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En ultraactividadVenció el 31/12/2020, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.
AtrasosLa tabla de 2026 tiene efectos desde
el 01/01/2026 y se publicó en el boletín
el 08/04/2026: el periodo entre ambas fechas ya
se había trabajado cuando se publicó, así que esas nóminas se regularizan con la
tabla nueva. La diferencia por categoría se ve comparando en esta ficha la tabla
de 2026 con la anterior.
Este convenio desarrolla un acuerdo marco estatal: IX Convenio colectivo general del sector de derivados del cemento, que fija las
condiciones mínimas comunes de todo el sector (jornada máxima, clasificación
profesional, régimen disciplinario…). Si una condición no aparece aquí, mírala allí.
Tabla salarial provisional 2026 (a falta del incremento variable por consumo de cemento)PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla2 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
II. Personal TituladoNivel II6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.703,26 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,81 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
25.232,88 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.703,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.703,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.102,74 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (2102.7400 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
III. Personal MedioNivel III6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.694,88 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,70 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
25.090,24 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.694,88 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.694,88 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.090,85 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (2090.8533 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IV. Jefe de PersonalNivel IV6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.697,71 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,52 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
25.088,10 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.697,71 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.697,71 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.090,68 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (2090.6750 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
V. Jefe AdministrativoNivel V6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.699,52 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,42 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
25.088,15 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.699,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.699,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.090,68 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (2090.6792 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VI. Oficial AdministrativoNivel VI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.580,26 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,36 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
23.404,57 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.580,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.580,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.950,38 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1950.3808 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VII. CapatazNivel VII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.580,26 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,36 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
23.404,57 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.580,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.580,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.950,38 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1950.3808 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.497,97 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,25 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.227,34 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.497,97 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.497,97 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.852,28 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1852.2783 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IX. Oficial de SegundaNivel IX6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.475,57 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,20 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.899,78 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.475,57 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.475,57 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.824,98 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1824.9817 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
X. AyudanteNivel X6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.454,43 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,08 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.575,93 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.454,43 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.454,43 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1797.9942 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XI. Peón EspecialistaNivel XI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.432,10 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,06 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.257,58 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.432,10 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.432,10 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1771.4650 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XII. PeónNivel XII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.410,21 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,03 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.945,62 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.410,21 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.410,21 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1745.4683 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 2º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.293,14 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,73 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.233,93 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.293,14 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.293,14 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1602.8275 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 1º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.142,51 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,15 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
16.988,06 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.142,51 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.142,51 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1415.6717 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
PrácticasPrácticas6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.418,77 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2026: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,10 €
Tabla de 2026, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.082,33 €
Tabla de 2026, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.418,77 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.418,77 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2026 entre 12 (1756.8608 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla2 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
II. Personal TituladoNivel II6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.649,65 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,63 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
24.438,62 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.649,65 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.649,65 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.036,55 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (2036.5517 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
III. Personal MedioNivel III6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.641,53 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,52 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
24.300,47 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.641,53 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.641,53 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.025,04 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (2025.0392 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IV. Jefe de PersonalNivel IV6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.644,28 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,35 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
24.298,40 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.644,28 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.644,28 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.024,87 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (2024.8667 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
V. Jefe AdministrativoNivel V6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.646,02 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,25 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
24.298,45 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.646,02 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.646,02 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
2.024,87 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (2024.8708 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VI. Oficial AdministrativoNivel VI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.530,52 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,19 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.667,86 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.530,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.530,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.888,99 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1888.9883 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VII. CapatazNivel VII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.530,52 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,19 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.667,86 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.530,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.530,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.888,99 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1888.9883 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.450,82 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,09 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.527,69 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.450,82 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.450,82 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1793.9742 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IX. Oficial de SegundaNivel IX6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.429,13 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,03 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.210,44 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.429,13 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.429,13 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1767.5367 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
X. AyudanteNivel X6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.408,65 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,92 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.896,78 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.408,65 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.408,65 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1741.3983 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XI. Peón EspecialistaNivel XI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.387,02 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,90 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.588,46 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.387,02 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.387,02 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1715.7050 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XII. PeónNivel XII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.365,82 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,88 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.286,32 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.365,82 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.365,82 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1690.5267 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 2º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.252,44 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,58 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.628,51 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.252,44 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.252,44 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1552.3758 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 1º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.106,55 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,02 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
16.453,33 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.106,55 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.106,55 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1371.1108 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
PrácticasPrácticas6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.374,12 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2025: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,94 €
