Convenio colectivo · REGCON 38104894012025

Convenio Colectivo del Sector de Empaquetado de Plátanos de las islas de Tenerife, La Gomera y El Hierro 2025-2028

Santa Cruz de Tenerife Empaquetado de plátanos (agricultura) Ámbito provincial Vigencia 01/01/2025 — 31/12/2028
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Santa Cruz de Tenerife núm. 95, de 8 de agosto de 2025 (texto y tablas de 2025), y núm. 81, de 8 de julio de 2026 (revisión salarial: tablas de 2026).
Llévate estos datos gratis: Descargar Excel XML nóminas Datos verificados contra el boletín oficial.

En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2028. Ver las condiciones del convenio.

Atrasos La tabla de 2026 tiene efectos desde el 01/01/2026 y se publicó en el boletín el 08/07/2026: el periodo entre ambas fechas ya se había trabajado cuando se publicó, así que esas nóminas se regularizan con la tabla nueva. La diferencia por categoría se ve comparando en esta ficha la tabla de 2026 con la anterior.

Tabla salarial 2026 (revisión: +3 % sobre 2025) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR COMIDA (ALMUERZO O CENA) H 14,67 € Por cada una de las dos comidas principales (almuerzo o cena) que conductores y demás personal tengan que hacer fuera de la localidad del centro de trabajo por un desplazamiento consustancial al trabajo. 14,67 € en 2026. No compensable ni absorbible (arts. 3 y 27).
DIETA POR DESAYUNO H 4,39 € Mismo supuesto de desplazamiento que la dieta por comida. 4,39 € en 2026.
PLUS DE DISTANCIA E 2,58 € Por cada día efectivo de trabajo, en compensación del traslado desde el domicilio a la empresa (2,58 € en 2026). Quedan exentas las empresas que pongan medios de locomoción al servicio del personal. No compensable ni absorbible.
BOLSA DE VACACIONES A 504,70 € Compensación económica «de carácter salarial», no absorbible ni compensable, igual para todas las categorías, que se cobra al inicio del periodo vacacional: 504,70 € en 2026 para quien tenga derecho al periodo completo de vacaciones; en proporción al tiempo trabajado si se ingresa o cesa en el año. El art. 28 la declara actualizable cada año con el porcentaje de revisión.
PLUS DE VERSATILIDAD (DE 1 A 7 DÍAS AL MES) M 51,50 € Solo para quien firme por escrito el acuerdo de versatilidad (anexo G): disponibilidad para alternar mantenimiento o reparación de maquinaria o instalaciones, obras de albañilería o conducción de maquinaria y carretillas elevadoras. Tramo «de 1 a 7 días al mes»: 51,50 € al mes en 2026. Se cobra aunque la empresa no llegue a usar la versatilidad; cualquiera de las partes puede dejar el acuerdo sin efecto con un mes de preaviso.
PLUS DE VERSATILIDAD (DE 8 A 14 DÍAS AL MES) M 77,25 € Solo para quien firme por escrito el acuerdo de versatilidad (anexo G): disponibilidad para alternar mantenimiento o reparación de maquinaria o instalaciones, obras de albañilería o conducción de maquinaria y carretillas elevadoras. Tramo «de 8 a 14 días al mes»: 77,25 € al mes en 2026. Se cobra aunque la empresa no llegue a usar la versatilidad; cualquiera de las partes puede dejar el acuerdo sin efecto con un mes de preaviso.
PLUS DE VERSATILIDAD (15 DÍAS O MÁS AL MES) M 103,00 € Solo para quien firme por escrito el acuerdo de versatilidad (anexo G): disponibilidad para alternar mantenimiento o reparación de maquinaria o instalaciones, obras de albañilería o conducción de maquinaria y carretillas elevadoras. Tramo «15 días o más al mes»: 103,00 € al mes en 2026. Se cobra aunque la empresa no llegue a usar la versatilidad; cualquiera de las partes puede dejar el acuerdo sin efecto con un mes de preaviso.
SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ PERMANENTE (CAPITAL) A 21.000,00 € Capital garantizado de 21.000 € por la póliza colectiva que la empresa concierta a su cargo: muerte natural o por accidente e invalidez permanente con baja definitiva de la empresa. Es el capital de la póliza, no una retribución. El acta de 2026 no actualiza este capital.
Ingeniero/a-Técnico/a Agricola GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Ingeniero Agrícola; Técnico Agrícola

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.591,35 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.591,35 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.591,35 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 22.278,90 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 159,14 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 318,27 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 477,41 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 636,54 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 795,68 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 954,81 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe o Jefa de Almacén GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Jefe de Almacén; Jefa de Almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.425,00 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.425,00 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.425,00 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 19.950,04 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 142,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 285,00 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 427,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 570,00 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 712,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 855,00 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe o Jefa de Embarque GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Jefe de Embarque; Jefa de Embarque

