Convenio colectivo · REGCON 41000765011981

Convenio Colectivo de Comercio de Maquinaria Industrial, Agrícola, Material Eléctrico, Aparatos Electrodomésticos, Mobiliario y Material de Oficina de Sevilla

Sevilla Comercio de maquinaria industrial, agrícola, material eléctrico, aparatos electrodomésticos, mobiliario y material de oficina Ámbito provincial Vigencia 01/01/2022 — 31/12/2025
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Sevilla núm. 7, 10/01/2024 (CVE BOP-SE-2024-007024); tablas 2024 y 2025 en BOP núm. 69, 10/04/2024, y núm. 68, 09/04/2025.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2025, pero SIGUE APLICÁNDOSE: se prorroga automáticamente mientras no se firme uno nuevo. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2025 (+3 %, acta de 27/03/2025) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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AYUDA ESCOLAR (POR HIJO ESCOLARIZADO DE 3 A 18 AÑOS) A 141,21 € Art. 27: se abona en septiembre, por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, justificando documentalmente el parentesco y la estancia en el centro de enseñanza. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2025. El convenio no lo califica a efectos de cotización.
AYUDA ESCOLAR (POR HIJO EN GUARDERÍA) A 141,21 € Art. 27: ayuda por hijo/a y año para quien lo tenga en guardería o jardín de infancia, con la misma obligación de acreditarlo. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2025.
MEDIA DIETA H 16,00 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población distinta de la del centro de trabajo, hay que hacer una de las comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2025.
DIETA COMPLETA H 31,94 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población, hay que hacer las dos comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2025.
KILOMETRAJE H 0,29 € Art. 29: por kilómetro, cuando la empresa requiere desplazarse con el vehículo propio y se justifica el desplazamiento y la distancia. En 2024 y 2025 sube lo pactado para los salarios. Importe del anexo I de 2025.
SEGURO DE DEFUNCIÓN A 12.183,79 € Art. 39: capital mínimo de la póliza de defunción, individual o colectiva, que la empresa debe concertar para cualquier causa de muerte, natural o por accidente; con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social. El mismo capital en los cuatro años de vigencia.
NIVEL 1 10 conceptos

Puestos: Personal Limpieza Horas

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SALARIO MENSUAL M 1.036,00 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 16.576,00 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.036,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.036,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.036,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.036,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 51,80 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.180,00 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.144,00 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.108,00 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 2 10 conceptos

Puestos: Ayudante Dependiente; Mozo/a

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SALARIO MENSUAL M 1.109,77 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.756,32 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.109,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.109,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.109,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.109,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 55,49 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.548,85 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.439,08 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.329,31 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 3 10 conceptos

Puestos: Auxiliar de Caja; Mozo/a Especializado/a; Telefonista; Vigilante; Ordenanza; Portero/a; Ayudante de Montaje

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SALARIO MENSUAL M 1.132,94 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 18.127,04 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.132,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.132,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.132,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.132,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 56,65 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.664,70 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.531,76 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.398,82 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 4 10 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Aux.Admtvo.-Perforista; Profesional Of. 2ª; Cobrador/a; Conserje; Rotulista

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SALARIO MENSUAL M 1.156,08 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 18.497,28 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.156,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.156,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.156,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.156,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 57,80 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.780,40 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.624,32 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.468,24 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 5 10 conceptos

Puestos: Corredor/a de Plaza; Of.Admtvo.-Operador Máquinas; Profesional Of. 1ª; Dibujante; Escaparatista; Intérprete; Visitador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.190,71 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.051,36 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.190,71 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.190,71 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.190,71 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.190,71 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 59,54 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.953,55 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.762,84 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.572,13 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 6 10 conceptos

Puestos: Viajante; Secretario/a; Capataz

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.227,76 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.644,16 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.227,76 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.227,76 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.227,76 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.227,76 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 61,39 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.138,80 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.911,04 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.683,28 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 7 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Sección (personal mercantil); Cajero/a – Contable; Jefe/a de Taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.264,70 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 20.235,20 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.264,70 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.264,70 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.264,70 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.264,70 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 63,23 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.323,50 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.058,80 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.794,10 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 8 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Grupo; Jefe/a de Sección (personal administrativo); Jefe/a de Sección (personal de servicios)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.304,09 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 20.865,44 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.304,09 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.304,09 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.304,09 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.304,09 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 65,20 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.520,45 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.216,36 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.912,27 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 9 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Medio; Jefe/a Sucursal / Encargado/a de Establecimiento; Jefe/a de Almacén

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SALARIO MENSUAL M 1.341,06 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 21.456,96 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.341,06 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.341,06 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.341,06 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.341,06 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 67,05 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.705,30 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.364,24 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 4.023,18 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 10 10 conceptos

Puestos: Ayudante T. Sanitario; Jefe/a de Compras y Ventas y Encargado/a General; Jefe/a de Personal y Jefe Admtvo.

