Vigencia y ultraactividad
Convenio de tres años, del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025, que sigue aplicándose entero hasta que se firme el que lo sustituya.
- Entra en vigor el 1 de enero de 2023, con independencia de su publicación en el BOP.
- Duración: hasta el 31 de diciembre de 2025.
- La denuncia se entiende producida de forma automática en el mes anterior al fin de la vigencia, sin comunicación entre las partes.
- Para evitar el vacío normativo, sigue en vigor en todos sus términos hasta el acuerdo y la firma del convenio que lo sustituya.
- A fecha de este procesado no consta en el BOP de Ávila un convenio posterior: las tablas de 2025 son las últimas publicadas.
- Las diferencias retributivas por la entrada en vigor se abonan en un máximo de dos meses desde la publicación en el BOP (disposición adicional).