Convenio colectivo · REGCON 08010395011997

Convenio colectivo de las empresas consignatarias de buques de la provincia de Barcelona

Barcelona Empresas consignatarias de buques Ámbito provincial Vigencia 01/01/2023 — 31/12/2025
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOPB 10/11/2023, CVE 202310146801.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2025, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2025 (+7,5 % sobre 2024) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
GRATIFICACIÓN POR QUEBRANTO DE MONEDA A 341,42 € Art. 37: cajeros y empleados que habitualmente hagan operaciones de cobro y pago con responsabilidad directa en ellas. Importe anual; puede repartirse por meses de acuerdo con la persona trabajadora (art. 44).
COMPLEMENTO DE PUESTO DE TRABAJO. PODERES A 341,42 € Art. 39: personal de cualquier categoría que realice funciones de apoderado. Importe anual; puede repartirse por meses (art. 44).
COMPLEMENTO PERSONAL POR IDIOMAS A 341,42 € Art. 40: personal de cualquier categoría que lea, escriba y redacte con suficiencia un idioma extranjero utilizado por la empresa. Importe anual por el primer idioma; la empresa puede exigir certificado. Puede repartirse por meses (art. 44).
COMPLEMENTO PERSONAL POR IDIOMAS (CADA OTRO IDIOMA) A 136,57 € 341.42*0.40 40% Art. 40: «341,42 € más un 40 %, por cada otro idioma extranjero»: importe anual calculado como el 40 % de 341,42 € por cada idioma adicional, en las mismas condiciones.
NOCTURNIDAD H — 35.2% Art. 38: se fija un 35,2 % para primar las horas trabajadas en periodo nocturno, «de conformidad a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores». El convenio no dice sobre qué importe se aplica, así que no se calcula ninguna cifra.
DIETA D 31,10 € Art. 42: dieta completa por viaje o desplazamiento, por necesidades del servicio, a una población distinta de la del centro de trabajo. Se reparte en almuerzo 30 %, cena 30 % y pernoctar 40 %. Si los gastos la superan, la empresa abona el exceso previa justificación.
DIETA. ALMUERZO D 9,33 € 31.10*0.30 30% Art. 42: el 30 % de la dieta de 31,10 €: fuera de la población del centro entre las 12:00 y las 14:00, o si la empresa interrumpe el horario habitual de comida y la jornada sigue después.
DIETA. CENA D 9,33 € 31.10*0.30 30% Art. 42: el 30 % de la dieta de 31,10 €: si no puede volver antes de las 21:00 por causas ajenas a su voluntad, o si amplía el trabajo en jornada nocturna de 20:00 a 02:00.
DIETA. PERNOCTAR D 12,44 € 31.10*0.40 40% Art. 42: el 40 % de la dieta de 31,10 €: si tiene que pernoctar fuera de la población del centro; no si puede regresar antes de medianoche.
SEGURO COLECTIVO ACUMULATIVO CONTRA ACCIDENTES A 35.000,00 € Art. 33: capital asegurado de la póliza que contrata la empresa para muerte e invalidez parcial, total o absoluta por accidente, laboral o extraprofesional. La póliza debe cubrir la zona portuaria y la empresa entrega copia en el primer trimestre del año.
Director General / Director Gerente / Director Funcional / Titulado Superior Grupo I-A 17 conceptos

Puestos: Director General; Director Gerente; Director Funcional; Titulado Superior; Titulada Superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.376,87 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 142,61 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 4.753,74 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 2.376,87 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 7.130,61 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 14.261,22 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 11.884,35 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 9.507,48 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 19.014,96 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 16.638,09 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 14.261,22 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 35.653,05 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 23.768,70 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Jefe de Sección Grupo II-A 17 conceptos

Puestos: Jefe de Sección; Jefa de Sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.376,87 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 2.376,87 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 142,61 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 4.753,74 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 2.376,87 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 7.130,61 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 14.261,22 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 11.884,35 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 9.507,48 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 19.014,96 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 16.638,09 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 14.261,22 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 35.653,05 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 23.768,70 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Jefe de Negociado / Jefe de Almacén / Titulado Medio Grupo II-A 17 conceptos

Puestos: Jefe de Negociado; Jefa de Negociado; Jefe de Almacén; Jefa de Almacén; Titulado Medio; Titulada Media

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.069,92 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 2.069,92 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.069,92 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 2.069,92 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 2.069,92 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 124,20 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 4.139,84 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 2.069,92 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 6.209,76 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 12.419,52 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.349,60 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.279,68 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 16.559,36 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 14.489,44 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 12.419,52 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 31.048,80 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 20.699,20 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Responsables Departamento / Jefatura no Encuadrada, Secretaria de Dirección / Encargado Almacén Grupo II-B 18 conceptos

