Convenio colectivo · REGCON 81000005011982

Convenio de Empleados de Notarías de Extremadura

Notarías Ámbito autonómico Vigencia 24/08/2010 — —
Acceso libre y gratuito. Esta ficha se muestra completa, sin registro ni pago, verificada contra el boletín oficial y libre para citar. No publica tablas salariales: más abajo se explica por qué y dónde está el salario aplicable. Fuente: BOE nº 204 de 23/08/2010 (I Convenio estatal) · BOE nº 161 de 03/07/2024 (III Convenio estatal vigente).

Convenio sustituido Este convenio ya no rige: desde el 24/08/2010 el sector se rige por OTRO convenio: Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado (código 99018195012010, BOE nº 204 de 23/08/2010 (BOE-A-2010-13345), I Convenio estatal; texto vigente: III Convenio, BOE nº 161 de 03/07/2024 (BOE-A-2024-13556)). Este convenio no tiene tablas salariales propias publicadas: el salario está en el convenio que se aplica ahora. Ver el convenio que se aplica ahora.

Historia del convenio

24/08/2010 Inicio de vigencia del convenio

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de notarías (ámbito autonómico)?

Hoy se aplica otro convenio: el salario está en el Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado (código 99018195012010). Este convenio no tiene tablas salariales propias publicadas.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Hoy se aplica otro convenio: el complemento por baja es el que fija el Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado (código 99018195012010).

Condiciones del convenio

Este convenio no tiene texto publicado: lo que se aplica es el convenio estatal

En las notarías de Extremadura rige el convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado.

  • El texto vigente es el III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado, publicado en el BOE nº 161 de 3 de julio de 2024 (BOE-A-2024-13556), con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Ahí están el salario base por grupo y nivel, las tablas salariales de cada año, la jornada, las vacaciones y la clasificación profesional.
  • De este convenio autonómico no consta texto publicado en ningún boletín oficial, ni tabla salarial, ni revisión.
  • El único trámite que el registro de convenios conserva del expediente 81000005011982 es una denuncia inscrita el 28 de febrero de 2012, sin documento asociado.

Las fechas de vigencia de este convenio no constan

El registro de convenios no publica fechas de vigencia para este expediente, y sin texto no hay forma de leerlas.

  • El registro de convenios deja vacías la fecha de inicio y la de fin de vigencia de este expediente.
  • El texto no aparece en el Diario Oficial de Extremadura: se han revisado año a año todas las disposiciones de la materia «Convenios Colectivos» publicadas entre 1983 y 2026, más de 2.700, y ninguna es del sector notarial.
  • Tampoco figura en el registro de convenios anterior al 1 de octubre de 2010, ni buscándolo por su código ni por su denominación: allí constan nueve convenios de notarías de otros territorios y ninguno de Extremadura.
  • La fecha de inicio que muestra esta ficha, 24 de agosto de 2010, es la de entrada en vigor del I Convenio estatal, que es el día desde el que el sector en Extremadura se rige por el convenio estatal. No es la fecha de inicio de este convenio autonómico, que se registró en 1982.

Qué cambió en 2010: el sector pasó a un único convenio estatal

Hasta 2010 las notarías se regían por convenios territoriales, uno por Colegio Notarial. El I Convenio estatal los sustituyó.

  • El I Convenio colectivo estatal de notarios y personal empleado se publicó en el BOE nº 204 de 23 de agosto de 2010 (BOE-A-2010-13345) y entró en vigor al día siguiente.
  • Su artículo 10 dispone que regula las relaciones de trabajo entre los notarios «pertenecientes a cualquier Colegio Notarial de los existentes en España» y su personal empleado.
  • Su artículo 6 establece que «derogará y sustituirá las condiciones definidas en los Convenios de ámbito inferior, en todas aquellas materias reservadas a este convenio», y que los territoriales entonces vigentes mantendrían su vigencia solo hasta que terminara.
  • Su artículo 19.3 fijó una armonización salarial de cuatro años: una «Tabla Salarial Objetivo» común a alcanzar el 31 de diciembre de 2014, partiendo del salario que cada empleado cobraba por su convenio territorial a 31 de diciembre de 2010.
  • En el convenio estatal vigente, el III, esa reserva sigue: su artículo 4 reserva a la negociación estatal el salario y la estructura salarial, la jornada, la clasificación profesional y el régimen disciplinario.

Lo que dijo la Audiencia Nacional sobre los convenios territoriales de notarías

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional se pronunció sobre el efecto del convenio estatal de 2010 en los convenios territoriales del sector.

  • Sentencia 66/2011, de 11 de abril de 2011, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (procedimiento de conflicto colectivo 26/2011, ponente Manuel Poves Rojas).
  • Razona que el convenio estatal de 2010, «cuyo artículo 10 dispone que tal Convenio regula las relaciones de trabajo entre los Notarios en cualquier forma en que se organicen, pertenecientes a cualquier colegio Notarial de los existentes en España y sus empleados», «significa que este convenio deroga en su integridad a los anteriores que pudieran existir, según se desprende del artículo 86.4 del Estatuto de los Trabajadores».
  • Añade que «el Convenio de 2010 abarca a todos los Colegios Notariales de España, no pudiendo acudirse al art. 89 del ET para negociar ahora un Convenio territorialmente limitado».
  • El pleito lo promovieron asociaciones de empleados de notarías de Murcia y Castilla-La Mancha sobre un convenio territorial de 1996, no sobre el de Extremadura: la sentencia no se pronuncia sobre este expediente.
  • La sentencia advierte en su pie que contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, por lo que NO consta su firmeza; tampoco consta en el buscador oficial de jurisprudencia resolución de casación de ese procedimiento.

Sentencias sobre este convenio

Resoluciones judiciales que interpretan artículos de este convenio. Se enlazan como fuente para ampliar información: los importes de esta ficha proceden siempre del boletín oficial, no de las sentencias. En cada una se indica si es firme —ya no se puede recurrir, así que lo que dice es definitivo— o si todavía cabe recurso, en cuyo caso un tribunal superior puede cambiarla. Las marcadas «Afecta al convenio» anulan, modifican o fijan criterio para toda la plantilla; las de «Caso particular» resuelven el pleito de una persona aplicando el convenio.

Audiencia Nacional, Sala de lo Social · Sentencia 66/2011, de 11/04/2011

· Desestimatoria. Rechaza las excepciones de cosa juzgada y falta de competencia territorial y desestima la demanda de conflicto colectivo, absolviendo a las asociaciones patronales de notarios demandadas. Declara que el convenio territorial denunciado no está en vigor y que no cabe constituir mesa negociadora para un convenio territorialmente limitado, porque el convenio estatal de 2010 abarca a todos los Colegios Notariales de España y deroga en su integridad a los anteriores (art. 86.4 del Estatuto de los Trabajadores). · No consta si es firme

· Fuente: CENDOJ, buscador de jurisprudencia del CGPJ. ROJ: SAN 1866/2011 · ECLI:ES:AN:2011:1866 · recurso 26/2011

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