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.355,08 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.355,08 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.355,08 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.971,10 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 135,51 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 271,02 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 406,52 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 542,03 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 677,54 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 813,05 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe o Jefa de Mantenimiento GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Jefe de Mantenimiento; Jefa de Mantenimiento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.379,17 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.379,17 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.379,17 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 19.308,38 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 137,92 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 275,83 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 413,75 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 551,67 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 689,59 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 827,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe/a Administrativo/a de 1ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.909,87 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.909,87 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.909,87 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 26.738,15 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 190,99 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 381,97 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 572,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 763,95 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 954,93 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 1.145,92 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe/a Administrativo/a de 2ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 2ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.687,78 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.687,78 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.687,78 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 23.628,94 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 168,78 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 337,56 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 506,33 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 675,11 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 843,89 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 1.012,67 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Oficial Administrativo/a de 1ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.431,65 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.431,65 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.431,65 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 20.043,03 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 143,16 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 286,33 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 429,49 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 572,66 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 715,82 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 858,99 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Oficial Administrativo/a de 2ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 2ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.338,31 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.338,31 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.338,31 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.736,29 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 133,83 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 267,66 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 401,49 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 535,32 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 669,15 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 802,98 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Auxiliar Administrativo/a GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Auxiliar Administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.248,27 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.248,27 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.248,27 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.475,76 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 124,83 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 249,65 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 374,48 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 499,31 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 624,13 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 748,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,99 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,49 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Conserje GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Conserje

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.250,57 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.250,57 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.250,57 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.508,00 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 125,06 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 250,11 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 375,17 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 500,23 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 625,29 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 750,34 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,47 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,70 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,93 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,13 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,53 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Ordenanza, Cobrador/a y Portero/a GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Ordenanza; Cobrador; Cobradora; Portero; Portera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.227,20 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.227,20 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.227,20 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.180,75 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 122,72 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 245,44 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 368,16 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 490,88 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 613,60 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 736,32 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,02 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,69 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,85 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,83 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Guardián o Guardiana GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Guardián; Guardiana

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.248,27 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.248,27 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.248,27 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.475,76 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 124,83 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 249,65 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 374,48 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 499,31 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 624,13 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 748,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,47 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,70 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,93 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,13 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,53 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Limpiador o Limpiadora GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Limpiador; Limpiadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.227,20 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.227,20 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.227,20 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.180,75 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 122,72 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 245,44 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 368,16 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 490,88 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 613,60 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 736,32 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,02 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,69 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,85 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,83 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Encargado/a GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Encargado; Encargada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.338,31 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.338,31 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.338,31 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.736,29 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 133,83 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 267,66 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 401,49 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 535,32 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 669,15 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 802,98 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,02 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,69 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,85 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,83 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Recibidor/a y Pesador/a GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Recibidor; Recibidora; Pesador; Pesadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.248,26 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.248,26 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.248,26 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.475,70 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 124,83 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 249,65 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 374,48 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 499,31 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 624,13 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 748,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,47 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,70 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,93 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,13 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,53 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Marcador o Marcadora GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Marcador; Marcadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.292,02 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.292,02 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.292,02 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.088,26 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 129,20 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 258,40 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 387,61 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 516,81 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 646,01 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 775,21 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,99 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,49 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Empaquetador o Empaquetadora GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Empaquetador; Empaquetadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.227,68 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.227,68 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.227,68 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.187,58 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 122,77 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 245,54 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 368,31 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 491,07 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 613,84 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 736,61 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,02 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,69 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,85 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,83 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Especialista GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.227,68 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.227,68 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.227,68 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.187,58 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 122,77 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 245,54 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 368,31 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 491,07 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 613,84 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 736,61 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,02 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,43 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,69 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,85 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,83 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Conductor o Conductora A GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Conductor A; Conductora A

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.355,79 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.355,79 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.355,79 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.981,03 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 135,58 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 271,16 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 406,74 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 542,32 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 677,89 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 813,47 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Conductor o Conductora B GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Conductor B; Conductora B

