Convenio colectivo · REGCON 46000555011982

Convenio colectivo de trabajo del sector del Comercio Textil de la provincia de Valencia

Valencia/València Comercio textil Ámbito provincial Vigencia 01/01/2017 — 31/12/2019
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Valencia n.º 202, 20/10/2017.
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Convenio sustituido Su vigencia terminó el 31/12/2019 y desde el 01/07/2022 el sector se rige por OTRO convenio: I Convenio Colectivo de Comercio Textil de la Comunitat Valenciana (código 80100225012022, DOGV de 12 de enero de 2023). Las tablas de esta ficha son las últimas que publicó este convenio y ya NO se aplican. Ver el convenio que se aplica ahora.

Tabla salarial desde el 1 de diciembre de 2021 (acuerdo de la comisión negociadora de 15-12-2021) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
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PAGA DE MARZO A — MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR. Sin importe: la de marzo de 2022 se calcula con lo cobrado en 2021, que fue la tabla de 2019 hasta noviembre y esta desde diciembre. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con su importe como mínimo, y puede prorratearse.
RETRIBUCIÓN ESPECIAL M 14,75 € A partir de los sesenta años, en cada paga, o su equivalente porcentual a la jornada efectiva. No absorbible ni compensable; sube con los porcentajes de las tablas (13,57 € en 2016). El boletín la publica bajo la tabla, igual para todas las categorías.
PLUS DE COMPENSACIÓN M 18,03 € Solo para quien fue contratado antes del 1 de marzo de 1998, como compensación por la consolidación de la antigüedad; se incluye en las doce pagas ordinarias y en las de Navidad y verano. No absorbible ni compensable, cotizable y para cualquier modalidad de contratación. Lo conserva quien vuelve a ser contratado por la misma empresa.
HORA EXTRAORDINARIA H — SAL_BASE_HORA*1.5 150% Voluntarias. Se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes o se abonan al 150 % del salario base. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ni dice cómo pasar el salario base mensual a hora.
PLUS DE NOCTURNIDAD H — HORA_NORMAL*0.20 20% Trabajo entre las diez de la noche y las seis de la mañana; las horas nocturnas se retribuyen a partir de las 22:15 con un 20 % de aumento sobre el valor de la hora ordinaria. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INCREMENTO POR TRABAJO EN DOMINGOS Y FESTIVOS H — HORA_NORMAL*0.50 50% Plantilla habitual que trabaja en domingos o festivos abiertos con autorización: las horas se compensan con un 50 % más sobre el valor de la hora ordinaria o, a elección de la persona, con descanso. No se aplica a las contrataciones expresas para domingos y festivos. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INDEMNIZACIÓN POR FIN DE CONTRATO A — SAL_DIARIO*12*AÑOS 12 días por año a la expiración del contrato, sea cual sea la modalidad, siempre que no tenga establecida otra indemnización. Sin importe fijo: depende del salario diario y del tiempo trabajado.
Jefe/a Administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a Administrativo/a; Jefe de Administración; Jefe de división mercantil

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SALARIO BASE M 1.196,81 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.196,81 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.196,81 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.196,81 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 1.017,29 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.077,13 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a Departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a Departamento; Jefe de división; Jefe de personal

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SALARIO BASE M 1.196,81 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.196,81 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.196,81 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.196,81 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 1.017,29 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.077,13 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección Administrativa ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sección Administrativa; Jefe Sección; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.127,34 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.127,34 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.127,34 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.127,34 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 958,24 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.014,61 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Oficial/a administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Oficial/a administrativo/a; Contable; Cajero

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SALARIO BASE M 1.116,15 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,15 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 948,73 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.004,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Programador/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Programador/a; Operador terminales

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SALARIO BASE M 1.018,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.018,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 865,84 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 916,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o dirección ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Secretaria/o dirección; Taquígrafo - Intérprete

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SALARIO BASE M 1.116,15 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,15 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 948,73 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.004,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Secretaria/o departamento; Secretario

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SALARIO BASE M 1.018,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.018,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 865,84 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 916,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Auxiliar administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a; Aux. Administrativo de 23 años; Aux. Administrativo de 22 años

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SALARIO BASE M 1.018,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.018,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 865,84 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 916,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Telefonista ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Telefonista

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SALARIO BASE M 955,88 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 955,88 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 812,50 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 860,29 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Conserje ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Conserje

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SALARIO BASE M 955,88 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 955,88 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 812,50 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 860,29 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de compras; Jefe de ventas; Jefe de división; Encargado general

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SALARIO BASE M 1.196,81 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.196,81 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.196,81 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.196,81 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 1.017,29 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.077,13 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sucursal ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sucursal; Jefe de sucursal; Encargado de establecimiento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.116,15 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,15 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 948,73 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.004,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Jefe de grupo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.080,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.080,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,23 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,24 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a especialista ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Dependiente/a especialista; Dependiente de 23 años

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.025,36 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.025,36 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.025,36 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.025,36 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 871,56 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 922,82 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Viajante/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Viajante/a; Viajante; Corredor de plaza

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SALARIO BASE M 1.048,89 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.048,89 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.048,89 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.048,89 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 891,56 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 944,00 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Dependiente de 22 años; Ayudante dependiente

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SALARIO BASE M 963,73 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 963,73 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 963,73 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 963,73 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 819,17 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 867,36 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Cajera/o ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Cajera/o; Auxiliar caja de 23; Auxiliar caja de 22 años

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SALARIO BASE M 1.018,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.018,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 865,84 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 916,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Reponedor/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 5 conceptos

Puestos: Reponedor/a; Auxiliar de 18 años

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SALARIO BASE M 905,45 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 905,45 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 905,45 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 905,45 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO GARANTIZADO (EQUIPARACIÓN AL SMI DE 2022) A 14.000,00 € estimado ⚠️ IMPORTE ESTIMADO, no publicado por el convenio. Esta tabla rigió del 1 de diciembre de 2021 al 30 de junio de 2022. Sumando el salario base en 15 pagas (doce mensualidades, Navidad, verano y marzo) salen 13.581,75 € al año, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de 2022 (14.000,00 € al año, RD 152/2022), que rige desde el 1 de enero de 2022. La paga de octubre no se cuenta porque es condicional. Por ley nadie cobra menos del SMI, pero el convenio no dice cómo repartir la diferencia entre conceptos: se da solo el total garantizado, proporcional a la jornada. La cifra del boletín queda intacta.
Jefe/a almacén ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a almacén; Jefe de almacén

