Vigencia, denuncia y norma supletoria
El convenio cubre 2015 y 2016, y quedó denunciado automáticamente el 30 de septiembre de 2016.
- Entra en vigor a todos los efectos el 1 de enero de 2015 y dura dos años, hasta el 31 de diciembre de 2016 (art. 3).
- Queda denunciado automáticamente el 30 de septiembre de 2016; las partes se comprometieron a iniciar la negociación de un nuevo convenio en octubre de 2016 (art. 4).
- El texto no declara qué ocurre con el convenio una vez denunciado y vencido: no tiene cláusula propia de ultraactividad.
- En el registro de convenios no consta ningún convenio posterior para este ámbito, ni ninguna publicación posterior a la de 29 de julio de 2016.
- Se aplica a todas las empresas de exhibición cinematográfica con centros de trabajo en Burgos capital y provincia, aunque tengan su domicilio social en otra provincia, incluidos colegios, centros parroquiales, cine-clubes, casinos y similares cuando cobren alguna cantidad por la invitación (arts. 1 y 2).
- Las condiciones pactadas son compensables y absorbibles en su totalidad y en cómputo anual con las disposiciones legales futuras que superen la cuantía total del convenio (art. 5).
- Lo no previsto se rige por el Acuerdo Marco Laboral para el Sector de Exhibición Cinematográfica (resolución de la Dirección General de Trabajo de 4 de enero de 1999) y por el Estatuto de los Trabajadores (disposición final).