Convenio colectivo · REGCON 08003235011994

Convenio colectivo de oficinas de farmacia de la provincia de Barcelona

Barcelona Oficinas de farmacia Ámbito provincial Vigencia 01/01/2020 — 31/12/2022
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: Conveni col·lectiu de treball per a oficines de farmàcia de la província de Barcelona 2020-2022 — BOPB de 24/05/2022 (CVE 202210079801).
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En ultraactividad Venció el 31/12/2022, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2022, 1.er semestre (+2,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
INDEMNITZACIÓ PER MORT A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce la muerte, la empresa abona 37.000,00 € al cónyuge superviviente o a los derechohabientes, a tanto alzado y de una sola vez. La empresa puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único, no mensual.
INDEMNITZACIÓ PER INVALIDESA A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce una incapacidad permanente total o superior, la empresa abona 37.000,00 € a la persona trabajadora, de una sola vez. Puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único.
AJUT A LA FORMACIÓ (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 400,00 € Art. 46.1: reintegro de la matrícula de cursos de formación, reciclaje o perfeccionamiento relacionados con el trabajo en la farmacia, seguidos fuera del horario, justificando pago, asistencia y aprovechamiento. Límite: 400,00 € al año por persona.
AJUT A LA FORMACIÓ AMPLIAT (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 550,00 € Art. 46.3: el límite sube a 550,00 € al año si antes se hizo, fuera de horas, un programa, curso o seminario promovido por las partes firmantes con un centro acreditado.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (20 ANYS D'ANTIGUITAT, 65 ANYS) A — BRUTO*2.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 20 años de servicio en la empresa y 65 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 2,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 63 I 64 ANYS) A — BRUTO*3.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 63 i 64 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 3,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 61 I 62 ANYS) A — BRUTO*4.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 61 i 62 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 4,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 58, 59 O 60 ANYS) A — BRUTO*5.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 58, 59 o 60 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 5,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
DOCTOR/A-FACULTATIU/VA GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 49 conceptos

Puestos: Doctor en farmacia; Doctora en farmacia; Licenciado en farmacia; Licenciada en farmacia; Farmacéutico; Farmacéutica; Farmacéutico sustituto; Farmacéutica sustituta

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.829,11 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.829,11 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.829,11 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 152,43 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 27,44 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 457,28 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 457,28 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
PLUS SUBSTITUT (JORN. COMPLETA) M 170,00 € Art. 28 y tabla: complemento funcional mensual, 12 mensualidades, para el licenciado/a en farmacia colegiado/a y habilitado/a que ejerce como sustituto/a del titular, a jornada completa. No consolidable, compensable y absorbible, y no afecta a las pagas extra. Importes: 130,00 € en 2020 y 2021 y 170,00 € en 2022.
PLUS SUBSTITUT (TEMPS PARCIAL) M 104,00 € Art. 28 y tabla: el mismo complemento cuando el sustituto trabaja a tiempo parcial: 104,00 € al mes en toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DOCTOR/A-LLICENCIAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 47 conceptos

Puestos: Licenciado no farmacéutico; Licenciada no farmacéutica; Ortopedista; Biólogo; Bióloga; Óptico; Óptica

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.644,45 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.644,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.644,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 137,04 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 24,67 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 411,11 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 411,11 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR MAJOR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar mayor diplomado; Auxiliar mayor diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.492,95 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.492,95 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.492,95 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 124,41 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 22,39 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 373,24 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 373,24 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,59 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 13,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 14,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,91 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,73 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 17,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 21,82 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 15,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 16,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 17,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,98 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 22,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 23,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 25,33 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar diplomado; Auxiliar diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.434,81 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 119,57 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 21,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
TÈCNIC FARMÀCIA/PARAFARMÀCIA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Técnico en farmacia y parafarmacia; Técnica en farmacia y parafarmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.434,81 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 119,57 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 21,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DIPLOMAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 7 conceptos

Puestos: Diplomado no farmacéutico; Diplomada no farmacéutica; Analista; Podólogo; Podóloga; Dietista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.350,89 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.350,89 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.350,89 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 112,57 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 20,26 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 337,72 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 337,72 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
AUXILIAR DE FARMÀCIA GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Auxiliar de farmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.301,39 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.301,39 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.301,39 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 108,45 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 19,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 325,35 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 325,35 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL OFICIS VARIS GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Personal de oficios varios; Esteticista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.078,93 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.078,93 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.078,93 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 89,91 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 16,18 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 269,73 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 269,73 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
CAP ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Jefe administrativo; Jefa administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.334,45 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.334,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.334,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 111,20 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 20,02 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 333,61 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 333,61 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
COMPTABLE-CAIXER/A GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Contable; Cajero; Cajera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.234,74 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 102,89 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 18,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
OFICIAL ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Oficial administrativo; Oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.234,74 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 102,89 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 18,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo; Auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.079,56 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 89,96 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 16,19 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
MOSSO/A GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 47 conceptos

Puestos: Mozo; Moza

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.079,56 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 89,96 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 16,19 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL DE NETEJA GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 47 conceptos

Puestos: Personal de limpieza; Limpiador; Limpiadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.029,64 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.029,64 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.029,64 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 85,80 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 15,44 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 257,41 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 257,41 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
Tabla salarial 2022, 2.º semestre (+72 € en el salario base) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
INDEMNITZACIÓ PER MORT A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce la muerte, la empresa abona 37.000,00 € al cónyuge superviviente o a los derechohabientes, a tanto alzado y de una sola vez. La empresa puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único, no mensual.
INDEMNITZACIÓ PER INVALIDESA A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce una incapacidad permanente total o superior, la empresa abona 37.000,00 € a la persona trabajadora, de una sola vez. Puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único.
AJUT A LA FORMACIÓ (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 400,00 € Art. 46.1: reintegro de la matrícula de cursos de formación, reciclaje o perfeccionamiento relacionados con el trabajo en la farmacia, seguidos fuera del horario, justificando pago, asistencia y aprovechamiento. Límite: 400,00 € al año por persona.
AJUT A LA FORMACIÓ AMPLIAT (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 550,00 € Art. 46.3: el límite sube a 550,00 € al año si antes se hizo, fuera de horas, un programa, curso o seminario promovido por las partes firmantes con un centro acreditado.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (20 ANYS D'ANTIGUITAT, 65 ANYS) A — BRUTO*2.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 20 años de servicio en la empresa y 65 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 2,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 63 I 64 ANYS) A — BRUTO*3.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 63 i 64 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 3,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 61 I 62 ANYS) A — BRUTO*4.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 61 i 62 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 4,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 58, 59 O 60 ANYS) A — BRUTO*5.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 58, 59 o 60 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 5,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
DOCTOR/A-FACULTATIU/VA GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 49 conceptos