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SALARIO BASE M 1.116,15 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,15 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 948,73 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.004,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de taller

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SALARIO BASE M 1.080,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.080,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,23 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,24 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Oficial; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.080,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.080,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,23 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,24 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Delineante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Delineante/a; Diseñador

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SALARIO BASE M 1.116,15 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,15 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,15 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 948,73 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.004,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Escaparatista ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Escaparatista

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SALARIO BASE M 1.080,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.080,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.080,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,23 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,24 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Profesional Oficios varios ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Profesional Oficios varios; Profesional Oficio 1ª; Profesional Oficio 2ª; Cortador; Composturera; Ayudante cortador

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SALARIO BASE M 1.018,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.018,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.018,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 865,84 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 916,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Preparador/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 4 conceptos

Puestos: Preparador/a; Empaquetadora / Cosedora; Mozo de más de 23 años

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SALARIO BASE M 955,88 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 955,88 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Vigilante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 4 conceptos

Puestos: Vigilante/a; Vigilante

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SALARIO BASE M 955,88 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 955,88 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 955,88 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Mozo/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 5 conceptos

Puestos: Mozo/a; Profesional Oficio 3ª; Mozo menor 23 años

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SALARIO BASE M 905,45 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 905,45 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 905,45 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 905,45 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO GARANTIZADO (EQUIPARACIÓN AL SMI DE 2022) A 14.000,00 € estimado ⚠️ IMPORTE ESTIMADO, no publicado por el convenio. Esta tabla rigió del 1 de diciembre de 2021 al 30 de junio de 2022. Sumando el salario base en 15 pagas (doce mensualidades, Navidad, verano y marzo) salen 13.581,75 € al año, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de 2022 (14.000,00 € al año, RD 152/2022), que rige desde el 1 de enero de 2022. La paga de octubre no se cuenta porque es condicional. Por ley nadie cobra menos del SMI, pero el convenio no dice cómo repartir la diferencia entre conceptos: se da solo el total garantizado, proporcional a la jornada. La cifra del boletín queda intacta.
Personal limpieza ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 5 conceptos

Puestos: Personal limpieza; Personal de limpieza

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SALARIO BASE M 905,45 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 905,45 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 905,45 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 905,45 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO GARANTIZADO (EQUIPARACIÓN AL SMI DE 2022) A 14.000,00 € estimado ⚠️ IMPORTE ESTIMADO, no publicado por el convenio. Esta tabla rigió del 1 de diciembre de 2021 al 30 de junio de 2022. Sumando el salario base en 15 pagas (doce mensualidades, Navidad, verano y marzo) salen 13.581,75 € al año, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de 2022 (14.000,00 € al año, RD 152/2022), que rige desde el 1 de enero de 2022. La paga de octubre no se cuenta porque es condicional. Por ley nadie cobra menos del SMI, pero el convenio no dice cómo repartir la diferencia entre conceptos: se da solo el total garantizado, proporcional a la jornada. La cifra del boletín queda intacta.
Tabla salarial 2019 (+2,00 % sobre las tablas reales de 2018), aplicada por prórroga hasta el 30-11-2021 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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RETRIBUCIÓN ESPECIAL M 14,29 € A partir de los sesenta años, en cada paga, o su equivalente porcentual a la jornada efectiva. No absorbible ni compensable; sube con los porcentajes de las tablas (13,57 € en 2016). El boletín la publica bajo la tabla, igual para todas las categorías.
PLUS DE COMPENSACIÓN M 18,03 € Solo para quien fue contratado antes del 1 de marzo de 1998, como compensación por la consolidación de la antigüedad; se incluye en las doce pagas ordinarias y en las de Navidad y verano. No absorbible ni compensable, cotizable y para cualquier modalidad de contratación. Lo conserva quien vuelve a ser contratado por la misma empresa.
HORA EXTRAORDINARIA H — SAL_BASE_HORA*1.5 150% Voluntarias. Se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes o se abonan al 150 % del salario base. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ni dice cómo pasar el salario base mensual a hora.
PLUS DE NOCTURNIDAD H — HORA_NORMAL*0.20 20% Trabajo entre las diez de la noche y las seis de la mañana; las horas nocturnas se retribuyen a partir de las 22:15 con un 20 % de aumento sobre el valor de la hora ordinaria. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INCREMENTO POR TRABAJO EN DOMINGOS Y FESTIVOS H — HORA_NORMAL*0.50 50% Plantilla habitual que trabaja en domingos o festivos abiertos con autorización: las horas se compensan con un 50 % más sobre el valor de la hora ordinaria o, a elección de la persona, con descanso. No se aplica a las contrataciones expresas para domingos y festivos. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INDEMNIZACIÓN POR FIN DE CONTRATO A — SAL_DIARIO*12*AÑOS 12 días por año a la expiración del contrato, sea cual sea la modalidad, siempre que no tenga establecida otra indemnización. Sin importe fijo: depende del salario diario y del tiempo trabajado.
Jefe/a Administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a Administrativo/a; Jefe de Administración; Jefe de división mercantil

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SALARIO BASE M 1.159,14 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.159,14 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.159,14 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.136,41 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.159,14 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 985,27 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.043,23 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a Departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a Departamento; Jefe de división; Jefe de personal

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SALARIO BASE M 1.159,14 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.159,14 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.159,14 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.136,41 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.159,14 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 985,27 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.043,23 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección Administrativa ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sección Administrativa; Jefe Sección; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.091,85 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.091,85 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.091,85 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.070,44 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.091,85 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 928,07 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 982,66 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Oficial/a administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Oficial/a administrativo/a; Contable; Cajero

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SALARIO BASE M 1.081,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.059,82 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.081,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,87 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,92 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Programador/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Programador/a; Operador terminales

