162,91 €30.280,72 €21,88 €3,58 €
AW27 2.181,86 €2.181,86 €2.181,86 €30.546,04 €22,11 €3,60 €
AW28 2.200,71 €2.200,71 €2.200,71 €30.809,88 €22,25 €3,64 €
AW29 2.219,78 €2.219,78 €2.219,78 €31.076,98 €22,48 €3,68 €
AW30 2.238,77 €2.238,77 €2.238,77 €31.342,75 €22,68 €3,73 €
AW31 2.257,68 €2.257,68 €2.257,68 €31.607,48 €22,86 €3,74 €
AW32 2.276,62 €2.276,62 €2.276,62 €31.872,65 €23,10 €3,79 €
AW33 2.295,62 €2.295,62 €2.295,62 €32.138,72 €23,27 €3,82 €
AW34 2.314,47 €2.314,47 €2.314,47 €32.402,56 €23,47 €3,85 €
AW35 2.333,43 €2.333,43 €2.333,43 €32.668,03 €23,68 €3,92 €
AW36 2.352,60 €2.352,60 €2.352,60 €32.936,46 €23,86 €3,93 €
AW37 2.371,51 €2.371,51 €2.371,51 €33.201,19 €24,09 €3,96 €
AW38 2.390,48 €2.390,48 €2.390,48 €33.466,66 €24,29 €3,99 €
AW39 2.409,40 €2.409,40 €2.409,40 €33.731,54 €24,46 €4,03 €
AW40 2.428,52 €2.428,52 €2.428,52 €33.999,24 €24,68 €4,08 €
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2017 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.

El resto de notas de este grupo están en el Excel de descarga.

PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO ESPECIALISTA 9 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE01 3.761,36 €3.761,36 €3.761,36 €52.659,02 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE02 3.566,85 €3.566,85 €3.566,85 €49.935,91 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE03 3.406,53 €3.406,53 €3.406,53 €47.691,36 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE04 3.266,24 €3.266,24 €3.266,24 €45.727,38 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE05 3.116,05 €3.116,05 €3.116,05 €43.624,71 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE06 2.975,84 €2.975,84 €2.975,84 €41.661,79 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE07 2.828,90 €2.828,90 €2.828,90 €39.604,64 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE08 2.682,04 €2.682,04 €2.682,04 €37.548,55 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE09 2.487,61 €2.487,61 €2.487,61 €34.826,50 €—
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2017 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE08, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional.

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PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO 6 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO - TN01 2.835,94 €2.835,94 €2.835,94 €39.703,10 €—
TÉCNICO - TN02 2.722,50 €2.722,50 €2.722,50 €38.114,98 €—
TÉCNICO - TN03 2.592,42 €2.592,42 €2.592,42 €36.293,93 €—
TÉCNICO - TN04 2.495,32 €2.495,32 €2.495,32 €34.934,49 €—
TÉCNICO - TN05 2.382,19 €2.382,19 €2.382,19 €33.350,60 €—
TÉCNICO - TN06 2.284,33 €2.284,33 €2.284,33 €31.980,58 €—
Notas de los conceptos de este grupo (25)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2017 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 3 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO SOPORTE 7 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO SOPORTE - TP01 2.284,33 €2.284,33 €2.284,33 €31.980,58 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP02 2.247,65 €2.247,65 €2.247,65 €31.467,09 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP03 2.181,25 €2.181,25 €2.181,25 €30.537,51 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP04 2.064,79 €2.064,79 €2.064,79 €28.907,03 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP05 1.948,40 €1.948,40 €1.948,40 €27.277,62 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP06 1.852,81 €1.852,81 €1.852,81 €25.939,36 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP07 1.739,37 €1.739,37 €1.739,37 €24.351,24 €—
Notas de los conceptos de este grupo (29)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2017 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 2 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 1 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2017 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
Tablas salariales 2016 (1,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
KILOMETRAJE H 0,27 € Art. 27: por el uso del vehículo propio en gestiones o viajes por cuenta de la empresa. Importe único para toda la vigencia del convenio.
SEGURO DE VIDA A 16.500,00 € Art. 33: capital por muerte o invalidez permanente absoluta (2015-2017, cuadro del artículo). La actualización se aplica desde el mes siguiente a la firma del convenio. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
SEGURO DE ACCIDENTES A 68.000,00 € Art. 34: capital por muerte e invalidez permanente por accidente, en la vida privada o laboral (las 24 horas), para todo el personal del convenio (2015-2017, cuadro del artículo). La invalidez total o parcial se indemniza según los baremos de la póliza. Excluye los deportes de alto riesgo. Desde el mes siguiente a la firma. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 25 AÑOS A 1.550,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 25 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2016 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 40 AÑOS A 1.650,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 40 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2016 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.

Este convenio publica muchas categorías: van agrupadas por grupo profesional y cada columna es un concepto con su forma de pago (M mensual, A anual, S semanal, D diario, E por día efectivo, H por hora o unidad).

PERSONAL OBRERO 36 categorías · 6 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA HHORA NOCTURNIDAD H
MOZO ALM A 1.454,82 €1.454,82 €1.454,82 €20.367,42 €14,66 €2,81 €
MOZO ALM B 1.636,68 €1.636,68 €1.636,68 €22.913,53 €16,43 €2,81 €
AW07 1.775,58 €1.775,58 €1.775,58 €24.858,12 €17,85 €2,85 €
AW08 1.794,50 €1.794,50 €1.794,50 €25.123,03 €18,05 €2,89 €
AW09 1.813,07 €1.813,07 €1.813,07 €25.382,97 €18,24 €2,91 €
AW10 1.831,75 €1.831,75 €1.831,75 €25.644,52 €18,41 €2,93 €
AW11 1.850,47 €1.850,47 €1.850,47 €25.906,65 €18,63 €2,95 €
AW12 1.869,26 €1.869,26 €1.869,26 €26.169,66 €18,84 €3,00 €
AW13 1.887,89 €1.887,89 €1.887,89 €26.430,47 €18,98 €3,04 €
AW14 1.906,98 €1.906,98 €1.906,98 €26.697,72 €19,26 €3,07 €
AW15 1.925,19 €1.925,19 €1.925,19 €26.952,69 €19,42 €3,12 €
AW16 1.944,02 €1.944,02 €1.944,02 €27.216,28 €19,60 €3,16 €
AW17 1.962,59 €1.962,59 €1.962,59 €27.476,23 €19,83 €3,19 €
AW18 1.981,45 €1.981,45 €1.981,45 €27.740,26 €19,99 €3,23 €
AW19 2.000,15 €2.000,15 €2.000,15 €28.002,10 €20,17 €3,28 €
AW20 2.018,63 €2.018,63 €2.018,63 €28.260,87 €20,38 €3,29 €
AW21 2.037,46 €2.037,46 €2.037,46 €28.524,46 €20,60 €3,34 €
AW22 2.056,08 €2.056,08 €2.056,08 €28.785,13 €20,77 €3,37 €
AW23 2.074,77 €2.074,77 €2.074,77 €29.046,83 €21,00 €3,40 €
AW24 2.093,56 €2.093,56 €2.093,56 €29.309,83 €21,19 €3,42 €
AW25 2.112,20 €2.112,20 €2.112,20 €29.570,80 €21,33 €3,44 €
AW26 2.130,94 €2.130,94 €2.130,94 €29.833,22 €21,56 €3,53 €
AW27 2.149,62 €2.149,62 €2.149,62 €30.094,62 €21,78 €3,55 €
AW28 2.168,18 €2.168,18 €2.168,18 €30.354,56 €21,93 €3,59 €
AW29 2.186,98 €2.186,98 €2.186,98 €30.617,72 €22,15 €3,63 €
AW30 2.205,68 €2.205,68 €2.205,68 €30.879,56 €22,34 €3,67 €
AW31 2.224,31 €2.224,31 €2.224,31 €31.140,37 €22,52 €3,68 €
AW32 2.242,97 €2.242,97 €2.242,97 €31.401,63 €22,76 €3,73 €
AW33 2.261,70 €2.261,70 €2.261,70 €31.663,76 €22,93 €3,77 €
AW34 2.280,26 €2.280,26 €2.280,26 €31.923,70 €23,13 €3,80 €
AW35 2.298,95 €2.298,95 €2.298,95 €32.185,25 €23,33 €3,86 €
AW36 2.317,84 €2.317,84 €2.317,84 €32.449,72 €23,51 €3,87 €
AW37 2.336,47 €2.336,47 €2.336,47 €32.710,54 €23,73 €3,90 €
AW38 2.355,15 €2.355,15 €2.355,15 €32.972,08 €23,93 €3,93 €
AW39 2.373,79 €2.373,79 €2.373,79 €33.233,05 €24,10 €3,97 €
AW40 2.392,63 €2.392,63 €2.392,63 €33.496,79 €24,31 €4,02 €
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2016 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.