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SALARIO MENSUAL M 1.378,05 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 22.048,80 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.378,05 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.378,05 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.378,05 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.378,05 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 68,90 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.890,25 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.512,20 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 4.134,15 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 11 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Superior

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SALARIO MENSUAL M 1.415,01 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2025. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 22.640,16 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2025: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.415,01 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.415,01 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.415,01 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.415,01 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 70,75 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 7.075,05 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.660,04 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 4.245,03 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
DEPENDIENTE/A MAYOR 9 conceptos

Puestos: Dependiente/a Mayor

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SALARIO MENSUAL M 1.271,69 € estimado SAL_BASE_NIVEL_4*1.10 10% Anexo III: «Su retribución mensual será de un 10 por ciento superior a la del Dependiente/a de más de 25 años». Calculado sobre el salario del nivel 4 (Dependiente/a) de 2025, 1156.08 € × 1,10. Estimado porque las tablas no publican esta categoría ni distinguen al dependiente de más de 25 años.
PAGA DE NAVIDAD A 1.271,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.271,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.271,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.271,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 63,58 € estimado SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.358,44 € estimado SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.086,75 € estimado SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.815,06 € estimado SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
Tabla salarial 2024 (+3 %, acta de 15/03/2024) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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AYUDA ESCOLAR (POR HIJO ESCOLARIZADO DE 3 A 18 AÑOS) A 137,10 € Art. 27: se abona en septiembre, por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, justificando documentalmente el parentesco y la estancia en el centro de enseñanza. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2024. El convenio no lo califica a efectos de cotización.
AYUDA ESCOLAR (POR HIJO EN GUARDERÍA) A 137,10 € Art. 27: ayuda por hijo/a y año para quien lo tenga en guardería o jardín de infancia, con la misma obligación de acreditarlo. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2024.
MEDIA DIETA H 15,53 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población distinta de la del centro de trabajo, hay que hacer una de las comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2024.
DIETA COMPLETA H 31,01 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población, hay que hacer las dos comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2024.
KILOMETRAJE H 0,28 € Art. 29: por kilómetro, cuando la empresa requiere desplazarse con el vehículo propio y se justifica el desplazamiento y la distancia. En 2024 y 2025 sube lo pactado para los salarios. Importe del anexo I de 2024.
SEGURO DE DEFUNCIÓN A 12.183,79 € Art. 39: capital mínimo de la póliza de defunción, individual o colectiva, que la empresa debe concertar para cualquier causa de muerte, natural o por accidente; con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social. El mismo capital en los cuatro años de vigencia.
NIVEL 1 10 conceptos

Puestos: Personal Limpieza Horas

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SALARIO MENSUAL M 992,25 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 15.876,00 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 992,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 992,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 992,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 992,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 49,61 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 4.961,25 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 3.969,00 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 2.976,75 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 2 10 conceptos

Puestos: Ayudante Dependiente; Mozo/a

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SALARIO MENSUAL M 1.077,45 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.239,20 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.077,45 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.077,45 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.077,45 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.077,45 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 53,87 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.387,25 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.309,80 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.232,35 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 3 10 conceptos

Puestos: Auxiliar de Caja; Mozo/a Especializado/a; Telefonista; Vigilante; Ordenanza; Portero/a; Ayudante de Montaje

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SALARIO MENSUAL M 1.099,94 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.599,04 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.099,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.099,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.099,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.099,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 55,00 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.499,70 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.399,76 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.299,82 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 4 10 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Aux.Admtvo.-Perforista; Profesional Of. 2ª; Cobrador/a; Conserje; Rotulista

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SALARIO MENSUAL M 1.122,41 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.958,56 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.122,41 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.122,41 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.122,41 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.122,41 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 56,12 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.612,05 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.489,64 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.367,23 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 5 10 conceptos

Puestos: Corredor/a de Plaza; Of.Admtvo.-Operador Máquinas; Profesional Of. 1ª; Dibujante; Escaparatista; Intérprete; Visitador/a

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SALARIO MENSUAL M 1.156,03 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 18.496,48 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.156,03 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.156,03 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.156,03 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.156,03 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 57,80 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.780,15 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.624,12 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.468,09 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 6 10 conceptos

Puestos: Viajante; Secretario/a; Capataz

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SALARIO MENSUAL M 1.192,00 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.072,00 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.192,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.192,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.192,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.192,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 59,60 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.960,00 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.768,00 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.576,00 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 7 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Sección (personal mercantil); Cajero/a – Contable; Jefe/a de Taller