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.315,29 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.315,29 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.315,29 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.414,10 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 131,53 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 263,06 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 394,59 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 526,12 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 657,65 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 789,18 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,92 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,38 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,88 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,29 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Oficial de Mantenimiento GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Oficial de Mantenimiento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.273,08 € % Columna «Salario base mensual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.273,08 € % Columna «Extra junio» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.273,08 € % Columna «Extra diciembre» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.823,12 € % Columna «Total anual» de las «Tablas salariales del año 2026» del acuerdo de revisión (BOP de 8-7-2026): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 127,31 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 5 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 254,62 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 10 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 381,92 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 15 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 509,23 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 20 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 636,54 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 25 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 763,85 € % «Tabla complemento personal para el año 2026», columna de 30 años acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,99 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,49 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,77 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,05 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2026», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Tabla salarial 2025 (anexos A, B y C del convenio) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR COMIDA (ALMUERZO O CENA) H 14,24 € Por cada una de las dos comidas principales (almuerzo o cena) que conductores y demás personal tengan que hacer fuera de la localidad del centro de trabajo por un desplazamiento consustancial al trabajo. 14,24 € en 2025. No compensable ni absorbible (arts. 3 y 27).
DIETA POR DESAYUNO H 4,26 € Mismo supuesto de desplazamiento que la dieta por comida. 4,26 € en 2025.
PLUS DE DISTANCIA E 2,50 € Por cada día efectivo de trabajo, en compensación del traslado desde el domicilio a la empresa (2,50 € en 2025). Quedan exentas las empresas que pongan medios de locomoción al servicio del personal. No compensable ni absorbible.
BOLSA DE VACACIONES A 490,00 € Compensación económica «de carácter salarial», no absorbible ni compensable, igual para todas las categorías, que se cobra al inicio del periodo vacacional: 490,00 € en 2025 para quien tenga derecho al periodo completo de vacaciones; en proporción al tiempo trabajado si se ingresa o cesa en el año. El art. 28 la declara actualizable cada año con el porcentaje de revisión.
PLUS DE VERSATILIDAD (DE 1 A 7 DÍAS AL MES) M 50,00 € Solo para quien firme por escrito el acuerdo de versatilidad (anexo G): disponibilidad para alternar mantenimiento o reparación de maquinaria o instalaciones, obras de albañilería o conducción de maquinaria y carretillas elevadoras. Tramo «de 1 a 7 días al mes»: 50,00 € al mes en 2025. Se cobra aunque la empresa no llegue a usar la versatilidad; cualquiera de las partes puede dejar el acuerdo sin efecto con un mes de preaviso.
PLUS DE VERSATILIDAD (DE 8 A 14 DÍAS AL MES) M 75,00 € Solo para quien firme por escrito el acuerdo de versatilidad (anexo G): disponibilidad para alternar mantenimiento o reparación de maquinaria o instalaciones, obras de albañilería o conducción de maquinaria y carretillas elevadoras. Tramo «de 8 a 14 días al mes»: 75,00 € al mes en 2025. Se cobra aunque la empresa no llegue a usar la versatilidad; cualquiera de las partes puede dejar el acuerdo sin efecto con un mes de preaviso.
PLUS DE VERSATILIDAD (15 DÍAS O MÁS AL MES) M 100,00 € Solo para quien firme por escrito el acuerdo de versatilidad (anexo G): disponibilidad para alternar mantenimiento o reparación de maquinaria o instalaciones, obras de albañilería o conducción de maquinaria y carretillas elevadoras. Tramo «15 días o más al mes»: 100,00 € al mes en 2025. Se cobra aunque la empresa no llegue a usar la versatilidad; cualquiera de las partes puede dejar el acuerdo sin efecto con un mes de preaviso.
SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ PERMANENTE (CAPITAL) A 21.000,00 € Capital garantizado de 21.000 € por la póliza colectiva que la empresa concierta a su cargo: muerte natural o por accidente e invalidez permanente con baja definitiva de la empresa. Es el capital de la póliza, no una retribución.
Ingeniero/a-Técnico/a Agricola GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Ingeniero Agrícola; Técnico Agrícola

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.545,00 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.545,00 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.545,00 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 21.630,00 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 154,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 309,00 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 463,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 618,00 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 772,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 927,00 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe o Jefa de Almacén GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Jefe de Almacén; Jefa de Almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.383,50 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.383,50 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.383,50 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 19.368,97 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 138,35 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 276,70 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 415,05 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 553,40 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 691,75 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 830,10 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe o Jefa de Embarque GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Jefe de Embarque; Jefa de Embarque

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.315,61 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.315,61 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.315,61 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.418,54 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 131,56 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 263,12 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 394,68 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 526,24 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 657,81 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 789,37 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe o Jefa de Mantenimiento GRUPO I.- TÉCNICOS 17 conceptos

Puestos: Jefe de Mantenimiento; Jefa de Mantenimiento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.339,00 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.339,00 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.339,00 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.746,00 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 133,90 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 267,80 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 401,70 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 535,60 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 669,50 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 803,40 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe/a Administrativo/a de 1ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.854,24 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.854,24 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.854,24 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 25.959,36 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 185,42 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 370,85 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 556,27 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 741,70 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 927,12 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 1.112,54 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Jefe/a Administrativo/a de 2ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 2ª

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SALARIO BASE MENSUAL M 1.638,62 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.638,62 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.638,62 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 22.940,72 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 163,86 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 327,72 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 491,59 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 655,45 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 819,31 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 983,17 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Oficial Administrativo/a de 1ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.389,95 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.389,95 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.389,95 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 19.459,26 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 138,99 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 277,99 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 416,98 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 555,98 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 694,97 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 833,97 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Oficial Administrativo/a de 2ª GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 2ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.299,33 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.299,33 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.299,33 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.190,57 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 129,93 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 259,87 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 389,80 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 519,73 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 649,66 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 779,60 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Auxiliar Administrativo/a GRUPO II.- ADMINISTRATIVOS 17 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Auxiliar Administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.211,91 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.211,91 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.211,91 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.966,76 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 121,19 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 242,38 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 363,57 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 484,76 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 605,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 727,15 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,40 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,49 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,64 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Conserje GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Conserje