Puestos: Doctor en farmacia; Doctora en farmacia; Licenciado en farmacia; Licenciada en farmacia; Farmacéutico; Farmacéutica; Farmacéutico sustituto; Farmacéutica sustituta

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.829,11 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.829,11 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.829,11 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 152,43 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 27,44 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 457,28 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 457,28 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
PLUS SUBSTITUT (JORN. COMPLETA) M 170,00 € Art. 28 y tabla: complemento funcional mensual, 12 mensualidades, para el licenciado/a en farmacia colegiado/a y habilitado/a que ejerce como sustituto/a del titular, a jornada completa. No consolidable, compensable y absorbible, y no afecta a las pagas extra. Importes: 130,00 € en 2020 y 2021 y 170,00 € en 2022.
PLUS SUBSTITUT (TEMPS PARCIAL) M 104,00 € Art. 28 y tabla: el mismo complemento cuando el sustituto trabaja a tiempo parcial: 104,00 € al mes en toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DOCTOR/A-LLICENCIAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 47 conceptos

Puestos: Licenciado no farmacéutico; Licenciada no farmacéutica; Ortopedista; Biólogo; Bióloga; Óptico; Óptica

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.644,45 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.644,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.644,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 137,04 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 24,67 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 411,11 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 411,11 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR MAJOR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar mayor diplomado; Auxiliar mayor diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.492,95 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.492,95 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.492,95 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 124,41 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 22,39 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 373,24 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 373,24 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,59 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 13,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 14,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,91 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,73 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 17,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 21,82 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 15,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 16,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 17,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,98 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 22,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 23,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 25,33 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar diplomado; Auxiliar diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.434,81 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 119,57 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 21,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
TÈCNIC FARMÀCIA/PARAFARMÀCIA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Técnico en farmacia y parafarmacia; Técnica en farmacia y parafarmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.434,81 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.434,81 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 119,57 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 21,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 358,70 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DIPLOMAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 7 conceptos

Puestos: Diplomado no farmacéutico; Diplomada no farmacéutica; Analista; Podólogo; Podóloga; Dietista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.350,89 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.350,89 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.350,89 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 112,57 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 20,26 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 337,72 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 337,72 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
AUXILIAR DE FARMÀCIA GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Auxiliar de farmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.301,39 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.301,39 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.301,39 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 108,45 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 19,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 325,35 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 325,35 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL OFICIS VARIS GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Personal de oficios varios; Esteticista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.078,93 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.078,93 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.078,93 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 89,91 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 16,18 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 269,73 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 269,73 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
CAP ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Jefe administrativo; Jefa administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.334,45 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.334,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.334,45 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 111,20 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 20,02 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 333,61 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 333,61 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
COMPTABLE-CAIXER/A GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Contable; Cajero; Cajera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.234,74 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 102,89 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 18,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
OFICIAL ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Oficial administrativo; Oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.234,74 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.234,74 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 102,89 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 18,52 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 308,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo; Auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.079,56 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 89,96 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 16,19 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
MOSSO/A GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 47 conceptos

Puestos: Mozo; Moza

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.079,56 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.079,56 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 89,96 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 16,19 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 269,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL DE NETEJA GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 47 conceptos

Puestos: Personal de limpieza; Limpiador; Limpiadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.029,64 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29). Incluye los 72,00 € mensuales que se sumaron al SB desde el 1 de julio de 2022 para compensar la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.029,64 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.029,64 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 85,80 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla del 2.º semestre de 2022. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 15,44 € SAL_BASE*0.015 1.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 257,41 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 257,41 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
Tabla salarial 2021 (+2,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS TRANSPORT M 73,40 € Art. 31 y tabla: plus mensual para compensar el desplazamiento del domicilio al centro de trabajo, solo si el trayecto supera 1 km. Se abona 11 meses al año (no en vacaciones). Compensable y absorbible. Importes: 73,40 € en 2020 y 2021 y 75,00 € en 2022 hasta el 30 de junio; SUPRIMIDO desde el 1 de julio de 2022 (compensado con +72 € en el SB).
INDEMNITZACIÓ PER MORT A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce la muerte, la empresa abona 37.000,00 € al cónyuge superviviente o a los derechohabientes, a tanto alzado y de una sola vez. La empresa puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único, no mensual.
INDEMNITZACIÓ PER INVALIDESA A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce una incapacidad permanente total o superior, la empresa abona 37.000,00 € a la persona trabajadora, de una sola vez. Puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único.
AJUT A LA FORMACIÓ (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 400,00 € Art. 46.1: reintegro de la matrícula de cursos de formación, reciclaje o perfeccionamiento relacionados con el trabajo en la farmacia, seguidos fuera del horario, justificando pago, asistencia y aprovechamiento. Límite: 400,00 € al año por persona.
AJUT A LA FORMACIÓ AMPLIAT (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 550,00 € Art. 46.3: el límite sube a 550,00 € al año si antes se hizo, fuera de horas, un programa, curso o seminario promovido por las partes firmantes con un centro acreditado.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (20 ANYS D'ANTIGUITAT, 65 ANYS) A — BRUTO*2.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 20 años de servicio en la empresa y 65 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 2,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 63 I 64 ANYS) A — BRUTO*3.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 63 i 64 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 3,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 61 I 62 ANYS) A — BRUTO*4.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 61 i 62 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 4,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 58, 59 O 60 ANYS) A — BRUTO*5.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 58, 59 o 60 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 5,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
DOCTOR/A-FACULTATIU/VA GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 49 conceptos

