| Salario y complementos salariales |
| PERSONAL DE LIMPIEZA POR HORAS | H | 7,02 € | Precio hora del personal de limpieza por horas (grupo V, área 3); cálculo hecho en base de una hora diaria con derecho a 15 pagas y un mes de vacaciones. |
| Tiempo de trabajo: horas, noches, turnos y festivos |
| PLUS DE NOCTURNIDAD | M | — | 25% Art. 31: 25 % del salario base para el trabajo entre las 22:00 y las 6:00 horas. |
| Dietas, transporte y gastos |
| DIETA MEDIA JORNADA | D | 11,02 € | Dieta por media jornada de desplazamiento (art. 32). El texto del art. 32 cita 8,90 €; el anexo III fija la cuantía de cada año. |
| DIETA JORNADA COMPLETA | D | 15,73 € | Dieta por jornada completa de desplazamiento (art. 32). El texto del art. 32 cita 12,72 €; el anexo III fija la cuantía de cada año. |
| Ayudas sociales y premios |
| PREMIO POR JUBILACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA (UN AÑO ANTES) | E | 1.984,00 € | Art. 53.1.a): «1.984 euros si se produce un (1) año antes de su edad ordinaria de jubilación», para quien se acoja a la jubilación anticipada por su libre voluntad; si media menos de un año completo, la parte proporcional (art. 53.2). Solo en 2026: el art. 5 hace regir el convenio desde su publicación en el BOE (14/09/2026), salvo las retribuciones. |
| PREMIO POR JUBILACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA (DOS AÑOS ANTES) | E | 3.486,00 € | Art. 53.1.b): «3.486 euros si se produce dos (2) años antes de su edad ordinaria de jubilación», para quien se acoja a la jubilación anticipada por su libre voluntad; si media menos de dos años completos, la parte proporcional (art. 53.2). Solo en 2026: el art. 5 hace regir el convenio desde su publicación en el BOE (14/09/2026), salvo las retribuciones. |
| PREMIO POR JUBILACIÓN ANTICIPADA FORZOSA (CUATRO AÑOS ANTES) | E | 6.726,00 € | Art. 53.3.a): jubilación anticipada forzosa que tenga causa en un despido objetivo por causas organizativas o de la producción, «Si se produce cuatro (4) años antes de la edad ordinaria de jubilación: 6.726 euros»; sin años completos, la parte proporcional (art. 53.4). Solo en 2026 (art. 5). |
| PREMIO POR JUBILACIÓN ANTICIPADA FORZOSA (TRES AÑOS ANTES) | E | 5.109,00 € | Art. 53.3.b): jubilación anticipada forzosa que tenga causa en un despido objetivo por causas organizativas o de la producción, «Si se produce tres (3) años antes de la edad ordinaria de jubilación: 5.109 euros»; sin años completos, la parte proporcional (art. 53.4). Solo en 2026 (art. 5). |
| PREMIO POR JUBILACIÓN ANTICIPADA FORZOSA (DOS AÑOS ANTES) | E | 3.486,00 € | Art. 53.3.c): jubilación anticipada forzosa que tenga causa en un despido objetivo por causas organizativas o de la producción, «Si se produce dos (2) años antes de la edad ordinaria de jubilación: 3.486 euros»; sin años completos, la parte proporcional (art. 53.4). Solo en 2026 (art. 5). |
| PREMIO POR JUBILACIÓN ANTICIPADA FORZOSA (UN AÑO ANTES) | E | 1.984,00 € | Art. 53.3.d): jubilación anticipada forzosa que tenga causa en un despido objetivo por causas organizativas o de la producción, «Si se produce un (1) año antes de la edad ordinaria de jubilación: 1.984 euros»; sin años completos, la parte proporcional (art. 53.4). Solo en 2026 (art. 5). |