Tabla de 2025, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.418,72 €
Tabla de 2025, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.374,12 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.374,12 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2025 entre 12 (1701.5600 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla2 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
II. Personal TituladoNivel II6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.559,95 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,32 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
23.109,81 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.559,95 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.559,95 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.925,82 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1925.8175 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
III. Personal MedioNivel III6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.552,27 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,22 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.979,17 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.552,27 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.552,27 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.914,93 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1914.9308 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IV. Jefe de PersonalNivel IV6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.554,87 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,06 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.977,21 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.554,87 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.554,87 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.914,77 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1914.7675 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
V. Jefe AdministrativoNivel V6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.556,52 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,96 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.977,26 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.556,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.556,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.914,77 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1914.7717 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VI. Oficial AdministrativoNivel VI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.447,30 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,91 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.435,33 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.447,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.447,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1786.2775 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VII. CapatazNivel VII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.447,30 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,91 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.435,33 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.447,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.447,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1786.2775 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.371,93 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,81 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.357,15 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.371,93 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.371,93 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1696.4292 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IX. Oficial de SegundaNivel IX6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.351,42 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,76 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.057,15 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.351,42 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.351,42 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1671.4292 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
X. AyudanteNivel X6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.332,06 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,65 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.760,55 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.332,06 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.332,06 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1646.7125 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XI. Peón EspecialistaNivel XI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.311,60 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,63 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.468,99 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.311,60 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.311,60 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1622.4158 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XII. PeónNivel XII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.291,56 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,61 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.183,28 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.291,56 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.291,56 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1598.6067 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 2º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.184,34 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,33 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.615,61 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.184,34 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.184,34 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1467.9675 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 1º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.046,38 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,80 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
15.558,70 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.046,38 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.046,38 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1296.5583 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
PrácticasPrácticas6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.299,40 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2024: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,67 €
Tabla de 2024, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.308,48 €
Tabla de 2024, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.299,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.299,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2024 entre 12 (1609.0400 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla2 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
II. Personal TituladoNivel II6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.544,50 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,26 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.881,00 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.544,50 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.544,50 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.906,75 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1906.7500 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
III. Personal MedioNivel III6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.536,90 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,17 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.751,65 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.536,90 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.536,90 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.895,97 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1895.9708 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IV. Jefe de PersonalNivel IV6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.539,47 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,01 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.749,71 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.539,47 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.539,47 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.895,81 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1895.8092 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
V. Jefe AdministrativoNivel V6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.541,11 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,91 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.749,76 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.541,11 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.541,11 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.895,81 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1895.8133 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VI. Oficial AdministrativoNivel VI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.432,97 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,86 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.223,10 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.432,97 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.432,97 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1768.5917 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VII. CapatazNivel VII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.432,97 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,86 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.223,10 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.432,97 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.432,97 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1768.5917 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.358,35 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,76 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.155,59 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.358,35 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.358,35 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1679.6325 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IX. Oficial de SegundaNivel IX6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.338,04 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,71 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.858,56 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.338,04 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.338,04 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1654.8800 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
X. AyudanteNivel X6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.318,87 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,61 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.564,90 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.318,87 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.318,87 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1630.4083 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XI. Peón EspecialistaNivel XI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.298,61 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,58 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.276,23 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.298,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.298,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1606.3525 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XII. PeónNivel XII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.278,77 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,56 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.993,34 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.278,77 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.278,77 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1582.7783 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 2º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.172,61 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,29 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.441,20 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.172,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.172,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1453.4333 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 1º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.036,02 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,77 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
15.404,65 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.036,02 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.036,02 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1283.7208 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
PrácticasPrácticas6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.286,54 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2023: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,63 €
Tabla de 2023, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.117,31 €
Tabla de 2023, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.286,54 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.286,54 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2023 entre 12 (1593.1092 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Tabla salarial 2022 (con incremento adicional no consolidable)PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla2 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
II. Personal TituladoNivel II7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.525,44 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,20 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.598,52 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.525,44 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.525,44 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