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SALARIO MENSUAL M 1.227,86 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.645,76 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.227,86 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.227,86 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.227,86 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.227,86 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 61,39 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.139,30 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.911,44 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.683,58 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 8 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Grupo; Jefe/a de Sección (personal administrativo); Jefe/a de Sección (personal de servicios)

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SALARIO MENSUAL M 1.266,11 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 20.257,76 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.266,11 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.266,11 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.266,11 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.266,11 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 63,31 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.330,55 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.064,44 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.798,33 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 9 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Medio; Jefe/a Sucursal / Encargado/a de Establecimiento; Jefe/a de Almacén

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SALARIO MENSUAL M 1.302,00 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 20.832,00 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.302,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.302,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.302,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.302,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 65,10 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.510,00 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.208,00 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.906,00 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 10 10 conceptos

Puestos: Ayudante T. Sanitario; Jefe/a de Compras y Ventas y Encargado/a General; Jefe/a de Personal y Jefe Admtvo.

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SALARIO MENSUAL M 1.337,91 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 21.406,56 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.337,91 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.337,91 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.337,91 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.337,91 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 66,90 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.689,55 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.351,64 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 4.013,73 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 11 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Superior

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SALARIO MENSUAL M 1.373,80 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2024. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 21.980,80 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2024: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.373,80 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.373,80 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.373,80 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.373,80 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 68,69 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.869,00 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.495,20 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 4.121,40 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
DEPENDIENTE/A MAYOR 9 conceptos

Puestos: Dependiente/a Mayor

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SALARIO MENSUAL M 1.234,65 € estimado SAL_BASE_NIVEL_4*1.10 10% Anexo III: «Su retribución mensual será de un 10 por ciento superior a la del Dependiente/a de más de 25 años». Calculado sobre el salario del nivel 4 (Dependiente/a) de 2024, 1122.41 € × 1,10. Estimado porque las tablas no publican esta categoría ni distinguen al dependiente de más de 25 años.
PAGA DE NAVIDAD A 1.234,65 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.234,65 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.234,65 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.234,65 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 61,73 € estimado SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.173,26 € estimado SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.938,60 € estimado SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.703,95 € estimado SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
Tabla salarial 2023 (anexo I del convenio) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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AYUDA ESCOLAR (POR HIJO ESCOLARIZADO DE 3 A 18 AÑOS) A 133,11 € Art. 27: se abona en septiembre, por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, justificando documentalmente el parentesco y la estancia en el centro de enseñanza. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2023. El convenio no lo califica a efectos de cotización.
AYUDA ESCOLAR (POR HIJO EN GUARDERÍA) A 133,11 € Art. 27: ayuda por hijo/a y año para quien lo tenga en guardería o jardín de infancia, con la misma obligación de acreditarlo. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2023.
MEDIA DIETA H 15,08 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población distinta de la del centro de trabajo, hay que hacer una de las comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2023.
DIETA COMPLETA H 30,11 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población, hay que hacer las dos comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2023.
KILOMETRAJE H 0,27 € Art. 29: por kilómetro, cuando la empresa requiere desplazarse con el vehículo propio y se justifica el desplazamiento y la distancia. En 2024 y 2025 sube lo pactado para los salarios. Importe del anexo I de 2023.
SEGURO DE DEFUNCIÓN A 12.183,79 € Art. 39: capital mínimo de la póliza de defunción, individual o colectiva, que la empresa debe concertar para cualquier causa de muerte, natural o por accidente; con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social. El mismo capital en los cuatro años de vigencia.
NIVEL 1 10 conceptos

Puestos: Personal Limpieza Horas

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SALARIO MENSUAL M 945,00 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 15.120,00 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 945,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 945,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 945,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 945,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 47,25 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 4.725,00 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 3.780,00 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 2.835,00 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 2 10 conceptos

Puestos: Ayudante Dependiente; Mozo/a

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SALARIO MENSUAL M 1.046,07 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 16.737,12 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.046,07 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.046,07 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.046,07 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.046,07 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 52,30 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.230,35 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.184,28 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.138,21 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 3 10 conceptos

Puestos: Auxiliar de Caja; Mozo/a Especializado/a; Telefonista; Vigilante; Ordenanza; Portero/a; Ayudante de Montaje

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SALARIO MENSUAL M 1.067,90 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.086,40 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.067,90 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.067,90 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.067,90 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.067,90 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 53,40 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.339,50 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.271,60 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.203,70 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 4 10 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Aux.Admtvo.-Perforista; Profesional Of. 2ª; Cobrador/a; Conserje; Rotulista

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SALARIO MENSUAL M 1.089,72 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.435,52 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.089,72 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.089,72 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.089,72 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.089,72 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 54,49 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.448,60 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.358,88 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.269,16 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 5 10 conceptos