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SALARIO BASE M 986,57 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 967,22 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 986,57 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 838,58 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 887,91 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o dirección ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Secretaria/o dirección; Taquígrafo - Intérprete

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SALARIO BASE M 1.081,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.059,82 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.081,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,87 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,92 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Secretaria/o departamento; Secretario

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SALARIO BASE M 986,57 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 967,22 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 986,57 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 838,58 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 887,91 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Auxiliar administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a; Aux. Administrativo de 23 años; Aux. Administrativo de 22 años

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SALARIO BASE M 986,57 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 967,22 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 986,57 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 838,58 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 887,91 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Telefonista ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Telefonista

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SALARIO BASE M 925,79 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 907,63 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 925,79 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 786,92 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 833,21 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Conserje ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Conserje

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SALARIO BASE M 925,79 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 907,63 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 925,79 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 786,92 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 833,21 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de compras; Jefe de ventas; Jefe de división; Encargado general

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.159,14 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.159,14 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.159,14 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.136,41 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.159,14 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 985,27 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.043,23 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sucursal ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sucursal; Jefe de sucursal; Encargado de establecimiento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.081,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.059,82 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.081,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,87 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,92 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Jefe de grupo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.046,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.025,75 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.046,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 889,33 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 941,64 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a especialista ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Dependiente/a especialista; Dependiente de 23 años

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SALARIO BASE M 993,08 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 993,08 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 993,08 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 973,61 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 993,08 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 844,12 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 893,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Viajante/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Viajante/a; Viajante; Corredor de plaza

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SALARIO BASE M 1.015,87 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.015,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.015,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 995,95 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.015,87 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 863,49 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 914,28 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Dependiente de 22 años; Ayudante dependiente

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SALARIO BASE M 933,39 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 933,39 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 933,39 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 915,09 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 933,39 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 793,38 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 840,05 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Cajera/o ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Cajera/o; Auxiliar caja de 23; Auxiliar caja de 22 años

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SALARIO BASE M 986,57 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 967,22 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 986,57 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 838,58 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 887,91 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Reponedor/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 6 conceptos

Puestos: Reponedor/a; Auxiliar de 18 años

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SALARIO BASE M 876,95 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 876,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 876,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 859,75 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 876,95 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO GARANTIZADO (EQUIPARACIÓN AL SMI DE 2020 Y 2021) A 13.300,00 € estimado ⚠️ IMPORTE ESTIMADO, no publicado por el convenio. Esta tabla de 2019 se siguió aplicando en 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2021. Sumando el salario base en 15 pagas (doce mensualidades, Navidad, verano y marzo) salen 13.154,25 € al año, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de 2020 y de 2021 hasta agosto (13.300,00 € al año, RD 231/2020); desde el 1 de septiembre de 2021 el SMI fue de 965 € al mes, 13.510,00 € al año (RD 817/2021). La paga de octubre no se cuenta porque es condicional. Por ley nadie cobra menos del SMI, pero el convenio no dice cómo repartir la diferencia entre conceptos: se da solo el total garantizado, proporcional a la jornada. La cifra del boletín queda intacta.
Jefe/a almacén ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a almacén; Jefe de almacén

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SALARIO BASE M 1.081,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.059,82 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.081,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,87 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,92 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de taller

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SALARIO BASE M 1.046,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.025,75 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.046,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 889,33 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 941,64 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Oficial; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.046,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.025,75 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.046,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 889,33 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 941,64 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Delineante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Delineante/a; Diseñador

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SALARIO BASE M 1.081,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.081,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.059,82 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.081,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 918,87 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 972,92 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Escaparatista ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Escaparatista

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SALARIO BASE M 1.046,27 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.046,27 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.025,75 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 1.046,27 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 889,33 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 941,64 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Profesional Oficios varios ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Profesional Oficios varios; Profesional Oficio 1ª; Profesional Oficio 2ª; Cortador; Composturera; Ayudante cortador

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SALARIO BASE M 986,57 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 986,57 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 967,22 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 986,57 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 838,58 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 887,91 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Preparador/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 5 conceptos

Puestos: Preparador/a; Empaquetadora / Cosedora; Mozo de más de 23 años

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SALARIO BASE M 925,79 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 907,63 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 925,79 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Vigilante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 5 conceptos

Puestos: Vigilante/a; Vigilante

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SALARIO BASE M 925,79 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 925,79 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 907,63 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 925,79 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Mozo/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 6 conceptos

Puestos: Mozo/a; Profesional Oficio 3ª; Mozo menor 23 años

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SALARIO BASE M 876,95 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 876,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 876,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 859,75 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 876,95 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO GARANTIZADO (EQUIPARACIÓN AL SMI DE 2020 Y 2021) A 13.300,00 € estimado ⚠️ IMPORTE ESTIMADO, no publicado por el convenio. Esta tabla de 2019 se siguió aplicando en 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2021. Sumando el salario base en 15 pagas (doce mensualidades, Navidad, verano y marzo) salen 13.154,25 € al año, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de 2020 y de 2021 hasta agosto (13.300,00 € al año, RD 231/2020); desde el 1 de septiembre de 2021 el SMI fue de 965 € al mes, 13.510,00 € al año (RD 817/2021). La paga de octubre no se cuenta porque es condicional. Por ley nadie cobra menos del SMI, pero el convenio no dice cómo repartir la diferencia entre conceptos: se da solo el total garantizado, proporcional a la jornada. La cifra del boletín queda intacta.
Personal limpieza ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 6 conceptos