109,97 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.883,21 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1883.2100 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
III. Personal MedioNivel III7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.517,92 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,10 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.470,77 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.517,92 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.517,92 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
109,35 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.872,56 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1872.5642 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IV. Jefe de PersonalNivel IV7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.520,47 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,95 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.468,85 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.520,47 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.520,47 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
109,34 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.872,40 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1872.4042 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
V. Jefe AdministrativoNivel V7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.522,08 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,85 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
22.468,90 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.522,08 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.522,08 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
109,34 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.872,41 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1872.4083 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VI. Oficial AdministrativoNivel VI7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.415,28 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,80 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.961,08 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.415,28 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.415,28 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
102,00 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1746.7567 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VII. CapatazNivel VII7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.415,28 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,80 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.961,08 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.415,28 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.415,28 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
102,00 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1746.7567 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.341,58 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,71 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.906,76 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.341,58 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.341,58 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
96,87 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1658.8967 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IX. Oficial de SegundaNivel IX7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.321,52 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,65 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.613,40 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.321,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.321,52 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
95,44 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1634.4500 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
X. AyudanteNivel X7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.302,59 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,55 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.323,36 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.302,59 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.302,59 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
94,03 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1610.2800 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XI. Peón EspecialistaNivel XI7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.282,58 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,53 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.038,25 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.282,58 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.282,58 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
92,64 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1586.5208 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XII. PeónNivel XII7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.262,98 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,51 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.758,86 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.262,98 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.262,98 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
91,28 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1563.2383 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 2º añoAprendizaje7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.158,14 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,23 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.225,88 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.158,14 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.158,14 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
83,82 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1435.4900 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 1º añoAprendizaje7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.023,23 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,72 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
15.214,47 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.023,23 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.023,23 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
74,04 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1267.8725 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
PrácticasPrácticas7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.270,66 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2022: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,57 €
Tabla de 2022, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.881,29 €
Tabla de 2022, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.270,66 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.270,66 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INCREMENTO SALARIAL ADICIONAL 2022 NO CONSOLIDABLE
A
91,88 €
Tabla de 2022, columna propia: pago único por categoría que no consolida (no entra en la base de 2023).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2022 entre 12 (1573.4408 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla2 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
II. Personal TituladoNivel II6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.484,61 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
5,06 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.993,04 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.484,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.484,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.832,75 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1832.7533 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
III. Titulado MedioNivel III6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.477,30 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,97 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.866,84 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.477,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.477,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.822,24 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1822.2367 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IV. Jefe de PersonalNivel IV6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.479,78 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,81 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.867,75 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.479,78 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.479,78 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.822,31 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1822.3125 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
V. Jefe AdministrativoNivel V6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.481,35 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,72 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.866,41 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.481,35 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.481,35 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.822,20 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1822.2008 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VI. Oficial AdministrativoNivel VI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.377,40 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,67 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.397,82 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.377,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.377,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1699.8183 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VII. CapatazNivel VII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.377,40 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,67 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.397,82 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.377,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.377,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1699.8183 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.305,67 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,58 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.375,41 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.305,67 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.305,67 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1614.6175 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
IX. Oficial de SegundaNivel IX6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.286,15 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,53 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.089,22 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.286,15 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.286,15 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1590.7683 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
X. AyudanteNivel X6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.267,73 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,43 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.807,68 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.267,73 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.267,73 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1567.3067 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XI. Peón EspecialistaNivel XI6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.248,26 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,41 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.529,75 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.248,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.248,26 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1544.1458 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
XII. PeónNivel XII6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.229,18 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,39 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.256,10 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.229,18 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.229,18 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1521.3417 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 2.º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.127,14 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,12 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
16.762,31 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.127,14 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.127,14 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1396.8592 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Aprendizaje 1.º añoAprendizaje6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
995,85 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,62 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
14.806,90 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
995,85 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
995,85 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1233.9083 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
PrácticasPrácticas6 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.236,65 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2021: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,45 €
Tabla de 2021, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.377,97 €
Tabla de 2021, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.236,65 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.236,65 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2021 entre 12 (1531.4975 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2019 entre 12 (1796.8167 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ (ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL)
A
50.000,00 €
Art. 19.b: 50.000 € para los años 2017 a 2020. Fecha de efectos: la del accidente o, en enfermedad profesional, la de su primera declaración.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
KILOMETRAJE
H
0,27 €
Art. 17: 0,27 € por kilómetro para 2017, 2018, 2019 y 2020.