Puestos: Responsable de Departamento; Jefatura no encuadrada; Secretaria de Dirección; Secretario de Dirección; Encargado de Almacén; Encargada de Almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.844,34 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.844,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.844,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.844,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.844,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 110,66 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
COMPLEMENTO ESPECIAL RESPONSABILIDAD M 180,00 € Art. 12: 180 € brutos mensuales para quien, en el grupo y nivel II-B, tiene personal a su cargo. Quien ejerza ocasionalmente esas responsabilidades lo cobra de forma proporcional (incluido el Oficial de 1ª que haga tareas de jefatura, art. 11). No es absorbible ni compensable, salvo con el complemento de responsabilidad que ya se viniera cobrando de forma acreditada, hasta donde alcance.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.688,68 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.844,34 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 5.533,02 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 11.066,04 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.221,70 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.377,36 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 14.754,72 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 12.910,38 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 11.066,04 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 27.665,10 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 18.443,40 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Oficial de 1ª Grupo II-B 17 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª; Oficial de primera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.764,78 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.764,78 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.764,78 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.764,78 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.764,78 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 105,89 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.529,56 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.764,78 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 5.294,34 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.588,68 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.823,90 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.059,12 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 14.118,24 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 12.353,46 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 10.588,68 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 26.471,70 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 17.647,80 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Oficial de 2ª Grupo III-A 17 conceptos

Puestos: Oficial de 2ª; Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.539,19 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 92,35 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.078,38 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.539,19 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.617,57 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.235,14 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.695,95 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 6.156,76 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 12.313,52 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.774,33 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 9.235,14 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 23.087,85 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 15.391,90 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Auxiliar Administrativo Grupo III-B 17 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Auxiliar Administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.321,34 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.321,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.321,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.321,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.321,34 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 79,28 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.642,68 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.321,34 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.964,02 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.928,04 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.606,70 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.285,36 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.570,72 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.249,38 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.928,04 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 19.820,10 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 13.213,40 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Recepción/Telefonista Grupo III-C 18 conceptos

Puestos: Recepcionista; Telefonista; Conserje

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.539,19 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.539,19 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 92,35 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
GRATIFICACIÓN PERSONAL SUBALTERNO A 355,08 € Art. 41: conserje, ordenanza, portero/a, sereno/a, cobrador/a y telefonista del grupo administrativo (plena dedicación), a partir del quinto año de trabajo efectivo en la empresa y mientras mantengan la misma categoría. Importe anual. Quien ya la cobraba la consolida como plus ad personam subalterno. Se recoge en las filas donde el convenio encuadra esas categorías (Recepción/Telefonista y Conserje en III-C; Cobrador, Ordenanza y Portero en IV-A).
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.078,38 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.539,19 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.617,57 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.235,14 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.695,95 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 6.156,76 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 12.313,52 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.774,33 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 9.235,14 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 23.087,85 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 15.391,90 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Mozo/Peón almacén Grupo III-C 17 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; Moza de almacén; Peón de almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.411,57 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 84,69 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.823,14 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.411,57 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.234,71 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 8.469,42 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.057,85 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.646,28 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 11.292,56 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.880,99 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.469,42 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 21.173,55 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 14.115,70 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Mantenimiento/Limpieza/Vigilancia Grupo IV-A 18 conceptos

Puestos: Mantenimiento; Personal de limpieza; Vigilante; Cobrador; Cobradora; Ordenanza; Portero; Portera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.411,57 € Tabla salarial del convenio, columna 2025 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.411,57 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 84,69 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
GRATIFICACIÓN PERSONAL SUBALTERNO A 355,08 € Art. 41: conserje, ordenanza, portero/a, sereno/a, cobrador/a y telefonista del grupo administrativo (plena dedicación), a partir del quinto año de trabajo efectivo en la empresa y mientras mantengan la misma categoría. Importe anual. Quien ya la cobraba la consolida como plus ad personam subalterno. Se recoge en las filas donde el convenio encuadra esas categorías (Recepción/Telefonista y Conserje en III-C; Cobrador, Ordenanza y Portero en IV-A).
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.823,14 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.411,57 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.234,71 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 8.469,42 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.057,85 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.646,28 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 11.292,56 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.880,99 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.469,42 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 21.173,55 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 14.115,70 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Tabla salarial 2024 (+7,5 % sobre 2023) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
GRATIFICACIÓN POR QUEBRANTO DE MONEDA A 341,42 € Art. 37: cajeros y empleados que habitualmente hagan operaciones de cobro y pago con responsabilidad directa en ellas. Importe anual; puede repartirse por meses de acuerdo con la persona trabajadora (art. 44).
COMPLEMENTO DE PUESTO DE TRABAJO. PODERES A 341,42 € Art. 39: personal de cualquier categoría que realice funciones de apoderado. Importe anual; puede repartirse por meses (art. 44).
COMPLEMENTO PERSONAL POR IDIOMAS A 341,42 € Art. 40: personal de cualquier categoría que lea, escriba y redacte con suficiencia un idioma extranjero utilizado por la empresa. Importe anual por el primer idioma; la empresa puede exigir certificado. Puede repartirse por meses (art. 44).
COMPLEMENTO PERSONAL POR IDIOMAS (CADA OTRO IDIOMA) A 136,57 € 341.42*0.40 40% Art. 40: «341,42 € más un 40 %, por cada otro idioma extranjero»: importe anual calculado como el 40 % de 341,42 € por cada idioma adicional, en las mismas condiciones.
NOCTURNIDAD H — 35.2% Art. 38: se fija un 35,2 % para primar las horas trabajadas en periodo nocturno, «de conformidad a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores». El convenio no dice sobre qué importe se aplica, así que no se calcula ninguna cifra.
DIETA D 31,10 € Art. 42: dieta completa por viaje o desplazamiento, por necesidades del servicio, a una población distinta de la del centro de trabajo. Se reparte en almuerzo 30 %, cena 30 % y pernoctar 40 %. Si los gastos la superan, la empresa abona el exceso previa justificación.
DIETA. ALMUERZO D 9,33 € 31.10*0.30 30% Art. 42: el 30 % de la dieta de 31,10 €: fuera de la población del centro entre las 12:00 y las 14:00, o si la empresa interrumpe el horario habitual de comida y la jornada sigue después.
DIETA. CENA D 9,33 € 31.10*0.30 30% Art. 42: el 30 % de la dieta de 31,10 €: si no puede volver antes de las 21:00 por causas ajenas a su voluntad, o si amplía el trabajo en jornada nocturna de 20:00 a 02:00.
DIETA. PERNOCTAR D 12,44 € 31.10*0.40 40% Art. 42: el 40 % de la dieta de 31,10 €: si tiene que pernoctar fuera de la población del centro; no si puede regresar antes de medianoche.
SEGURO COLECTIVO ACUMULATIVO CONTRA ACCIDENTES A 35.000,00 € Art. 33: capital asegurado de la póliza que contrata la empresa para muerte e invalidez parcial, total o absoluta por accidente, laboral o extraprofesional. La póliza debe cubrir la zona portuaria y la empresa entrega copia en el primer trimestre del año.
Director General / Director Gerente / Director Funcional / Titulado Superior Grupo I-A 17 conceptos

