| Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos |
| PLUS FIN DE SEMANA (CON PRORRATEO DE VACACIONES) | E | 84,61 € | Art. 21.2: por cada día efectivamente trabajado en sábado o domingo (personal de lunes a domingo con descanso intersemanal compensatorio). |
| PLUS FIN DE SEMANA (SIN PRORRATEO DE VACACIONES) | E | 92,30 € | Art. 21.2: variante sin prorrateo en vacaciones. |
| PLUS TERCER FIN DE SEMANA CONSECUTIVO | E | 44,84 € | Art. 21.2: importe adicional por cada día en sábado o domingo a partir del tercer fin de semana consecutivo trabajado. |
| PLUS DE NOCTURNIDAD | M | — | (SAL_BASE_ANUAL + 3 pagas) / HORAS_PACTADAS * 0.25 25% Art. 21.1: 25 % del valor de la hora ordinaria, por cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. No aplica a serenos, vigilantes y guardas jurados con salario fijado como nocturno. |
| Dietas, transporte y gastos |
| KILOMETRAJE | H | 0,19 € | Art. 24: 0,19 €/km; se incrementa igual que el convenio siempre que suba el importe máximo exento fiscalmente. |
| Ayudas sociales y premios |
| AYUDA MATRÍCULA | A | 131,79 € | Anexo IV, «Otros conceptos» (columna inicial, regularización +3,60 %). Art. 34: por la inscripción de los menores desde las 16 semanas de su nacimiento en el mes de septiembre y hasta los 22 años (menores con discapacidad sin límite de edad si están escolarizados), previa presentación del justificante de inscripción en cualquier centro de enseñanza. |
| AYUDA PERSONAS CON DISCAPACIDAD | M | 220,46 € | Anexo IV, «Otros conceptos» (columna inicial, regularización +3,60 %). Art. 37: ayuda mensual a quien tenga algún menor con discapacidad que no realice trabajo retribuido, acreditada por certificado médico y reconocida por la Seguridad Social. |
| PREMIO NUPCIALIDAD | A | 165,75 € | Anexo IV, «Otros conceptos» (columna inicial, regularización +3,60 %). Art. 28.a): en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho, además de los dieciséis días naturales de permiso. Pago único por cada hecho causante. |
| Otros conceptos |
| PLUS DISPONIBILIDAD | A | 336,31 € | Art. 25.4: suma anual, pago único, para quien acuerde reducir a uno al mes los fines de semana que coincidan con el descanso. |