Puestos: Doctor en farmacia; Doctora en farmacia; Licenciado en farmacia; Licenciada en farmacia; Farmacéutico; Farmacéutica; Farmacéutico sustituto; Farmacéutica sustituta

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.714,25 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.714,25 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.714,25 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 142,85 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 17,14 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 428,56 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 428,56 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
PLUS SUBSTITUT (JORN. COMPLETA) M 130,00 € Art. 28 y tabla: complemento funcional mensual, 12 mensualidades, para el licenciado/a en farmacia colegiado/a y habilitado/a que ejerce como sustituto/a del titular, a jornada completa. No consolidable, compensable y absorbible, y no afecta a las pagas extra. Importes: 130,00 € en 2020 y 2021 y 170,00 € en 2022.
PLUS SUBSTITUT (TEMPS PARCIAL) M 104,00 € Art. 28 y tabla: el mismo complemento cuando el sustituto trabaja a tiempo parcial: 104,00 € al mes en toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DOCTOR/A-LLICENCIAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 47 conceptos

Puestos: Licenciado no farmacéutico; Licenciada no farmacéutica; Ortopedista; Biólogo; Bióloga; Óptico; Óptica

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.534,10 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.534,10 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.534,10 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 127,84 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 15,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 383,52 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 383,52 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR MAJOR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar mayor diplomado; Auxiliar mayor diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.386,29 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.386,29 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.386,29 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 115,52 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 13,86 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 346,57 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 346,57 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,59 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 13,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 14,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,91 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,73 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 17,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 21,82 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 15,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 16,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 17,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,98 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 22,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 23,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 25,33 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar diplomado; Auxiliar diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.329,57 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.329,57 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.329,57 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 110,80 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 13,30 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 332,39 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 332,39 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
TÈCNIC FARMÀCIA/PARAFARMÀCIA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Técnico en farmacia y parafarmacia; Técnica en farmacia y parafarmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.329,57 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.329,57 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.329,57 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 110,80 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 13,30 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 332,39 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 332,39 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DIPLOMAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 7 conceptos

Puestos: Diplomado no farmacéutico; Diplomada no farmacéutica; Analista; Podólogo; Podóloga; Dietista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.247,70 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.247,70 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.247,70 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 103,98 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 12,48 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 311,93 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 311,93 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
AUXILIAR DE FARMÀCIA GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Auxiliar de farmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.199,40 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.199,40 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.199,40 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 99,95 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 11,99 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 299,85 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 299,85 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL OFICIS VARIS GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Personal de oficios varios; Esteticista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 982,37 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 982,37 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 982,37 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 81,86 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 9,82 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 245,59 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 245,59 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
CAP ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Jefe administrativo; Jefa administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.231,66 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.231,66 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.231,66 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 102,64 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 12,32 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 307,92 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 307,92 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
COMPTABLE-CAIXER/A GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Contable; Cajero; Cajera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.134,38 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.134,38 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.134,38 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 94,53 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 11,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 283,60 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 283,60 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
OFICIAL ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Oficial administrativo; Oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.134,38 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.134,38 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.134,38 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 94,53 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 11,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 283,60 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 283,60 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo; Auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 982,99 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 982,99 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 982,99 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 81,92 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 9,83 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 245,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 245,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
MOSSO/A GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 47 conceptos

Puestos: Mozo; Moza

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 982,99 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 982,99 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 982,99 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 81,92 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 9,83 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 245,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 245,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL DE NETEJA GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 48 conceptos

Puestos: Personal de limpieza; Limpiador; Limpiadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 934,29 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2021. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 934,29 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 934,29 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 77,86 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2021. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 9,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 27.6: incentivo mensual del 1,0 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 233,57 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 233,57 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
GARANTIA SMI EN CÒMPUT ANUAL A 13.300,00 € estimado ⚠️ ESTIMADO. El salario base de la tabla × 14 pagas (13080.06 €) queda por debajo del SMI de 2021 (13300.00 € anuales, RD 231/2020, prorrogado hasta septiembre (RD 817/2021 lo subió a 965 € mensuales desde el 1 de septiembre)). El art. 32.1 garantiza a toda la plantilla, en cómputo anual, la cuantía del SMI vigente, así que lo que se cobra como mínimo son 13300.00 € al año a jornada completa (faltan 219.94 €). El convenio no dice cómo se reparte la diferencia entre conceptos: no se inventa el reparto. El salario de la tabla no se toca.
Tabla salarial 2020 (cuantías de 31/12/2019) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 9 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS TRANSPORT M 73,40 € Art. 31 y tabla: plus mensual para compensar el desplazamiento del domicilio al centro de trabajo, solo si el trayecto supera 1 km. Se abona 11 meses al año (no en vacaciones). Compensable y absorbible. Importes: 73,40 € en 2020 y 2021 y 75,00 € en 2022 hasta el 30 de junio; SUPRIMIDO desde el 1 de julio de 2022 (compensado con +72 € en el SB).
INDEMNITZACIÓ PER MORT A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce la muerte, la empresa abona 37.000,00 € al cónyuge superviviente o a los derechohabientes, a tanto alzado y de una sola vez. La empresa puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único, no mensual.
INDEMNITZACIÓ PER INVALIDESA A 37.000,00 € Art. 44: si a consecuencia de accidente, laboral o no laboral, se produce una incapacidad permanente total o superior, la empresa abona 37.000,00 € a la persona trabajadora, de una sola vez. Puede asegurarlo como quiera (art. 45). Pago único.
AJUT A LA FORMACIÓ (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 400,00 € Art. 46.1: reintegro de la matrícula de cursos de formación, reciclaje o perfeccionamiento relacionados con el trabajo en la farmacia, seguidos fuera del horario, justificando pago, asistencia y aprovechamiento. Límite: 400,00 € al año por persona.
AJUT A LA FORMACIÓ AMPLIAT (REINTEGRAMENT DE MATRÍCULA) A 550,00 € Art. 46.3: el límite sube a 550,00 € al año si antes se hizo, fuera de horas, un programa, curso o seminario promovido por las partes firmantes con un centro acreditado.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (20 ANYS D'ANTIGUITAT, 65 ANYS) A — BRUTO*2.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 20 años de servicio en la empresa y 65 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 2,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 63 I 64 ANYS) A — BRUTO*3.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 63 i 64 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 3,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 61 I 62 ANYS) A — BRUTO*4.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 61 i 62 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 4,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
GRATIFICACIÓ ESPECIAL PER CESSAMENT VOLUNTARI (10 ANYS D'ANTIGUITAT, 58, 59 O 60 ANYS) A — BRUTO*5.5 Art. 16: al cesar voluntariamente con al menos 10 años de servicio en la empresa y 58, 59 o 60 anys de edad, sin sanción por falta muy grave en los 2 últimos años, se cobran 5,5 mensualidades del último salario, en el momento del cese. Sin importe: el convenio lo fija en mensualidades del «último salario» sin decir qué conceptos lo forman, así que no se calcula. La fórmula expresa las mensualidades sobre el último salario mensual bruto.
DOCTOR/A-FACULTATIU/VA GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 49 conceptos