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PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO ESPECIALISTA 9 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE01 3.705,77 €3.705,77 €3.705,77 €51.880,80 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE02 3.514,14 €3.514,14 €3.514,14 €49.197,94 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE03 3.356,18 €3.356,18 €3.356,18 €46.986,57 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE04 3.217,97 €3.217,97 €3.217,97 €45.051,61 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE05 3.070,00 €3.070,00 €3.070,00 €42.980,01 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE06 2.931,86 €2.931,86 €2.931,86 €41.046,10 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE07 2.787,10 €2.787,10 €2.787,10 €39.019,35 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE08 2.642,40 €2.642,40 €2.642,40 €36.993,64 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE09 2.450,84 €2.450,84 €2.450,84 €34.311,82 €—
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2016 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE08, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional.

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PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO 6 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO - TN01 2.794,03 €2.794,03 €2.794,03 €39.116,36 €—
TÉCNICO - TN02 2.682,26 €2.682,26 €2.682,26 €37.551,70 €—
TÉCNICO - TN03 2.554,11 €2.554,11 €2.554,11 €35.757,56 €—
TÉCNICO - TN04 2.458,44 €2.458,44 €2.458,44 €34.418,22 €—
TÉCNICO - TN05 2.346,98 €2.346,98 €2.346,98 €32.857,74 €—
TÉCNICO - TN06 2.250,57 €2.250,57 €2.250,57 €31.507,96 €—
Notas de los conceptos de este grupo (25)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2016 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 3 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO SOPORTE 7 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO SOPORTE - TP01 2.250,57 €2.250,57 €2.250,57 €31.507,96 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP02 2.214,43 €2.214,43 €2.214,43 €31.002,06 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP03 2.149,02 €2.149,02 €2.149,02 €30.086,21 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP04 2.034,27 €2.034,27 €2.034,27 €28.479,84 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP05 1.919,61 €1.919,61 €1.919,61 €26.874,50 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP06 1.825,43 €1.825,43 €1.825,43 €25.556,02 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP07 1.713,67 €1.713,67 €1.713,67 €23.991,36 €—
Notas de los conceptos de este grupo (29)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2016 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 2 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 1 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2016 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
Tablas salariales 2015 (1,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
KILOMETRAJE H 0,27 € Art. 27: por el uso del vehículo propio en gestiones o viajes por cuenta de la empresa. Importe único para toda la vigencia del convenio.
SEGURO DE VIDA A 16.500,00 € Art. 33: capital por muerte o invalidez permanente absoluta (2015-2017, cuadro del artículo). La actualización se aplica desde el mes siguiente a la firma del convenio. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
SEGURO DE ACCIDENTES A 68.000,00 € Art. 34: capital por muerte e invalidez permanente por accidente, en la vida privada o laboral (las 24 horas), para todo el personal del convenio (2015-2017, cuadro del artículo). La invalidez total o parcial se indemniza según los baremos de la póliza. Excluye los deportes de alto riesgo. Desde el mes siguiente a la firma. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 25 AÑOS A 1.500,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 25 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2015 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 40 AÑOS A 1.600,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 40 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2015 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.

Este convenio publica muchas categorías: van agrupadas por grupo profesional y cada columna es un concepto con su forma de pago (M mensual, A anual, S semanal, D diario, E por día efectivo, H por hora o unidad).

PERSONAL OBRERO 36 categorías · 6 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA HHORA NOCTURNIDAD H
MOZO ALM A 1.433,32 €1.433,32 €1.433,32 €20.066,42 €14,44 €2,76 €
MOZO ALM B 1.612,49 €1.612,49 €1.612,49 €22.574,90 €16,19 €2,76 €
AW07 1.749,34 €1.749,34 €1.749,34 €24.490,76 €17,58 €2,81 €
AW08 1.767,98 €1.767,98 €1.767,98 €24.751,75 €17,78 €2,85 €
AW09 1.786,28 €1.786,28 €1.786,28 €25.007,85 €17,97 €2,87 €
AW10 1.804,68 €1.804,68 €1.804,68 €25.265,53 €18,14 €2,89 €
AW11 1.823,13 €1.823,13 €1.823,13 €25.523,79 €18,35 €2,91 €
AW12 1.841,64 €1.841,64 €1.841,64 €25.782,91 €18,56 €2,96 €
AW13 1.859,99 €1.859,99 €1.859,99 €26.039,87 €18,70 €2,99 €
AW14 1.878,80 €1.878,80 €1.878,80 €26.303,17 €18,97 €3,02 €
AW15 1.896,74 €1.896,74 €1.896,74 €26.554,38 €19,14 €3,07 €
AW16 1.915,29 €1.915,29 €1.915,29 €26.814,07 €19,31 €3,11 €
AW17 1.933,58 €1.933,58 €1.933,58 €27.070,17 €19,54 €3,14 €
AW18 1.952,16 €1.952,16 €1.952,16 €27.330,30 €19,69 €3,19 €
AW19 1.970,59 €1.970,59 €1.970,59 €27.588,27 €19,88 €3,23 €
AW20 1.988,80 €1.988,80 €1.988,80 €27.843,22 €20,08 €3,24 €
AW21 2.007,35 €2.007,35 €2.007,35 €28.102,92 €20,30 €3,29 €
AW22 2.025,70 €2.025,70 €2.025,70 €28.359,74 €20,46 €3,32 €
AW23 2.044,11 €2.044,11 €2.044,11 €28.617,56 €20,69 €3,35 €
AW24 2.062,62 €2.062,62 €2.062,62 €28.876,68 €20,87 €3,37 €
AW25 2.080,98 €2.080,98 €2.080,98 €29.133,79 €21,02 €3,39 €
AW26 2.099,45 €2.099,45 €2.099,45 €29.392,34 €21,24 €3,47 €
AW27 2.117,85 €2.117,85 €2.117,85 €29.649,87 €21,46 €3,49 €
AW28 2.136,14 €2.136,14 €2.136,14 €29.905,97 €21,60 €3,54 €
AW29 2.154,66 €2.154,66 €2.154,66 €30.165,24 €21,82 €3,58 €
AW30 2.173,09 €2.173,09 €2.173,09 €30.423,21 €22,01 €3,62 €
AW31 2.191,44 €2.191,44 €2.191,44 €30.680,17 €22,19 €3,63 €
AW32 2.209,83 €2.209,83 €2.209,83 €30.937,57 €22,42 €3,68 €
AW33 2.228,27 €2.228,27 €2.228,27 €31.195,82 €22,59 €3,71 €
AW34 2.246,57 €2.246,57 €2.246,57 €31.451,92 €22,78 €3,74 €
AW35 2.264,97 €2.264,97 €2.264,97 €31.709,61 €22,99 €3,80 €
AW36 2.283,58 €2.283,58 €2.283,58 €31.970,17 €23,16 €3,81 €
AW37 2.301,94 €2.301,94 €2.301,94 €32.227,13 €23,38 €3,84 €
AW38 2.320,34 €2.320,34 €2.320,34 €32.484,81 €23,58 €3,87 €
AW39 2.338,71 €2.338,71 €2.338,71 €32.741,92 €23,74 €3,92 €
AW40 2.357,27 €2.357,27 €2.357,27 €33.001,76 €23,96 €3,96 €
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2015 (1,5 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.