Puestos: Corredor/a de Plaza; Of.Admtvo.-Operador Máquinas; Profesional Of. 1ª; Dibujante; Escaparatista; Intérprete; Visitador/a

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SALARIO MENSUAL M 1.122,36 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.957,76 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.122,36 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.122,36 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.122,36 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.122,36 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 56,12 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.611,80 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.489,44 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.367,08 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 6 10 conceptos

Puestos: Viajante; Secretario/a; Capataz

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SALARIO MENSUAL M 1.157,28 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 18.516,48 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.157,28 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.157,28 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.157,28 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.157,28 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 57,86 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.786,40 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.629,12 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.471,84 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 7 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Sección (personal mercantil); Cajero/a – Contable; Jefe/a de Taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.192,10 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.073,60 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.192,10 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.192,10 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.192,10 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.192,10 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 59,60 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.960,50 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.768,40 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.576,30 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 8 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Grupo; Jefe/a de Sección (personal administrativo); Jefe/a de Sección (personal de servicios)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.229,23 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.667,68 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.229,23 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.229,23 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.229,23 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.229,23 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 61,46 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.146,15 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.916,92 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.687,69 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 9 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Medio; Jefe/a Sucursal / Encargado/a de Establecimiento; Jefe/a de Almacén

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SALARIO MENSUAL M 1.264,08 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 20.225,28 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.264,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.264,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.264,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.264,08 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 63,20 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.320,40 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.056,32 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.792,24 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 10 10 conceptos

Puestos: Ayudante T. Sanitario; Jefe/a de Compras y Ventas y Encargado/a General; Jefe/a de Personal y Jefe Admtvo.

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SALARIO MENSUAL M 1.298,94 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 20.783,04 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.298,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.298,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.298,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.298,94 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 64,95 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.494,70 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.195,76 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.896,82 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 11 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Superior

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SALARIO MENSUAL M 1.333,79 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2023. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 21.340,64 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2023: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.333,79 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.333,79 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.333,79 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.333,79 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 66,69 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.668,95 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.335,16 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 4.001,37 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
DEPENDIENTE/A MAYOR 9 conceptos

Puestos: Dependiente/a Mayor

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SALARIO MENSUAL M 1.198,69 € estimado SAL_BASE_NIVEL_4*1.10 10% Anexo III: «Su retribución mensual será de un 10 por ciento superior a la del Dependiente/a de más de 25 años». Calculado sobre el salario del nivel 4 (Dependiente/a) de 2023, 1089.72 € × 1,10. Estimado porque las tablas no publican esta categoría ni distinguen al dependiente de más de 25 años.
PAGA DE NAVIDAD A 1.198,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.198,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.198,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.198,69 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 59,93 € estimado SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.993,46 € estimado SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.794,77 € estimado SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.596,08 € estimado SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
Tabla salarial 2022 (anexo I del convenio) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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AYUDA ESCOLAR (POR HIJO ESCOLARIZADO DE 3 A 18 AÑOS) A 127,99 € Art. 27: se abona en septiembre, por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, justificando documentalmente el parentesco y la estancia en el centro de enseñanza. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2022. El convenio no lo califica a efectos de cotización.
AYUDA ESCOLAR (POR HIJO EN GUARDERÍA) A 127,99 € Art. 27: ayuda por hijo/a y año para quien lo tenga en guardería o jardín de infancia, con la misma obligación de acreditarlo. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2022.
MEDIA DIETA H 14,09 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población distinta de la del centro de trabajo, hay que hacer una de las comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2022.
DIETA COMPLETA H 28,14 € Art. 28: cuando, en un desplazamiento ordenado por la empresa a otra población, hay que hacer las dos comidas principales. Durante 2024 y 2025 experimenta el incremento previsto para los salarios. Importe del anexo I de 2022.
KILOMETRAJE H 0,27 € Art. 29: por kilómetro, cuando la empresa requiere desplazarse con el vehículo propio y se justifica el desplazamiento y la distancia. En 2024 y 2025 sube lo pactado para los salarios. Importe del anexo I de 2022.
SEGURO DE DEFUNCIÓN A 12.183,79 € Art. 39: capital mínimo de la póliza de defunción, individual o colectiva, que la empresa debe concertar para cualquier causa de muerte, natural o por accidente; con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social. El mismo capital en los cuatro años de vigencia.
NIVEL 1 10 conceptos

Puestos: Personal Limpieza Horas

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SALARIO MENSUAL M 875,00 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 14.000,00 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 875,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 875,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 875,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 875,00 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 43,75 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 4.375,00 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 3.500,00 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 2.625,00 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 2 10 conceptos