Puestos: Personal limpieza; Personal de limpieza

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SALARIO BASE M 876,95 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 876,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 876,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 859,75 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2018; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse. Con esta tabla se cobraron también las pagas de marzo de 2020 y 2021, que equivalen a una mensualidad de esta misma tabla de 2019 (la vigente el año anterior).
PAGA DE OCTUBRE A 876,95 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO GARANTIZADO (EQUIPARACIÓN AL SMI DE 2020 Y 2021) A 13.300,00 € estimado ⚠️ IMPORTE ESTIMADO, no publicado por el convenio. Esta tabla de 2019 se siguió aplicando en 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2021. Sumando el salario base en 15 pagas (doce mensualidades, Navidad, verano y marzo) salen 13.154,25 € al año, por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de 2020 y de 2021 hasta agosto (13.300,00 € al año, RD 231/2020); desde el 1 de septiembre de 2021 el SMI fue de 965 € al mes, 13.510,00 € al año (RD 817/2021). La paga de octubre no se cuenta porque es condicional. Por ley nadie cobra menos del SMI, pero el convenio no dice cómo repartir la diferencia entre conceptos: se da solo el total garantizado, proporcional a la jornada. La cifra del boletín queda intacta.
Tabla salarial 2018 (+1,75 % sobre las tablas reales de 2017) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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RETRIBUCIÓN ESPECIAL M 14,01 € A partir de los sesenta años, en cada paga, o su equivalente porcentual a la jornada efectiva. No absorbible ni compensable; sube con los porcentajes de las tablas (13,57 € en 2016). El boletín la publica bajo la tabla, igual para todas las categorías.
PLUS DE COMPENSACIÓN M 18,03 € Solo para quien fue contratado antes del 1 de marzo de 1998, como compensación por la consolidación de la antigüedad; se incluye en las doce pagas ordinarias y en las de Navidad y verano. No absorbible ni compensable, cotizable y para cualquier modalidad de contratación. Lo conserva quien vuelve a ser contratado por la misma empresa.
HORA EXTRAORDINARIA H — SAL_BASE_HORA*1.5 150% Voluntarias. Se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes o se abonan al 150 % del salario base. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ni dice cómo pasar el salario base mensual a hora.
PLUS DE NOCTURNIDAD H — HORA_NORMAL*0.20 20% Trabajo entre las diez de la noche y las seis de la mañana; las horas nocturnas se retribuyen a partir de las 22:15 con un 20 % de aumento sobre el valor de la hora ordinaria. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INCREMENTO POR TRABAJO EN DOMINGOS Y FESTIVOS H — HORA_NORMAL*0.50 50% Plantilla habitual que trabaja en domingos o festivos abiertos con autorización: las horas se compensan con un 50 % más sobre el valor de la hora ordinaria o, a elección de la persona, con descanso. No se aplica a las contrataciones expresas para domingos y festivos. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INDEMNIZACIÓN POR FIN DE CONTRATO A — SAL_DIARIO*12*AÑOS 12 días por año a la expiración del contrato, sea cual sea la modalidad, siempre que no tenga establecida otra indemnización. Sin importe fijo: depende del salario diario y del tiempo trabajado.
Jefe/a Administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a Administrativo/a; Jefe de Administración; Jefe de división mercantil

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SALARIO BASE M 1.136,41 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.136,41 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.136,41 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.116,87 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.136,41 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 965,95 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.022,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a Departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a Departamento; Jefe de división; Jefe de personal

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SALARIO BASE M 1.136,41 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.136,41 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.136,41 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.116,87 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.136,41 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 965,95 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.022,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección Administrativa ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sección Administrativa; Jefe Sección; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.070,44 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.070,44 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.070,44 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.052,03 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.070,44 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 909,87 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 963,40 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Oficial/a administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Oficial/a administrativo/a; Contable; Cajero

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SALARIO BASE M 1.059,82 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.041,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.059,82 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 900,85 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 953,84 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Programador/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Programador/a; Operador terminales

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SALARIO BASE M 967,22 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 950,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 967,22 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 822,14 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 870,50 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o dirección ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Secretaria/o dirección; Taquígrafo - Intérprete

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SALARIO BASE M 1.059,82 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.041,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.059,82 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 900,85 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 953,84 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Secretaria/o departamento; Secretario

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SALARIO BASE M 967,22 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 950,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 967,22 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 822,14 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 870,50 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Auxiliar administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a; Aux. Administrativo de 23 años; Aux. Administrativo de 22 años

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SALARIO BASE M 967,22 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 950,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 967,22 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 822,14 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 870,50 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Telefonista ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Telefonista

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SALARIO BASE M 907,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 892,02 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 907,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 771,49 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 816,87 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Conserje ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Conserje

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SALARIO BASE M 907,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 892,02 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 907,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 771,49 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 816,87 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de compras; Jefe de ventas; Jefe de división; Encargado general

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SALARIO BASE M 1.136,41 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.136,41 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.136,41 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.116,87 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.136,41 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 965,95 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.022,77 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sucursal ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sucursal; Jefe de sucursal; Encargado de establecimiento

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SALARIO BASE M 1.059,82 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.041,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.059,82 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 900,85 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 953,84 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.025,75 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.008,11 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.025,75 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 871,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 923,17 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a especialista ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Dependiente/a especialista; Dependiente de 23 años

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SALARIO BASE M 973,61 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 973,61 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 973,61 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 956,86 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 973,61 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 827,57 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 876,25 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Viajante/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Viajante/a; Viajante; Corredor de plaza

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SALARIO BASE M 995,95 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 995,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 995,95 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 978,83 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 995,95 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 846,56 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 896,36 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Dependiente de 22 años; Ayudante dependiente

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SALARIO BASE M 915,09 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 915,09 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 915,09 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 899,35 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 915,09 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 777,83 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 823,58 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Cajera/o ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 7 conceptos

Puestos: Cajera/o; Auxiliar caja de 23; Auxiliar caja de 22 años

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SALARIO BASE M 967,22 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 950,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 967,22 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 822,14 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 870,50 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Reponedor/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 5 conceptos

Puestos: Reponedor/a; Auxiliar de 18 años

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SALARIO BASE M 859,75 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 859,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 859,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 844,97 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 859,75 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Jefe/a almacén ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a almacén; Jefe de almacén

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SALARIO BASE M 1.059,82 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.041,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.059,82 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 900,85 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 953,84 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.025,75 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.008,11 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.025,75 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 871,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 923,17 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 7 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Oficial; Jefe de grupo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.025,75 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.008,11 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.025,75 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 871,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 923,17 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Delineante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Delineante/a; Diseñador

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.059,82 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.059,82 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.041,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.059,82 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 900,85 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 953,84 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Escaparatista ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Escaparatista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.025,75 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.025,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 1.008,11 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 1.025,75 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 871,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 923,17 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Profesional Oficios varios ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 7 conceptos