Puestos: Doctor en farmacia; Doctora en farmacia; Licenciado en farmacia; Licenciada en farmacia; Farmacéutico; Farmacéutica; Farmacéutico sustituto; Farmacéutica sustituta

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.672,44 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.672,44 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.672,44 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 139,37 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 8,36 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 418,11 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 418,11 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
PLUS SUBSTITUT (JORN. COMPLETA) M 130,00 € Art. 28 y tabla: complemento funcional mensual, 12 mensualidades, para el licenciado/a en farmacia colegiado/a y habilitado/a que ejerce como sustituto/a del titular, a jornada completa. No consolidable, compensable y absorbible, y no afecta a las pagas extra. Importes: 130,00 € en 2020 y 2021 y 170,00 € en 2022.
PLUS SUBSTITUT (TEMPS PARCIAL) M 104,00 € Art. 28 y tabla: el mismo complemento cuando el sustituto trabaja a tiempo parcial: 104,00 € al mes en toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DOCTOR/A-LLICENCIAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP I · PERSONAL FACULTATIU 47 conceptos

Puestos: Licenciado no farmacéutico; Licenciada no farmacéutica; Ortopedista; Biólogo; Bióloga; Óptico; Óptica

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.496,68 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.496,68 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.496,68 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 124,72 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 7,48 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 374,17 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 374,17 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 16,03 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 17,08 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 18,13 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 19,19 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 21,28 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 22,32 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 23,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 24,40 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 19,81 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 21,01 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 22,23 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 23,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 24,67 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 25,87 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 27,10 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 28,29 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 19,78 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 21,16 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 23,92 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 25,30 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 26,68 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 28,07 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 29,46 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 30,84 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 32,21 € Anexo V, fila «Doctor / Llicenciat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR MAJOR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar mayor diplomado; Auxiliar mayor diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.352,48 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.352,48 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.352,48 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 112,71 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 6,76 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 338,12 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 338,12 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,59 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 13,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 14,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,91 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,73 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 17,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 21,82 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,67 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,63 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 15,58 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 16,32 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 18,44 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 19,37 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 20,34 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 22,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 15,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 16,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 17,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,62 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,98 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 22,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 23,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 25,33 € Anexo V, fila «Auxiliar Major Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR DIPLOMAT/DA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Auxiliar diplomado; Auxiliar diplomada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.297,14 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.297,14 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.297,14 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 108,10 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 6,49 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 324,29 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 324,29 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Auxiliar Diplomat/da» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
TÈCNIC FARMÀCIA/PARAFARMÀCIA GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 47 conceptos

Puestos: Técnico en farmacia y parafarmacia; Técnica en farmacia y parafarmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.297,14 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.297,14 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.297,14 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 108,10 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 6,49 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 324,29 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 324,29 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,50 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,64 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 17,83 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Tècnic Farmàcia / Tècnic Parafarmàcia» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
DIPLOMAT/DA NO FARMACÈUTIC/A GRUP II · PERSONAL TÈCNIC 7 conceptos

Puestos: Diplomado no farmacéutico; Diplomada no farmacéutica; Analista; Podólogo; Podóloga; Dietista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.217,27 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.217,27 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.217,27 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 101,44 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 6,09 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 304,32 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 304,32 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
AUXILIAR DE FARMÀCIA GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Auxiliar de farmacia

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.170,15 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.170,15 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.170,15 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 97,51 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 5,85 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 292,54 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 292,54 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL OFICIS VARIS GRUP III · PERSONAL AUXILIAR 47 conceptos