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PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO ESPECIALISTA 9 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE01 3.651,01 €3.651,01 €3.651,01 €51.114,09 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE02 3.462,21 €3.462,21 €3.462,21 €48.470,88 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE03 3.306,58 €3.306,58 €3.306,58 €46.292,18 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE04 3.170,42 €3.170,42 €3.170,42 €44.385,82 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE05 3.024,63 €3.024,63 €3.024,63 €42.344,84 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE06 2.888,54 €2.888,54 €2.888,54 €40.439,50 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE07 2.745,91 €2.745,91 €2.745,91 €38.442,71 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE08 2.603,35 €2.603,35 €2.603,35 €36.446,94 €—
TÉCNICO ESPECIALISTA - TE09 2.414,63 €2.414,63 €2.414,63 €33.804,75 €—
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2015 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Especialista, nivel TE08, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional.

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PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO 6 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO - TN01 2.752,73 €2.752,73 €2.752,73 €38.538,28 €—
TÉCNICO - TN02 2.642,63 €2.642,63 €2.642,63 €36.996,75 €—
TÉCNICO - TN03 2.516,37 €2.516,37 €2.516,37 €35.229,13 €—
TÉCNICO - TN04 2.422,11 €2.422,11 €2.422,11 €33.909,58 €—
TÉCNICO - TN05 2.312,30 €2.312,30 €2.312,30 €32.372,16 €—
TÉCNICO - TN06 2.217,31 €2.217,31 €2.217,31 €31.042,33 €—
Notas de los conceptos de este grupo (25)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2015 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 3 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico, nivel TN06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
PERSONAL EMPLEADO > TÉCNICO SOPORTE 7 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TÉCNICO SOPORTE - TP01 2.217,31 €2.217,31 €2.217,31 €31.042,33 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP02 2.181,71 €2.181,71 €2.181,71 €30.543,90 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP03 2.117,26 €2.117,26 €2.117,26 €29.641,59 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP04 2.004,21 €2.004,21 €2.004,21 €28.058,95 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP05 1.891,24 €1.891,24 €1.891,24 €26.477,34 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP06 1.798,45 €1.798,45 €1.798,45 €25.178,34 €—
TÉCNICO SOPORTE - TP07 1.688,34 €1.688,34 €1.688,34 €23.636,81 €—
Notas de los conceptos de este grupo (29)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP01, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Art. 28: las horas extraordinarias se abonan «con los valores que figuran en las tablas anexas», pero la tabla de empleados de 2015 no publica la columna de hora extra (sí la publicaban las de 2013 y 2014). Sin importe publicado; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP02, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP03, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» LD: nivel de libre designación de la empresa. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP04, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: nivel estable ordinario del grupo profesional. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP05, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 2 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP06, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3, estructura de 2015 a 2017: columna «Promoción» 1 AÑOS: nivel de promoción automática por tiempo al nivel inmediatamente superior tras esa permanencia. El boletín imprime como grupo de cotización «5 o 7»: no se transcribe como número.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales empleados 2015 (1,5 %)», grupo profesional Técnico Soporte, nivel TP07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
Tablas salariales 2014 (1,25 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
KILOMETRAJE H 0,27 € Art. 27: por el uso del vehículo propio en gestiones o viajes por cuenta de la empresa. Importe único para toda la vigencia del convenio.
SEGURO DE VIDA A 14.000,00 € Art. 33: capital por muerte o invalidez permanente absoluta (2013-2014, cuadro del artículo). La actualización se aplica desde el mes siguiente a la firma del convenio. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
SEGURO DE ACCIDENTES A 65.000,00 € Art. 34: capital por muerte e invalidez permanente por accidente, en la vida privada o laboral (las 24 horas), para todo el personal del convenio (2013-2014, cuadro del artículo). La invalidez total o parcial se indemniza según los baremos de la póliza. Excluye los deportes de alto riesgo. Desde el mes siguiente a la firma. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 25 AÑOS A 1.500,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 25 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2014 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 40 AÑOS A 1.600,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 40 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2014 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.

Este convenio publica muchas categorías: van agrupadas por grupo profesional y cada columna es un concepto con su forma de pago (M mensual, A anual, S semanal, D diario, E por día efectivo, H por hora o unidad).