Puestos: Director General; Director Gerente; Director Funcional; Titulado Superior; Titulada Superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.211,05 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 132,66 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 4.422,10 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 2.211,05 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 6.633,15 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 13.266,30 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 11.055,25 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.844,20 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 17.688,40 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 15.477,35 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 13.266,30 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 33.165,75 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 22.110,50 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Jefe de Sección Grupo II-A 17 conceptos

Puestos: Jefe de Sección; Jefa de Sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.211,05 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 2.211,05 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 132,66 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 4.422,10 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 2.211,05 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 6.633,15 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 13.266,30 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 11.055,25 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.844,20 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 17.688,40 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 15.477,35 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 13.266,30 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 33.165,75 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 22.110,50 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Jefe de Negociado / Jefe de Almacén / Titulado Medio Grupo II-A 17 conceptos

Puestos: Jefe de Negociado; Jefa de Negociado; Jefe de Almacén; Jefa de Almacén; Titulado Medio; Titulada Media

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.925,50 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.925,50 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.925,50 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.925,50 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.925,50 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 115,53 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.851,00 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.925,50 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 5.776,50 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 11.553,00 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.627,50 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.702,00 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 15.404,00 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 13.478,50 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 11.553,00 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 28.882,50 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 19.255,00 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Responsables Departamento / Jefatura no Encuadrada, Secretaria de Dirección / Encargado Almacén Grupo II-B 18 conceptos

Puestos: Responsable de Departamento; Jefatura no encuadrada; Secretaria de Dirección; Secretario de Dirección; Encargado de Almacén; Encargada de Almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.715,66 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.715,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.715,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.715,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.715,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 102,94 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
COMPLEMENTO ESPECIAL RESPONSABILIDAD M 180,00 € Art. 12: 180 € brutos mensuales para quien, en el grupo y nivel II-B, tiene personal a su cargo. Quien ejerza ocasionalmente esas responsabilidades lo cobra de forma proporcional (incluido el Oficial de 1ª que haga tareas de jefatura, art. 11). No es absorbible ni compensable, salvo con el complemento de responsabilidad que ya se viniera cobrando de forma acreditada, hasta donde alcance.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.431,32 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.715,66 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 5.146,98 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.293,96 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.578,30 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 6.862,64 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 13.725,28 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 12.009,62 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 10.293,96 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 25.734,90 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 17.156,60 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Oficial de 1ª Grupo II-B 17 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª; Oficial de primera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.641,66 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.641,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.641,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.641,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.641,66 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 98,50 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.283,32 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.641,66 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.924,98 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.849,96 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.208,30 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 6.566,64 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 13.133,28 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 11.491,62 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 9.849,96 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 24.624,90 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 16.416,60 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Oficial de 2ª Grupo III-A 17 conceptos

Puestos: Oficial de 2ª; Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.431,81 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 85,91 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.863,62 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.431,81 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.295,43 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 8.590,86 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.159,05 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.727,24 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 11.454,48 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.022,67 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.590,86 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 21.477,15 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 14.318,10 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Auxiliar Administrativo Grupo III-B 17 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Auxiliar Administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.229,16 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.229,16 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.229,16 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.229,16 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.229,16 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 73,75 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.458,32 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.229,16 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.687,48 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.374,96 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.145,80 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 4.916,64 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.833,28 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.604,12 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.374,96 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 18.437,40 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 12.291,60 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Recepción/Telefonista Grupo III-C 18 conceptos