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.214,15 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.214,15 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.214,15 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.998,06 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 121,41 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 242,83 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 364,24 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 485,66 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 607,07 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 728,49 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,08 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,27 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,46 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,64 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,76 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Ordenanza, Cobrador/a y Portero/a GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Ordenanza; Cobrador; Cobradora; Portero; Portera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.191,45 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.191,45 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.191,45 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.680,34 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 119,15 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 238,29 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 357,44 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 476,58 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 595,73 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 714,87 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 11,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,86 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,36 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,52 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Guardián o Guardiana GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Guardián; Guardiana

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.211,91 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.211,91 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.211,91 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.966,76 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 121,19 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 242,38 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 363,57 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 484,76 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 605,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 727,15 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,08 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,27 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,46 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,64 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,76 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Limpiador o Limpiadora GRUPO III.- SUBALTERNOS 17 conceptos

Puestos: Limpiador; Limpiadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.191,45 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.191,45 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.191,45 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.680,34 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 119,15 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 238,29 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 357,44 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 476,58 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 595,73 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 714,87 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 11,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,86 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,36 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,52 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Encargado/a GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Encargado; Encargada

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.299,33 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.299,33 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.299,33 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.190,58 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 129,93 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 259,87 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 389,80 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 519,73 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 649,66 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 779,60 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 11,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,86 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,36 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,52 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Recibidor/a y Pesador/a GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Recibidor; Recibidora; Pesador; Pesadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.211,91 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.211,91 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.211,91 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.966,70 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 121,19 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 242,38 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 363,57 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 484,76 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 605,95 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 727,14 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,07 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,08 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,27 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,46 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,64 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,76 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Recibidor y Recibidora, Pesador y Pesadora, Guardián y Guardiana, Conserje. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Marcador o Marcadora GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Marcador; Marcadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.254,39 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.254,39 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.254,39 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.561,41 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 125,44 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 250,88 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 376,32 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 501,75 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 627,19 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 752,63 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,40 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,49 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,64 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Empaquetador o Empaquetadora GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Empaquetador; Empaquetadora

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.191,93 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.191,93 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.191,93 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.686,97 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 119,19 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 238,39 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 357,58 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 476,77 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 595,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 715,16 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 11,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,86 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,36 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,52 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Especialista GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.191,93 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.191,93 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.191,93 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 16.686,97 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 119,19 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 238,39 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 357,58 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 476,77 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 595,96 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 715,16 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 11,67 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,86 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,23 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,36 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,52 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Empaquetador, Empaquetadora, Especialista, Limpiador, Limpiadora, Ordenanza-Cobrador/a-Portero/a, Encargado y Encargada. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Conductor o Conductora A GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Conductor A; Conductora A

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.316,30 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.316,30 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.316,30 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 18.428,19 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 131,63 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 263,26 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 394,89 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 526,52 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 658,15 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 789,78 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Conductor o Conductora B GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Conductor B; Conductora B

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.276,98 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.276,98 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.276,98 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.877,77 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 127,70 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 255,40 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 383,09 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 510,79 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 638,49 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 766,19 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,54 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,96 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 15,42 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,28 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,73 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 20,06 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Ingeniero/a Agrícola, Técnico/a Agrícola, Conductor y Conductora A y B, Jefe/a de almacén y embarque, Jefe/a de mantenimiento, Jefe o Jefa Administrativo/a 1º y 2º, Oficial Administrativo/a 1º y 2º. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
Oficial de Mantenimiento GRUPO IV.- OBREROS 17 conceptos