PERSONAL OBRERO 36 categorías · 6 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA HHORA NOCTURNIDAD H
MOZO ALM A 1.412,13 €1.412,13 €1.412,13 €19.769,87 €14,23 €2,72 €
MOZO ALM B 1.588,66 €1.588,66 €1.588,66 €22.241,28 €15,95 €2,72 €
AW07 1.723,49 €1.723,49 €1.723,49 €24.128,83 €17,32 €2,76 €
AW08 1.741,85 €1.741,85 €1.741,85 €24.385,96 €17,52 €2,80 €
AW09 1.759,88 €1.759,88 €1.759,88 €24.638,28 €17,71 €2,82 €
AW10 1.778,01 €1.778,01 €1.778,01 €24.892,15 €17,87 €2,85 €
AW11 1.796,19 €1.796,19 €1.796,19 €25.146,59 €18,08 €2,87 €
AW12 1.814,42 €1.814,42 €1.814,42 €25.401,88 €18,29 €2,92 €
AW13 1.832,50 €1.832,50 €1.832,50 €25.655,05 €18,43 €2,95 €
AW14 1.851,03 €1.851,03 €1.851,03 €25.914,45 €18,69 €2,98 €
AW15 1.868,71 €1.868,71 €1.868,71 €26.161,95 €18,85 €3,03 €
AW16 1.886,99 €1.886,99 €1.886,99 €26.417,81 €19,02 €3,07 €
AW17 1.905,01 €1.905,01 €1.905,01 €26.670,12 €19,25 €3,10 €
AW18 1.923,31 €1.923,31 €1.923,31 €26.926,40 €19,40 €3,14 €
AW19 1.941,47 €1.941,47 €1.941,47 €27.180,56 €19,58 €3,18 €
AW20 1.959,41 €1.959,41 €1.959,41 €27.431,74 €19,78 €3,19 €
AW21 1.977,69 €1.977,69 €1.977,69 €27.687,60 €20,00 €3,24 €
AW22 1.995,76 €1.995,76 €1.995,76 €27.940,63 €20,16 €3,27 €
AW23 2.013,90 €2.013,90 €2.013,90 €28.194,64 €20,38 €3,30 €
AW24 2.032,14 €2.032,14 €2.032,14 €28.449,93 €20,56 €3,32 €
AW25 2.050,23 €2.050,23 €2.050,23 €28.703,24 €20,71 €3,34 €
AW26 2.068,43 €2.068,43 €2.068,43 €28.957,97 €20,93 €3,42 €
AW27 2.086,55 €2.086,55 €2.086,55 €29.211,70 €21,14 €3,44 €
AW28 2.104,57 €2.104,57 €2.104,57 €29.464,01 €21,28 €3,48 €
AW29 2.122,82 €2.122,82 €2.122,82 €29.719,45 €21,50 €3,52 €
AW30 2.140,97 €2.140,97 €2.140,97 €29.973,60 €21,69 €3,56 €
AW31 2.159,06 €2.159,06 €2.159,06 €30.226,77 €21,86 €3,57 €
AW32 2.177,17 €2.177,17 €2.177,17 €30.480,36 €22,09 €3,62 €
AW33 2.195,34 €2.195,34 €2.195,34 €30.734,80 €22,25 €3,66 €
AW34 2.213,37 €2.213,37 €2.213,37 €30.987,12 €22,45 €3,69 €
AW35 2.231,50 €2.231,50 €2.231,50 €31.240,99 €22,65 €3,75 €
AW36 2.249,84 €2.249,84 €2.249,84 €31.497,70 €22,82 €3,76 €
AW37 2.267,92 €2.267,92 €2.267,92 €31.750,87 €23,03 €3,79 €
AW38 2.286,05 €2.286,05 €2.286,05 €32.004,74 €23,23 €3,82 €
AW39 2.304,15 €2.304,15 €2.304,15 €32.258,05 €23,39 €3,86 €
AW40 2.322,43 €2.322,43 €2.322,43 €32.514,05 €23,60 €3,90 €
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.

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PERSONAL EMPLEADO > TECNICO ESPECIALISTA 9 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TECNICO ESPECIALISTA - H 2.378,95 €2.378,95 €2.378,95 €33.305,30 €27,17 €
TECNICO ESPECIALISTA - I 2.564,88 €2.564,88 €2.564,88 €35.908,25 €29,29 €
TECNICO ESPECIALISTA - I2 2.705,35 €2.705,35 €2.705,35 €37.874,89 €30,88 €
TECNICO ESPECIALISTA - J 2.845,85 €2.845,85 €2.845,85 €39.841,96 €32,53 €
TECNICO ESPECIALISTA - K 2.979,92 €2.979,92 €2.979,92 €41.718,87 €34,09 €
TECNICO ESPECIALISTA - L 3.123,55 €3.123,55 €3.123,55 €43.729,73 €35,68 €
TECNICO ESPECIALISTA - M 3.257,70 €3.257,70 €3.257,70 €45.607,78 €37,23 €
TECNICO ESPECIALISTA - N 3.411,07 €3.411,07 €3.411,07 €47.755,01 €38,99 €
TECNICO ESPECIALISTA - O 3.597,02 €3.597,02 €3.597,02 €50.358,25 €41,09 €
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).

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PERSONAL EMPLEADO > INSPECTOR TÉCNICO 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
INSPECTOR TÉCNICO - A 2.678,27 €2.678,27 €2.678,27 €37.495,71 €30,60 €
INSPECTOR TÉCNICO - B 2.728,20 €2.728,20 €2.728,20 €38.194,82 €31,19 €
INSPECTOR TÉCNICO - C 2.816,67 €2.816,67 €2.816,67 €39.433,43 €32,18 €
INSPECTOR TÉCNICO - D 2.916,75 €2.916,75 €2.916,75 €40.834,49 €33,31 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > JEFE 1ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
JEFE 1ª - A 2.479,17 €2.479,17 €2.479,17 €34.708,34 €28,35 €
JEFE 1ª - B 2.538,29 €2.538,29 €2.538,29 €35.536,02 €29,01 €
JEFE 1ª - C 2.656,01 €2.656,01 €2.656,01 €37.184,14 €30,35 €
JEFE 1ª - D 2.722,13 €2.722,13 €2.722,13 €38.109,77 €31,12 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > ENCARGADO 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
ENCARGADO - A 2.237,97 €2.237,97 €2.237,97 €31.331,57 €25,57 €
ENCARGADO - B 2.445,69 €2.445,69 €2.445,69 €34.239,71 €27,95 €
ENCARGADO - C 2.516,13 €2.516,13 €2.516,13 €35.225,87 €28,73 €
ENCARGADO - D 2.655,94 €2.655,94 €2.655,94 €37.183,15 €30,35 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > JEFE 2ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
JEFE 2ª - A 2.184,57 €2.184,57 €2.184,57 €30.583,98 €25,02 €
JEFE 2ª - B 2.386,30 €2.386,30 €2.386,30 €33.408,21 €27,28 €
JEFE 2ª - C 2.432,39 €2.432,39 €2.432,39 €34.053,45 €27,82 €
JEFE 2ª - D 2.479,17 €2.479,17 €2.479,17 €34.708,34 €28,35 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > OFICIAL 1ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
OFICIAL 1ª - A 2.018,68 €2.018,68 €2.018,68 €28.261,55 €20,17 €
OFICIAL 1ª - B 2.085,94 €2.085,94 €2.085,94 €29.203,19 €20,95 €
OFICIAL 1ª - C 2.149,48 €2.149,48 €2.149,48 €30.092,67 €21,68 €
OFICIAL 1ª - D 2.184,57 €2.184,57 €2.184,57 €30.583,98 €25,02 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > OFICIAL 2ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
OFICIAL 2ª - A 1.941,27 €1.941,27 €1.941,27 €27.177,73 €19,33 €
OFICIAL 2ª - B 1.974,62 €1.974,62 €1.974,62 €27.644,65 €19,66 €
OFICIAL 2ª - C 2.006,67 €2.006,67 €2.006,67 €28.093,43 €20,07 €
OFICIAL 2ª - D 2.018,68 €2.018,68 €2.018,68 €28.261,55 €20,17 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > AUXILIAR 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
AUXILIAR - A 1.845,72 €1.845,72 €1.845,72 €25.840,03 €18,37 €
AUXILIAR - B 1.863,28 €1.863,28 €1.863,28 €26.085,97 €18,52 €
AUXILIAR - C 1.898,02 €1.898,02 €1.898,02 €26.572,31 €18,96 €
AUXILIAR - D 1.941,27 €1.941,27 €1.941,27 €27.177,73 €19,33 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2014 (1,25 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
Tablas salariales 2013 (0 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
KILOMETRAJE H 0,27 € Art. 27: por el uso del vehículo propio en gestiones o viajes por cuenta de la empresa. Importe único para toda la vigencia del convenio.
SEGURO DE VIDA A 14.000,00 € Art. 33: capital por muerte o invalidez permanente absoluta (2013-2014, cuadro del artículo). La actualización se aplica desde el mes siguiente a la firma del convenio. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
SEGURO DE ACCIDENTES A 65.000,00 € Art. 34: capital por muerte e invalidez permanente por accidente, en la vida privada o laboral (las 24 horas), para todo el personal del convenio (2013-2014, cuadro del artículo). La invalidez total o parcial se indemniza según los baremos de la póliza. Excluye los deportes de alto riesgo. Desde el mes siguiente a la firma. Es un capital asegurado, no un pago periódico.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 25 AÑOS A 1.500,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 25 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2013 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.
PREMIO DE ANTIGÜEDAD 40 AÑOS A 1.600,00 € Art. 35: CONDICIONAL, pago único al cumplir 40 años de antigüedad; cuantía LÍQUIDA de 2013 según el cuadro del artículo. Se abona en el primer semestre del año.