Puestos: Ayudante Dependiente; Mozo/a

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SALARIO MENSUAL M 1.005,84 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 16.093,44 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.005,84 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.005,84 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.005,84 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.005,84 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 50,29 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.029,20 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.023,36 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.017,52 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 3 10 conceptos

Puestos: Auxiliar de Caja; Mozo/a Especializado/a; Telefonista; Vigilante; Ordenanza; Portero/a; Ayudante de Montaje

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SALARIO MENSUAL M 1.026,83 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 16.429,28 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.026,83 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.026,83 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.026,83 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.026,83 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 51,34 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.134,15 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.107,32 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.080,49 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 4 10 conceptos

Puestos: Dependiente/a; Aux.Admtvo.-Perforista; Profesional Of. 2ª; Cobrador/a; Conserje; Rotulista

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SALARIO MENSUAL M 1.047,81 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 16.764,96 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.047,81 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.047,81 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.047,81 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.047,81 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 52,39 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.239,05 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.191,24 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.143,43 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 5 10 conceptos

Puestos: Corredor/a de Plaza; Of.Admtvo.-Operador Máquinas; Profesional Of. 1ª; Dibujante; Escaparatista; Intérprete; Visitador/a

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SALARIO MENSUAL M 1.079,19 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.267,04 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.079,19 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.079,19 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.079,19 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.079,19 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 53,96 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.395,95 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.316,76 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.237,57 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 6 10 conceptos

Puestos: Viajante; Secretario/a; Capataz

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SALARIO MENSUAL M 1.112,77 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 17.804,32 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.112,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.112,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.112,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.112,77 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 55,64 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.563,85 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.451,08 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.338,31 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 7 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Sección (personal mercantil); Cajero/a – Contable; Jefe/a de Taller

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SALARIO MENSUAL M 1.146,25 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 18.340,00 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.146,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.146,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.146,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.146,25 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 57,31 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.731,25 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.585,00 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.438,75 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 8 10 conceptos

Puestos: Jefe/a de Grupo; Jefe/a de Sección (personal administrativo); Jefe/a de Sección (personal de servicios)

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SALARIO MENSUAL M 1.181,95 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 18.911,20 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.181,95 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.181,95 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.181,95 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.181,95 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 59,10 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.909,75 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.727,80 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.545,85 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 9 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Medio; Jefe/a Sucursal / Encargado/a de Establecimiento; Jefe/a de Almacén

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SALARIO MENSUAL M 1.215,46 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.447,36 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.215,46 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.215,46 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.215,46 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.215,46 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 60,77 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.077,30 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.861,84 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.646,38 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 10 10 conceptos

Puestos: Ayudante T. Sanitario; Jefe/a de Compras y Ventas y Encargado/a General; Jefe/a de Personal y Jefe Admtvo.

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.248,98 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 19.983,68 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.248,98 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.248,98 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.248,98 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.248,98 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 62,45 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.244,90 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.995,92 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.746,94 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
NIVEL 11 10 conceptos

Puestos: Titulado/a Grado Superior

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SALARIO MENSUAL M 1.282,49 € Columna «Salario mensual» del anexo I de 2022. Es el salario base al que se refieren la antigüedad, las pagas extra y la indemnización por cese.
TOTAL ANUAL (16 PAGAS) A 20.519,84 € Columna «Total anual (16 pagas)» del anexo I de 2022: doce mensualidades más las cuatro pagas extraordinarias. No incluye ayuda escolar, antigüedad, dietas ni kilometraje (nota del anexo).
PAGA DE NAVIDAD A 1.282,49 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.282,49 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.282,49 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.282,49 € SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 64,12 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 6.412,45 € SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 5.129,96 € SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.847,47 € SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
DEPENDIENTE/A MAYOR 9 conceptos

Puestos: Dependiente/a Mayor

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SALARIO MENSUAL M 1.152,59 € estimado SAL_BASE_NIVEL_4*1.10 10% Anexo III: «Su retribución mensual será de un 10 por ciento superior a la del Dependiente/a de más de 25 años». Calculado sobre el salario del nivel 4 (Dependiente/a) de 2022, 1047.81 € × 1,10. Estimado porque las tablas no publican esta categoría ni distinguen al dependiente de más de 25 años.
PAGA DE NAVIDAD A 1.152,59 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE VERANO A 1.152,59 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de julio. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE OCTUBRE A 1.152,59 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona el 15 de octubre. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
PAGA DE PRIMAVERA A 1.152,59 € estimado SAL_BASE Art. 26: una mensualidad de salario base más antigüedad, que se abona dentro del primer trimestre del año. Las empresas pueden prorratearla previo acuerdo con la plantilla. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma además sus cuatrienios.
ANTIGÜEDAD (CUATRIENIO) M 57,63 € estimado SAL_BASE*0.05 5% Art. 25: cada cuatrienio vale el 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios. Suprimida para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996; quien ya superaba el tope lo conserva ad personam y le sube el porcentaje de los salarios. Importe calculado: un cuatrienio.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS A 5.762,95 € estimado SAL_BASE*5 Art. 30: 5 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS A 4.610,36 € estimado SAL_BASE*4 Art. 30: 4 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.
INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS A 3.457,77 € estimado SAL_BASE*3 Art. 30: 3 mensualidades de salario base y antigüedad, por una sola vez, a quien cese voluntariamente con al menos 15 años de antigüedad en la empresa. No se cobra en despidos ni ceses por causas objetivas; no es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de comercio de maquinaria industrial, agrícola, material eléctrico, aparatos electrodomésticos, mobiliario y material de oficina (Sevilla)?