Puestos: Profesional Oficios varios; Profesional Oficio 1ª; Profesional Oficio 2ª; Cortador; Composturera; Ayudante cortador

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SALARIO BASE M 967,22 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 967,22 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 950,59 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 967,22 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 822,14 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 870,50 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Preparador/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 5 conceptos

Puestos: Preparador/a; Empaquetadora / Cosedora; Mozo de más de 23 años

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SALARIO BASE M 907,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 892,02 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 907,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Vigilante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 5 conceptos

Puestos: Vigilante/a; Vigilante

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SALARIO BASE M 907,63 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 907,63 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 892,02 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 907,63 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Mozo/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 5 conceptos

Puestos: Mozo/a; Profesional Oficio 3ª; Mozo menor 23 años

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SALARIO BASE M 859,75 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 859,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 859,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 844,97 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 859,75 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Personal limpieza ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 5 conceptos

Puestos: Personal limpieza; Personal de limpieza

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SALARIO BASE M 859,75 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 859,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 859,75 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE MARZO A 844,97 € MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR, por eso el importe es el salario base de la tabla de 2017; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si se lleva menos de un año. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con este importe como mínimo, y puede prorratearse.
PAGA DE OCTUBRE A 859,75 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Tabla salarial 2017 (+1,5 %, art. 16) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
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PAGA DE MARZO A — MENSUALIDAD_TOTAL_ANIO_ANTERIOR Dentro del primer trimestre: una mensualidad total de los emolumentos del año ANTERIOR. Sin importe: la de 2017 se calcula con la tabla de 2016, que no está en este documento. Puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, con su importe como mínimo, y puede prorratearse.
RETRIBUCIÓN ESPECIAL M 13,77 € A partir de los sesenta años, en cada paga, o su equivalente porcentual a la jornada efectiva. No absorbible ni compensable; sube con los porcentajes de las tablas (13,57 € en 2016). El boletín la publica bajo la tabla, igual para todas las categorías.
PLUS DE COMPENSACIÓN M 18,03 € Solo para quien fue contratado antes del 1 de marzo de 1998, como compensación por la consolidación de la antigüedad; se incluye en las doce pagas ordinarias y en las de Navidad y verano. No absorbible ni compensable, cotizable y para cualquier modalidad de contratación. Lo conserva quien vuelve a ser contratado por la misma empresa.
HORA EXTRAORDINARIA H — SAL_BASE_HORA*1.5 150% Voluntarias. Se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes o se abonan al 150 % del salario base. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ni dice cómo pasar el salario base mensual a hora.
PLUS DE NOCTURNIDAD H — HORA_NORMAL*0.20 20% Trabajo entre las diez de la noche y las seis de la mañana; las horas nocturnas se retribuyen a partir de las 22:15 con un 20 % de aumento sobre el valor de la hora ordinaria. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INCREMENTO POR TRABAJO EN DOMINGOS Y FESTIVOS H — HORA_NORMAL*0.50 50% Plantilla habitual que trabaja en domingos o festivos abiertos con autorización: las horas se compensan con un 50 % más sobre el valor de la hora ordinaria o, a elección de la persona, con descanso. No se aplica a las contrataciones expresas para domingos y festivos. Sin importe: el convenio no publica el valor de la hora ordinaria.
INDEMNIZACIÓN POR FIN DE CONTRATO A — SAL_DIARIO*12*AÑOS 12 días por año a la expiración del contrato, sea cual sea la modalidad, siempre que no tenga establecida otra indemnización. Sin importe fijo: depende del salario diario y del tiempo trabajado.
Jefe/a Administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a Administrativo/a; Jefe de Administración; Jefe de división mercantil

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SALARIO BASE M 1.116,87 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,87 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 949,34 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.005,18 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a Departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a Departamento; Jefe de división; Jefe de personal

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SALARIO BASE M 1.116,87 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,87 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 949,34 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.005,18 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección Administrativa ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sección Administrativa; Jefe Sección; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.052,03 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.052,03 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.052,03 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.052,03 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 894,23 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 946,83 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Oficial/a administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Oficial/a administrativo/a; Contable; Cajero

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SALARIO BASE M 1.041,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.041,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 885,35 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 937,43 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Programador/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Programador/a; Operador terminales

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SALARIO BASE M 950,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 950,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 808,00 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 855,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o dirección ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Secretaria/o dirección; Taquígrafo - Intérprete

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SALARIO BASE M 1.041,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.041,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 885,35 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 937,43 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Secretaria/o departamento ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Secretaria/o departamento; Secretario

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SALARIO BASE M 950,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 950,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 808,00 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 855,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Auxiliar administrativo/a ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a; Aux. Administrativo de 23 años; Aux. Administrativo de 22 años

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SALARIO BASE M 950,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 950,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 808,00 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 855,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Telefonista ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Telefonista

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SALARIO BASE M 892,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 892,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 758,22 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 802,82 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Conserje ÁREA FUNCIONAL PRIMERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Conserje

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SALARIO BASE M 892,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 892,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 758,22 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 802,82 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de compras; Jefe de ventas; Jefe de división; Encargado general

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SALARIO BASE M 1.116,87 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.116,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.116,87 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.116,87 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 949,34 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 1.005,18 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sucursal ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sucursal; Jefe de sucursal; Encargado de establecimiento

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SALARIO BASE M 1.041,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.041,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 885,35 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 937,43 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.008,11 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.008,11 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 856,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 907,30 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a especialista ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Dependiente/a especialista; Dependiente de 23 años

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SALARIO BASE M 956,86 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 956,86 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 956,86 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 956,86 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 813,33 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 861,17 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Viajante/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Viajante/a; Viajante; Corredor de plaza

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SALARIO BASE M 978,83 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 978,83 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 978,83 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 978,83 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 832,01 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 880,95 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Dependiente/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Dependiente de 22 años; Ayudante dependiente

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SALARIO BASE M 899,35 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 899,35 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 899,35 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 899,35 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 764,45 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 809,41 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Cajera/o ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 6 conceptos

Puestos: Cajera/o; Auxiliar caja de 23; Auxiliar caja de 22 años

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SALARIO BASE M 950,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 950,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 808,00 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 855,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Reponedor/a ÁREA FUNCIONAL SEGUNDA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 4 conceptos