Este convenio publica muchas categorías: van agrupadas por grupo profesional y cada columna es un concepto con su forma de pago (M mensual, A anual, S semanal, D diario, E por día efectivo, H por hora o unidad).

PERSONAL OBRERO 36 categorías · 6 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA HHORA NOCTURNIDAD H
MOZO ALM A 1.394,70 €1.394,70 €1.394,70 €19.525,80 €14,05 €2,69 €
MOZO ALM B 1.569,05 €1.569,05 €1.569,05 €21.966,70 €15,75 €2,69 €
AW07 1.702,21 €1.702,21 €1.702,21 €23.830,94 €17,11 €2,73 €
AW08 1.720,35 €1.720,35 €1.720,35 €24.084,90 €17,30 €2,77 €
AW09 1.738,15 €1.738,15 €1.738,15 €24.334,10 €17,49 €2,79 €
AW10 1.756,06 €1.756,06 €1.756,06 €24.584,84 €17,65 €2,81 €
AW11 1.774,01 €1.774,01 €1.774,01 €24.836,14 €17,86 €2,83 €
AW12 1.792,02 €1.792,02 €1.792,02 €25.088,28 €18,06 €2,88 €
AW13 1.809,88 €1.809,88 €1.809,88 €25.338,32 €18,20 €2,91 €
AW14 1.828,18 €1.828,18 €1.828,18 €25.594,52 €18,46 €2,94 €
AW15 1.845,64 €1.845,64 €1.845,64 €25.838,96 €18,62 €2,99 €
AW16 1.863,69 €1.863,69 €1.863,69 €26.091,66 €18,79 €3,03 €
AW17 1.881,49 €1.881,49 €1.881,49 €26.340,86 €19,01 €3,06 €
AW18 1.899,57 €1.899,57 €1.899,57 €26.593,98 €19,16 €3,10 €
AW19 1.917,50 €1.917,50 €1.917,50 €26.845,00 €19,34 €3,14 €
AW20 1.935,22 €1.935,22 €1.935,22 €27.093,08 €19,54 €3,15 €
AW21 1.953,27 €1.953,27 €1.953,27 €27.345,78 €19,75 €3,20 €
AW22 1.971,12 €1.971,12 €1.971,12 €27.595,68 €19,91 €3,23 €
AW23 1.989,04 €1.989,04 €1.989,04 €27.846,56 €20,13 €3,26 €
AW24 2.007,05 €2.007,05 €2.007,05 €28.098,70 €20,31 €3,28 €
AW25 2.024,92 €2.024,92 €2.024,92 €28.348,88 €20,45 €3,30 €
AW26 2.042,89 €2.042,89 €2.042,89 €28.600,46 €20,67 €3,38 €
AW27 2.060,79 €2.060,79 €2.060,79 €28.851,06 €20,88 €3,40 €
AW28 2.078,59 €2.078,59 €2.078,59 €29.100,26 €21,02 €3,44 €
AW29 2.096,61 €2.096,61 €2.096,61 €29.352,54 €21,23 €3,48 €
AW30 2.114,54 €2.114,54 €2.114,54 €29.603,56 €21,42 €3,52 €
AW31 2.132,40 €2.132,40 €2.132,40 €29.853,60 €21,59 €3,53 €
AW32 2.150,29 €2.150,29 €2.150,29 €30.104,06 €21,82 €3,58 €
AW33 2.168,24 €2.168,24 €2.168,24 €30.355,36 €21,98 €3,61 €
AW34 2.186,04 €2.186,04 €2.186,04 €30.604,56 €22,17 €3,64 €
AW35 2.203,95 €2.203,95 €2.203,95 €30.855,30 €22,37 €3,70 €
AW36 2.222,06 €2.222,06 €2.222,06 €31.108,84 €22,54 €3,71 €
AW37 2.239,92 €2.239,92 €2.239,92 €31.358,88 €22,75 €3,74 €
AW38 2.257,83 €2.257,83 €2.257,83 €31.609,62 €22,94 €3,77 €
AW39 2.275,70 €2.275,70 €2.275,70 €31.859,80 €23,10 €3,81 €
AW40 2.293,76 €2.293,76 €2.293,76 €32.112,64 €23,31 €3,85 €
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm A, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial Mozo Alm B, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW07, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW08, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo mes (x 12)». Dentro de este valor están incluidos todos los pluses que provienen del puesto (tóxico, penoso y peligroso, obligatoriedad o responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los pluses ad personam (art. 22.2 y anexo 1); fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento» de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas, sin importe publicado.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • HORA NOCTURNIDAD: Anexo 2.1, «Tablas salariales 2013 (0 %)», personal obrero, nivel salarial AW09, columna «Hora nocturnidad». El anexo 1 la mantiene como único concepto fuera de la curva salarial del personal obrero. El texto no define el horario nocturno.

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PERSONAL EMPLEADO > TECNICO ESPECIALISTA 9 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
TECNICO ESPECIALISTA - H 2.349,58 €2.349,58 €2.349,58 €32.894,12 €26,83 €
TECNICO ESPECIALISTA - I 2.533,21 €2.533,21 €2.533,21 €35.464,94 €28,93 €
TECNICO ESPECIALISTA - I2 2.671,95 €2.671,95 €2.671,95 €37.407,30 €30,50 €
TECNICO ESPECIALISTA - J 2.810,72 €2.810,72 €2.810,72 €39.350,08 €32,13 €
TECNICO ESPECIALISTA - K 2.943,13 €2.943,13 €2.943,13 €41.203,82 €33,67 €
TECNICO ESPECIALISTA - L 3.084,99 €3.084,99 €3.084,99 €43.189,86 €35,24 €
TECNICO ESPECIALISTA - M 3.217,48 €3.217,48 €3.217,48 €45.044,72 €36,77 €
TECNICO ESPECIALISTA - N 3.368,96 €3.368,96 €3.368,96 €47.165,44 €38,51 €
TECNICO ESPECIALISTA - O 3.552,61 €3.552,61 €3.552,61 €49.736,54 €40,58 €
Notas de los conceptos de este grupo (30)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel H, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel I2, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel J, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel K, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; la asignación de niveles de Técnico Especialista (H a O) es facultad de la Dirección.
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Tecnico Especialista nivel L, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).