Puestos: Oficial de Mantenimiento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE MENSUAL M 1.236,00 € % Columna «Salario base mensual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025). Se abona en doce mensualidades más dos pagas extraordinarias de igual cuantía (art. 26).
EXTRA JUNIO A 1.236,00 € % Columna «Extra junio» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de verano se abona del 1 al 10 de junio y, según el art. 27.B, vale salario base MÁS el complemento personal de quien lo tenga (la columna de la tabla solo recoge el salario base).
EXTRA DICIEMBRE A 1.236,00 € % Columna «Extra diciembre» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): una mensualidad de salario base. La paga de Navidad se abona del 1 al 10 de diciembre y vale salario base más complemento personal (art. 27.B).
TOTAL ANUAL A 17.304,00 € % Columna «Total anual» de el anexo A, «Tablas salariales del año 2025» (BOP de 8-8-2025): el salario base de las catorce pagas expresado en año. No se suma a las columnas anteriores.
COMPLEMENTO PERSONAL (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 123,60 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 5 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 10 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (10 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 247,20 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 10 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 20 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (15 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 370,80 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 15 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 30 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (20 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 494,40 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 20 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 40 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (25 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 618,00 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 25 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 50 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
COMPLEMENTO PERSONAL (30 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) M 741,60 € % «Tabla complemento personal para el año 2025», columna de 30 años de servicio acreditados: importe MENSUAL para quien tenga acreditados esos años de servicio «en su día» (art. 27). Equivale al 60 % del salario base mensual (un 10 % por cada cinco años). La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores. Se cobra también en las dos pagas extraordinarias (art. 27.B).
VALOR HORA EXTRA (0 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 12,40 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «0» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (1 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 13,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «1» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (2 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 14,55 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «2» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (3 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 16,01 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «3» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (4 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 17,25 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «4» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (5 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 18,49 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «5» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).
VALOR HORA EXTRA (6 AÑOS DE SERVICIO ACREDITADOS) H 19,64 € % «Valor de las horas extraordinarias para el año 2025», fila «6» de la columna «Años de servicio acreditados», grupo de categorías: Marcador y Marcadora, Oficial de Mantenimiento, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Administrativa. El boletín rotula la columna con los valores 0 a 6 sin decir su unidad; la nota del anexo remite a la regulación del art. 27 (complemento personal, que va por tramos de cinco años).

Incrementos y revisiones futuras

Estos años no tienen tabla publicada con los importes definitivos: su subida se calcula con lo que pacta el convenio. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2025 Tabla del anexo A; revisión con el IPC nacional al final del año «hasta un máximo de incremento máximo total y conjunto de hasta un 1,5 %», consolidando el 3 % si el IPC es inferior · Tabla salarial 2025 (anexo A) · IPC general de España de 2025: 2,9 % (INE, diciembre sobre diciembre) Tabla publicada. IPC nacional de 2025: 2,9 %, inferior al 3 %: la tabla no se revisa y el acta de 2026 sube el 3 % sobre ella.
2026 3 % sobre la tabla y los conceptos económicos de 2025; revisión con el IPC nacional al final del año con el mismo tope, consolidando el 3 % si el IPC es inferior · Tabla salarial y conceptos económicos de 2025 · IPC general de España de 2026: el INE lo publica a mediados de enero de 2027 Tabla publicada en el BOP de 8-7-2026 (acta de 23-01-2026). La revisión por el IPC de 2026 no está publicada.
2027 2 % sobre la tabla y los conceptos económicos de 2026; revisión con el IPC nacional al final del año con el mismo tope, consolidando el 2 % si el IPC es inferior · Tabla salarial y conceptos económicos de 2026 · IPC general de España de 2027: el INE lo publica a mediados de enero de 2028 Sin tabla publicada: no se calcula.
2028 2 % sobre la tabla y los conceptos económicos de 2027; revisión con el IPC nacional al final del año con el mismo tope, consolidando el 2 % si el IPC es inferior · Tabla salarial y conceptos económicos de 2027 · IPC general de España de 2028: el INE lo publica a mediados de enero de 2029 Sin tabla publicada: no se calcula.

Historia del convenio

01/01/2025 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2028 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de empaquetado de plátanos (agricultura) (Santa Cruz de Tenerife)?

En 2026, el salario base va desde 1.227,20 € hasta 1.909,87 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Ámbito y vigencia

Cuatro años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, para el empaquetado de plátanos en Tenerife, La Gomera y El Hierro.

  • Se aplica a todas las empresas y personas trabajadoras que manipulen, transporten y empaqueten plátanos en el lugar de producción o fuera de él, con fruta propia o ajena; quien manipule plátanos debe estar en el Régimen General de la Seguridad Social y en este convenio (art. 1).
  • Ámbito territorial: Tenerife, La Gomera y El Hierro; no se aplica en La Palma salvo que sus organizaciones patronales y sindicales se adhieran, comunicándolo por escrito al SEMAC (art. 1 y disposición final).
  • Vigencia del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028; entra en vigor con su firma, sea cual sea la fecha de registro o publicación, y deroga en su integridad al convenio anterior (art. 2).
  • Queda denunciado automáticamente al terminar su vigencia; las negociaciones pueden empezar un mes antes y, hasta la firma del siguiente, siguen en vigor todas sus condiciones (art. 2).
  • Las condiciones económicas forman un todo y absorben las anteriores en cómputo anual, salvo el plus de distancia y las dietas; se respetan las condiciones más beneficiosas (art. 3).
  • Las empresas que contraten con empresas de trabajo temporal deben aplicar este convenio en su totalidad a esas personas (disposición adicional segunda).

Subidas salariales 2025-2028 y revisión por IPC

Tabla propia para 2025 y subidas del 3 % en 2026 y del 2 % en 2027 y 2028, con revisión por el IPC nacional al final de cada año.

