Convenio colectivo · REGCON 47000555011982

Convenio colectivo del campo para la provincia de Valladolid 2019-2023 (sustituido)

Valladolid Campo (agricultura y ganadería) Ámbito provincial Vigencia 01/01/2019 — 31/12/2023
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Valladolid nº 2021/94 de 20/05/2021.
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Convenio sustituido Su vigencia terminó el 31/12/2023 y desde el 01/01/2024 el sector se rige por OTRO convenio: Convenio colectivo del campo para la provincia de Valladolid 2024-2026 (código 47100645012024, BOP de Valladolid nº 2024/129 de 5 de julio de 2024). Las tablas de esta ficha son las últimas que publicó este convenio y ya NO se aplican. Ver el convenio que se aplica ahora.

Tabla salarial 2023 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
MEDIA DIETA E 11,00 € Art. 25 y tabla: cuando hay que desplazarse fuera del término municipal o colindante y comer fuera de casa. Congelada los cinco años de vigencia.
DIETA COMPLETA E 38,00 € Art. 25 y tabla: cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera del domicilio. La tabla imprime «38,00 sin pernocta». Congelada los cinco años.
DESPLAZAMIENTO H 0,24 € Art. 25 y tabla: 0,24 € por kilómetro con vehículo propio cuando la empresa no pone medios de transporte.
ANTIGÜEDAD M — DIAS_ANTIGUEDAD*SAL_DIA/14 Art. 16: premio a la permanencia del personal fijo, en días de salario de convenio (4 días al cumplir el trienio, 3 más por año hasta los 15 y 2 más por año hasta los 20, tope de 50 días), según la fórmula «nº de días × salario/día/categoría ÷ 14 meses». El boletín no publica su importe en euros y el «salario/día» no queda definido para el personal con retribución mensual, así que no se calcula.
INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 23.119,76 € Art. 24 y acta de 07/03/2022: seguro de accidentes de trabajo, obligatorio para el personal fijo y voluntario para el eventual, desde la publicación del convenio (20/05/2021).
INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 27.523,53 € Art. 24 y acta de 07/03/2022: invalidez permanente absoluta o gran invalidez por accidente de trabajo.
CAPATAZ TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 17.388,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.242,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 13,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 310,50 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.242,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.242,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 15.120,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.080,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 11,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 270,00 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.080,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.080,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PEÓN TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 15.120,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.080,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 10,82 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 270,00 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.080,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.080,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
CAPATAZ TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 78,62 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 9,83 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 12,68 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 19,66 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 68,24 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 8,53 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 11,26 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 17,06 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
PEÓN TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 68,24 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 8,53 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 10,57 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 17,06 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
Tabla salarial 2022 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
MEDIA DIETA E 11,00 € Art. 25 y tabla: cuando hay que desplazarse fuera del término municipal o colindante y comer fuera de casa. Congelada los cinco años de vigencia.
DIETA COMPLETA E 38,00 € Art. 25 y tabla: cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera del domicilio. La tabla imprime «38,00 sin pernocta». Congelada los cinco años.
DESPLAZAMIENTO H 0,24 € Art. 25 y tabla: 0,24 € por kilómetro con vehículo propio cuando la empresa no pone medios de transporte.
ANTIGÜEDAD M — DIAS_ANTIGUEDAD*SAL_DIA/14 Art. 16: premio a la permanencia del personal fijo, en días de salario de convenio (4 días al cumplir el trienio, 3 más por año hasta los 15 y 2 más por año hasta los 20, tope de 50 días), según la fórmula «nº de días × salario/día/categoría ÷ 14 meses». El boletín no publica su importe en euros y el «salario/día» no queda definido para el personal con retribución mensual, así que no se calcula.
INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 23.119,76 € Art. 24 y acta de 07/03/2022: seguro de accidentes de trabajo, obligatorio para el personal fijo y voluntario para el eventual, desde la publicación del convenio (20/05/2021).
INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 27.523,53 € Art. 24 y acta de 07/03/2022: invalidez permanente absoluta o gran invalidez por accidente de trabajo.
CAPATAZ TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 16.100,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.150,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 13,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 287,50 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.150,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.150,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 14.000,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.000,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 11,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 250,00 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.000,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.000,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PEÓN TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 14.000,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.000,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 10,82 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 250,00 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.000,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.000,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