Puestos: Recepcionista; Telefonista; Conserje

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.431,81 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.431,81 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 85,91 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
GRATIFICACIÓN PERSONAL SUBALTERNO A 355,08 € Art. 41: conserje, ordenanza, portero/a, sereno/a, cobrador/a y telefonista del grupo administrativo (plena dedicación), a partir del quinto año de trabajo efectivo en la empresa y mientras mantengan la misma categoría. Importe anual. Quien ya la cobraba la consolida como plus ad personam subalterno. Se recoge en las filas donde el convenio encuadra esas categorías (Recepción/Telefonista y Conserje en III-C; Cobrador, Ordenanza y Portero en IV-A).
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.863,62 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.431,81 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.295,43 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 8.590,86 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.159,05 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.727,24 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 11.454,48 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.022,67 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.590,86 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 21.477,15 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 14.318,10 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Mozo/Peón almacén Grupo III-C 17 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; Moza de almacén; Peón de almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.313,09 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 78,79 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.626,18 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.313,09 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.939,27 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.878,54 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.565,45 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.252,36 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.504,72 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.191,63 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.878,54 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 19.696,35 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 13.130,90 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Mantenimiento/Limpieza/Vigilancia Grupo IV-A 18 conceptos

Puestos: Mantenimiento; Personal de limpieza; Vigilante; Cobrador; Cobradora; Ordenanza; Portero; Portera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.313,09 € Tabla salarial del convenio, columna 2024 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.313,09 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 78,79 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
GRATIFICACIÓN PERSONAL SUBALTERNO A 355,08 € Art. 41: conserje, ordenanza, portero/a, sereno/a, cobrador/a y telefonista del grupo administrativo (plena dedicación), a partir del quinto año de trabajo efectivo en la empresa y mientras mantengan la misma categoría. Importe anual. Quien ya la cobraba la consolida como plus ad personam subalterno. Se recoge en las filas donde el convenio encuadra esas categorías (Recepción/Telefonista y Conserje en III-C; Cobrador, Ordenanza y Portero en IV-A).
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.626,18 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.313,09 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.939,27 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.878,54 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.565,45 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.252,36 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.504,72 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.191,63 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.878,54 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 19.696,35 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 13.130,90 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Tabla salarial 2023 (+7,5 % sobre 2019) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
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GRATIFICACIÓN POR QUEBRANTO DE MONEDA A 341,42 € Art. 37: cajeros y empleados que habitualmente hagan operaciones de cobro y pago con responsabilidad directa en ellas. Importe anual; puede repartirse por meses de acuerdo con la persona trabajadora (art. 44).
COMPLEMENTO DE PUESTO DE TRABAJO. PODERES A 341,42 € Art. 39: personal de cualquier categoría que realice funciones de apoderado. Importe anual; puede repartirse por meses (art. 44).
COMPLEMENTO PERSONAL POR IDIOMAS A 341,42 € Art. 40: personal de cualquier categoría que lea, escriba y redacte con suficiencia un idioma extranjero utilizado por la empresa. Importe anual por el primer idioma; la empresa puede exigir certificado. Puede repartirse por meses (art. 44).
COMPLEMENTO PERSONAL POR IDIOMAS (CADA OTRO IDIOMA) A 136,57 € 341.42*0.40 40% Art. 40: «341,42 € más un 40 %, por cada otro idioma extranjero»: importe anual calculado como el 40 % de 341,42 € por cada idioma adicional, en las mismas condiciones.
NOCTURNIDAD H — 35.2% Art. 38: se fija un 35,2 % para primar las horas trabajadas en periodo nocturno, «de conformidad a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores». El convenio no dice sobre qué importe se aplica, así que no se calcula ninguna cifra.
DIETA D 31,10 € Art. 42: dieta completa por viaje o desplazamiento, por necesidades del servicio, a una población distinta de la del centro de trabajo. Se reparte en almuerzo 30 %, cena 30 % y pernoctar 40 %. Si los gastos la superan, la empresa abona el exceso previa justificación.
DIETA. ALMUERZO D 9,33 € 31.10*0.30 30% Art. 42: el 30 % de la dieta de 31,10 €: fuera de la población del centro entre las 12:00 y las 14:00, o si la empresa interrumpe el horario habitual de comida y la jornada sigue después.
DIETA. CENA D 9,33 € 31.10*0.30 30% Art. 42: el 30 % de la dieta de 31,10 €: si no puede volver antes de las 21:00 por causas ajenas a su voluntad, o si amplía el trabajo en jornada nocturna de 20:00 a 02:00.
DIETA. PERNOCTAR D 12,44 € 31.10*0.40 40% Art. 42: el 40 % de la dieta de 31,10 €: si tiene que pernoctar fuera de la población del centro; no si puede regresar antes de medianoche.
SEGURO COLECTIVO ACUMULATIVO CONTRA ACCIDENTES A 35.000,00 € Art. 33: capital asegurado de la póliza que contrata la empresa para muerte e invalidez parcial, total o absoluta por accidente, laboral o extraprofesional. La póliza debe cubrir la zona portuaria y la empresa entrega copia en el primer trimestre del año.
Director General / Director Gerente / Director Funcional / Titulado Superior Grupo I-A 17 conceptos

Puestos: Director General; Director Gerente; Director Funcional; Titulado Superior; Titulada Superior

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SALARIO BASE M 2.056,79 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 123,41 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 4.113,58 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 2.056,79 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 6.170,37 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 12.340,74 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.283,95 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.227,16 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 16.454,32 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 14.397,53 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 12.340,74 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 30.851,85 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 20.567,90 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Jefe de Sección Grupo II-A 17 conceptos

Puestos: Jefe de Sección; Jefa de Sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.056,79 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 2.056,79 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 123,41 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 4.113,58 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 2.056,79 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 6.170,37 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 12.340,74 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.283,95 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 8.227,16 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 16.454,32 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 14.397,53 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 12.340,74 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 30.851,85 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 20.567,90 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Jefe de Negociado / Jefe de Almacén / Titulado Medio Grupo II-A 17 conceptos

