Vigencia y ultraactividad
Convenio 2015-2016, publicado en julio de 2016 y sin sucesor publicado: sigue aplicándose.
- Duración pactada: del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016 (art. 5).
- Entró en vigor en la fecha de su publicación, el 7 de julio de 2016.
- Efectos económicos (tabla, plus de transporte, dietas y paga de beneficios): desde la publicación y, en todo caso, a partir del 1 de enero de 2016; el art. 5 dice que no se generan atrasos.
- Al terminar se entiende denunciado automáticamente, sin comunicación de las partes.
- Mantiene su aplicación hasta que lo sustituya otro convenio del mismo ámbito (ultraactividad).
- No consta publicación posterior en el BOP de Pontevedra con este código.
- Si el salario mínimo interprofesional del año supera el salario de tablas, se cobra al menos el SMI (norma legal).