II Personal TituladoNivel II5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.455,50 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,96 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.561,80 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.455,50 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.455,50 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
III. Titulado MedioNivel III5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.448,33 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,87 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.438,08 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.448,33 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.448,33 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
IV Jefe de PersonalNivel IV5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.450,76 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,72 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.438,97 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.450,76 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.450,76 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
V. Jefe AdministrativoNivel V5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.452,30 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,63 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.437,66 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.452,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.452,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VI Oficial AdministrativoNivel VI5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.350,39 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,58 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.997,86 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.350,39 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.350,39 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VII. CapatazNivel VII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.350,39 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,58 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.997,86 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.350,39 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.350,39 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.280,07 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,49 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.995,50 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.280,07 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.280,07 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
IX. Oficial de SegundaNivel IX5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.260,93 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,44 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.714,92 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.260,93 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.260,93 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
X. AyudanteNivel X5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.242,87 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,34 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.438,90 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.242,87 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.242,87 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
XI.Peón EspecialistaNivel XI5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.223,78 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,32 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.166,42 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.223,78 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.223,78 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
XII. PeónNivel XII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.205,08 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,30 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.898,14 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.205,08 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.205,08 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Aprendizaje 2.º añoAprendizaje5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.105,04 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,04 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
16.433,64 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.105,04 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.105,04 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Aprendizaje 1.º añoAprendizaje5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
976,32 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,55 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
14.516,57 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
976,32 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
976,32 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PracticasPrácticas5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.212,40 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2019: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,36 €
Tabla de 2019, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.017,62 €
Tabla de 2019, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.212,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.212,40 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2018 entre 12 (1770.2625 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ (ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL)
A
50.000,00 €
Art. 19.b: 50.000 € para los años 2017 a 2020. Fecha de efectos: la del accidente o, en enfermedad profesional, la de su primera declaración.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
KILOMETRAJE
H
0,27 €
Art. 17: 0,27 € por kilómetro para 2017, 2018, 2019 y 2020.
II Personal TituladoNivel II5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.433,99 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,89 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.243,15 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.433,99 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.433,99 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
III. Titulado MedioNivel III5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.426,93 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,80 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.121,26 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.426,93 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.426,93 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
IV Jefe de PersonalNivel IV5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.429,32 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,65 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.122,14 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.429,32 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.429,32 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
V. Jefe AdministrativoNivel V5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.430,84 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,56 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
21.120,85 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.430,84 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.430,84 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VI Oficial AdministrativoNivel VI5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.330,43 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,51 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.702,33 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.330,43 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.330,43 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VII. CapatazNivel VII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.330,43 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,51 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.702,33 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.330,43 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.330,43 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.261,15 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,42 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.714,78 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.261,15 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.261,15 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
IX. Oficial de SegundaNivel IX5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.242,30 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,37 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.438,34 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.242,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.242,30 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
X. AyudanteNivel X5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.224,50 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,28 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.166,40 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.224,50 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.224,50 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
XI.Peón EspecialistaNivel XI5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.205,69 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,26 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.897,95 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.205,69 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.205,69 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
XII. PeónNivel XII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.187,27 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,24 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.633,64 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.187,27 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.187,27 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Aprendizaje 2º añoAprendizaje5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.088,71 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,98 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
16.190,78 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.088,71 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.088,71 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Aprendizaje 1º añoAprendizaje5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
961,89 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,50 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
14.302,04 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
961,89 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
961,89 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PracticasPrácticas5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.194,48 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2018: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,30 €
Tabla de 2018, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.751,35 €
Tabla de 2018, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.194,48 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.194,48 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Tabla salarial 2017 (anexo I del convenio 2017-2020)PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categoríasMismo importe para toda la plantilla7 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
HORA EXTRAORDINARIA
H
—
130% Art. 16: se compensa con hora y media de descanso; subsidiariamente, una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria; excepcionalmente, en metálico al 130 % del valor de la hora ordinaria. El convenio no da la fórmula de la hora ordinaria: importe sin calcular.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE (ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL)
A
1.800,00 €
MAX(1800; TOTAL_ANUAL/12) Art. 19.a: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es superior; aquí, la mayor de 1.800 € y el total anual de la tabla de 2017 entre 12 (1748.4075 €). Se abona a los beneficiarios designados o, en su defecto, a los herederos legales; entra en vigor a los 30 días de la del convenio.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ (ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL)
A
50.000,00 €
Art. 19.b: 50.000 € para los años 2017 a 2020. Fecha de efectos: la del accidente o, en enfermedad profesional, la de su primera declaración.
INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO TEMPORAL
A
—
7% Art. 22.2: el 7 % de los salarios de convenio devengados durante la vigencia del contrato, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Depende de lo devengado por cada persona: importe sin calcular.
DIETA COMPLETA
D
66,38 €
Art. 17.2: cuando el desplazamiento impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural; cuantía para 2017. No se devenga si la empresa organiza y costea manutención y alojamiento.
MEDIA DIETA
E
15,83 €
Art. 17.3: cuando hay que comer fuera pernoctando en el domicilio; por día efectivo de trabajo; cuantía para 2017. No se devenga a menos de 10 km del centro de trabajo ni entre centros del mismo término municipal.
KILOMETRAJE
H
0,27 €
Art. 17: 0,27 € por kilómetro para 2017, 2018, 2019 y 2020.
II Personal TituladoNivel II5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.416,29 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,83 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.980,89 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.416,29 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.416,29 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
III. Titulado MedioNivel III5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.409,31 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,74 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.860,50 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.409,31 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.409,31 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
IV Jefe de PersonalNivel IV5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.411,67 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,59 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.861,37 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.411,67 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.411,67 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
V. Jefe AdministrativoNivel V5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.413,18 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,50 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
20.860,10 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.413,18 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.413,18 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VI Oficial AdministrativoNivel VI5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.314,00 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,45 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.459,09 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.314,00 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.314,00 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VII. CapatazNivel VII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.314,00 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,45 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
19.459,09 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.314,00 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.314,00 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
VIII. Oficial de PrimeraNivel VIII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.245,58 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,37 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.483,73 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.245,58 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.245,58 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
IX. Oficial de SegundaNivel IX5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.226,96 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,32 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
18.210,71 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.226,96 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.226,96 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
X. AyudanteNivel X5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.209,38 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,23 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.942,12 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.209,38 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.209,38 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
XI. Peón EspecialistaNivel XI5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.190,80 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,21 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.676,99 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.190,80 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.190,80 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
XII. PeónNivel XII5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.172,61 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,19 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.415,94 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.172,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.172,61 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Aprendizaje 2.º añoAprendizaje5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.075,27 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,93 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
15.990,89 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.075,27 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.075,27 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Aprendizaje 1.º añoAprendizaje5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
950,01 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
3,46 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
14.125,47 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
950,01 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
950,01 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PrácticasPrácticas5 conceptos
Concepto
Pago
Importe
Detalle
SALARIO BASE
M
1.179,73 €
Arts. 10 y 13 y tabla de 2017: salario base mensual.
PLUS ASISTENCIA
E
4,25 €
Tabla de 2017, columna «Plus Asistencia Diario». El convenio no define su devengo; el total anual de la tabla equivale a 14 salarios base más el plus de unos 238 días, es decir, por día de trabajo.
TOTAL ANUAL
A
17.532,20 €
Tabla de 2017, columna «Total Anual».
PAGA DE VERANO
A
1.179,73 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se abona antes del 30 de junio. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
PAGA DE NAVIDAD
A
1.179,73 €
SAL_BASE Art. 15: 30 días de salario base más la antigüedad consolidada; se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se abona antes del 20 de diciembre. Importe = salario base mensual de la tabla (sin la antigüedad consolidada, que es personal).
Incrementos y revisiones futuras
Estos años no tienen tabla publicada con los importes definitivos: su subida se
calcula con lo que pacta el convenio. Cuando el boletín publique los importes, se
añadirán aquí.
2020Sin tabla ni incremento publicados en el boletín para 2020La comisión negociadora no publicó tablas de 2020; la tabla de 2021 (BOP 18/03/2022) sube un 2 % sobre la de 2019. No se calcula ninguna tabla de 2020.
2026Incremento variable en función del consumo anual de cemento (fuente OFICEMEN), según el IX Convenio Colectivo General del Sector de Derivados del Cemento · Sobre la tabla provisional de 2026 La tabla de 2026 publicada (BOP 08/04/2026) es provisional, a falta de ese incremento variable; la definitiva no está publicada.