Puestos: Jefe de Negociado; Jefa de Negociado; Jefe de Almacén; Jefa de Almacén; Titulado Medio; Titulada Media

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.791,17 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.791,17 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.791,17 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.791,17 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.791,17 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 107,47 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.582,34 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.791,17 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 5.373,51 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.747,02 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.955,85 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.164,68 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 14.329,36 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 12.538,19 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 10.747,02 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 26.867,55 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 17.911,70 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Responsables Departamento / Jefatura no Encuadrada, Secretaria de Dirección / Encargado Almacén Grupo II-B 18 conceptos

Puestos: Responsable de Departamento; Jefatura no encuadrada; Secretaria de Dirección; Secretario de Dirección; Encargado de Almacén; Encargada de Almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.595,97 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.595,97 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.595,97 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.595,97 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.595,97 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 95,76 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
COMPLEMENTO ESPECIAL RESPONSABILIDAD M 180,00 € Art. 12: 180 € brutos mensuales para quien, en el grupo y nivel II-B, tiene personal a su cargo. Quien ejerza ocasionalmente esas responsabilidades lo cobra de forma proporcional (incluido el Oficial de 1ª que haga tareas de jefatura, art. 11). No es absorbible ni compensable, salvo con el complemento de responsabilidad que ya se viniera cobrando de forma acreditada, hasta donde alcance.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.191,94 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.595,97 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.787,91 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.575,82 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.979,85 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 6.383,88 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 12.767,76 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 11.171,79 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 9.575,82 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 23.939,55 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 15.959,70 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Oficial de 1ª Grupo II-B 17 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª; Oficial de primera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.527,12 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.527,12 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.527,12 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.527,12 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.527,12 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 91,63 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 3.054,24 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.527,12 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 4.581,36 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.162,72 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 7.635,60 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 6.108,48 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 12.216,96 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 10.689,84 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 9.162,72 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 22.906,80 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 15.271,20 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Oficial de 2ª Grupo III-A 17 conceptos

Puestos: Oficial de 2ª; Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.331,91 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 79,91 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.663,82 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.331,91 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.995,73 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.991,46 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.659,55 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.327,64 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.655,28 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.323,37 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.991,46 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 19.978,65 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 13.319,10 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Auxiliar Administrativo Grupo III-B 17 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Auxiliar Administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.143,40 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.143,40 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.143,40 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.143,40 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.143,40 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 68,60 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.286,80 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.143,40 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.430,20 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 6.860,40 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 5.717,00 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 4.573,60 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.147,20 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.003,80 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 6.860,40 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 17.151,00 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 11.434,00 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Recepción/Telefonista Grupo III-C 18 conceptos

Puestos: Recepcionista; Telefonista; Conserje

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.331,91 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.331,91 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 79,91 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
GRATIFICACIÓN PERSONAL SUBALTERNO A 355,08 € Art. 41: conserje, ordenanza, portero/a, sereno/a, cobrador/a y telefonista del grupo administrativo (plena dedicación), a partir del quinto año de trabajo efectivo en la empresa y mientras mantengan la misma categoría. Importe anual. Quien ya la cobraba la consolida como plus ad personam subalterno. Se recoge en las filas donde el convenio encuadra esas categorías (Recepción/Telefonista y Conserje en III-C; Cobrador, Ordenanza y Portero en IV-A).
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.663,82 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.331,91 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.995,73 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.991,46 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.659,55 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 5.327,64 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 10.655,28 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 9.323,37 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.991,46 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 19.978,65 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 13.319,10 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Mozo/Peón almacén Grupo III-C 17 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; Moza de almacén; Peón de almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.221,48 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 73,29 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.442,96 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.221,48 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.664,44 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.328,88 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.107,40 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 4.885,92 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.771,84 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.550,36 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.328,88 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 18.322,20 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 12.214,80 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
Mantenimiento/Limpieza/Vigilancia Grupo IV-A 18 conceptos