CAPATAZ TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 72,80 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 9,10 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 12,68 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 18,20 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 63,19 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,90 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 11,26 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,80 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
PEÓN TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 63,19 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,90 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 10,57 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,80 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
Tabla salarial 2021 (enero-agosto) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
MEDIA DIETA E 11,00 € Art. 25 y tabla: cuando hay que desplazarse fuera del término municipal o colindante y comer fuera de casa. Congelada los cinco años de vigencia.
DIETA COMPLETA E 38,00 € Art. 25 y tabla: cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera del domicilio. La tabla imprime «38,00 sin pernocta». Congelada los cinco años.
DESPLAZAMIENTO H 0,24 € Art. 25 y tabla: 0,24 € por kilómetro con vehículo propio cuando la empresa no pone medios de transporte.
ANTIGÜEDAD M — DIAS_ANTIGUEDAD*SAL_DIA/14 Art. 16: premio a la permanencia del personal fijo, en días de salario de convenio (4 días al cumplir el trienio, 3 más por año hasta los 15 y 2 más por año hasta los 20, tope de 50 días), según la fórmula «nº de días × salario/día/categoría ÷ 14 meses». El boletín no publica su importe en euros y el «salario/día» no queda definido para el personal con retribución mensual, así que no se calcula.
INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 21.962,90 € Art. 24: seguro de accidentes de trabajo, obligatorio para el personal fijo y voluntario para el eventual, desde la publicación del convenio (20/05/2021).
INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 26.146,31 € Art. 24: invalidez permanente absoluta o gran invalidez por accidente de trabajo.
CAPATAZ TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 15.381,25 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.109,75 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 13,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 277,44 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.109,75 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.109,75 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 13.375,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 965,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 11,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 241,25 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PEÓN TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 13.375,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 965,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 10,82 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 241,25 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
CAPATAZ TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 70,25 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 8,78 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 12,68 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 17,56 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 60,98 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,62 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 11,26 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,24 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
PEÓN TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 60,98 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,62 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 10,57 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,24 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
Tabla salarial 2021 (septiembre-diciembre) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
MEDIA DIETA E 11,00 € Art. 25 y tabla: cuando hay que desplazarse fuera del término municipal o colindante y comer fuera de casa. Congelada los cinco años de vigencia.
DIETA COMPLETA E 38,00 € Art. 25 y tabla: cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera del domicilio. La tabla imprime «38,00 sin pernocta». Congelada los cinco años.
DESPLAZAMIENTO H 0,24 € Art. 25 y tabla: 0,24 € por kilómetro con vehículo propio cuando la empresa no pone medios de transporte.
ANTIGÜEDAD M — DIAS_ANTIGUEDAD*SAL_DIA/14 Art. 16: premio a la permanencia del personal fijo, en días de salario de convenio (4 días al cumplir el trienio, 3 más por año hasta los 15 y 2 más por año hasta los 20, tope de 50 días), según la fórmula «nº de días × salario/día/categoría ÷ 14 meses». El boletín no publica su importe en euros y el «salario/día» no queda definido para el personal con retribución mensual, así que no se calcula.
INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 21.962,90 € Art. 24: seguro de accidentes de trabajo, obligatorio para el personal fijo y voluntario para el eventual, desde la publicación del convenio (20/05/2021).
INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 26.146,31 € Art. 24: invalidez permanente absoluta o gran invalidez por accidente de trabajo.
CAPATAZ TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 15.381,25 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.109,75 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 13,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 277,44 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.109,75 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.109,75 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 13.375,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 965,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 11,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 241,25 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PEÓN TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 13.375,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 965,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 10,82 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 241,25 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 965,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
CAPATAZ TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 70,25 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 8,78 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 12,68 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 17,56 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 60,98 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,62 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 11,26 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,24 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
PEÓN TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