¿Cuál es el salario del convenio de derivados del cemento (Segovia)?
En 2026, el salario base va desde 1.142,51 € hasta 1.703,26 € al mes según la categoría.
¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?
Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.
Condiciones del convenio
Vigencia y ultraactividad
El convenio de 2017-2020 sigue rigiendo y la comisión negociadora publica sus tablas cada año.
Vigencia: del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2020 (art. 2).
Queda denunciado automáticamente un mes antes de terminar y sigue vigente hasta que lo sustituya otro convenio (art. 3).
Se aplica a las empresas y personas trabajadoras de fabricación de derivados del cemento comprendidas en el Convenio General del sector (art. 1).
Contratación, complementos de puesto, derechos sindicales e igualdad se remiten al Convenio General de Derivados del Cemento (arts. 14, 21, 27 y 30).
Las tablas salariales se aplican a partir del mes siguiente a la publicación del convenio en el boletín (disposición adicional segunda).
Las condiciones son mínimos; se respetan las más beneficiosas en cómputo anual (arts. 4 y 7).
Tablas publicadas y subidas
Cada tabla posterior al convenio la publica la Oficina Territorial de Trabajo de Segovia en el BOP.
2017: tabla del anexo I, con un 1,5 % en todos los conceptos retributivos (disposición final).
2018: +1,25 % sobre 2017 (BOP 12/08/2019).
2019: +1,5 % sobre 2018 (BOP 12/10/2020).
2020: no hay tabla publicada.
2021: +2 % sobre las tablas de 2019 (BOP 18/03/2022).
2022: +2,75 % sobre 2021 y un incremento adicional no consolidable por categoría (BOP 07/02/2024).
2023: tabla provisional, +1,25 % sobre 2022 (BOP 07/02/2024).
2024: tabla provisional, +1 % sobre 2023 (BOP 07/02/2024).
2025: +5,75 % sobre la tabla provisional de 2024 (BOP 08/04/2026).
2026: tabla provisional, +3,25 % sobre 2025, a falta del incremento variable por consumo anual de cemento (fuente OFICEMEN) del IX Convenio General (BOP 08/04/2026).
Jornada y horario
La jornada es de 1.736 horas anuales de 2017 a 2020, de lunes a viernes.
Horario de lunes a viernes; por pacto individual o de empresa puede incluir la mañana del sábado (art. 8).
40 horas semanales efectivas sin descanso de bocadillo, o 41 horas y 15 minutos con 15 minutos diarios de bocadillo (art. 8).
En contratos de menos de un año se liquidan las horas trabajadas de más o de menos: 1.736 horas × días de contrato / 365 (art. 8).
Se respetan las dos fiestas locales de cada pueblo; si caen en día no laborable, se disfrutan el siguiente laborable (art. 9).
La comisión negociadora se reúne en la segunda quincena de noviembre para fijar el calendario del año siguiente, que publica el BOP cada año (art. 9).
Inclemencias del tiempo o fuerza mayor: la empresa puede suspender el trabajo sin merma de salario y se recupera el 50 % de las horas perdidas (art. 20).
Vacaciones
Treinta días naturales al año, pagados con el promedio del trimestre anterior.
Duración: no inferior a 30 días naturales (art. 25).
Se pueden dividir en dos periodos; uno de al menos 15 días laborables entre el 15 de junio y el 15 de septiembre (art. 25).
El calendario se conoce con al menos dos meses de antelación (art. 25).
Retribución: promedio de las retribuciones salariales del trimestre natural anterior, sin horas extraordinarias ni pagas extraordinarias (art. 25).
Si coinciden con una incapacidad temporal, se disfrutan después, con el límite de 18 meses en la IT por contingencias comunes (art. 25).
Los calendarios publicados cuentan las vacaciones como 22 días laborables (176 horas) en 2017 y 21 días laborables (168 horas) en 2026.
Pagas extraordinarias
Dos pagas de 30 días de salario base más la antigüedad consolidada.
Paga de Verano: se devenga del 1 de enero al 30 de junio y se paga antes del 30 de junio (art. 15).
Paga de Navidad: se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre y se paga antes del 20 de diciembre (art. 15).
Se devengan por cada día natural en que se haya devengado el salario base; altas y bajas cobran la parte proporcional (art. 15).