Puestos: Mantenimiento; Personal de limpieza; Vigilante; Cobrador; Cobradora; Ordenanza; Portero; Portera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.221,48 € Tabla salarial del convenio, columna 2023 (importe mensual; las tablas son por 12 meses y las cuatro gratificaciones extraordinarias se pagan aparte, art. 35). Art. 34: +7,5 % cada año sobre las tablas del año anterior (2023, sobre las de 2019).
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de marzo. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de junio. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de septiembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.221,48 € SAL_BASE + ANTIG Art. 35: una mensualidad, que se abona el 15 de diciembre. Se calcula con las retribuciones reglamentarias (salario base más antigüedad) o la mayor que satisfaga la empresa; el importe recogido es el salario base, y quien cobre antigüedad la suma. Parte proporcional para el personal de nuevo ingreso o que cesa antes de fin de año.
ANTIGÜEDAD (POR TRIENIO) M 73,29 € SAL_BASE*0.06 6% Art. 36: complemento personal de antigüedad por trienios al 6 % sobre el salario base, «con carácter no acumulativo». Importe de UN trienio; el convenio no fija tope.
GRATIFICACIÓN PERSONAL SUBALTERNO A 355,08 € Art. 41: conserje, ordenanza, portero/a, sereno/a, cobrador/a y telefonista del grupo administrativo (plena dedicación), a partir del quinto año de trabajo efectivo en la empresa y mientras mantengan la misma categoría. Importe anual. Quien ya la cobraba la consolida como plus ad personam subalterno. Se recoge en las filas donde el convenio encuadra esas categorías (Recepción/Telefonista y Conserje en III-C; Cobrador, Ordenanza y Portero en IV-A).
INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN A 2.442,96 € SAL_BASE*2 Art. 23: dos mensualidades por fallecimiento de cualquier empleado que preste servicios efectivos en la empresa, a sus herederos legales. Importe recogido: dos veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (25 AÑOS) A 1.221,48 € SAL_BASE Art. 24: una mensualidad extra al cumplir 25 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO AÑOS DE SERVICIO (40 AÑOS) A 3.664,44 € SAL_BASE*3 Art. 24: tres mensualidades extra al cumplir 40 años de servicio en la empresa (pago único). Importe recogido: tres veces el salario base; quien cobre antigüedad u otros complementos los suma.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 7.328,88 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 6.107,40 € SAL_BASE*5 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 5 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 5 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (50 A 54 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 4.885,92 € SAL_BASE*4 Art. 25: baja voluntaria con de 50 a 54 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 4 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 4 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 30 O MÁS AÑOS DE SERVICIO) A 9.771,84 € SAL_BASE*8 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y al menos 30 años de servicio continuado en la empresa: 8 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 8 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 21 A 29 AÑOS DE SERVICIO) A 8.550,36 € SAL_BASE*7 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 21 a 29 años de servicio continuado en la empresa: 7 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 7 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (55 A 59 AÑOS, 15 A 20 AÑOS DE SERVICIO) A 7.328,88 € SAL_BASE*6 Art. 25: baja voluntaria con de 55 a 59 años cumplidos y de 15 a 20 años de servicio continuado en la empresa: 6 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 6 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (60, 61 O 62 AÑOS, 15 AÑOS DE SERVICIO) A 18.322,20 € SAL_BASE*15 Art. 25: baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio efectivo en la empresa: 15 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 15 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.
PREMIO DE FIDELIDAD (63 O 64 AÑOS, 20 AÑOS DE SERVICIO) A 12.214,80 € SAL_BASE*10 Art. 25: baja voluntaria con 63 o 64 años y 20 años de servicio efectivo en la empresa: 10 mensualidades íntegras (pago único). Exige firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante 2 años. Importe recogido: 10 veces el salario base; las mensualidades íntegras suman antigüedad y demás complementos.

Historia del convenio

01/01/2023 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2025 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de empresas consignatarias de buques (Barcelona)?

En 2025, el salario base va desde 1.321,34 € hasta 2.376,87 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, denuncia y ámbito

El convenio cubre de 2023 a 2025 y, denunciado, sigue vigente entero hasta que se firme otro.

  • Vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2025, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2023 (art. 4).
  • Si nadie lo denuncia con tres meses de antelación, se prorroga tácitamente por periodos de un año (art. 5).
  • Tras la denuncia, la negociación debe empezar en los 30 días naturales siguientes (art. 5).
  • Denunciado y sin acuerdo, sigue vigente en su totalidad hasta que se firme un nuevo convenio (art. 5).
  • En el registro de convenios consta su denuncia en noviembre de 2025; no hay convenio posterior publicado.
  • Se aplica a todas las empresas consignatarias de buques y a sus trabajadores, en centros de Barcelona ciudad y provincia, aunque el domicilio social esté fuera (arts. 1 a 3).
  • Como norma supletoria se mantiene el antiguo Reglamento nacional de trabajo de las consignatarias de buques de 1947, en lo que no se oponga al convenio ni a la ley (art. 9).

Subidas salariales y cláusula de revisión técnica

El convenio sube las tablas un 7,5 % cada año y publica las tres tablas resultantes.

  • 2023: +7,5 % sobre las tablas del convenio de 2019.
  • 2024: +7,5 % sobre las tablas de 2023.
  • 2025: +7,5 % sobre las tablas de 2024. En total, un 24,23 % acumulado (art. 34).
  • Las subidas son absorbibles y compensables según la ley, salvo el complemento de especial responsabilidad (art. 12).
  • Revisión técnica: si el IPC acumulado de 2023 a 2025 supera el 24,23 %, la diferencia se suma a las tablas de 2025 solo como base del convenio siguiente, sin atrasos (art. 34).
  • El IPC estatal de diciembre fue del 3,1 % (2023), 2,8 % (2024) y 2,9 % (2025): el acumulado queda muy por debajo del 24,23 %, así que la revisión no se activa.

Gratificaciones extraordinarias

Además de las 12 mensualidades de las tablas, hay cuatro gratificaciones extraordinarias de una mensualidad.

  • Se abonan el 15 de marzo, el 15 de junio, el 15 de septiembre y el 15 de diciembre (art. 35).
  • Cada una se calcula con el salario base más la antigüedad, o con la retribución mayor que pague la empresa.
  • Quien entra o cesa a mitad de año cobra la parte proporcional.
  • Las gratificaciones de quebranto de moneda, poderes e idiomas pueden repartirse por meses si lo acuerdan empresa y trabajador (art. 44).

Antigüedad

La antigüedad se cobra por trienios del 6 % sobre el salario base.

