| PLUS DE DISTANCIA | H | 0,26 € | Art. 20: 0,26 €/km por vehículo, con independencia del número de ocupantes (el convenio publica la misma cuantía para 1, 2, 3, 4 y 5 o más ocupantes), cuando la empresa no habilita un medio de transporte adecuado y la persona trabajadora usa vehículo propio. La Comisión Paritaria, en acuerdo de 19-02-2025 (BOP Córdoba núm. 46, 07-03-2025), interpretó que el plus se abona desde el DOMICILIO de la persona trabajadora hasta el centro de trabajo, «sea a la distancia que sea», y no solo cuando media otra localidad. Si el centro dista más de 50 km del domicilio, la empresa puede optar entre dar alojamiento habitable o abonar este plus. Fuente: BOP Córdoba núm. 191, de 03-10-2024 (BOP-A-2024-3862). |
| PLUS DE DESGASTE DE HERRAMIENTAS | E | 0,33 € | Art. 21: 0,33 €/día de trabajo, y se abona siempre que la empresa no facilite las herramientas a la persona trabajadora. Fuente: BOP Córdoba núm. 191, de 03-10-2024 (BOP-A-2024-3862). |
| PLUS DE MAQUINARIA | H | 0,46 € | Art. 23: 0,46 € por hora trabajada, sobre el salario base, en las faenas agrícolas que se realizan con motosierra y con vibrador de gasolina. Fuente: BOP Córdoba núm. 191, de 03-10-2024 (BOP-A-2024-3862). |
| HORA EXTRAORDINARIA | H | — | 40% Art. 27 (Horas extraordinarias): el valor de la hora extraordinaria se incrementa en un 40 %. El convenio NO publica el valor de la hora ordinaria ni el divisor para obtenerlo desde el salario diario, así que el importe no se puede dar sin inventarlo: queda vacío a propósito. Las partes se comprometen además a suprimir las horas extraordinarias, salvo las justificadas y previstas por ley. |
| HORA EXTRAORDINARIA EN DOMINGO O FESTIVO | H | — | 75% Art. 27 (Horas extraordinarias): las realizadas en domingo o festivo se incrementan en un 75 % sobre la hora ordinaria, salvo descanso compensatorio. El convenio NO publica el valor de la hora ordinaria: el importe queda vacío a propósito. |