Prohibido el salario global: el prorrateo de pagas incluido indebidamente se considera salario del periodo (art. 5).
Complemento por baja (Incapacidad Temporal)
Complemento hasta el 100 % en accidente de trabajo y, si el absentismo no pasa del 3 %, también en enfermedad común.
Accidente de trabajo o enfermedad profesional: hasta el 100 % de la base de cotización del mes anterior, sin horas extra ni prorrata de pagas (art. 26.1).
Enfermedad común o accidente no laboral: 100 % de la base reguladora desde el primer día y mientras dure, si el índice de absentismo es igual o inferior al 3 % (art. 26.2.A).
Con hospitalización: 100 % desde el primer día mientras dure la hospitalización (art. 26.2.A).
Índice de absentismo = horas de ausencia por IT de enfermedad común o accidente no laboral / horas teóricas × plantilla × 100; se toma la media de los doce meses anteriores más el índice del mes, entre dos (art. 26).
La empresa publica el índice cada mes y lo entrega a la representación legal o, si no la hay, a los sindicatos firmantes; si no lo hace, paga el complemento aunque supere el 3 % (art. 26).
Riesgo durante el embarazo sin puesto compatible: la empresa complementa la prestación hasta el 100 % de la base reguladora mientras dure (art. 24).
Antigüedad
El convenio solo menciona la antigüedad consolidada, sin tramos ni importes nuevos.
La «antigüedad consolidada» figura entre los complementos salariales (art. 10) y se suma a las pagas extraordinarias (art. 15).
El convenio no regula tramos, porcentajes ni importes: es un complemento personal de quien lo tuviera reconocido.
Dietas y kilometraje
Dietas y kilometraje para desplazamientos, con importes fijados en el convenio.
Dieta completa: 66,38 € por día natural en 2017, cuando no se puede pernoctar en casa (art. 17.2).
Media dieta: 15,83 € por día efectivo de trabajo en 2017, cuando hay que comer fuera (art. 17.3).
No hay media dieta a menos de 10 km del centro de trabajo ni entre centros del mismo término municipal, ni dietas si la empresa costea manutención y alojamiento (art. 17.5).
Kilometraje: 0,27 € por kilómetro en 2017, 2018, 2019 y 2020 (art. 17).
Si el gasto justificado es mayor, la empresa reintegra el exceso; en desplazamientos de más de una semana se pueden pedir anticipos quincenales (art. 17).
Las tablas posteriores no actualizan las dietas ni el kilometraje.
Indemnizaciones complementarias
La empresa paga indemnizaciones por muerte e invalidez además de las prestaciones de la Seguridad Social.
Muerte por enfermedad común o accidente no laboral: 1.800 € o una doceava parte de las retribuciones anuales del convenio, si es mayor (art. 19.a).
Muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional: 50.000 € en 2017-2020 (art. 19.b).
En caso de muerte se paga a los beneficiarios designados o, en su defecto, a cónyuge, hijos, padres, hermanos y herederos, por ese orden (art. 19).
Efectos: la fecha del accidente, o la primera declaración de la enfermedad profesional; rige a los 30 días de la entrada en vigor del convenio (art. 19).
Horas extraordinarias
Las horas extra se compensan preferentemente con descanso.
Cada hora extra se compensa con una hora y media de descanso (art. 16).
Subsidiariamente: una hora de descanso y media hora pagada al valor de la hora ordinaria (art. 16).
Excepcionalmente, en metálico: 130 % del valor de la hora ordinaria (art. 16).
Elige la persona trabajadora; el descanso lo fija la empresa en los cuatro meses siguientes (art. 16).
Máximo 2 al día, 20 al mes y 80 al año, salvo siniestros y daños urgentes (art. 16).
Ceses y fin de contrato
Preaviso e indemnización al terminar los contratos temporales.
Preaviso escrito de cese: 7 días en contratos de hasta 30 días naturales y 15 días en los de más duración (art. 22.1).
La empresa puede sustituir el preaviso por una indemnización de los días omitidos calculada sobre las tablas (art. 22.1).
Indemnización al terminar un contrato temporal: 7 % de los salarios de convenio devengados, nunca menos que la del art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores (art. 22.2).
Salario, anticipos y no aplicación
Reglas de pago del salario y de inaplicación del régimen salarial.
