Convenio colectivo · REGCON 30000195011981

Convenio colectivo de caucho, calzado, zapatillas vulcanizadas e industrias afines de la Región de Murcia 2015-2017 (sustituido)

Murcia Caucho, calzado y zapatillas vulcanizadas Ámbito autonómico Vigencia 01/01/2015 — 31/12/2017
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BORM nº 184 de 10/08/2017 (NPE A-100817-5858).
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Convenio sustituido Su vigencia terminó el 31/12/2017 y desde el 16/11/2021 el sector se rige por OTRO convenio: Convenio colectivo de la industria del calzado (estatal); las empresas que no fabrican calzado pasan al Convenio general de la industria química (99004235011981) (código 99000805011981, Acta de adhesión de 16/11/2021, BORM nº 33 de 10 de febrero de 2022). Las tablas de esta ficha son las últimas que publicó este convenio y ya NO se aplican. Ver el convenio que se aplica ahora.

Tabla salarial 2017 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA (ANTICIPO POR DÍA COMPLETO) D 15,00 € Art. 32: los gastos de viaje y desplazamiento por orden de la empresa se pagan contra justificante; se anticipan 15 € a cuenta por día completo.
PRESTACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD A 150,00 € Art. 51: 150 € por cada hijo con discapacidad física o psíquica reconocida, en el mes de octubre.
AYUDA PARA SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ A 20,00 € Art. 52: 20 € anuales al trabajador que presente una póliza suscrita por él que cubra muerte o invalidez total o absoluta por accidente y enfermedad.
APRENDIZ GRUPO D 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 11

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 707,60 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 9.906,40 € Columna AÑO del anexo I. ⚠ Para el aprendiz, 9.906,40 € es 707,60 × 14, es decir, el SMI anual de 2017 (RD 742/2016): no está calculado × 15 como el resto de categorías. Se transcribe tal cual; con las 3 pagas del convenio (arts. 25 y 26), 707,60 × 15 serían 10.614,00 €.
PAGA EXTRA DE VERANO A 707,60 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 707,60 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 707,60 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,38 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 707,60 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PERSONAL NO CUALIFICADO/AUXILIAR FABRICACION GRUPO D 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 10

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.069,65 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.044,74 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,24 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AYUDANTE ESPECIALISTA GRUPO C 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 9

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.093,06 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.395,96 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.093,06 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.093,06 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.093,06 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,29 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.093,06 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PROFESIONALES 2ª INDUSTRIA GRUPO C 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 8

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.128,24 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.923,71 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.128,24 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.128,24 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.128,24 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,36 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.128,24 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PROFESIONALES 1ª INDUSTRIA GRUPO C 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 8

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.164,17 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.462,60 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.164,17 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.164,17 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.164,17 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,44 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.164,17 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AUXILIARES ADMINISTRATIVOS GRUPO B 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 7

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.069,65 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.044,74 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,24 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.069,65 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVO GRUPO B 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 5

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.163,58 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.453,67 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.163,58 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.163,58 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.163,58 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,43 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.163,58 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
JEFE DE ADMINISTRACION GRUPO B 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 3

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.233,62 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.504,29 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,58 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
VIAJANTE GRUPO B 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 5

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.233,62 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.504,29 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,58 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
ENCARGADO GRUPO A 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 4

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.233,62 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.504,29 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,58 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.233,62 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
DIRECTO DE PRODUCCION GRUPO A 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 3

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.268,01 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 19.020,09 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,65 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AYUDANTE TECNICO GRUPO A 7 conceptos