Puestos: Reponedor/a; Auxiliar de 18 años

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SALARIO BASE M 844,97 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 844,97 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 844,97 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 844,97 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Jefe/a almacén ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a almacén; Jefe de almacén

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SALARIO BASE M 1.041,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.041,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 885,35 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 937,43 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a departamento ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL PRIMERO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a departamento; Jefe de taller

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SALARIO BASE M 1.008,11 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.008,11 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 856,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 907,30 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Jefe/a sección ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL SEGUNDO 6 conceptos

Puestos: Jefe/a sección; Jefe de sección; Oficial; Jefe de grupo

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SALARIO BASE M 1.008,11 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.008,11 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 856,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 907,30 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Delineante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Delineante/a; Diseñador

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SALARIO BASE M 1.041,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.041,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.041,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 885,35 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 937,43 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Escaparatista ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Escaparatista

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SALARIO BASE M 1.008,11 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 1.008,11 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 1.008,11 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 856,89 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 907,30 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Profesional Oficios varios ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL TERCERO 6 conceptos

Puestos: Profesional Oficios varios; Profesional Oficio 1ª; Profesional Oficio 2ª; Cortador; Composturera; Ayudante cortador

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SALARIO BASE M 950,59 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 950,59 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 950,59 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (PRIMER AÑO) M 808,00 € SAL_BASE*0.85 85% 85 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
SALARIO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN (SEGUNDO Y TERCER AÑO) M 855,53 € SAL_BASE*0.90 90% 90 % del salario de convenio de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo real efectivo. Calculado sobre el salario base de esta categoría.
Preparador/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 4 conceptos

Puestos: Preparador/a; Empaquetadora / Cosedora; Mozo de más de 23 años

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SALARIO BASE M 892,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 892,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Vigilante/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL CUARTO 4 conceptos

Puestos: Vigilante/a; Vigilante

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 892,02 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 892,02 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 892,02 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Mozo/a ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 4 conceptos

Puestos: Mozo/a; Profesional Oficio 3ª; Mozo menor 23 años

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 844,97 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 844,97 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 844,97 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 844,97 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).
Personal limpieza ÁREA FUNCIONAL TERCERA > GRUPO PROFESIONAL QUINTO 4 conceptos

Puestos: Personal limpieza; Personal de limpieza

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SALARIO BASE M 844,97 € Salario mensual de la categoría según la tabla salarial; se cobra en doce mensualidades además de las pagas extraordinarias.
PAGA DE VERANO A 844,97 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona en junio, julio o agosto, o dentro de esos meses el día anterior al comienzo de las vacaciones. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE NAVIDAD A 844,97 € SAL_BASE Importe total de una mensualidad, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Se abona el día hábil anterior al 22 de diciembre. El importe recoge el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. Proporcional si no se lleva un año.
PAGA DE OCTUBRE A 844,97 € SAL_BASE Una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. CONDICIONAL: no la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario (no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre).

Incrementos y revisiones futuras

Estos años no tienen tabla publicada con los importes definitivos: su subida se calcula con lo que pacta el convenio. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2019 Revisión salarial si la suma del IPC de 2017, 2018 y 2019 registra a 31 de diciembre de 2019 una variación respecto al 5,25 % · Tablas salariales; los atrasos, en un solo pago una vez constatado por la Comisión Mixta en enero de 2020 · IPC general de España de 2019 (acumulado de varios años) — el convenio no precisa el territorio: se toma el estatal Art. 16. En el BOP de Valencia no consta publicada ninguna acta de revisión, y la tabla de diciembre de 2021 sale de la de 2019 tal como se publicó (todas sus filas suben el mismo 3,25 %). No se calcula ninguna tabla revisada.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de comercio textil (Valencia/València)?

En 2021, el salario base va desde 905,45 € hasta 1.196,81 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Convenio 2017-2019, sustituido por el convenio autonómico

Este convenio ya no se aplica: lo sustituye el I Convenio Colectivo de Comercio Textil de la Comunitat Valenciana, que negociaron las mismas partes.

  • Vigencia pactada: del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2019 (art. 4).
  • Se prorrogaba de año en año salvo denuncia con tres meses de antelación; denunciado, seguía prorrogado en todas sus partes hasta la firma del que lo sustituyera (art. 5). REGCON registra la denuncia en octubre de 2019.
  • Durante la prórroga, la comisión negociadora acordó el 15 de diciembre de 2021 una tabla salarial en vigor desde el 1 de diciembre de 2021 (BOP de 7 de febrero de 2022).
  • Convenio que lo sustituye: I Convenio Colectivo de Comercio Textil de la Comunitat Valenciana, código 80100225012022, publicado en el DOGV de 12 de enero de 2023. Sus salarios rigen desde el 1 de julio de 2022 y habla de los convenios provinciales «de aplicación hasta 30 de junio de 2022» (art. 33).
  • Por acta de 13 de enero de 2023 (BOP de 7 de febrero de 2023), la comisión negociadora de este convenio dio por finalizada la negociación provincial, acogiéndose en su integridad al convenio autonómico.
  • El propio convenio lo preveía: las partes se reafirmaban en firmar un convenio de ámbito de Comunidad y, concluido, «perderá su vigencia el presente» (disposición final quinta).
  • El convenio autonómico mantiene para los centros de la provincia de Valencia algunas reglas de este convenio (plus de compensación, trabajo en festivos, nocturnidad, seguro), citándolas expresamente: se consultan en su ficha.

Subidas pactadas y tabla de diciembre de 2021

El convenio publica las tablas de sus tres años; la de diciembre de 2021 la acordó después la comisión negociadora.

