| MEDIA DIETA (HASTA LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | D | 16,78 € | Art. 18: dieta de desplazamiento; 16,78 € la media dieta hasta la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026). |
| DIETA COMPLETA (HASTA LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | D | 32,16 € | Art. 18: dieta de desplazamiento; 32,16 € la dieta completa hasta la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026). |
| ASISTENCIA A FERIAS (SÁBADO) (HASTA LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | E | 26,54 € | Art. 37: por cada sábado de asistencia a ferias, 26,54 € hasta la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026). El convenio no fija su carácter. |
| ASISTENCIA A FERIAS (DOMINGO) (HASTA LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | E | 51,68 € | Art. 37: por cada domingo de asistencia a ferias, 51,68 € hasta la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026). El convenio no fija su carácter. |
| MEDIA DIETA (DESDE LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | D | 18,00 € | Art. 18: dieta de desplazamiento de 18 € la media dieta desde la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026) y durante toda la vigencia. |
| DIETA COMPLETA (DESDE LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | D | 35,00 € | Art. 18: dieta de desplazamiento de 35 € la dieta completa desde la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026) y durante toda la vigencia. |
| ASISTENCIA A FERIAS (SÁBADO) (DESDE LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | E | 28,00 € | Art. 37: 28 € por cada sábado de asistencia a ferias desde la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026) y durante toda la vigencia. El convenio no fija su carácter. |
| ASISTENCIA A FERIAS (DOMINGO) (DESDE LA PUBLICACIÓN DEL CONVENIO) | E | 55,00 € | Art. 37: 55 € por cada domingo de asistencia a ferias desde la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026) y durante toda la vigencia. El convenio no fija su carácter. |
| BOLSA DE VACACIONES | A | 150,00 € | Art. 14: si a petición de la empresa la persona no puede disfrutar sus 19 días de elección entre el 1 de junio y el 30 de septiembre y lo acepta expresamente, cobra 150 € por esos 19 días no disfrutados, o la parte proporcional. El convenio no fija su carácter. |
| PÓLIZA DE ACCIDENTES DE TRABAJO (MUERTE) | A | 10.000,00 € | Art. 34: capital de 10.000,00 € en caso de muerte (hasta el 31 de diciembre de 2027), de la póliza que la empresa suscribe a su cargo para los accidentes de trabajo, incluido el «in itinere». Es la suma asegurada, no una cantidad de nómina. |
| PÓLIZA DE ACCIDENTES DE TRABAJO (INCAPACIDAD TOTAL) | A | 14.000,00 € | Art. 34: capital de 14.000,00 € en caso de incapacidad total (hasta el 31 de diciembre de 2027), de la misma póliza de accidentes de trabajo, incluido el «in itinere». Es la suma asegurada, no una cantidad de nómina. |
| PAGO ÚNICO NO CONSOLIDABLE (DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA) | A | 300,00 € | Disposición adicional primera: 300 € por una sola vez, no consolidables, en el mes siguiente a la publicación del convenio en el BOP (22/06/2026), a quien esté trabajando en ese momento y cuya retribución bruta anual de 2025 haya sido igual o inferior a 21.000 € (proporcional a la jornada y al tiempo trabajado en 2025). No depende de la categoría sino de lo cobrado por cada persona. |
| INDEMNIZACIÓN POR FIN DE CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN | A | — | Art. 22: al finalizar el contrato de duración determinada por circunstancias de la producción (hasta un año), un día de salario por mes de trabajo. Sin importe: el convenio no dice cómo se obtiene el día de un salario mensual. |