  • 2025: rige la tabla salarial del anexo A desde el 1 de enero de 2025; al final del año las mensualidades se revisan con el IPC «y hasta un máximo de incremento máximo total y conjunto de hasta un 1,5 %», y si el IPC fuera inferior al 3 % se consolida ese 3 % (art. 2, literal).
  • Con el IPC nacional de 2025 (2,9 %) por debajo del 3 %, la tabla de 2025 no se revisa: el acta de 23-01-2026 aplica el 3 % directamente sobre ella.
  • 2026: +3 % sobre la tabla y los conceptos económicos de 2025, con efectos de 1 de enero de 2026; mismas reglas de revisión por IPC (si es inferior al 3 %, se consolida el 3 %). Tablas publicadas en el BOP de 8 de julio de 2026.
  • 2027: +2 % sobre la tabla y los conceptos económicos de 2026, con efectos de 1 de enero de 2027; revisión con el IPC al final del año y consolidación del 2 % si el IPC es inferior.
  • 2028: +2 % sobre la tabla y los conceptos económicos de 2027, con efectos de 1 de enero de 2028; mismas reglas de revisión.
  • Las revisiones se hacen sobre el IPC nacional (art. 2).
  • Los atrasos de 2026 no abonados se pagan como máximo en la nómina de febrero de 2026 (acta de 23-01-2026).

Jornada y horas extraordinarias

40 horas semanales de trabajo efectivo de lunes a sábado, con jornada intensiva de verano para el personal administrativo.

  • Jornada de 40 horas semanales de trabajo efectivo, de lunes a sábado; si se trabaja algún sábado, con un máximo de 5 horas (art. 15).
  • Descanso de quince minutos computado como trabajo efectivo, en jornada continuada y partida; en jornada partida, el intervalo entre los dos periodos no debe superar dos horas.
  • El personal administrativo tiene jornada intensiva de cinco horas por la mañana en junio, julio, agosto y septiembre, y jornada continuada de lunes a viernes (art. 15 y disposición adicional primera).
  • Cada empresa elabora el calendario laboral en enero con la representación del personal.
  • Se suprimen las horas extraordinarias habituales; se admiten las de realización obligatoria por siniestros o daños extraordinarios y las estructurales de libre aceptación, por ser el plátano perecedero y los buques irregulares en la carga (art. 16).
  • Las horas extraordinarias se pagan por el valor de la tabla del anexo C, según el grupo de categorías y los «años de servicio acreditados» (0 a 6); se reparten entre todo el personal y se informa cada mes a la representación.
  • Registro de jornada mediante sistema de fichaje electrónico o tarjeta; si falla, la empresa habilita un registro manual (disposición adicional cuarta).

Vacaciones

30 días naturales al año, cobrando el importe total de la remuneración mensual, más una bolsa de vacaciones.

  • 30 días naturales de vacaciones, retribuidos con el importe total de la remuneración mensual; por acuerdo pueden partirse en dos periodos de 15 días, empezando en día laborable (art. 17).
  • El periodo se fija antes del 1 de marzo por acuerdo entre empresa y representación, por orden de antigüedad y rotatorio; se disfrutan entre junio y octubre según las necesidades del servicio.
  • Una incapacidad temporal sobrevenida interrumpe las vacaciones, que se reanudan tras el alta; si la baja impide disfrutarlas en el año, se pueden tomar en el primer trimestre del siguiente o acumular, en proporción al tiempo trabajado.
  • Quien se jubila tiene derecho a las vacaciones como si hubiera trabajado todo el año; en caso de fallecimiento, el importe se abona a su cónyuge o conviviente, hijos o padres.
  • Si la empresa interrumpe las vacaciones por necesidades del servicio, concede dos días más por cada día interrumpido, salvo otra compensación pactada.
  • Bolsa de vacaciones al inicio del periodo vacacional: 490 € en 2025 y 504,70 € en 2026 (art. 28 y acta de 2026).

Complemento personal (antigüedad de los años de servicio acreditados)

El convenio paga como «complemento personal» la cuantía que corresponde a los años de servicio en su día acreditados, según la tabla del anexo B.

  • La cuantía del complemento personal por los años de servicio en su día acreditados es la de la tabla del anexo B (art. 27).
  • La tabla va por tramos de 5, 10, 15, 20, 25 y 30 años de servicio acreditados, con un importe mensual por categoría que equivale al 10 % del salario base por cada cinco años (hasta el 60 % a los treinta).
  • La nota del anexo remite al art. 27 y a la regulación de los convenios anteriores para la retribución de los años acreditados.
  • El complemento personal entra en las dos pagas extraordinarias (salario base más complemento personal, art. 27.B) y en el importe anual que puede prorratearse (art. 27.B).
  • Ejemplo 2026, Empaquetador o Empaquetadora: 122,77 € al mes con 5 años acreditados y 736,61 € con 30.