  • 2017: incremento del 1,5 % según las tablas del anexo III (art. 16).
  • 2018: incremento del 1,75 % sobre las tablas reales de 2017 (anexo IV).
  • 2019: incremento del 2,00 % sobre las tablas reales de 2018 (anexo V).
  • Cláusula de revisión: si la suma del IPC de 2017, 2018 y 2019 registraba a 31 de diciembre de 2019 una variación respecto al 5,25 %, se haría una revisión salarial, con atrasos en un solo pago, constatada por la Comisión Mixta en enero de 2020 mediante acta publicada (art. 16). En el BOP de Valencia no consta publicada ninguna acta de revisión.
  • 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2021: se siguió aplicando la tabla de 2019, por la prórroga del art. 5.
  • Desde el 1 de diciembre de 2021: tabla acordada por la comisión negociadora el 15 de diciembre de 2021. Supone un 3,25 % más que la de 2019 en todas las categorías; el acta publica la tabla, no el porcentaje.
  • La retribución especial del art. 17 sube con los mismos porcentajes que las tablas: 13,57 € en 2016, 13,77 € en 2017, 14,01 € en 2018, 14,29 € en 2019 y 14,75 € desde diciembre de 2021.

Cuatro pagas extraordinarias: Navidad, verano, marzo y octubre

Además de las doce mensualidades, el convenio reconoce cuatro pagas; la de octubre solo la cobra quien prolonga habitualmente su horario.

  • Navidad y verano: una mensualidad total, incrementada en su caso con la antigüedad que se percibía. Verano en junio, julio o agosto, o el día anterior al comienzo de las vacaciones dentro de esos meses; Navidad el día hábil anterior al 22 de diciembre (art. 19).
  • Quien no lleva un año en la empresa cobra la parte proporcional al tiempo trabajado.
  • Navidad y verano se pueden prorratear en doce mensualidades por acuerdo general con la plantilla o sus representantes, o individual con cada persona (art. 19).
  • Paga de marzo: dentro del primer trimestre, una mensualidad total de los emolumentos del año anterior; proporcional si se lleva menos de un año (art. 20).
  • La paga de marzo puede sustituirse por retribuciones variables según ventas o beneficios, que tienen como mínimo su importe; también puede prorratearse (art. 20).
  • Paga de octubre: una mensualidad de salario, equivalente a la de octubre, que compensa los trabajos fuera de jornada de hasta quince minutos diarios. No la cobra quien no prolonga habitual o frecuentemente su horario; no cuenta como prolongación quedarse hasta diez minutos para el cierre (art. 21).
  • En las tablas de esta ficha las pagas recogen el salario base de la categoría; a quien cobre plus de compensación o retribución especial se le suman. La paga de marzo de 2017 y la que se cobra con la tabla de diciembre de 2021 no llevan importe porque dependen de lo cobrado el año anterior.

Sin antigüedad: plus de compensación y retribución especial por edad

El convenio no tiene complemento de antigüedad para los contratos nuevos; quedan dos conceptos personales.

  • Plus de compensación: 18,03 € para quien fue contratado antes del 1 de marzo de 1998, en compensación por la consolidación de la antigüedad; se incluye en las doce pagas ordinarias y en las de Navidad y verano, no es absorbible ni compensable y cotiza (art. 18).
  • Lo conserva quien, contratado antes del 1 de marzo de 1998, vuelve a ser contratado por la misma empresa (art. 18).
  • Retribución especial: desde los 60 años se cobra en cada paga, o su equivalente porcentual a la jornada efectiva; no es absorbible ni compensable y sube con las tablas (art. 17).
  • La antigüedad consolidada que alguien ya percibía se suma en las pagas de Navidad y verano (art. 19).

Jornada, flexibilidad y descanso semanal

La jornada es de 1.780 horas anuales, con un máximo de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

  • Distribución irregular en el calendario anual: hasta 9 horas diarias como ordinarias, en un máximo de veinticinco jornadas al año (art. 10).
  • Los excesos sobre la jornada anual se compensan con descanso continuado en el primer trimestre del año siguiente.
  • Bolsa de flexibilidad de hasta 80 horas al año, con preaviso mínimo de cinco días; no puede usarse para domingos y festivos habilitados ni para inventarios, ni con quien tiene reducción de jornada por guarda legal o es menor de edad.
  • Menores de 18 años: máximo 8 horas diarias de trabajo efectivo y sin horas extraordinarias.
  • Descanso: medio día libre laborable a la semana o un día completo cada dos semanas, además del domingo o día alternativo pactado.
  • Almacenes al por mayor: cierran el sábado por la tarde; en julio y agosto todo el sábado, recuperando la media jornada de mañana.

Horas extraordinarias, nocturnidad y trabajo en festivos

Los recargos se pagan sobre el valor de la hora, que el convenio no publica ni dice cómo calcular.

  • Horas extraordinarias: voluntarias; se compensan con descanso dentro de los cuatro meses siguientes o se abonan al 150 % del salario base. Las compensadas con descanso no cuentan para el máximo de ochenta al año (art. 11).
  • Trabajo nocturno: el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana; las horas nocturnas se pagan a partir de las 22:15 con un 20 % más sobre el valor de la hora ordinaria (art. 11).
  • Domingos y festivos abiertos con autorización: la plantilla habitual cobra las horas con un 50 % más sobre el valor de la hora ordinaria o, a su elección, las compensa con descanso; nadie trabaja más del 50 % de los festivos habilitados (art. 12).
  • Las contrataciones expresas para domingos y festivos son solo de dependientes o dependientes especializados y no llevan el incremento del 50 % (art. 12).
  • Festivos de convenio: el 26 de diciembre y el lunes de Pascua; la mañana o tarde de la Ofrenda de Flores en Fallas para quien lo pida, con un 40 % mínimo de plantilla. En épocas de más actividad la empresa puede declararlos hábiles compensándolos con el mismo descanso (art. 30).

Vacaciones: 31 días naturales

Treinta y un días naturales al año, preferentemente entre el 1 de junio y el 30 de septiembre.

  • Si por un aumento justificado de la actividad se trasladan fuera de ese periodo, son treinta y tres días, en proporción a los días disfrutados fuera; no si es la persona quien lo pide (art. 13).
  • Al menos 21 días continuados entre el 1 de junio y el 15 de septiembre, salvo en las Zonas de Gran Afluencia Turística.
  • No se sustituyen por dinero ni empiezan en sábado o domingo, salvo meses completos; el calendario se conoce al menos con dos meses de antelación.
  • Con menos de un año en la empresa, la parte proporcional.
  • Si coinciden con una baja por embarazo, parto o lactancia, o con la suspensión por maternidad o paternidad, se disfrutan después aunque haya acabado el año; si coinciden con otra baja, hasta dieciocho meses después del final del año.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

El convenio garantiza un porcentaje de la retribución salarial durante la baja, según su causa.