El salario se paga por meses vencidos dentro de los cuatro primeros días hábiles del mes siguiente (art. 12).
Anticipo de hasta el 90 % de lo devengado, una vez al mes (art. 12).
El salario base, las pagas y las vacaciones suman al menos el 75 % del total anual; los complementos no salariales no superan el 8 % del total anual del grupo 8 (art. 11).
Inaplicación de condiciones por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción tras periodo de consultas; sin acuerdo, comisión paritaria (7 días) y arbitraje vinculante (art. 18).
Permisos y licencias
El anexo II fija los permisos retribuidos y qué conceptos se cobran durante ellos.
Fallecimiento o enfermedad grave de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegros: tres días naturales, cinco con desplazamiento de más de 150 km.
Fallecimiento o enfermedad grave de nueras, yernos, cuñados (fallecimiento) y abuelos políticos: dos días naturales, cuatro con desplazamiento de más de 150 km.
Nacimiento o adopción: tres días naturales, cinco con desplazamiento de más de 150 km.
Matrimonio: quince días naturales; matrimonio de un hijo: el día natural; cambio de domicilio: un día laborable; traslado: tres días laborables.
Desplazamiento al extranjero por fallecimiento o nacimiento, o enfermedad grave una vez al año: dos días naturales retribuidos y dos no retribuidos.
Lactancia hasta los nueve meses: una hora de ausencia o dos fracciones de media hora, o reducción de media hora; puede acumularse (anexo II y art. 24).
Asistencia a consulta médica de la Seguridad Social sin pérdida de salario, con justificante (art. 23).
Para asistir a un acontecimiento que no es permiso se puede cambiar la jornada y recuperar el tiempo otro día (disposición adicional tercera).
Clasificación profesional
Nueve grupos profesionales (0 a 8) con tres divisiones funcionales: técnicos, empleados y operarios.
Grupo 0: dirección (director general, de división, gerente).
Grupos 1 y 2: titulados superiores y medios y jefaturas (administración, ventas, compras, personal, producción, fábrica, encargado general).
Grupo 3: técnicos de departamento, control de calidad y prevención, delineante de 1.ª, oficial 1.ª administrativo, comerciales, jefes de sección, taller o planta.
Grupo 4: oficial 1.ª de oficio, oficial 2.ª administrativo, analista de laboratorio, conductores de más de 7.500 kg y de hormigonera, gruistas, carretillero de más de 15.000 kg.
Grupo 5: auxiliar administrativo, oficial 2.ª de oficio, maquinista, conductor hasta 7.500 kg, carretillero, palista, operador de puente grúa.
Grupo 6: oficial 3.ª de oficio, especialista, auxiliar de laboratorio, vigilante, conductor de furgoneta, operario de máquina sencilla.
Grupos 7 y 8: peón especialista, ayudante de máquina, laborante, portero; peón y personal de limpieza.
Las tablas salariales siguen la escala antigua de niveles II a XII y el anexo III solo da una correspondencia orientativa con los grupos: por eso la ficha no asigna puestos a cada fila de la tabla.
Si en un grupo coinciden dos o más niveles salariales, se aplica la tabla del nivel superior (art. 29).
Seguridad y salud
Comisión paritaria sectorial de seguridad y salud y obligaciones preventivas.
Comisión paritaria provincial con dos representantes de CCOO y UGT y dos de la patronal (art. 24.2).
Reconocimientos médicos anuales, en tiempo de trabajo (art. 24.5).
Dos equipos de ropa de trabajo completos según la climatología y los equipos de protección necesarios (art. 24.6).
Formación inicial de al menos 3 horas y formación específica de oficio de al menos 3 horas al año (art. 24.7).
Delegados de prevención: curso de nivel básico de 50 horas y 1 hora semanal añadida de crédito horario (art. 24).
Comité de seguridad y salud en centros de más de 30 y menos de 50 trabajadores (art. 24).
Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas
Este convenio no establece la obligación de contratar una póliza
colectiva ni fija indemnizaciones por muerte o incapacidad a cargo de la empresa.
El art. 19 fija indemnizaciones complementarias a cargo de la empresa (1.800 € o 1/12 de la retribución anual por muerte por enfermedad común o accidente no laboral; 50.000 € por muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional en 2017-2020) sin obligar a contratar una póliza; van como conceptos de la tabla.
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