| BONO VARIABLE | A | — | SAL_ANUAL*0.02*IP*CP 2% Art. 22 y anexo 2: bono variable no consolidable del 2 % del salario bruto anual, multiplicado por el Individual Performance (0 %-150 %) y por el Company Performance (0 %-200 %); se paga normalmente en la nómina de marzo del año siguiente. El importe depende de la evaluación y de los resultados del grupo: el convenio no permite calcularlo. Reglas de salidas, cambios de puesto y bajas en el anexo 2. |
| BONUS EXTRAORDINARIO | A | 500,00 € | Art. 22: CONDICIONAL. 500 € por persona y año, solo si el IPC interanual termina por encima del incremento salarial pactado para el año (1,5 % en 2026). No consolidable; se paga en la nómina siguiente a la publicación oficial del IPC del año. |
| PLUS DE TRABAJO EN FESTIVO (JORNADA COMPLETA) | E | 80,00 € | Art. 29: CONDICIONAL. Personal con jornada de lunes a viernes requerido para trabajar en sábado, domingo o festivo, con jornada efectiva de más de seis horas; además, un día de descanso y la comida si termina después de las 14:30. Importe «a partir de la firma del presente Convenio» (cuadro 2023-2024 / 2025-2026). Puede elegirse en su lugar 1 h 30 min de descanso por hora trabajada, sin importe. |
| PLUS DE TRABAJO EN FESTIVO (MEDIA JORNADA) | E | 40,00 € | Art. 29: CONDICIONAL. Igual que el anterior cuando la jornada efectiva es inferior a seis horas; además, descanso del mismo número de horas trabajadas. |
| SUBVENCIÓN PARA COMIDA | E | 12,50 € | Art. 30: por día de asistencia en jornada partida (o día presencial en oficina de 5,5 horas o más). El cuadro del convenio fija 13,5 € diarios; en tarjeta se abonan 12,5 € porque la diferencia de 1 € ya se incorporó a las tablas salariales del convenio 2018-2022. Puede cobrarse en metálico en nómina (opción semestral). Incompatible con el importe por día de teletrabajo; los viernes no se abona (art. 12). |
| KILOMETRAJE | H | 0,27 € | Art. 27: por el uso del vehículo propio en gestiones o viajes por cuenta de la empresa. Importe único para toda la vigencia. |
| SEGURO DE VIDA | A | 18.000,00 € | Art. 33: capital por muerte o invalidez permanente absoluta (cuadro 2023-2026), aplicable desde el mes siguiente a la firma del convenio. Es un capital asegurado, no un pago periódico. Se aplica a toda la plantilla (art. 2). |
| SEGURO DE ACCIDENTES | A | 70.000,00 € | Art. 34: capital por muerte e invalidez permanente por accidente, en la vida privada o laboral (24 horas); la invalidez total o parcial se indemniza según los baremos de la póliza. Excluye deportes de alto riesgo. Desde el mes siguiente a la firma. Es un capital asegurado, no un pago periódico. |
| PREMIO DE ANTIGÜEDAD 25 AÑOS | A | 2.250,00 € | Art. 35: CONDICIONAL, pago único a quien cumpla 25 años de servicio en la empresa durante la vigencia; se abona en el primer semestre del año. Además, 1 día adicional de vacaciones. |
| PREMIO DE ANTIGÜEDAD 35 AÑOS | A | 2.375,00 € | Art. 35: CONDICIONAL, pago único a quien cumpla 35 años de servicio en la empresa durante la vigencia; se abona en el primer semestre del año. Además, 3 días adicionales de vacaciones. |