Puestos: Personal de oficios varios; Esteticista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 958,41 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 958,41 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 958,41 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 79,87 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 4,79 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 239,60 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 239,60 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 10,21 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 10,54 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 11,19 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,76 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 12,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 13,25 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,95 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 14,66 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 15,35 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 16,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,82 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 12,18 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 13,02 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,62 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 14,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 15,39 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 16,16 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 17,00 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 17,77 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 18,58 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 13,46 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,87 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 14,80 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 15,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 16,61 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 17,37 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 18,42 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 19,34 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 20,23 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Auxiliar / Pers. Oficis Varis» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
CAP ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Jefe administrativo; Jefa administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.201,62 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.201,62 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.201,62 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 100,14 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 6,01 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 300,40 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 300,40 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 11,27 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 12,07 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 12,85 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 13,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 16,01 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 16,79 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 17,56 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 18,38 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 13,08 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 14,00 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 14,88 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 15,81 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 17,65 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 18,57 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 19,49 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 20,39 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 21,31 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 14,87 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 15,93 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 16,95 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 18,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 20,09 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 21,15 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 22,55 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 23,20 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 24,26 € Anexo V, fila «Jefe /Cap Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
COMPTABLE-CAIXER/A GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Contable; Cajero; Cajera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.106,71 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.106,71 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.106,71 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 92,23 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 5,53 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 276,68 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 276,68 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Comptable / Caixer/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
OFICIAL ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Oficial administrativo; Oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 1.106,71 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 1.106,71 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.106,71 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 92,23 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 5,53 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 276,68 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 276,68 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 9,61 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 9,88 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 10,55 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 11,18 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 11,85 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 12,49 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 13,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 14,43 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 15,08 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 11,13 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 11,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 12,22 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 13,01 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 13,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 14,48 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 15,21 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 15,99 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 16,74 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 17,46 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 12,70 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 13,06 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 13,92 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 14,78 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 15,63 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 16,47 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 17,33 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 18,17 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 19,03 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 19,90 € Anexo V, fila «Oficial Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
AUXILIAR ADMINISTRATIU/VA GRUP IV · PERSONAL ADMINISTRATIU 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo; Auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 959,01 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 959,01 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 959,01 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 79,92 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 4,80 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 239,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 239,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Auxiliar Administratiu/va» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
MOSSO/A GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 47 conceptos

Puestos: Mozo; Moza

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 959,01 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 959,01 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 959,01 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 79,92 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 4,80 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 239,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 239,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Mosso/a» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
PERSONAL DE NETEJA GRUP V · PERSONAL SUBALTERN 48 conceptos

Puestos: Personal de limpieza; Limpiador; Limpiadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE (S.B.) M 911,50 € Columna «12 S.B. + 2 P.E. (14 mens.)» de la tabla de 2020. Se cobra en 14 pagas: doce mensualidades y las gratificaciones de julio y Navidad (arts. 26 y 29).
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE JULIOL A 911,50 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio. El importe recogido es el salario base.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 911,50 € SAL_BASE+CFP+PEV Art. 29: una mensualidad del salario base, más el CFP y, en su caso, el PEV para quien los perciba. Se paga el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre. El importe recogido es el salario base.
COMPLEMENT PERSONAL EX.PRIMAVERA (C.P.EX.P.) M 75,96 € Columna «C.P.Ex.P. (12 mens.)» de la tabla de 2020. SOLO para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017 (art. 27.3): una mensualidad de SB, CFP y, en su caso, PEV, prorrateada en 12 mensualidades. El importe publicado es el del personal sin CFP ni PEV; si se tienen, entran en el cálculo. No compensable ni absorbible y revalorizable con los incrementos del art. 26.
INCENTIU VARIABLE (I.V.) M 4,56 € SAL_BASE*0.005 0.5% Art. 27.6: incentivo mensual del 0,5 % del SB de tablas (y también del CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades. Es VARIABLE: se devenga cada mes solo si en ese mes la persona no supera tres faltas de puntualidad o asistencia y no comete más de cinco incumplimientos del fichaje. Importe calculado sobre el salario base.
PLUS NOCTURNITAT (JORNADA EN TORN DE NIT) M 227,88 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.4: el personal contratado para hacer HABITUALMENTE la jornada en turno de noche cobra una retribución específica equivalente al salario base incrementado en un 25 %. Importe calculado: 25 % del SB. Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00 (art. 19.1).
PLUS D'EVENTUALITAT (PEV) M 227,88 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 27.5: los contratos de duración inferior a 1 mes llevan un incremento específico del 25 % del salario base del puesto; en el recibo figura como «PEV». Importe calculado: 25 % del SB (mensual; en contratos de menos de un mes se cobra en proporción).
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 0 QUATRIENIS H 8,21 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 1 QUATRIENIS H 8,14 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 2 QUATRIENIS H 8,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 3 QUATRIENIS H 9,22 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 4 QUATRIENIS H 9,75 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 5 QUATRIENIS H 10,28 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 6 QUATRIENIS H 10,80 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 7 QUATRIENIS H 11,35 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 8 QUATRIENIS H 11,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA (HED) · 9 QUATRIENIS H 12,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» A, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en día laborable (art. 19.3.A) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA (HEN) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» B, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en día laborable (art. 19.3.B) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 0 QUATRIENIS H 9,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 0: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 1 QUATRIENIS H 9,47 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 1: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 2 QUATRIENIS H 10,06 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 2: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 3 QUATRIENIS H 11,10 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 3: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 4 QUATRIENIS H 11,30 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 4: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 5 QUATRIENIS H 11,93 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 5: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 6 QUATRIENIS H 12,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 6: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 7 QUATRIENIS H 13,16 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 7: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 8 QUATRIENIS H 13,77 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 8: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA DIÜRNA FESTIU (HEDF) · 9 QUATRIENIS H 14,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» C, columna 9: valor de la hora extra de 6:00 a 22:00 en domingo o festivo (art. 19.3.C) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 0 QUATRIENIS H 10,42 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 0: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 0 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 1 QUATRIENIS H 10,74 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 1: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 1 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 2 QUATRIENIS H 11,46 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 2: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 2 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 3 QUATRIENIS H 12,17 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 3: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 3 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 4 QUATRIENIS H 12,89 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 4: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 4 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 5 QUATRIENIS H 13,57 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 5: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 5 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 6 QUATRIENIS H 14,29 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 6: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 6 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 7 QUATRIENIS H 14,99 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 7: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 7 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 8 QUATRIENIS H 15,70 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 8: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 8 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
HORA EXTRA NOCTURNA FESTIU (HENF) · 9 QUATRIENIS H 16,40 € Anexo V, fila «Personal de Neteja» D, columna 9: valor de la hora extra de 22:00 a 6:00 en domingo o festivo (art. 19.3.D) para quien tenía 9 antiguo(s) cuatrienio(s) de antigüedad consolidados a 01/07/2005 (0 = ninguno o ingreso posterior). Por norma se compensa con 1,5 horas de descanso por hora en los 3 meses siguientes; se paga a este valor solo si empresa y persona lo acuerdan (art. 19.4). Es el mínimo de las horas de guardia no compensadas (art. 19.5). Tabla única para toda la vigencia.
GARANTIA SMI EN CÒMPUT ANUAL A 13.300,00 € estimado ⚠️ ESTIMADO. El salario base de la tabla × 14 pagas (12761.00 €) queda por debajo del SMI de 2020 (13300.00 € anuales, RD 231/2020). El art. 32.1 garantiza a toda la plantilla, en cómputo anual, la cuantía del SMI vigente, así que lo que se cobra como mínimo son 13300.00 € al año a jornada completa (faltan 539.00 €). El convenio no dice cómo se reparte la diferencia entre conceptos: no se inventa el reparto. El salario de la tabla no se toca.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de oficinas de farmacia (Barcelona)?