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SALARIO DÍA D 60,98 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,62 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 10,57 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,24 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
Tabla salarial 2020 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 4 conceptos
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MEDIA DIETA E 11,00 € Art. 25 y tabla: cuando hay que desplazarse fuera del término municipal o colindante y comer fuera de casa. Congelada los cinco años de vigencia.
DIETA COMPLETA E 38,00 € Art. 25 y tabla: cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera del domicilio. La tabla imprime «38,00 sin pernocta». Congelada los cinco años.
DESPLAZAMIENTO H 0,24 € Art. 25 y tabla: 0,24 € por kilómetro con vehículo propio cuando la empresa no pone medios de transporte.
ANTIGÜEDAD M — DIAS_ANTIGUEDAD*SAL_DIA/14 Art. 16: premio a la permanencia del personal fijo, en días de salario de convenio (4 días al cumplir el trienio, 3 más por año hasta los 15 y 2 más por año hasta los 20, tope de 50 días), según la fórmula «nº de días × salario/día/categoría ÷ 14 meses». El boletín no publica su importe en euros y el «salario/día» no queda definido para el personal con retribución mensual, así que no se calcula.
CAPATAZ TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Capataces

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SALARIO AÑO A 15.295,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.092,50 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 13,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 273,13 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.092,50 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.092,50 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

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SALARIO AÑO A 13.300,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 950,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 11,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 237,50 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 950,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 950,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PEÓN TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

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SALARIO AÑO A 13.300,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 950,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 10,82 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 237,50 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 950,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 950,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
CAPATAZ TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Capataces

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SALARIO DÍA D 69,16 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 8,65 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 12,68 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 17,29 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

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SALARIO DÍA D 60,03 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,50 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 11,26 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,01 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
PEÓN TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 60,03 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,50 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 10,57 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 15,01 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
Tabla salarial 2019 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
MEDIA DIETA E 11,00 € Art. 25 y tabla: cuando hay que desplazarse fuera del término municipal o colindante y comer fuera de casa. Congelada los cinco años de vigencia.
DIETA COMPLETA E 38,00 € Art. 25 y tabla: cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera del domicilio. La tabla imprime «38,00 sin pernocta». Congelada los cinco años.
DESPLAZAMIENTO H 0,24 € Art. 25 y tabla: 0,24 € por kilómetro con vehículo propio cuando la empresa no pone medios de transporte.
ANTIGÜEDAD M — DIAS_ANTIGUEDAD*SAL_DIA/14 Art. 16: premio a la permanencia del personal fijo, en días de salario de convenio (4 días al cumplir el trienio, 3 más por año hasta los 15 y 2 más por año hasta los 20, tope de 50 días), según la fórmula «nº de días × salario/día/categoría ÷ 14 meses». El boletín no publica su importe en euros y el «salario/día» no queda definido para el personal con retribución mensual, así que no se calcula.
CAPATAZ TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Capataces

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SALARIO AÑO A 14.490,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 1.035,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 13,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 258,75 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.035,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.035,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 12.600,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 900,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 11,50 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 225,00 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 900,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 900,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PEÓN TRABAJADORES FIJOS 6 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO AÑO A 12.600,00 € Columna «salario año» del personal fijo: total anual con las pagas de junio y diciembre, sin antigüedad (art. 15).
SALARIO MES M 900,00 € Columna «salario mes» del personal fijo.
H. EXTRAS H 10,82 € Hora extraordinaria del personal fijo (art. 21: voluntarias, máximo 80 al año); las de ganadería se igualan a las de agricultura, precio congelado.
NOCTURNIDAD M 225,00 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: el trabajo nocturno (horario del art. 36 ET) se incrementa un 25 % sobre el salario convenio. Calculado sobre el salario mes de esta categoría.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 900,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de junio; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 900,00 € SAL_BASE Art. 17: en los veinte primeros días de diciembre; incluye la antigüedad. Ya está dentro del salario año.
CAPATAZ TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Capataces

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 65,52 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 8,19 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 12,68 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 16,38 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
OFICIAL DE 2ª TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as cualificados/as; personal administrativo (asimilado por el art. 15)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 56,97 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,12 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 11,26 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 14,24 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.
PEÓN TRABAJADORES EVENTUALES 4 conceptos

Puestos: Trabajadores/as no cualificados/as

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO DÍA D 56,97 € Columna «salario día» del personal eventual: incluye la parte proporcional de vacaciones, pagas extra y festivos (art. 15).
SALARIO HORA H 7,12 € Columna «salario hora» del personal eventual (salario día / 8), con las mismas partes proporcionales.
H. EXTRAS H 10,57 € Hora extraordinaria del personal eventual (art. 21).
NOCTURNIDAD D 14,24 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 18: incremento del 25 % sobre el salario convenio por trabajo nocturno. Calculado sobre el salario día.

Historia del convenio

01/01/2019 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2023 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de campo (agricultura y ganadería) (Valladolid)?