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PERSONAL EMPLEADO > INSPECTOR TÉCNICO 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
INSPECTOR TÉCNICO - A 2.645,20 €2.645,20 €2.645,20 €37.032,80 €30,22 €
INSPECTOR TÉCNICO - B 2.694,52 €2.694,52 €2.694,52 €37.723,28 €30,80 €
INSPECTOR TÉCNICO - C 2.781,90 €2.781,90 €2.781,90 €38.946,60 €31,78 €
INSPECTOR TÉCNICO - D 2.880,74 €2.880,74 €2.880,74 €40.330,36 €32,90 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Inspector Técnico nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > JEFE 1ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
JEFE 1ª - A 2.448,56 €2.448,56 €2.448,56 €34.279,84 €28,00 €
JEFE 1ª - B 2.506,95 €2.506,95 €2.506,95 €35.097,30 €28,65 €
JEFE 1ª - C 2.623,22 €2.623,22 €2.623,22 €36.725,08 €29,98 €
JEFE 1ª - D 2.688,52 €2.688,52 €2.688,52 €37.639,28 €30,74 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 1ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > ENCARGADO 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
ENCARGADO - A 2.210,34 €2.210,34 €2.210,34 €30.944,76 €25,25 €
ENCARGADO - B 2.415,50 €2.415,50 €2.415,50 €33.817,00 €27,60 €
ENCARGADO - C 2.485,07 €2.485,07 €2.485,07 €34.790,98 €28,38 €
ENCARGADO - D 2.623,15 €2.623,15 €2.623,15 €36.724,10 €29,98 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Encargado nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > JEFE 2ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
JEFE 2ª - A 2.157,60 €2.157,60 €2.157,60 €30.206,40 €24,71 €
JEFE 2ª - B 2.356,84 €2.356,84 €2.356,84 €32.995,76 €26,94 €
JEFE 2ª - C 2.402,36 €2.402,36 €2.402,36 €33.633,04 €27,48 €
JEFE 2ª - D 2.448,56 €2.448,56 €2.448,56 €34.279,84 €28,00 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Jefe 2ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > OFICIAL 1ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
OFICIAL 1ª - A 1.993,76 €1.993,76 €1.993,76 €27.912,64 €19,92 €
OFICIAL 1ª - B 2.060,19 €2.060,19 €2.060,19 €28.842,66 €20,69 €
OFICIAL 1ª - C 2.122,94 €2.122,94 €2.122,94 €29.721,16 €21,41 €
OFICIAL 1ª - D 2.157,60 €2.157,60 €2.157,60 €30.206,40 €24,71 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 1ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > OFICIAL 2ª 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
OFICIAL 2ª - A 1.917,30 €1.917,30 €1.917,30 €26.842,20 €19,09 €
OFICIAL 2ª - B 1.950,24 €1.950,24 €1.950,24 €27.303,36 €19,42 €
OFICIAL 2ª - C 1.981,90 €1.981,90 €1.981,90 €27.746,60 €19,82 €
OFICIAL 2ª - D 1.993,76 €1.993,76 €1.993,76 €27.912,64 €19,92 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Oficial 2ª nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
PERSONAL EMPLEADO > AUXILIAR 4 categorías · 5 conceptos
Categoría SUELDO MES (X 12) MPAGA EXTRA DE JUNIO MPAGA EXTRA DE DICIEMBRE MSUELDO ANUAL AHORA EXTRA H
AUXILIAR - A 1.822,93 €1.822,93 €1.822,93 €25.521,02 €18,14 €
AUXILIAR - B 1.840,28 €1.840,28 €1.840,28 €25.763,92 €18,29 €
AUXILIAR - C 1.874,59 €1.874,59 €1.874,59 €26.244,26 €18,73 €
AUXILIAR - D 1.917,30 €1.917,30 €1.917,30 €26.842,20 €19,09 €
Notas de los conceptos de este grupo (20)
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel A: personal de nuevo ingreso durante seis meses, y ascensos de categoría o diferencia de sueldo durante los cuatro primeros meses (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel A, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel B: nivel normal, una vez transcurridos esos periodos (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel B, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel C: excepcional, de libre designación de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel C, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).
  • SUELDO MES (X 12): Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Sueldo mes (x 12)». Art. 22.3: estructura de 2013 y 2014; nivel D: excepcional, de designación exclusiva de la Dirección (el Departamento de Personal oye al comité antes de asignar los niveles C y D).
  • PAGA EXTRA DE JUNIO: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en junio con la nómina mensual y se devenga de enero a junio, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • PAGA EXTRA DE DICIEMBRE: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Paga extra (x 2)». Art. 24: se abona en diciembre con la nómina mensual y se devenga de julio a diciembre, proporcionalmente al tiempo de alta.
  • SUELDO ANUAL: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Sueldo anual»: total de las 12 mensualidades y las 2 pagas extra, por las 1.720 horas anuales del art. 10. No se suma a los conceptos anteriores.
  • HORA EXTRA: Anexo 2, «Tablas salariales 2013 (0 %)», empleados, Auxiliar nivel D, columna «Hora extra». Art. 28: solo fuera de los topes máximos de los horarios y con autorización expresa; alternativa: 1 hora y 27 minutos de descanso por hora (incompatibles).

Historia del convenio

01/01/2013 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2017 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de Automoción: posventa, recambios y formación (centro de Azuqueca de Henares) (Guadalajara)?

En 2017, el salario base va desde 1.476,64 € hasta 3.761,36 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia y ámbito

Convenio de cinco años (2013-2017) para el centro de Miralcampo (Azuqueca de Henares), que se aplica hasta la firma del siguiente.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017, salvo los puntos en que se pacte otra cosa (art. 3).
  • Se prorroga por anualidades salvo denuncia escrita en los tres últimos meses de vigencia; las deliberaciones empiezan como máximo un mes antes del final (art. 3).
  • Se aplica hasta la firma del siguiente convenio (art. 3).
  • El registro de convenios anota una denuncia de 29/11/2017, sin documento en el boletín; en este código no consta ningún texto posterior.
  • Actividades: servicio posventa, central de recambios y escuela de formación para la red de talleres y concesionarios de España y, en parte, Portugal (art. 1).
  • Afecta a toda la plantilla salvo altos cargos directivos, gerentes, responsables de zona, coordinadores, gestores y técnicos superiores (art. 2).
  • Desde 2018 la actividad de recambios del centro tiene convenio propio de Mercedes-Benz Parts Logistics Ibérica, S.L.U. (código 19100331012021, BOP de Guadalajara de 13/10/2021).
  • Comisión mixta paritaria de seis miembros, previa a cualquier reclamación judicial en los 15 días naturales siguientes; discrepancias al III ASAC de Castilla-La Mancha (art. 9).
  • En lo no regulado se sigue aplicando la Ordenanza Laboral de la Industria Siderometalúrgica (disposición final).