En 2025, el salario base va desde 1.036,00 € hasta 1.415,01 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, ámbito y prórroga

El convenio rige del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025 y se prorroga por años sucesivos si nadie lo denuncia.

  • Se aplica a las empresas de Sevilla y su provincia dedicadas al comercio de maquinaria industrial, agrícola, material eléctrico, aparatos electrodomésticos, mobiliario y material de oficina, y a toda su plantilla salvo el personal de alta dirección (arts. 1 a 3).
  • El acta de 27 de marzo de 2025 adapta ese ámbito a la CNAE-2025: códigos 46.14, 46.43, 46.47, 46.49, 46.50, 46.61, 46.62, 46.63, 46.64, 46.89, 47.40, 47.54 y 47.92.
  • Duración de cuatro años, del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025, con independencia de la fecha de firma y de publicación (art. 4).
  • Se prorroga por años sucesivos salvo denuncia de cualquiera de las organizaciones firmantes con al menos dos meses de antelación al vencimiento o a cada prórroga (art. 5).
  • Tras la denuncia, la comisión negociadora se constituye en un máximo de 30 días y fija un calendario de negociación (art. 5).
  • Lo firman las patronales FEDEME y APROCOM y los sindicatos CCOO y UGT; se publicó en el BOP de Sevilla el 10 de enero de 2024.
  • A 2 de octubre de 2026 no consta en el registro de convenios denuncia posterior ni convenio nuevo publicado, así que sigue aplicándose prorrogado con las tablas de 2025.

Clasificación profesional y niveles

El salario se fija por once niveles retributivos; cada categoría tiene su nivel en el anexo II y algunas van asimiladas en el anexo III.

  • Nivel 1: personal de limpieza por horas. Nivel 2: ayudante dependiente y mozo/a. Nivel 3: auxiliar de caja y mozo/a especializado/a.
  • Nivel 4: dependiente/a, auxiliar administrativo/a-perforista y profesional de oficio de 2.ª. Nivel 5: corredor/a de plaza, oficial administrativo/a-operador/a de máquinas y profesional de oficio de 1.ª.
  • Nivel 6: viajante, secretario/a y capataz. Nivel 7: jefe/a de sección (mercantil), cajero/a-contable y jefe/a de taller. Nivel 8: jefe/a de grupo y jefes/as de sección administrativa y de servicios.
  • Nivel 9: titulado/a de grado medio, jefe/a de sucursal o encargado/a de establecimiento y jefe/a de almacén. Nivel 10: ayudante técnico sanitario, jefe/a de compras y ventas o encargado/a general y jefe/a de personal o administrativo. Nivel 11: titulado/a de grado superior.
  • Asimilados (anexo III): al nivel 3, telefonista, vigilante, ordenanza, portero/a y ayudante de montaje; al nivel 4, cobrador/a, conserje y rotulista; al nivel 5, dibujante, escaparatista, intérprete y visitador/a.
  • Dependiente/a mayor: su retribución mensual es un 10 % superior a la del dependiente/a (anexo III).
  • El anexo V agrupa además las categorías en ocho grupos profesionales; la comisión paritaria de clasificación debe desarrollar un sistema de grupos durante la vigencia, y la clasificación actual es enunciativa (arts. 9 y 10).

Jornada y horario de apertura

La jornada es de 1.798 horas de trabajo efectivo al año en cada año de vigencia, distribuida por la empresa.