Pagas extraordinarias

Dos pagas, de verano y de Navidad, de una mensualidad de salario base más complemento personal cada una.

  • Paga de verano: se abona del 1 al 10 de junio y se devenga del 1 de diciembre al 31 de mayo (art. 27.B).
  • Paga de Navidad: se abona del 1 al 10 de diciembre y se devenga del 1 de junio al 30 de noviembre.
  • Cada una equivale a una mensualidad de salario base más el complemento personal.
  • Quien ingrese o cese en el año, o no tenga derecho a la paga completa, cobra la sexta parte por cada mes o fracción del último semestre (la fracción de mes cuenta entera).
  • En incapacidad temporal se abonan íntegras, sin descuento.
  • Por acuerdo entre empresa y representación, el importe anual (salario base más complemento personal) puede cobrarse en más o menos de catorce pagas, nunca más de dieciséis ni menos de doce; con dieciséis, las de enero, abril, julio y octubre se pagan en proporción al tiempo trabajado en el trimestre anterior.

Complemento en incapacidad temporal

Complemento hasta el 100 % de la tabla salarial: desde el primer día en contingencia profesional, maternidad y hospitalización, y desde el día 40 en el resto.

  • Los cuatro primeros días de enfermedad del año: la empresa abona el 100 % de la base reguladora, con un máximo de cuatro días al año y avisando y justificando con el parte (art. 31.1).
  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional: 100 % de la tabla salarial desde el primer día, con un tope de 18 mensualidades (art. 31.2.A).
  • Maternidad, en el periodo voluntario y en el obligatorio: 100 % de la tabla salarial (art. 31.2.A).
  • Enfermedad común o accidente no laboral con hospitalización: 100 % de la tabla salarial mientras duren la hospitalización y la rehabilitación o el reposo prescritos tras ella, con un tope de 18 mensualidades (art. 31.2.A).
  • Resto de bajas: 100 % del salario base más antigüedad y demás complementos salariales de la tabla a partir del día 40, y desde el primer día si es recaída de la enfermedad anterior (art. 31.2.B).
  • Si se reconoce una incapacidad con prestación retroactiva que coincida con los 18 meses de garantía, la persona devuelve a la empresa lo cobrado como mejora en esos periodos superpuestos (art. 31.3).
  • Las trabajadoras fijas discontinuas tienen derecho al 100 % del salario real en el permiso por nacimiento, si cumplen los requisitos legales (art. 33).

Dietas, plus de distancia y plus de versatilidad

Importes planos iguales para todas las categorías, actualizados en 2026 con el 3 %.

  • Dieta por cada comida principal (almuerzo o cena) fuera de la localidad del centro por desplazamiento de trabajo: 14,24 € en 2025 y 14,67 € en 2026 (art. 27.C y acta de 2026).
  • Dieta por desayuno: 4,26 € en 2025 y 4,39 € en 2026.
  • Plus de distancia por cada día efectivo de trabajo, por el traslado del domicilio a la empresa: 2,50 € en 2025 y 2,58 € en 2026; no se paga si la empresa pone medios de locomoción (art. 27.D).
  • Las dietas y el plus de distancia no son compensables ni absorbibles.
  • Plus de versatilidad, para quien firme el acuerdo del anexo G: 50, 75 o 100 € al mes en 2025 y 51,50, 77,25 o 103 € en 2026, según trabaje de 1 a 7 días, de 8 a 14 días o 15 días o más al mes en funciones de mantenimiento, reparación, albañilería o manejo de maquinaria y carretillas (art. 27.F).
  • El plus de versatilidad se cobra aunque la empresa no use la versatilidad, y se deja sin efecto con un mes de preaviso de cualquiera de las partes.
  • El convenio permite sistemas de trabajo con incentivo (destajo, tarea o prima), de libre aceptación (art. 27.E); no fija importes.

Seguro de vida e invalidez

Póliza colectiva a cargo de la empresa con un capital de 21.000 € por muerte o invalidez permanente.

  • Las empresas conciertan, en los tres meses siguientes a la firma, una póliza colectiva de vida e invalidez permanente con un capital garantizado de 21.000 € por persona trabajadora o los herederos que designe (art. 29).
  • Cubre la muerte natural o por accidente y la invalidez permanente con baja definitiva de la empresa.
  • Si la aseguradora excluye a alguien por edad o enfermedad, la empresa cumple abonándole la prima que habría pagado por esa persona.

Licencia especial al cesar con 60 años o más

Quien cause baja con 60 años o más y al menos siete de antigüedad tiene una licencia especial retribuida de 45 a 150 días.

  • De 7 a 9 años de antigüedad: 45 días.
  • De 10 a 14 años: 90 días.
  • De 15 a 19 años: 120 días.
  • 20 años o más: 150 días.
  • Se disfruta antes del cese en la fecha que se elija, avisando a la empresa, o acumulada a las vacaciones; no se aplica si la baja es por despido (art. 30).

