| SALARIO BASE | D | 34,21 € | Tabla definitiva de 2025 (acta de 14/10/2025, art. 11 bis): +1 % sobre la de septiembre 2024/agosto 2025, con efectos de 1 de septiembre de 2025. Importe por día (art. 11). |
| PLUS RESPONSABILIDAD | D | 0,93 € | Tabla definitiva de 2025 (acta de 14/10/2025, art. 11 bis): +1 % sobre la de septiembre 2024/agosto 2025, con efectos de 1 de septiembre de 2025. Art. 12: se devenga en la totalidad de los días del mes; entra en vacaciones, pagas extraordinarias y paga de beneficios. |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO | M | 1.054,20 € | SAL_BASE*30 + PLUS_RESPONSABILIDAD*30 Art. 14: treinta días de salario base más plus de responsabilidad (y la antigüedad consolidada de quien la tenga, que es individual y no figura en tablas). Se abona el 30 de junio. |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE | M | 1.054,20 € | SAL_BASE*30 + PLUS_RESPONSABILIDAD*30 Art. 14: treinta días de salario base más plus de responsabilidad (y la antigüedad consolidada de quien la tenga). Se abona el 22 de diciembre. |
| PAGA DE BENEFICIOS | A | 1.054,20 € | SAL_BASE*30 + PLUS_RESPONSABILIDAD*30 Art. 15: treinta días de salario calculados como las gratificaciones extraordinarias; quince días en marzo y quince en septiembre, o mensualmente si la empresa lo acuerda con sus trabajadores. |
| INCENTIVO A LA FORMACIÓN DEL TRABAJADOR | A | 513,15 € | SAL_BASE*15 Art. 16: paga de quince días de salario base (más la antigüedad consolidada de quien la tenga), que se abona el 1 de septiembre. |
| PLUS COMPENSATORIO | A | 46,44 € | Acta de 14/10/2025 (art. 11 bis): «incremento 1 % para cada categoría profesional que no va a tablas y que se abonará en un pago único antes del 31/12/2025». El boletín lo desglosa por mes en salario base 10,20 €, plus de responsabilidad 0,3 € y plus de transporte 1,11 €, y publica el total de cuatro meses. |
| SALARIO GARANTIZADO (SMI) | A | 17.094,00 € estimado | La tabla deja esta categoría en 16501,85 € anuales (salario base × 470 días y plus de responsabilidad × 455 días: 365 del año, 30 de cada paga extraordinaria, 30 de la paga de beneficios y 15 del incentivo a la formación, que solo lleva salario base), por debajo del salario mínimo interprofesional de 2026 (17094,0 €, SMI de 2026). El propio convenio lo resuelve (anexos): «si durante la vigencia del presente Convenio el salario bruto de alguna categoría quedase por debajo del SMI vigente en cada momento, se actualizará hasta alcanzar dicho SMI en cómputo global». El boletín no dice en qué concepto se reparte la diferencia: se publica el total garantizado. De septiembre a diciembre de 2025 rige el SMI de 2025 (16.576,00 €); el importe es el de 2026, año en que termina el periodo. |