Subidas salariales

El anexo 2 publica las tablas de los cinco años con las subidas ya aplicadas.

  • 2013: 0 %.
  • 2014: +1,25 %.
  • 2015: +1,5 %.
  • 2016: +1,5 %.
  • 2017: +1,5 %.
  • Las subidas son las del art. 21; no hay cláusula de revisión.

Estructura salarial: obreros y empleados

Dos tablas salariales: una para el personal obrero, por nivel de valoración, y otra para el personal empleado.

  • Obreros: sueldo mensual (x 12), dos pagas extra, hora extra y hora de nocturnidad por nivel salarial (mozo de almacén A y B, AW07 a AW40) (art. 22.2 y anexo 2).
  • La curva salarial de obreros incluye todos los pluses del puesto (tóxico, penoso y peligroso, responsabilidad, jefe de equipo, mando…) y los ad personam; solo se mantiene aparte la nocturnidad (anexo 1).
  • Fuera de la curva quedan el «plus personal» y la «compensación por tiempo de desplazamiento», extrasalariales, de quienes se trasladaron desde Madrid o Barajas; el convenio no publica su importe.
  • Empleados en 2013 y 2014: categorías de Auxiliar, Oficial 1ª y 2ª, Jefe 1ª y 2ª, Encargado e Inspector Técnico con niveles A a D, y Técnico Especialista con niveles H a O (art. 22.3).
  • Nivel A: nuevo ingreso durante seis meses y ascensos durante cuatro meses; B: nivel normal; C y D: excepcionales, por designación de la Dirección, oído el comité.
  • Empleados desde 2015: grupos Técnico de Soporte (TP01-TP07), Técnico (TN01-TN06) y Técnico Especialista (TE01-TE09).
  • TP07, TP06, TN06 y TE09 son de promoción automática por tiempo al nivel superior (1 año, 2 años o 3 años, según la columna «Promoción»); TP05, TN05 y TE08 son los niveles estables; al resto se accede por libre designación.
  • La permanencia en los niveles de acceso se cuenta desde el 01/01/2013 para quien ya estaba en ellos.
  • Quien quedó entre dos niveles al pasar a las tablas de 2015 cobra el inferior y la diferencia como complemento salarial, absorbible solo por promoción.
  • Descuento por incidencias, paros y huelgas: importe hora = salario bruto anual / jornada anual (art. 23).

Jornada y calendario

Jornada anual de 1.720 horas de trabajo efectivo, sin pausa de bocadillo, cada año de vigencia.

  • 1.720 horas al año de prestación real y efectiva (art. 10).
  • La jornada continuada tiene un descanso de 15 minutos.
  • Calendario y horarios se fijan en el primer trimestre del año por acuerdo entre empresa y representación de los trabajadores (art. 11).
  • Flexibilidad en turnos, vacaciones rotatorias y móviles y turnos alargados, que la representación de los trabajadores acuerda con la Dirección cuando lo exija el mercado (art. 12).
  • Las horas de formación programadas por la empresa dentro de la jornada cuentan como trabajo (art. 41).

Horas extraordinarias y nocturnidad

Las horas extraordinarias se pagan con el valor de las tablas o se compensan con descanso.

  • Solo son extraordinarias las que superan los topes máximos de los horarios, con autorización expresa del responsable del sector (art. 28).
  • Pago con los valores de las tablas anexas (obreros, todos los años; empleados, solo 2013 y 2014: las tablas de 2015 a 2017 no publican hora extra).
  • O descanso: 1 hora y 27 minutos por cada hora extraordinaria; las dos fórmulas son incompatibles.
  • Comisión paritaria de seguimiento y control de las horas extraordinarias.
  • Nocturnidad: valor por hora en las tablas del personal obrero; el texto no define el horario nocturno (anexo 1 y anexo 2).

Vacaciones

Las del calendario laboral, nunca menos de 30 días naturales, preferentemente en verano.

  • Preferentemente en julio, agosto y septiembre (art. 13).
  • Si hay incompatibilidades entre el personal, las fechas se fijan de año en año de forma rotativa.
  • Nunca menos de 30 días naturales.
  • La hospitalización por intervención quirúrgica o enfermedad grave durante las vacaciones no cuenta como vacaciones.
  • Si coinciden con una IT o con la suspensión por nacimiento, se disfrutan después (hasta 18 meses tras el año en la IT por otras contingencias).

Pagas extraordinarias

Doce mensualidades y dos pagas extra, en junio y diciembre, por el importe de las tablas.

  • Junio: se devenga de enero a junio (art. 24).
  • Diciembre: se devenga de julio a diciembre.
  • Se abonan con la nómina mensual y en proporción al tiempo de alta.
  • Su importe es la columna «Paga extra (x 2)», igual al sueldo mensual del nivel.
  • El convenio no dice nada del prorrateo.

Premios de antigüedad

El convenio no tiene complemento de antigüedad; paga premios a los 25 y 40 años.

  • Premio de 25 años: 1.500 € de 2013 a 2015, 1.550 € en 2016 y 1.600 € en 2017 (art. 35).
  • Premio de 40 años: 1.600 € de 2013 a 2015, 1.650 € en 2016 y 1.700 € en 2017.
  • Son cuantías líquidas y se abonan en el primer semestre del año.
  • La excedencia por cuidado de familiares computa a efectos de antigüedad (art. 18.1).

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

La empresa complementa la prestación hasta el 100 % del salario fijo mientras dure la baja.

  • Enfermedad común: hasta el 100 % del salario fijo, mientras dure (art. 32).
  • Accidente no laboral y accidente de trabajo: hasta el 100 % del salario fijo.
  • Maternidad: hasta el 100 % del salario fijo; el plan de igualdad recomienda igualar la paternidad (anexo 6).
  • La enfermedad profesional no aparece en el artículo.

Seguros de vida y accidentes

Dos capitales iguales para todo el personal del convenio, actualizados desde el mes siguiente a la firma.

  • Seguro de vida por muerte o invalidez permanente absoluta: 14.000 € en 2013-2014 y 16.500 € en 2015-2017 (art. 33).
  • Seguro de accidentes por muerte o invalidez permanente: 65.000 € en 2013-2014 y 68.000 € en 2015-2017 (art. 34).
  • Cubre los accidentes en la vida privada y en el trabajo, las 24 horas del día.
  • Invalidez permanente total o parcial: según los baremos de la póliza, con copia de las condiciones al comité.
  • Excluye los deportes de alto riesgo (automovilismo o motorismo, alpinismo, submarinismo…).

Kilometraje, viajes, comedor y préstamos para vivienda

Kilometraje fijo, gastos de viaje a justificar, comedor a cargo de la empresa y un fondo de préstamos para vivienda.

  • Kilometraje: 0,27 € por km con el vehículo propio en gestiones o viajes de la empresa, toda la vigencia (art. 27).
  • Viajes: «gastos a justificar», como el personal extraconvenio; hoteles según la directriz de normas de viaje (art. 26).
  • Comedor en el centro con el coste a cargo de la empresa (art. 31).
  • Fondo de ayuda a la vivienda: 24.000 € al año que la empresa recupera con la amortización (art. 30).
  • Préstamos: hasta 7.500 € para compra (8 años) y 4.000 € para reparación (4 años), al 4 % anual; para personal fijo con necesidad de vivienda (anexo 4).
  • Si el prestatario causa baja, el saldo pendiente se retiene del finiquito; si no basta, se paga o se avala en 15 días (anexo 4).
  • Fondo del comité de empresa: 600 € al año en 2015-2017; en 2013-2014, gastos justificados (art. 29).