En 2022, el salario base va desde 957,64 € hasta 1.757,11 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, denuncia y qué pasa al vencer

El convenio cubre de 2020 a 2022; fue denunciado y no consta publicado uno nuevo.

  • Duración: del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2022, salvo las materias con otra vigencia expresa (art. 2.1).
  • Se prorroga por años si nadie pide su rescisión o revisión; la denuncia se hace por escrito con al menos 1 mes de antelación (art. 2.2).
  • Denunciado, su contenido sigue vigente como máximo dos años desde que vence; pasado ese plazo se aplica lo que disponga la ley (art. 2.3).
  • Consta una denuncia con promoción de negociación registrada el 13 de enero de 2023; el plazo de dos años del art. 2.3 terminó el 31 de diciembre de 2024.
  • No consta publicado un convenio nuevo; la última tabla publicada es la del 2.º semestre de 2022.
  • En el BOPB de 22 de mayo de 2024 se anunció el depósito de un acuerdo extraestatutario de eficacia limitada para el sector (código 08100025162024): no se publica su texto y solo obliga a quienes lo firmaron.
  • Ámbito: todo el personal por cuenta ajena de las oficinas de farmacia de la provincia de Barcelona; queda fuera el personal de alta dirección (art. 1).
  • Las condiciones forman un todo indivisible; si se anula alguna parte, la comisión paritaria debe reunirse en 30 días (art. 3).

Jornada, horario y descansos

La jornada máxima es de 1.804 horas de trabajo efectivo al año en 2020, 2021 y 2022.

  • Jornada ordinaria máxima: 1.804 horas anuales de trabajo efectivo cada año de vigencia (art. 17).
  • La empresa puede distribuir de forma irregular un 10 % de la jornada anual, respetando los descansos legales y con 5 días de preaviso (art. 17).
  • El horario lo fija la empresa dentro de los límites del convenio y de la ley (art. 18).
  • En jornada continuada de más de seis horas hay un descanso retribuido de 15 minutos, que cuenta como trabajo efectivo (art. 18).
  • Descanso semanal mínimo de un día y medio ininterrumpido, acumulable por periodos de hasta catorce días; si no coincide en sábado, domingo o lunes, puede disfrutarse otro día (art. 20).
  • Son horas nocturnas las de 22:00 a 6:00, salvo que el contrato fije que el trabajo es nocturno por naturaleza (art. 19.1).

Horas extraordinarias y guardias

Las horas extra se compensan por norma con descanso; solo se pagan si empresa y persona lo acuerdan, y su valor depende de la antigua antigüedad.

  • Son horas extra las que superan la jornada anual pactada o las 40 horas efectivas semanales de promedio en un periodo de tres meses (art. 19.2).
  • Cuatro clases: diurna (HED, 6:00-22:00), nocturna (HEN, 22:00-6:00), diurna en domingo o festivo (HEDF) y nocturna en domingo o festivo (HENF) (art. 19.3).
  • Compensación: 1,5 horas de descanso por hora extra, dentro de los 3 meses siguientes; o pago según el anexo V si se acuerda (art. 19.4).
  • El valor de la hora del anexo V depende del número de antiguos cuatrienios de antigüedad consolidados a 1 de julio de 2005 (de 0 a 9) y es el mismo toda la vigencia.
  • Guardias: puede pactarse por escrito, por periodos anuales, la obligación de hacer como horas extra las del turno de guardia; si no se compensan con descanso, se pagan como mínimo a los valores del anexo V (art. 19.5).
  • Tras una guardia nocturna hay derecho al día siguiente a un descanso al menos igual a las horas extra hechas; si no puede disfrutarse, esas horas son extra (art. 19.5).
  • En guardias nocturnas o festivas con al menos 3 empleados y sin auxiliar mayor diplomado, el auxiliar diplomado más antiguo (o, si no lo hay, el auxiliar más antiguo) cobra el salario de auxiliar mayor diplomado (art. 13.2).
  • Solo se consideran festivos los del calendario laboral oficial (Ministerio, Generalitat y fiestas locales) (art. 19.3).

Vacaciones

Son 30 días naturales al año, preferentemente en verano; 32 si no se pueden tomar al menos 21 días seguidos entre mayo y septiembre.

  • 30 días naturales al año, preferentemente en verano, comunicados con al menos 2 meses de antelación (art. 21.1).
  • Pueden partirse en dos periodos, siempre que uno no sea inferior a 21 días naturales (art. 21.1).
  • Si no se pueden disfrutar al menos 21 días seguidos entre mayo y septiembre, las vacaciones son de 32 días naturales (art. 21.1).
  • Quien entra o sale durante el año tiene la parte proporcional, por dozavos; la fracción de mes cuenta como mes completo (art. 21.1).
  • Si coinciden con una baja por embarazo, parto o lactancia natural, o con la suspensión del art. 48.4 ET, se disfrutan después aunque haya terminado el año (art. 21.2).
  • Si coinciden con otra baja que impide disfrutarlas en el año, se toman al terminar la baja, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año (art. 21.2).

Pagas extraordinarias

Hay dos pagas extraordinarias, de julio y de Navidad, de una mensualidad de salario base cada una.