  • Los establecimientos cierran todos los sábados por la tarde y domingos, las 14 fiestas oficiales, la mañana del sábado de Feria y del Sábado Santo, las tardes de Semana Santa, las tardes del 24 y 31 de diciembre y las tardes de la Feria de Sevilla; en el resto de la provincia, según los usos de cada localidad.
  • Se puede abrir los domingos y festivos que la Junta de Andalucía autorice cada año para el comercio.
  • Los días de cierre por la tarde, la jornada de mañana no puede terminar después de las 14:00; el comercio de maquinaria agrícola puede hacer jornada continuada en verano y abrir los sábados por la tarde en campaña agrícola.
  • El comercio de electrodomésticos, mobiliario y material de oficina puede abrir los sábados por la tarde, sin que nadie trabaje más de 6 sábados al año ni las tardes del 24 y 31 de diciembre; quien trabaja el sábado por la tarde descansa el domingo completo y la mañana del lunes.
  • Distribución irregular: la empresa dispone de 235 horas al año de libre distribución, de lunes a sábado, con preaviso de 5 días, compensación dentro del año por días completos o medias jornadas y un máximo de diez horas de jornada ordinaria diaria.
  • Registro diario de jornada con hora de inicio y fin, conservado 4 años; calendario laboral anual expuesto en cada centro.
  • Adaptación de jornada por conciliación hasta que los hijos cumplan 12 años (y en otros supuestos de cuidado): la empresa negocia un máximo de 15 días y, si no se opone motivadamente, se entiende concedida.

Vacaciones

Las vacaciones son de 30 días naturales al año.

  • 21 de esos días se disfrutan entre junio y septiembre, en turnos anuales rotativos.
  • Cada persona conoce su periodo al menos dos meses antes; las vacaciones nunca empiezan en domingo o festivo.
  • Si coinciden con IT por embarazo, parto o lactancia, o con la suspensión por nacimiento, se disfrutan después aunque haya terminado el año.
  • Si coinciden con otra IT que impide disfrutarlas, se toman al terminar, siempre que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.

Licencias y permisos retribuidos

Con aviso previo y justificación posterior, la persona trabajadora puede ausentarse con sueldo por estos motivos.

  • Matrimonio o registro de pareja de hecho: 15 días naturales.
  • Fallecimiento de hijos/as, cónyuge o pareja de hecho registrada: 5 días; de otros parientes hasta segundo grado: 2 días, 4 si hay desplazamiento.
  • Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja, parientes hasta segundo grado o conviviente que necesite cuidado: 5 días.
  • Traslado del domicilio habitual: 1 día.
  • Acompañar a un hijo/a menor a consulta médica de la Seguridad Social: hasta 10 horas al año.
  • Fuerza mayor por motivos familiares urgentes: retribuidas las horas equivalentes a 4 días al año.
  • Formación profesional para el empleo con un año de antigüedad: 20 horas anuales, acumulables hasta cinco años.
  • Asuntos propios que no admitan demora: 16 horas al año con sueldo, justificándolas en los dos días siguientes; sirven también para bodas, bautizos o comuniones de los hijos (art. 16).
  • La lactancia puede acumularse en jornadas completas, a razón de una hora por día hábil hasta que el menor cumpla 9 meses.
  • Permiso parental no retribuido de hasta 8 semanas hasta que el menor cumpla 8 años, con preaviso de 10 días (art. 14 bis).

Pagas extraordinarias

Hay cuatro pagas extraordinarias de una mensualidad de salario base más antigüedad cada una.

  • Paga de Navidad: el 15 de diciembre.
  • Paga de verano: el 15 de julio.
  • Paga de octubre: el 15 de octubre.
  • Paga de primavera: dentro del primer trimestre del año.
  • Las empresas pueden prorratearlas previo acuerdo con las personas trabajadoras.
  • La columna «Total anual (16 pagas)» de las tablas es el salario mensual multiplicado por dieciséis.

Antigüedad (cuatrienios)

Se cobran cuatrienios del 5 % del salario base del nivel, con un tope de tres cuatrienios.

  • Cada cuatrienio: 5 % del salario base correspondiente al nivel retributivo y grupo profesional.
  • Tope: tres cuatrienios (15 %).
  • Quien ya cobraba por encima de ese tope lo conserva ad personam, sin nuevos cuatrienios, y esa cantidad sube lo mismo que los salarios.
  • Quien a 1 de abril de 1995 estaba devengando un cuatrienio por encima del tope lo consolidó como su tope.
  • El complemento está suprimido para todo el personal contratado a partir del 27 de febrero de 1996.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

El complemento depende de la causa de la baja y, en enfermedad o accidente no laboral, de cuántas bajas se hayan tenido en el año.

  • Enfermedad común o profesional y accidente no laboral, primer proceso del año natural: la empresa añade a la prestación una cantidad igual al 20 % de la base de cotización del día de la baja, aunque no se llegue al 100 % de la retribución.
  • Segundo proceso del año natural: la empresa añade el 12,5 % de la base de cotización del día de la baja.
  • Tercer proceso del año natural y siguientes: no hay complemento.
  • Accidente de trabajo: la empresa completa la prestación hasta el 100 % de la base de cotización.
  • Los complementos se mantienen desde el día de la baja mientras subsista la relación laboral y no haya declaración de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

Ayudas, dietas y kilometraje

Además del salario, el convenio paga una ayuda escolar por hijo, dietas por desplazamiento y kilometraje.