  • Cada trienio vale el 6 % del salario base, «con carácter no acumulativo» (art. 36).
  • El convenio no fija tope de trienios.
  • La antigüedad entra en el cálculo de las gratificaciones extraordinarias (art. 35).

Jornada, horario y fiestas

La jornada ordinaria es de 37,5 horas semanales de lunes a viernes, con un máximo de 1.687 horas al año.

  • La diferencia con las 40 horas semanales puede redistribuirse en tardes libres, asuntos propios, vacaciones o cambios de horario, por pacto entre empresa y trabajador (art. 14).
  • Pasar a jornada de lunes a domingo requiere pacto con la representación de los trabajadores y solo afecta al personal ligado a la operativa del buque consignado.
  • Flexibilidad horaria de una hora en la entrada y la salida, a petición del trabajador y con el departamento cubierto; las horas se recuperan en la misma semana.
  • Los días 24 y 31 de diciembre la jornada termina a las 15:00, salvo que el servicio exija lo contrario de forma motivada (p. ej., cierre de buques).
  • La jornada intensiva de verano queda a pacto entre empresa y representación de los trabajadores.
  • Fiesta patronal: el 16 de julio (Nuestra Señora del Carmen), no recuperable (art. 21).
  • Horas extraordinarias: las que superan la jornada ordinaria; el convenio remite a la ley y no fija importe (art. 43).

Vacaciones

Corresponden 22 días laborables de vacaciones por año natural.

  • 22 días laborables; el fraccionamiento se pacta entre la empresa y la persona afectada (art. 15).
  • Si coinciden con una IT por embarazo, parto o lactancia, o con la suspensión por nacimiento, se disfrutan en otra fecha aunque haya terminado el año.
  • Con menos de un año en la empresa, en proporción al tiempo trabajado; la fracción de mes cuenta como mes completo.
  • El cuadro de vacaciones se fija en el primer trimestre del año, refrendado por la representación de los trabajadores.
  • Quien cesa tras disfrutar más días de los que le tocan ve descontado el exceso en el finiquito.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

La empresa complementa la baja hasta el 100 %, con plazos distintos según la causa.

  • Enfermedad común o accidente no laboral: hasta el 100 % de la base de cotización de su categoría a partir de los 30 días naturales siguientes al parte de baja, durante un máximo de cinco meses (art. 29).
  • Enfermedad común o accidente no laboral con intervención quirúrgica que requiera ingreso hospitalario: hasta el 100 % de la base de cotización desde la fecha de la intervención, durante un máximo de cuatro meses (art. 29).
  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional: hasta el total del haber mensual desde el primer día, tomando el promedio de lo cobrado en los seis meses anteriores a la baja (art. 30).

Complementos y gratificaciones del articulado

Además del salario base, el convenio paga varios complementos de importe fijo para toda la vigencia.

  • Especial responsabilidad: 180 € brutos al mes para el grupo y nivel II-B con personal a su cargo; proporcional si se ejerce ocasionalmente, y no absorbible (art. 12).
  • Quebranto de moneda: 341,42 € al año para cajeros y personal de cobros y pagos (art. 37).
  • Poderes: 341,42 € al año para quien actúe como apoderado (art. 39).
  • Idiomas: 341,42 € al año por un idioma extranjero que la empresa utilice, más un 40 % por cada otro idioma (art. 40).
  • Personal subalterno (conserje, ordenanza, portero, sereno, cobrador y telefonista): 355,08 € al año desde el quinto año en la misma categoría; quien ya la cobraba la consolida como plus ad personam (art. 41).
  • Nocturnidad: un 35,2 % para primar las horas nocturnas, sin base de cálculo declarada (art. 38).
  • Dieta: 31,10 € (almuerzo 30 %, cena 30 %, pernoctar 40 %); los gastos que la superen se pagan aparte con justificante (art. 42).

Premios, indemnizaciones y seguro

El convenio paga premios por años de servicio y por baja voluntaria a partir de los 50 años, una indemnización por fallecimiento y obliga a un seguro de accidentes.

  • Fallecimiento de un empleado: dos mensualidades a sus herederos (art. 23).
  • Años de servicio: una mensualidad extra a los 25 años y tres a los 40 (art. 24).
  • Baja voluntaria con 50 a 54 años: 6, 5 o 4 mensualidades íntegras con al menos 30, de 21 a 29 o de 15 a 20 años de servicio (art. 25).
  • Baja voluntaria con 55 a 59 años: 8, 7 o 6 mensualidades íntegras con al menos 30, de 21 a 29 o de 15 a 20 años de servicio (art. 25).
  • Baja voluntaria con 60, 61 o 62 años y 15 años de servicio: 15 mensualidades; con 63 o 64 años y 20 años de servicio: 10 (art. 25).
  • Esos premios exigen firmar el compromiso de no trabajar para otra empresa del sector durante dos años.
  • Seguro colectivo de accidentes, laborales o no, con un capital de 35.000 € por muerte o invalidez parcial, total o absoluta; cubre la zona portuaria y la empresa entrega copia de la póliza en el primer trimestre (art. 33).
  • Gafas o lentillas para el trabajo con pantallas de visualización, a cargo de la empresa en la óptica que ella determine; la reparación por rotura fortuita en el centro también (art. 28).