Licencias, reducciones y excedencias

Licencias retribuidas propias y excedencias; en lo demás, el Estatuto de los Trabajadores.

  • Matrimonio: 18 días naturales, aparte de las vacaciones (art. 16).
  • Fallecimiento de cónyuge o pareja: 4 días naturales; de parientes hasta 2.º grado: 3 días naturales.
  • Enfermedad grave o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado: 2 días naturales.
  • +2 días naturales en esos tres casos si hay que desplazarse a más de 200 km.
  • Nacimiento: 2 días laborables; matrimonio de hijos, padres y hermanos y traslado de domicilio: 1 día natural.
  • Consultas privadas: hasta 16 horas al año; las de la Seguridad Social, el tiempo necesario.
  • Lactancia de un hijo menor de diez meses: una hora diaria de reducción retribuida.
  • Reducción de jornada por cuidado de menores de 12 años o familiares, y por cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave (art. 17).
  • Excedencia por cuidado de hijos o familiares de hasta tres años, computable para la antigüedad (art. 18.1); voluntaria de 4 meses a 5 años con un año de antigüedad (art. 18.2).

Contratación, movilidad y ascensos

Eventuales según el convenio del metal provincial, movilidad funcional por puntuación y ascensos por libre designación.

  • Eventuales por circunstancias del mercado o exceso de pedidos: la duración máxima del Convenio Colectivo del Metal de Guadalajara, prorrogables si se pactan por menos (art. 15.1).
  • Los temporales y formativos pueden convertirse en indefinidos (art. 15.2).
  • Durante el periodo de prueba se cobra lo pactado para la puntuación o categoría a la que se opta (art. 14).
  • Obreros: valoración analítica de puestos por 20 factores; comisión paritaria de valoración (anexo 1).
  • Paso a puesto de puntuación superior: se abona la diferencia desde el primer día; más de 3 meses seguidos consolida la puntuación a título personal (anexo 1).
  • Paso por necesidades del servicio a puesto de puntuación inferior: se respeta la puntuación anterior (anexo 1).
  • Ascensos a vacantes no amortizables y puestos nuevos: libre designación de la Dirección, con información al comité (anexo 3).
  • Reclasificaciones de grupo: si empresa y comité están de acuerdo, nuevo grupo y nivel con efectos de la solicitud; respuesta en un mes (anexo 3).

Relaciones laborales e igualdad

Acumulación de horas sindicales, procedimiento de sanciones y quejas, y plan de igualdad.

  • Horas del comité acumulables durante la negociación del convenio (hasta 2 miembros y 1,5 veces su crédito) o para formación sindical (art. 36).
  • Régimen disciplinario: el del Acuerdo Estatal del Sector del Metal (art. 37).
  • Antes de sancionar una falta grave o muy grave se comunican los cargos al trabajador, al comité y al delegado sindical, que tienen tres días para alegar (art. 38).
  • Quejas individuales: al jefe inmediato (5 días laborables), a Personal (10 días) y audiencia con el comité (art. 39).
  • Secciones sindicales: un delegado por sección de los sindicatos más representativos y reunión trimestral en horario de trabajo (anexo 5).
  • Plan de igualdad (anexo 6): conciliación, selección, formación, prevención del acoso sexual y por razón de sexo, promoción y retribución, comunicación.
  • Víctimas de violencia de género: prioridad en anticipos, ayudas del fondo social y apoyo legal y médico (anexo 6).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Arts. 33 y 34), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Muerte — 14.000,00 € 01/01/2013 – 31/12/2014 Seguro de vida: «Los supuestos de muerte o invalidez permanente absoluta estarán cubiertos por los capitales que se indican». El boletín no distingue la causa.
Incapacidad permanente absoluta — 14.000,00 € 01/01/2013 – 31/12/2014 Seguro de vida: «Los supuestos de muerte o invalidez permanente absoluta estarán cubiertos por los capitales que se indican». El boletín no distingue la causa.
Muerte — 16.500,00 € 01/01/2015 – 31/12/2017 Seguro de vida: «Los supuestos de muerte o invalidez permanente absoluta estarán cubiertos por los capitales que se indican». El boletín no distingue la causa.
Incapacidad permanente absoluta — 16.500,00 € 01/01/2015 – 31/12/2017 Seguro de vida: «Los supuestos de muerte o invalidez permanente absoluta estarán cubiertos por los capitales que se indican». El boletín no distingue la causa.
Muerte accidente de trabajo o accidente no laboral 65.000,00 € 01/01/2013 – 31/12/2014 Incluye: Accidentes en la vida privada y en el desempeño de la actividad laboral (las 24 horas del día) · Excluye: Deportes de alto riesgo (pruebas de automovilismo o motorismo, alpinismo, submarinismo, etc.) · Seguro de accidentes.
Invalidez (el convenio no distingue grado) accidente de trabajo o accidente no laboral 65.000,00 € 01/01/2013 – 31/12/2014 Incluye: Accidentes en la vida privada y en el desempeño de la actividad laboral (las 24 horas del día) · Excluye: Deportes de alto riesgo (pruebas de automovilismo o motorismo, alpinismo, submarinismo, etc.) · El boletín publica el capital para «muerte o invalidez permanente» sin distinguir grado; para la invalidez total o parcial remite a los baremos de la póliza.
Muerte accidente de trabajo o accidente no laboral 68.000,00 € 01/01/2015 – 31/12/2017 Incluye: Accidentes en la vida privada y en el desempeño de la actividad laboral (las 24 horas del día) · Excluye: Deportes de alto riesgo (pruebas de automovilismo o motorismo, alpinismo, submarinismo, etc.) · Seguro de accidentes.
Invalidez (el convenio no distingue grado) accidente de trabajo o accidente no laboral 68.000,00 € 01/01/2015 – 31/12/2017 Incluye: Accidentes en la vida privada y en el desempeño de la actividad laboral (las 24 horas del día) · Excluye: Deportes de alto riesgo (pruebas de automovilismo o motorismo, alpinismo, submarinismo, etc.) · El boletín publica el capital para «muerte o invalidez permanente» sin distinguir grado; para la invalidez total o parcial remite a los baremos de la póliza.
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o accidente no laboral — Toda la vigencia Indemnización según los baremos de las condiciones generales de la póliza; el convenio no fija el importe.
Incapacidad permanente parcial accidente de trabajo o accidente no laboral — Toda la vigencia Indemnización según los baremos de las condiciones generales de la póliza; el convenio no fija el importe.

Desde cuándo cubre: La actualización de los capitales se aplica a partir del mes siguiente a la firma del convenio

Seguro de vida (art. 33) y póliza de accidentes con una compañía aseguradora (art. 34), para todo el personal incluido en el convenio, sin distinción de categorías.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio no pacta subrogación convencional de la plantilla al cambiar la contrata. Leído el texto entero: el convenio no pacta subrogación por cambio de contrata.

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