Licencias y permisos

Permisos retribuidos ampliados, con dos días más cuando hay que desplazarse fuera de la isla, y tres días de asuntos propios.

  • Matrimonio o pareja de hecho: 16 días naturales (art. 18).
  • Fallecimiento de padres, cónyuge o pareja de hecho, hijos, hijos políticos, padres políticos y hermanos: 6 días laborables, y 2 más fuera de la isla.
  • Nacimiento de hijos: 6 días laborables, y 2 más fuera de la isla.
  • Fallecimiento de abuelos, tíos, nietos, abuelos políticos, hermanos y tíos políticos: 2 días laborables, y 2 más fuera de la isla.
  • Enfermedad grave, accidente u hospitalización, o intervención con hospitalización que precise reposo, de familiares hasta el segundo grado, pareja de hecho o conviviente: 5 días laborables, y 2 más fuera de la isla.
  • Asistencia médica de la Seguridad Social: cuatro horas, y un día (o los necesarios) para el especialista fuera de la localidad.
  • Fuerza mayor por motivos familiares urgentes: retribuidas las horas equivalentes a cuatro días al año.
  • Cambio de residencia: un día, dos si es fuera del municipio, una vez al año.
  • Tres días de asuntos propios retribuidos al año, pedidos con tres días de antelación.
  • Permiso no retribuido de dos meses a un año con más de un año de antigüedad; excedencia voluntaria de cuatro meses a cinco años con un año de antigüedad (arts. 18 y 19).

Contratación, fijos discontinuos y periodo de prueba

El sector admite la contratación fija discontinua, con un periodo anual mínimo de actividad de siete meses.

  • Periodo de prueba: 30 días para el personal sin cualificación profesional y 60 días para el titulado o cualificado; la incapacidad temporal interrumpe su cómputo (art. 9).
  • No se puede contratar personal eventual mientras haya fijos discontinuos pendientes de llamamiento, salvo la parada cíclica anual (art. 9).
  • Preaviso de 5 días naturales, por escrito, tanto para el llamamiento como para el pase a inactividad; el sistema de llamamiento y cese se pacta cada año en cada centro y, a falta de acuerdo, va por necesidad organizativa y categoría y, dentro de ella, por mayor antigüedad.
  • Periodo anual mínimo de actividad de 7 meses para los fijos discontinuos, que pueden contratarse también a tiempo parcial.
  • El contrato eventual puede durar hasta 12 meses en un periodo de 18, y se justifica cuando la producción supera el promedio de los dos años anteriores (art. 9).
  • Para aumentar la plantilla fija se recurre primero a los fijos discontinuos por orden de antigüedad (art. 10).

Clasificación profesional

Cuatro grupos —técnicos, administrativos, subalternos y obreros— con sus categorías definidas en los arts. 36 y 37.

  • Grupo I, técnicos: Técnico de Grado Superior, Técnico de Grado Medio, Ingeniero Agrícola o Técnico Agrícola, Jefe de Almacén, Jefe de Embarque y Jefe de Mantenimiento.
  • Grupo II, administrativos: Jefe Administrativo de 1ª y de 2ª, Oficial Administrativo de 1ª y de 2ª y Auxiliar Administrativo.
  • Grupo III, subalternos: Conserje, Ordenanza, Cobrador, Portero, Guardián y Limpiador/a.
  • Grupo IV, obreros: Encargado, Recibidor, Pesador, Marcador, Empaquetador, Especialista, Especialista Agrícola, Conductor A y Conductor B; las tablas salariales incluyen además en este grupo al Oficial de Mantenimiento.
  • Técnico de Grado Superior, Técnico de Grado Medio y Especialista Agrícola no tienen fila en las tablas salariales; al Especialista Agrícola el art. 14.B le aplica el régimen salarial de su categoría en la empresa empaquetadora.
  • La movilidad funcional se rige por el art. 14; los ascensos, por libre designación o por turnos de antigüedad con prueba y concurso-oposición (art. 38).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 29), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte — 21.000,00 € Beneficiario: La persona trabajadora o los herederos que designe · El boletín dice «muerte natural o por accidente», sin precisar si el accidente es laboral.
Invalidez (el convenio no distingue grado) — 21.000,00 € Beneficiario: La persona trabajadora · El boletín dice «invalidez permanente con baja definitiva de la empresa», sin distinguir grado.

Desde cuándo cubre: La póliza se concierta en los tres meses siguientes a la firma del convenio

Si no hay póliza contratada: la empresa responde directamente de estos importes.

Si la aseguradora excluye a una persona por edad o enfermedad, la empresa cumple abonándole la prima que habría pagado por ella.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio no pacta subrogación convencional de la plantilla al cambiar la contrata. Leído el convenio entero: no pacta subrogación de plantilla entre empresas.

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