Puestos: Grupo de cotización 2

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.268,01 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 19.020,09 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,65 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.268,01 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
Tabla salarial 2016 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA (ANTICIPO POR DÍA COMPLETO) D 15,00 € Art. 32: los gastos de viaje y desplazamiento por orden de la empresa se pagan contra justificante; se anticipan 15 € a cuenta por día completo.
PRESTACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD A 150,00 € Art. 51: 150 € por cada hijo con discapacidad física o psíquica reconocida, en el mes de octubre.
AYUDA PARA SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ A 20,00 € Art. 52: 20 € anuales al trabajador que presente una póliza suscrita por él que cubra muerte o invalidez total o absoluta por accidente y enfermedad.
APRENDIZ 16-19 AÑOS 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 646,12 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 9.691,87 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 646,12 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 646,12 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 646,12 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,35 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 646,12 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PEON 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.053,84 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 15.807,63 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AYUDANTE ESPECIALISTA 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.076,91 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.153,66 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.076,91 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.076,91 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.076,91 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,25 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.076,91 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PROFESIONALES 2ª INDUSTRIA 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.111,57 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.673,60 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,33 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PROFESIONALES 1ª INDUSTRIA 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.146,13 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.191,96 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,40 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 3ª OFICIALES AUXILIARES 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.111,57 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.673,60 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,33 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.111,57 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 2ª OFICIALES AUXILIARES 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.146,13 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.191,96 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,40 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 1ª OFICIALES AUXILIARES 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.146,97 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.204,53 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.146,97 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.146,97 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.146,97 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,40 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.146,97 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AUXILIARES ADMINISTRATIVOS 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.053,84 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 15.807,63 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.053,84 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 2ª ADMINISTRATRIVO 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.146,13 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.191,96 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,40 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.146,13 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVO 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.146,38 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.195,73 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.146,38 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.146,38 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.146,38 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,40 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.146,38 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
JEFE DE ADMINISTRACION 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.215,39 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.230,83 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,54 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
ENCARGADO 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.215,39 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.230,83 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,54 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
CONTRAMAESTRE 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.249,27 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.739,00 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,61 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AYUDANTE TECNICO 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.249,27 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.739,00 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,61 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.249,27 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
VIAJANTE 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.215,39 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.230,83 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,54 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.215,39 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
Tabla salarial 2015 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 3 conceptos
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DIETA (ANTICIPO POR DÍA COMPLETO) D 15,00 € Art. 32: los gastos de viaje y desplazamiento por orden de la empresa se pagan contra justificante; se anticipan 15 € a cuenta por día completo.
PRESTACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD A 150,00 € Art. 51: 150 € por cada hijo con discapacidad física o psíquica reconocida, en el mes de octubre.
AYUDA PARA SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ A 20,00 € Art. 52: 20 € anuales al trabajador que presente una póliza suscrita por él que cubra muerte o invalidez total o absoluta por accidente y enfermedad.
APRENDIZ 16-19 AÑOS 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 636,57 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 9.548,64 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 636,57 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 636,57 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 636,57 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,33 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 636,57 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PEON 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.038,27 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 15.574,02 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,17 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AYUDANTE ESPECIALISTA 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.060,99 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 15.914,93 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.060,99 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.060,99 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.060,99 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,22 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.060,99 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PROFESIONALES 2ª INDUSTRIA 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.095,14 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.427,20 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,29 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
PROFESIONALES 1ª INDUSTRIA 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.129,19 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.937,89 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,36 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 3ª OFICIALES AUXILIARES 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.095,14 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.427,20 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,29 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.095,14 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 2ª OFICIALES AUXILIARES 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.129,19 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.937,89 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,36 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 1ª OFICIALES AUXILIARES 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.130,02 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.950,27 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.130,02 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.130,02 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.130,02 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,36 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.130,02 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AUXILIARES ADMINISTRATIVOS 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.038,27 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 15.574,02 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,17 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.038,27 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 2ª ADMINISTRATRIVO 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.129,19 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.937,89 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,36 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.129,19 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVO 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.129,44 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 16.941,61 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.129,44 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.129,44 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.129,44 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,36 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.129,44 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
JEFE DE ADMINISTRACION 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.197,43 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.961,41 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,51 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
ENCARGADO 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.197,43 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.961,41 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,51 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
CONTRAMAESTRE 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.230,81 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.462,07 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,58 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
AYUDANTE TECNICO 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.230,81 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 18.462,07 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,58 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.230,81 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.
VIAJANTE 7 conceptos
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SALARIO BASE MENSUAL M 1.197,43 € Columna MES del anexo I.
SALARIO ANUAL A 17.961,41 € Columna AÑO del anexo I: 15 mensualidades (12 ordinarias, 2 pagas extra y la paga de beneficios), calculadas con decimales ocultos.
PAGA EXTRA DE VERANO A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 15 de julio.
PAGA EXTRA DE NAVIDAD A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 25: 30 días de salario base más antigüedad, en su caso; se abona el 21 de diciembre.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 26: 30 días de salario base y antigüedad, en su caso; la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,51 € estimado SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% Art. 24: cada hora trabajada entre las 22 y las 6 horas se incrementa un 25 %. Importe calculado con el salario anual de la tabla entre las 1.792 horas anuales del art. 28; estimado porque el convenio no define el valor de la hora.
PAGA DE PERMANENCIA (15 Y 25 AÑOS) A 1.197,43 € SAL_BASE Art. 27: una mensualidad de salario base y antigüedad, si procede, al cumplir 15 años en la empresa, y otra igual al cumplir 25 años, estando en activo.

Historia del convenio

01/01/2015 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2017 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de caucho, calzado y zapatillas vulcanizadas (Murcia)?

En 2017, el salario base va desde 707,60 € hasta 1.268,01 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Convenio 2015-2017, sustituido por adhesión a dos convenios estatales

Este convenio rigió del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2017 y siguió aplicándose hasta noviembre de 2021; ya no se aplica.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2017; se denunciaba automáticamente y seguía vigente hasta la firma de uno nuevo (arts. 3 y 4).
  • Por acuerdo de 16 de noviembre de 2021 (BORM 10/02/2022), las empresas que fabrican calzado (CNAE 1520) se adhieren de forma permanente al Convenio colectivo estatal de la industria del calzado (código 99000805011981).
  • Las que no fabrican calzado se adhieren al Convenio colectivo general de la industria química (código 99004235011981).
  • Las partes acuerdan no volver a negociar este convenio. La adhesión tiene efectos desde la firma del acuerdo; la jornada del nuevo convenio, desde el 1 de enero de 2022.
  • Quien ya trabajaba en el sector cobra un «complemento ad personam» no absorbible por la diferencia de salario base anual con el nuevo convenio; los contratados después, un «complemento de adhesión absorbible».