  • Paga de Navidad: se abona el día laborable inmediatamente anterior al 22 de diciembre (art. 29.5).
  • Paga de julio: se abona el día laborable inmediatamente anterior al 15 de julio (art. 29.5).
  • Importe de cada una: una mensualidad de salario base, más el CFP y el PEV para quien los perciba (art. 29.1).
  • Se mantiene la garantía personal de la disposición transitoria quinta del convenio 2014-2017 para quien estaba en alta antes del 4 de septiembre de 2015 (art. 29.1).
  • Quien entra o sale durante el año las cobra según el tiempo trabajado; la fracción de mes cuenta como mes completo. Igual para eventuales e interinos (art. 29.2).
  • Jornada reducida o a tiempo parcial: en proporción a la jornada (art. 29.3).
  • En baja por enfermedad o accidente se cobra la parte que correspondería en activo, si se cumplen los requisitos legales de la prestación (art. 29.4).
  • Quien se jubila, total o parcialmente, cobra las pagas enteras del año de la jubilación (art. 30).

Antigüedad: el complemento fijo personal (CFP)

No hay complemento de antigüedad vigente: la antigua antigüedad se congeló el 1 de julio de 2005 en un complemento fijo personal.

  • El CFP es, para cada persona, lo que tenía consolidado por antigüedad el 1 de julio de 2005, más la parte proporcional del cuatrienio que estaba en curso (art. 27.1).
  • La parte proporcional se calcula tomando 1.461 días por cuatrienio completo (art. 27.1.c).
  • Solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo por el convenio 2005-2008, en la misma cuantía mensual en que quedó fijado; no lo cobra el personal de nueva contratación (art. 27.2).
  • Se cobra en 14 pagas y entra en la base de las pagas extra, del incentivo variable y del complemento ex-primavera.
  • Los antiguos cuatrienios consolidados a 01/07/2005 siguen sirviendo para fijar el valor de la hora extra del anexo V.

Complemento por baja (incapacidad temporal)

La empresa completa hasta el salario total del convenio: desde el primer día en accidente de trabajo y en algunos casos graves, y desde el día 61 en el resto.

  • Enfermedad común o accidente no laboral: desde el día 61 de la baja, la empresa completa la prestación hasta el salario total del convenio más el CFP, mientras dure la incapacidad temporal (art. 43.1).
  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional: el mismo complemento desde el primer día de la baja (art. 43.2.a).
  • Enfermedades graves e intervenciones quirúrgicas con hospitalización: desde el primer día (art. 43.2.b).
  • Cirugía estética o reparadora motivada por accidente o enfermedad grave (no por simple decisión estética): desde el primer día (art. 43.2.c).
  • Bajas por embarazo de riesgo o riesgo durante la lactancia: desde el primer día (art. 43.2.d).
  • Enfermedad común o accidente no laboral del día 1 al 60, fuera de esos casos: el convenio no prevé complemento.

Subidas salariales

Cuantías de 2019 en 2020, un 2,5 % en 2021, otro 2,5 % en 2022 y 72 € más al mes en el salario base desde julio de 2022.

  • 2020: se mantienen las cuantías vigentes a 31/12/2019 (art. 26.1.1 y disposición transitoria primera).
  • 2021: +2,5 % sobre el salario base de 2020, con efectos de 1 de enero de 2021 (art. 26.1.2).
  • 2022: +2,5 % sobre el salario base de 2021, con efectos de 1 de enero de 2022 (art. 26.1.3).
  • Desde el 1 de julio de 2022: +72,00 € al mes en el salario base de todos los puestos, por la supresión del plus de transporte (arts. 26.1.3 y 31.1).
  • Comprobado al céntimo: cada tabla reproduce exactamente esas subidas en las 14 categorías.
  • Con el salario base suben las pagas extra, el complemento ex-primavera y todo lo que se calcula como porcentaje del salario base (incentivo variable, plus de turno de noche, PEV).
  • No suben: el valor de las horas extra (anexo V, tabla única), el plus de sustituto a tiempo parcial y las indemnizaciones del art. 44.
  • El convenio no prevé revisión por IPC ni incremento para después de 2022.

Complementos, pluses e incentivo variable

Además del salario base hay un incentivo variable mensual, pluses por turno de noche, eventualidad y sustitución, y el complemento ex-primavera.

  • Incentivo variable (I.V.): 0,5 % del salario base en 2020, 1 % en 2021 y 1,5 % en 2022 (y también sobre el CFP para quien lo tenga), en 12 mensualidades (art. 27.6).
  • El incentivo solo se cobra el mes en que no hay más de tres faltas de puntualidad o asistencia ni más de cinco incumplimientos del fichaje (art. 27.6.1).
  • Desde 2023 el incentivo debería ligarse a objetivos de calidad fijados por la comisión paritaria antes del 31/12/2022; sin acuerdo, siguen las condiciones de puntualidad y fichaje (art. 27.6.3 a 27.6.5).
  • Complemento personal ex-primavera (C.P.Ex.P.): una mensualidad de salario base, CFP y PEV prorrateada en 12 meses, solo para quien lo tenía consolidado por el convenio 2014-2017; su importe va en las tablas (art. 27.3).
  • Turno de noche habitual: retribución equivalente al salario base más un 25 % (art. 27.4).
  • Plus de eventualidad (PEV): contratos de menos de 1 mes, 25 % del salario base del puesto (art. 27.5).
  • Plus de sustituto: para el farmacéutico que sustituye al titular; 130 € al mes en 2020 y 2021 y 170 € en 2022 a jornada completa, y 104 € a tiempo parcial; no consolidable y no afecta a las pagas (art. 28).
  • Plus de transporte: 73,40 € al mes en 2020 y 2021 y 75,00 € en 2022 hasta el 30 de junio, en 11 meses, si el trayecto supera 1 km; suprimido desde el 1 de julio de 2022 (art. 31).
  • Quien ocupa temporalmente un puesto superior cobra el salario de ese puesto mientras dure (art. 13.1).

Garantía de salario mínimo

Las retribuciones del convenio son mínimas y se garantiza a toda la plantilla, en cómputo anual, el SMI vigente.