  • Ayuda escolar, en septiembre, por hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, y ayuda por hijo/a en guardería: 127,99 € en 2022, 133,11 € en 2023, 137,10 € en 2024 y 141,21 € en 2025 (art. 27 y anexo I).
  • Media dieta, cuando hay que hacer una comida principal fuera: 14,09 € en 2022, 15,08 € en 2023, 15,53 € en 2024 y 16,00 € en 2025 (art. 28).
  • Dieta completa, cuando hay que hacer las dos comidas principales fuera: 28,14 € en 2022, 30,11 € en 2023, 31,01 € en 2024 y 31,94 € en 2025 (art. 28).
  • Kilometraje con vehículo propio: 0,27 € por kilómetro en 2022 y 2023, 0,28 € en 2024 y 0,29 € en 2025 (art. 29).
  • Descuento del 15 % en las compras en la propia empresa, siempre que no pasen de 750 € al año ni sean artículos en oferta, promoción o rebajados (art. 34).
  • Uniformes: mozos/as, mozos/as especializados/as, conductores/as y sus ayudantes pueden pedir dos uniformes de verano y dos de invierno (art. 33).

Indemnización por cese y seguro de defunción

El convenio premia la permanencia con una indemnización al cesar voluntariamente a partir de los 63 años y obliga a asegurar un capital por fallecimiento.

  • Cese voluntario con al menos 15 años de antigüedad: 5 mensualidades a los 63 años, 4 a los 64 y 3 a partir de los 65, de salario base y antigüedad, por una sola vez (art. 30).
  • No se cobra si el cese es por despido o por causas objetivas, y no es complemento de pensión ni mejora voluntaria de la Seguridad Social (art. 30).
  • Seguro de defunción por cualquier causa, natural o por accidente: capital mínimo de 12.183,79 € en cada uno de los cuatro años de vigencia (art. 39).

Contratación

El convenio adapta algunas reglas de contratación del Estatuto de los Trabajadores.

  • Contrato por circunstancias de la producción: hasta 12 meses (art. 18).
  • Formación en alternancia: de 3 meses a 2 años; se cobra el SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo, que no puede pasar del 65 % de la jornada el primer año ni del 85 % el segundo; sin horas extraordinarias, trabajo nocturno ni turnos (art. 19.1).
  • Contrato para la obtención de la práctica profesional: de seis meses a un año, con el 85 % de la retribución del anexo I del nivel correspondiente, nunca por debajo del SMI en proporción al tiempo trabajado (art. 19.2).
  • Quien estudia para obtener un título puede pedir reducir la jornada hasta un tercio, con reducción proporcional del salario (art. 17).
  • Jubilación forzosa posible a partir de los 68 años con derecho al 100 % de la pensión y contratación indefinida de un relevo (art. 59).

Subidas salariales pactadas

Cada año de vigencia tiene su tabla publicada; las cláusulas de revisión por IPC no llegaron a activarse.

  • 2022: +3 % sobre los salarios de 31 de diciembre de 2021 (art. 21).
  • 2023: +4 %, con hasta un 1 % más desde el 1 de enero de 2024 si el IPC de diciembre de 2023 pasaba del 4 % (art. 22); el IPC fue del 3,1 %.
  • 2024: +3 %, con hasta un 1 % más desde el 1 de enero de 2025 si el IPC de diciembre de 2024 pasaba del 3 % (art. 23); el IPC fue del 2,8 %.
  • 2025: +3 %, con hasta un 1 % más desde el 1 de enero de 2026 si el IPC de diciembre de 2025 pasaba del 3 % (art. 24); el IPC fue del 2,9 %.
  • La ayuda escolar, las dietas y el kilometraje suben en 2024 y 2025 lo mismo que los salarios (arts. 27 a 29).
  • Los atrasos de 2022 y 2023 se abonan en un máximo de nueve meses desde la publicación del convenio (disposición final).
  • El convenio no fija subida para la prórroga a partir de 2026.

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 39), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte cualquier causa 12.183,79 € Incluye: muerte natural; muerte por accidente · «cualquiera que sea la causa de la muerte, tanto natural como por accidente».

Póliza individual o colectiva de defunción, con independencia de las prestaciones de la Seguridad Social. El boletín fija el mismo capital mínimo para los cuatro periodos anuales de vigencia (01/01/2022 a 31/12/2025).

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio no pacta subrogación convencional de la plantilla al cambiar la contrata. Leído el convenio entero: no pacta subrogación convencional.

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