  • Enfermedad común: 75 % de la retribución salarial desde el cuarto día, inclusive.
  • Accidente laboral o enfermedad profesional: 100 % de la retribución salarial desde el primer día.
  • En ambos casos, por el tiempo que marque la normativa vigente.

Seguro de accidentes no laborales y de muerte no accidental

Todas las empresas debían inscribir a su plantilla en la póliza colectiva que suscribe el Gremio de Comerciantes Textiles.

  • 18.000 € por muerte o invalidez permanente para la profesión habitual, absoluta o gran invalidez por accidente extralaboral.
  • Indemnización según baremo en caso de invalidez parcial por accidente extralaboral.
  • 5.000 € por muerte no accidental.
  • Prima única, resultado de promediar las edades, para que ninguna empresa quede más gravada que otra.
  • Si la empresa no inscribe a su personal en la póliza del Gremio, paga ella las indemnizaciones en caso de siniestro; la inclusión en otra póliza no vale y solo cuenta como complementaria.
  • Quedan fuera quienes la aseguradora rechace por su situación médica y quienes estén de baja al entrar en vigor la póliza, hasta el alta.

Contratación, periodo de prueba, preaviso e indemnización

El convenio fija sus propias reglas para los contratos temporales, formativos y a tiempo parcial.

  • Periodo de prueba: 6 meses en los grupos profesionales primero y segundo; 3 meses en el tercero; 2 meses en el cuarto y el quinto; siempre inferior a la duración del contrato (art. 34).
  • Baja voluntaria tras el periodo de prueba: 15 días de preaviso; si no se dan, pueden descontarse de la liquidación (art. 34).
  • Eventual por circunstancias de la producción: hasta doce meses en un periodo de dieciocho, prorrogable una vez; si se sigue trabajando al acabar, pasa a indefinido (art. 32).
  • Obra o servicio: hasta tres años; no se puede usar para las campañas de Navidad y Reyes, las rebajas ni otras campañas cíclicas o previsibles (art. 32).
  • Formación y aprendizaje: de seis meses a tres años; salario del 85 % el primer año y del 90 % el segundo y el tercero sobre el salario de la categoría, en proporción al tiempo de trabajo efectivo; no se puede usar para reponedor, preparador, vigilante, mozo ni personal de limpieza (art. 32).
  • Al terminar el contrato, indemnización de 12 días por año, sea cual sea la modalidad, si no tiene establecida otra (art. 33).
  • Tiempo parcial: horas complementarias pactadas hasta el 60 % de las ordinarias, con consolidación del 50 % de las realizadas cuando superen el 10 % de las contratadas; voluntarias hasta el 15 % en los indefinidos; se pagan como ordinarias (art. 32).
  • Jubilación parcial de mutuo acuerdo a los 61 años, con contrato de relevo (art. 22).

Permisos retribuidos

Permisos con derecho a remuneración, previo aviso y justificación, extensibles a las parejas de hecho.

  • Matrimonio: quince días naturales; con pareja de hecho previa de las mismas personas, solo una vez.
  • Nacimiento de hijo, fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo, de parientes hasta segundo grado: dos días, o cuatro con desplazamiento; en enfermedad grave u hospitalización, en días discontinuos mientras dure el hecho.
  • Traslado de domicilio: un día.
  • Lactancia de hijo menor de 9 meses: una hora diaria, divisible en dos fracciones, o media hora de reducción; acumulable en jornadas completas.
  • Excedencia voluntaria con un año de antigüedad: de cuatro meses a cinco años (art. 15).

Clasificación profesional: tres áreas funcionales y cinco grupos

Cada persona se encuadra en una categoría, dentro de un grupo profesional y de un área funcional (anexo I).

  • Área funcional primera: administración, contabilidad y tesorería.
  • Área funcional segunda: comercial; ventas, compra y reposición.
  • Área funcional tercera: mantenimiento, servicios auxiliares, logística y reparto de mercancía.
  • Los grupos profesionales van del primero (jefaturas) al quinto (reponedor, mozo y personal de limpieza).
  • En el área segunda no puede haber más de un reponedor por cada diez dependientes en cada punto de venta.
  • El anexo II publica, a título informativo, la equivalencia entre las categorías nuevas y las antiguas, que se convirtieron en 2012.
  • Quien hace funciones de categoría superior cobra esas horas con el salario de esa categoría; si las asume más de seis meses, debe habilitarse la plaza.

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 23), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente no laboral 18.000,00 € El boletín agrupa muerte, invalidez permanente para la profesión habitual, absoluta y gran invalidez, por accidente extralaboral, en el mismo importe.
Incapacidad permanente total accidente no laboral 18.000,00 € El boletín dice «invalidez permanente para profesión habitual» y la agrupa con la muerte, la absoluta y la gran invalidez en el mismo importe.
Incapacidad permanente absoluta accidente no laboral 18.000,00 € El boletín agrupa muerte, invalidez permanente para la profesión habitual, absoluta y gran invalidez, por accidente extralaboral, en el mismo importe.
Gran invalidez accidente no laboral 18.000,00 € El boletín agrupa muerte, invalidez permanente para la profesión habitual, absoluta y gran invalidez, por accidente extralaboral, en el mismo importe.
Incapacidad permanente parcial accidente no laboral — Indemnización según baremo: el boletín no publica una cuantía fija.
Muerte — 5.000,00 € El boletín dice «muerte no accidental», literal.

Si no hay póliza contratada: la empresa responde directamente de estos importes.

La póliza mutual colectiva la suscribe el Gremio de Comerciantes Textiles de Valencia y Provincia con una entidad aseguradora, con prima única resultado de promediar las edades. Las empresas deben inscribir en ella a su personal; la inclusión en otra póliza no es válida y solo cuenta como complementaria. Quedan fuera quienes la aseguradora rechace por su situación médica y quienes estén de baja al entrar en vigor la póliza, hasta el alta.

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