En 2023, el salario base va desde 68,24 € hasta 17.388,00 € al año según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Convenio 2019-2023, sustituido por el convenio del campo 2024-2026

Este convenio rigió del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2023; ya no se aplica.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2023, con denuncia automática y vigencia íntegra hasta la firma de un nuevo convenio (art. 3).
  • Desde el 1 de enero de 2024 rige el convenio del campo de la provincia de Valladolid 2024-2026 (BOP de 05/07/2024). El boletín no imprime su código: REGCON lo inscribió en un expediente nuevo, el 47100645012024.
  • Las tablas de 2025 y 2026 del convenio nuevo se registraron también en el expediente antiguo (el BOP de 03/06/2026 imprime «Código: 47000555011982»): son del convenio 2024-2026 y están en su ficha.

Salarios ligados al SMI

Los salarios se actualizan cada año al salario mínimo interprofesional, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2019.

  • 2019: SMI de 900 €/mes; 2020: 950 €/mes (art. 15).
  • 2021: la tabla publicada con el convenio era provisional; la definitiva (BOP 12/04/2022) tiene dos tramos: 950 €/mes hasta el 31 de agosto y 965 €/mes desde el 1 de septiembre.
  • 2022: 1.000 €/mes; 2023: 1.080 €/mes.
  • El capataz cobra el salario del oficial de 2.ª incrementado en un 15 %; el personal administrativo se asimila al oficial de 2.ª.
  • Dietas, kilometraje y horas extra de ganadería quedan congelados toda la vigencia (arts. 21 y 25).

Pagas de junio y diciembre

El personal fijo cobra dos pagas extraordinarias, ya incluidas en el salario anual de las tablas.

  • Se abonan en los veinte primeros días de junio y de diciembre; la antigüedad forma parte de ellas (art. 17).
  • Quien entra o sale durante el año las cobra en proporción al tiempo trabajado.
  • El personal eventual las tiene prorrateadas en el salario día y en el salario hora, junto con las vacaciones y los festivos (art. 15).

Antigüedad en días de salario

El personal fijo cobra un premio a la permanencia que se mide en días de salario de convenio.

  • 4 días al cumplir el trienio y 3 más por cada año hasta los 15 años (40 días).
  • Desde los 15 hasta los 20 años, 2 días más por año (50 días a los 20).
  • Fórmula del convenio: nº de días × salario/día/categoría ÷ 14 meses (art. 16).

Jornada y vacaciones

La jornada máxima de trabajo efectivo baja cada año de 2021 a 2023.

  • 1.792 horas en 2021, 1.788 en 2022 y 1.784 en 2023, sin pasar de 40 horas semanales ordinarias (art. 9); el convenio no fija la de 2019 y 2020.
  • Si el centro no es fijo y la empresa pone el transporte, la jornada empieza al subir al vehículo.
  • Por mal tiempo, las horas perdidas se recuperan alargando hasta dos horas al día, sin ser extraordinarias ni superar el cómputo anual (art. 10).
  • Vacaciones: 30 días naturales, divisibles en dos periodos de 15, nunca en los momentos de más producción; sin acuerdo, el trabajador fija 15 días entre abril y junio o septiembre y octubre (art. 11).
  • Nocturnidad: el trabajo nocturno se paga con un 25 % más sobre el salario convenio (art. 18). Horas extra voluntarias, máximo 80 al año (art. 21).

Complemento por incapacidad temporal

Solo se complementan las bajas profesionales.

  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional: la empresa complementa hasta el 100 % del salario real desde el primer día.
  • Enfermedad común: lo que diga la legislación vigente, sin complemento del convenio.

Permisos y otras mejoras

El convenio incluye estas mejoras.

  • 15 días naturales por matrimonio (también parejas de hecho); 2 días por fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta segundo grado, 4 con desplazamiento; 1 día por traslado; 1 día por bautizo de hijo o hermano y por boda de parientes hasta segundo grado (art. 12).
  • Un día de permiso retribuido por San Isidro Labrador, además de los 14 festivos; hasta 8 horas al año para acompañar a consulta médica a familiares mayores de 70 años o hijos menores de 12.
  • Premio de jubilación según antigüedad y edad: de 8 a 10 años, de 1 mes (67 años) a 5 meses (63 años); de 10 a 15 años, de 2 a 6 meses; más de 15 años, de 3 a 7 meses (art. 23).
  • Seguro de accidentes de trabajo desde la publicación del convenio: 21.962,90 € por fallecimiento y 26.146,31 € por invalidez en 2021; 23.119,76 € y 27.523,53 € desde 2022 (art. 24).
  • Dos monos, guantes y un par de botas al año, ropa de abrigo en invierno y reposición de lo deteriorado (art. 20).
  • Formación obligatoria dentro de la jornada, como tiempo de trabajo efectivo (art. 32).

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