Subidas pactadas

El convenio pactó un 1 % para 2015 y un 1,5 % para 2016 y 2017.

  • 2015: tabla vigente + 1 % (art. 22).
  • 2016: salarios a 31/12/2015 + 1,5 %.
  • 2017: salarios a 31/12/2016 + 1,5 %, consolidado si la suma del IPC de 2016 y 2017 llegaba al menos a la de los incrementos; si la superaba, la diferencia se sumaba al 1,5 % de 2017.
  • En 2017 entra la clasificación funcional nueva: 11 categorías en cuatro grupos (A técnicos y dirección, B administración y comercial, C especialistas de fabricación, D no cualificados y auxiliares).

Dos pagas extra y la paga de beneficios

Además de las 12 mensualidades se cobran tres pagas de 30 días de salario base y antigüedad, en su caso.

  • Paga de verano: 15 de julio (art. 25).
  • Paga de Navidad: 21 de diciembre (art. 25).
  • Paga de beneficios: la mitad en la primera quincena de marzo y la otra mitad en la primera de octubre (art. 26).
  • Paga de permanencia: una mensualidad al cumplir 15 años en la empresa y otra a los 25, estando en activo (art. 27).

Complemento por incapacidad temporal

La empresa completa la prestación de la Seguridad Social hasta un porcentaje del salario de convenio.

  • Accidente laboral: hasta el 100 % del salario de convenio.
  • Enfermedad común o accidente no laboral: hasta el 95 % del salario de convenio si la baja dura más de 7 días, y entonces desde el primer día.
  • Con hospitalización: hasta el 100 % mientras dure.

Antigüedad congelada

El plus de antigüedad solo lo conserva, congelado, quien ya lo cobraba.

  • Se mantiene como garantía ad personam para quien lo percibía el 31/12/2003, en la misma cantidad y sin incrementos (art. 23).
  • Desde el 1 de enero de 1998 los nuevos contratados no lo generan.
  • Los años de aprendizaje cuentan a todos los efectos, incluida la antigüedad (art. 48).

Jornada de alta y baja producción y vacaciones

La jornada es de 1.792 horas al año, repartida en periodos de alta y baja producción.

  • Alta producción (del 15 de enero al 15 de abril, y julio, agosto y septiembre, salvo pacto): jornada diaria de nueve horas y media sin que ninguna sea extraordinaria.
  • Baja producción (del 1 de octubre al 15 de enero y del 15 de abril al 30 de junio): jornada máxima de seis horas y media.
  • Del 1 al 15 de diciembre empresa y comité compensan los desajustes con el cómputo anual (art. 28).
  • Nocturnidad: cada hora entre las 22 y las 6 se incrementa un 25 % (art. 24).
  • Vacaciones: 30 días naturales, 15 ininterrumpidos entre el 15 de julio y el 15 de octubre y 15 en Navidad, salvo pacto; no pueden empezar en sábado, domingo ni festivo (art. 31).

Otras mejoras sociales

El convenio incluye estas mejoras.

  • Prestación de 150 € en octubre por cada hijo con discapacidad física o psíquica reconocida (art. 51).
  • 20 € anuales a quien presente una póliza propia que cubra muerte o invalidez total o absoluta (art. 52).
  • Viajes y desplazamientos por orden de la empresa, contra justificante, con un anticipo de 15 € por día completo (art. 32).
  • Traslado forzoso: gastos de locomoción y mudanza, dos meses de salario real y vivienda similar o diferencia de renta (art. 17).
  • Prendas de trabajo: dos batas al año para técnicos; mono de invierno y camisa y pantalón de verano para el personal obrero (art. 47).

Permisos, prueba y contratación

Permisos retribuidos y reglas propias de contratación.

  • 15 días naturales por matrimonio o inscripción de pareja de hecho; 3 días por nacimiento o adopción (2 más si hay enfermedad o desplazamiento); 3 días naturales por enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta segundo grado (2 más con desplazamiento); 1 día por boda de hijos o hermanos; 1 día por traslado, 2 si es fuera de la localidad (art. 33).
  • Licencias sin sueldo de hasta tres meses, con dos años entre una y otra (art. 34).
  • Periodo de prueba: técnicos titulados 6 meses, técnicos no titulados 3, administrativos 2, especialistas 1 mes, no cualificados 15 días (art. 13).
  • Preaviso de baja voluntaria: 2 meses el personal técnico (1 mes administrativos, técnicos de oficina y ventas); 15 días especialistas y no cualificados; se descuenta un día de salario por día de retraso (art. 21).
  • Eventuales: hasta 12 meses de trabajo efectivo en 18. Fijos discontinuos: hasta el 90 % de la jornada ordinaria, llamamiento con 15 días de preaviso al inicio de campaña; pasan a fijos continuos si superan ese máximo dos años seguidos o cuatro alternos (art. 10).
  • Aprendizaje: máximo 32 meses, de 16 a 25 años, con el salario de la tabla (art. 48).

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