Vigencia, denuncia y situación actual del convenio
El convenio se pactó para dos años, del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2010, y su denuncia es automática al vencer.
- Ámbito: todas las empresas y centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de La Rioja dedicados a tintorerías, limpieza de ropa, lavanderías, autoservicios y obradores de planchado a mano o a máquina (art. 1).
- Duración: dos años, del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2010, cualquiera que sea la fecha de publicación en el BOR (art. 3).
- Denuncia: se produce automáticamente al finalizar la vigencia, sin necesidad de preaviso (art. 4).
- El 31 de julio de 2013 la Comisión Negociadora acordó prorrogar la ultraactividad del convenio hasta el 31 de diciembre de 2013, mientras continuaba la negociación del nuevo texto (BOR de 2 de octubre de 2013).
- Después del 31 de diciembre de 2013 no consta publicado en el Boletín Oficial de La Rioja ningún convenio nuevo, prórroga, revisión ni tabla salarial de este sector.
- El texto no regula qué ocurre una vez agotada la ultraactividad: para eso hay que estar a lo dispuesto en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores.
- Vinculación a la totalidad: si la autoridad laboral no aprobara alguno de los artículos, el convenio queda sin efecto y debe reconsiderarse íntegramente su articulado (art. 23).