Vigencia, prórroga y convenio aplicable en hoteles
El convenio rige desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2016 y se prorroga tácitamente año a año si nadie lo denuncia.
- Vigencia pactada: del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2016 (art. 2).
- Efectos económicos desde el 1 de enero de 2013, con independencia de la fecha de firma, homologación y publicación (art. 4).
- Prórroga tácita por años sucesivos «en todos los conceptos» si ninguna parte lo denuncia con tres meses de antelación (art. 2); la denuncia se hace por escrito registrado ante la autoridad laboral con dos meses de antelación.
- Presentada una plataforma de nuevo convenio, la comisión negociadora se constituye en 30 días y la negociación empieza dentro de los 30 días siguientes (art. 2).
- No consta denuncia ni convenio posterior en el Boletín Oficial de Canarias; REGCON anota revisiones salariales automáticas en 2015 y 2020 sin ningún documento publicado.
- Las condiciones del convenio son mínimas: se respetan ad personam las situaciones individuales más beneficiosas en cómputo anual (arts. 5 y 6).
- Si una sentencia firme declarase ilegal cualquiera de sus normas, el convenio entero quedaría sin validez y las partes negociarían de nuevo (disposición adicional segunda).
- En lo no previsto se aplica única y exclusivamente el Estatuto de los Trabajadores y sus normas complementarias, sin acudir a otros convenios ni ordenanzas (disposición adicional primera).
- El convenio provincial de hostelería de Las Palmas obliga, en su art. 1, a aplicar sus condiciones y su tabla salarial al personal de empresas de servicios puesto a disposición de establecimientos hosteleros mientras presta esos servicios; la empresa impugnó esa cláusula y el TSJ de Canarias (sentencia 1437/2019) y el Tribunal Supremo (sentencia 718/2022, firme) desestimaron la impugnación.
- Por ese motivo, varias sentencias del TSJ de Canarias han aplicado las tablas del convenio de hostelería, y no las de este convenio, a trabajadores de la empresa destinados en hoteles (ver jurisprudencia).