  • Se garantiza a todas las personas trabajadoras la percepción, en cómputo anual, del SMI fijado en cada momento (art. 32.1).
  • Con el salario base × 14 pagas, el PERSONAL DE NETEJA queda por debajo del SMI en 2020 y 2021 (12.761,00 € y 13.080,06 € frente a 13.300 €) y en 2022 (13.982,96 € en el año frente a 14.000 €): la ficha añade el SMI como mínimo garantizado, marcado como estimado.
  • El convenio no dice cómo se reparte la diferencia entre conceptos, así que no se ha repartido.
  • Quien trabaja cedido por una empresa de trabajo temporal cobra como mínimo todas las retribuciones del convenio de su puesto (art. 32.2).

Clasificación y contratos formativos

El personal se ordena en cinco grupos; los contratos formativos cobran un porcentaje del salario del puesto.

  • Grupos: I facultativo, II técnico, III auxiliar, IV administrativo y V subalterno (art. 7).
  • El licenciado en farmacia contratado se encuadra siempre como personal facultativo y solo hace funciones de su titulación (art. 47).
  • Contratos en prácticas anteriores al 30/03/2022: 80 % de la retribución del puesto el primer año y 90 % el segundo (art. 10.1.A).
  • Contratos para la formación y el aprendizaje anteriores al 30/03/2022: hasta 3 años; al terminar, pasa a auxiliar o, sin vacante, indemnización de 20 días de salario por año; no puede hacer horas extra (art. 10.1.B).
  • Formación en alternancia (desde 30/03/2022): al menos el 60 % el primer año y el 75 % el segundo del salario del grupo, en proporción al tiempo efectivo, y nunca menos del SMI (art. 11.1).
  • Contrato para la práctica profesional: el salario del grupo y nivel de las funciones, nunca por debajo del de la formación en alternancia ni del SMI (art. 11.2).
  • Ningún contrato en prácticas puede cubrir las funciones del farmacéutico sustituto (arts. 10.1.A y 11.2).

Periodo de prueba, preaviso y premio por cese voluntario

El periodo de prueba va de 15 días a 3 meses según el puesto; la baja voluntaria se preavisa con 15 días.

  • Periodo de prueba máximo (solo si consta por escrito): 3 meses el personal facultativo, 2 meses los auxiliares diplomados, 1 mes auxiliares y resto, y 15 días mozos, contratos para la formación y personal de limpieza (art. 8).
  • Baja voluntaria: 15 días naturales de preaviso; si falta, la empresa descuenta un día de salario por cada día de retraso (art. 15).
  • Con el preaviso dado, la empresa liquida los conceptos fijos al acabar el plazo; si se retrasa, paga un día de salario por día de retraso, hasta los días de preaviso (art. 15).
  • Gratificación por cese voluntario con 20 años de servicio y 65 de edad: 2,5 mensualidades del último salario (art. 16).
  • Con 10 años de servicio: 3,5 mensualidades a los 63 o 64 años; 4,5 a los 61 o 62; y 5,5 a los 58, 59 o 60 años (art. 16).
  • Requisito: no haber sido sancionado por falta muy grave en los 2 últimos años (art. 16).

Permisos retribuidos

El convenio mejora varios permisos legales y da tres días al año de asuntos propios.

  • Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge o hermanos: 4 días naturales (art. 22.1.a).
  • Fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge o de parientes hasta segundo grado: 3 días, 4 si hay que desplazarse (art. 22.1.b y c).
  • Matrimonio o constitución de pareja estable: 15 días naturales; boda de hijos o hermanos: el día de la ceremonia (art. 22.1.d y e).
  • Cambio de domicilio: 1 día (art. 22.1.f).
  • Asuntos propios: 3 días al año, pedidos por escrito con 10 días naturales de antelación; no pueden coincidir dos empleados y la empresa puede denegar fechas junto a festivos o por necesidades organizativas (art. 22.1.g).
  • Exámenes prenatales y preparación al parto, y sesiones previas a la adopción o acogida, dentro de la jornada (arts. 22.1.i y 23.6).
  • La pareja estable tiene el mismo trato que el matrimonio (art. 22.2).
  • Si el hecho causante ocurre en día no laborable, el permiso empieza el siguiente día laborable (art. 22.3).
  • Excedencia por cuidado de hijo hasta 3 años, con reincorporación automática al mismo puesto los 2 primeros años (art. 23.1).

Indemnización por muerte o invalidez, formación y otras mejoras

La empresa paga 37.000 € si un accidente causa la muerte o una incapacidad permanente total o superior, y reintegra matrículas de formación.

  • Muerte o incapacidad permanente total o superior por accidente, laboral o no laboral: 37.000,00 € a tanto alzado y de una sola vez, a la persona trabajadora, al cónyuge o a los derechohabientes (art. 44).
  • La empresa decide libremente cómo cubrirlo; si contrata un seguro, entrega al personal fotocopia de la póliza (art. 45).
  • Formación fuera del horario relacionada con el trabajo: reintegro de la matrícula hasta 400,00 € al año, justificando pago, asistencia y aprovechamiento (art. 46.1).
  • El límite sube a 550,00 € si antes se hizo un programa formativo promovido por las partes firmantes con un centro acreditado (art. 46.3).
  • Quien rechaza un curso ofrecido por la empresa en horario y pagado por ella pierde ese año el reintegro de matrícula (art. 46.2).
  • Ropa de trabajo: 3 piezas cada 2 años; revisión médica anual por los servicios médicos de la mutua, con copia del resultado (art. 33).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio no establece la obligación de contratar una póliza colectiva ni fija indemnizaciones por muerte o incapacidad a cargo de la empresa. El convenio no obliga a contratar una póliza: obliga a la EMPRESA a pagar 37.000,00 € si un accidente, laboral o no laboral, causa la muerte o una incapacidad permanente total o superior (art. 44), y deja que la cubra como crea más conveniente, con seguro o sin él; si lo asegura, entrega fotocopia de la póliza (art. 45). La indemnización va como concepto en las tablas.

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