Permisos retribuidos

Previo aviso y justificación, la persona trabajadora puede ausentarse con sueldo en estos casos.

  • Matrimonio: 18 días naturales desde el primer día laborable tras el hecho, o en el plazo pactado (art. 16).
  • Matrimonio de ascendientes, descendientes o colaterales hasta segundo grado: 1 día en su localidad; 3 si es a más de 150 km de Barcelona.
  • Nacimiento de hijo o hija: 3 días; 4 con desplazamiento.
  • Fallecimiento de la persona conviviente: 5 días, al menos 3 hábiles.
  • Fallecimiento de padres, suegros o hijos: 3 días laborables; 5 fuera de Cataluña y 6 fuera de España.
  • Fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta segundo grado: 2 días; 4 con desplazamiento.
  • Intervención quirúrgica no grave de parientes de primer grado o conviviente: 2 días laborables.
  • Mudanza o desahucio: 2 días. Asuntos propios: 3 días.
  • Exámenes finales y pruebas oficiales: el día del examen y el anterior, hasta 6 días al año.
  • Lactancia: una hora de ausencia hasta los seis meses del bebé, sustituible por media hora de reducción o acumulable en jornadas completas.

Clasificación, ascensos y otras garantías

El convenio encuadra al personal en grupos y niveles y regula ascensos, ceses y cambios de empresa.

  • Cuatro grupos profesionales con niveles A, B y C; quien haga funciones de un grupo superior cobra las de ese grupo (art. 11).
  • Auxiliares administrativos con tres años ascienden automáticamente a oficial de 2ª, y estos a oficial de 1ª a los seis años (art. 17).
  • Con cinco años en un grupo y nivel se puede pedir examen para uno superior; la empresa debe convocarlo en tres meses (arts. 17 y 18).
  • Nadie cobra menos salario base por la nueva clasificación: se mantiene el que se venía percibiendo (art. 13).
  • Retirada del carné conduciendo un vehículo de la empresa por su cuenta: se mantienen las condiciones económicas y se ofrece otro puesto (art. 26); las multas por causas de la empresa las paga esta (art. 27).
  • En un cambio de titularidad de un centro o unidad productiva, el trabajador puede elegir entre pasar a la nueva empresa, quedarse transitoriamente o volver a la cedente (art. 51).
  • La contratación temporal (incluidas ETT) no puede superar el 30 % en cómputo de doce meses por centro de trabajo (art. 45).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 33), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente de trabajo o accidente no laboral 35.000,00 € Incluye: zona portuaria · Beneficiario: En caso de muerte, los familiares que haya designado la persona trabajadora o, en su defecto, los llamados a sucederle · El boletín publica un solo capital, 35.000 €, para la garantía de muerte e invalidez parcial, total o absoluta, «tanto en el ámbito laboral como extraprofesional».
Incapacidad permanente parcial accidente de trabajo o accidente no laboral 35.000,00 € Incluye: zona portuaria · Beneficiario: En caso de muerte, los familiares que haya designado la persona trabajadora o, en su defecto, los llamados a sucederle · El boletín publica un solo capital, 35.000 €, para la garantía de muerte e invalidez parcial, total o absoluta, «tanto en el ámbito laboral como extraprofesional».
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o accidente no laboral 35.000,00 € Incluye: zona portuaria · Beneficiario: En caso de muerte, los familiares que haya designado la persona trabajadora o, en su defecto, los llamados a sucederle · El boletín publica un solo capital, 35.000 €, para la garantía de muerte e invalidez parcial, total o absoluta, «tanto en el ámbito laboral como extraprofesional».
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o accidente no laboral 35.000,00 € Incluye: zona portuaria · Beneficiario: En caso de muerte, los familiares que haya designado la persona trabajadora o, en su defecto, los llamados a sucederle · El boletín publica un solo capital, 35.000 €, para la garantía de muerte e invalidez parcial, total o absoluta, «tanto en el ámbito laboral como extraprofesional».

Seguro colectivo acumulativo contra accidentes, en el ámbito laboral y extraprofesional, según las condiciones generales del seguro en vigor. La póliza debe cubrir la zona portuaria y la empresa entrega copia en el primer trimestre del año.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio pacta la subrogación del personal (Art. 51): cuando cambia la empresa que presta el servicio (cambio de titularidad), la entrante debe quedarse con la plantilla de la saliente.

Quién pasa a la empresa entrante:

  • Personal de la empresa, centro de trabajo o unidad productiva que cambia de titular

Qué conserva el personal subrogado:

  • La relación laboral no se extingue: el nuevo empresario se subroga en derechos y obligaciones
  • Si pasa a la nueva empresa, sin interrupción de los efectos económicos y beneficios adquiridos
  • Si queda transitoriamente en la nueva empresa, los efectos económicos que le habrían correspondido sin la venta o traspaso
  • Si cubre vacantes de inferior grupo en la cedente, el sueldo del grupo o nivel que tenía

Cuando el cambio afecta solo a un centro o unidad productiva, el trabajador elige en 30 días entre cuatro opciones: depender definitivamente de la nueva empresa, quedarse en ella transitoriamente con excedencia en la cedente, cubrir vacantes en la cedente o quedar en excedencia especial; sin comunicación, se entiende que pasa a la nueva empresa. El convenio repite además la responsabilidad solidaria de tres años de la ley. No regula la subrogación por cambio de contrata.

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