Convenio colectivo · REGCON 24100435012021

Convenio Colectivo de Sector de Clínicas Dentales de la provincia de León

León Clínicas dentales Ámbito provincial Vigencia 30/07/2024 — 31/12/2026
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de León nº 199, de 15/10/2024.
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2026. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2026 (+3 % sobre 2025, publicada con el convenio) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS ASISTENCIA M 53,05 € Igual para todos los grupos: 50 € en 2024, 51,50 € en 2025 y 53,05 € en 2026, mensuales por persona trabajadora. Se devenga por día efectivo de trabajo.
PLUS ASISTENCIA (CÓMPUTO ANUAL) A 636,54 € PLUS*12 Columna anual del anexo I para el plus de asistencia (12 mensualidades). Es el mismo plus en cómputo anual, no se suma al mensual. En 2026 el anexo la sube un 3 % sobre la de 2025 (636,54 €), seis céntimos menos que 53,05 € × 12.
PLUS COMPENSATORIO DE FORMACIÓN M 95,48 € SOLO en las empresas que no acrediten, con certificación anual de la comisión paritaria, su participación en planes de formación del sector (de la organización empresarial firmante, de la propia empresa, de organismos públicos o privados, de entidades acreditadas o de los sindicatos más representativos). De naturaleza salarial; se cobra también en incapacidad temporal y en vacaciones. El art. 37 lo fija en 90 € mensuales «no absorbible ni compensable durante la vigencia»; el anexo I lo publica en 90 € (2024), 92,70 € (2025) y 95,48 € (2026).
HORA EXTRAORDINARIA H — HORA_NORMAL*1.25 125% Si la empresa opta por pagarlas, el salario de la hora ordinaria incrementado en un 25 %; lo normal es compensarlas con descanso retribuido incrementado en un 25 % dentro de los cuatro meses siguientes. El convenio no dice cómo se calcula la hora ordinaria, así que el importe no se calcula.
KILOMETRAJE H 0,26 € 0,26 € por kilómetro a quien, de acuerdo con la empresa, use su vehículo en los desplazamientos. Las dietas de manutención y hospedaje se pagan según la normativa interna de cada empresa: el convenio no fija importe.
Grupo 0 4 conceptos

Puestos: Responsable de actividad asistencial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 2.525,78 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 35.360,92 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.525,78 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.525,78 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo I 4 conceptos

Puestos: Título universitario superior; Licenciado en medicina y cirugía; Licenciado en odontología/ Grado en odontología; Especialista en Estomatología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 2.032,68 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 28.457,58 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.032,68 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.032,68 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo II 4 conceptos

Puestos: Titulado universitario de grado medio; ATS/DUE/Grado en Enfermería

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SALARIO MENSUAL M 1.495,87 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 20.942,17 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.495,87 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.495,87 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo III 4 conceptos

Puestos: Técnicos de ciclo formativo de grado superior o FP II; Higienistas

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SALARIO MENSUAL M 1.377,05 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 19.278,67 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.377,05 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.377,05 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo Iv 4 conceptos

Puestos: Técnicos de ciclo formativo de grado medio o FP I; Administrativo; Auxiliar de clínica/ Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE)

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SALARIO MENSUAL M 1.296,42 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 18.149,88 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.296,42 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.296,42 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo v 5 conceptos

Puestos: Trabajadores no cualificados; Colaborador de consulta; Auxiliar al dentista

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SALARIO MENSUAL M 1.204,12 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 16.857,70 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.204,12 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.204,12 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
SALARIO MENSUAL EQUIPARADO AL SMI (ART. 19) M 1.221,00 € estimado SMI El anexo I publica para el Grupo V 1204,12 € al mes, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2026 (1221,00 € al mes en 14 pagas, RD 126/2026). El art. 19 manda que, si el SMI supera el salario pactado de un grupo, «se aplicará automáticamente la cuantía del mismo»: este es el salario mensual que se cobra. La cifra del boletín se mantiene intacta al lado.
Tabla salarial 2025 (+3 % sobre 2024, publicada con el convenio) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS ASISTENCIA M 51,50 € Igual para todos los grupos: 50 € en 2024, 51,50 € en 2025 y 53,05 € en 2026, mensuales por persona trabajadora. Se devenga por día efectivo de trabajo.
PLUS ASISTENCIA (CÓMPUTO ANUAL) A 618,00 € PLUS*12 Columna anual del anexo I para el plus de asistencia (12 mensualidades). Es el mismo plus en cómputo anual, no se suma al mensual. En 2026 el anexo la sube un 3 % sobre la de 2025 (636,54 €), seis céntimos menos que 53,05 € × 12.
PLUS COMPENSATORIO DE FORMACIÓN M 92,70 € SOLO en las empresas que no acrediten, con certificación anual de la comisión paritaria, su participación en planes de formación del sector (de la organización empresarial firmante, de la propia empresa, de organismos públicos o privados, de entidades acreditadas o de los sindicatos más representativos). De naturaleza salarial; se cobra también en incapacidad temporal y en vacaciones. El art. 37 lo fija en 90 € mensuales «no absorbible ni compensable durante la vigencia»; el anexo I lo publica en 90 € (2024), 92,70 € (2025) y 95,48 € (2026).
HORA EXTRAORDINARIA H — HORA_NORMAL*1.25 125% Si la empresa opta por pagarlas, el salario de la hora ordinaria incrementado en un 25 %; lo normal es compensarlas con descanso retribuido incrementado en un 25 % dentro de los cuatro meses siguientes. El convenio no dice cómo se calcula la hora ordinaria, así que el importe no se calcula.
KILOMETRAJE H 0,26 € 0,26 € por kilómetro a quien, de acuerdo con la empresa, use su vehículo en los desplazamientos. Las dietas de manutención y hospedaje se pagan según la normativa interna de cada empresa: el convenio no fija importe.
Grupo 0 4 conceptos

Puestos: Responsable de actividad asistencial

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SALARIO MENSUAL M 2.452,21 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 34.330,99 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.452,21 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.452,21 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo I 4 conceptos

Puestos: Título universitario superior; Licenciado en medicina y cirugía; Licenciado en odontología/ Grado en odontología; Especialista en Estomatología

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SALARIO MENSUAL M 1.973,48 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 27.628,72 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.973,48 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.973,48 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo II 4 conceptos

Puestos: Titulado universitario de grado medio; ATS/DUE/Grado en Enfermería

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SALARIO MENSUAL M 1.452,30 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 20.332,20 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.452,30 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.452,30 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo III 4 conceptos

Puestos: Técnicos de ciclo formativo de grado superior o FP II; Higienistas

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SALARIO MENSUAL M 1.336,94 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 18.717,16 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.336,94 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.336,94 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo Iv 4 conceptos

Puestos: Técnicos de ciclo formativo de grado medio o FP I; Administrativo; Auxiliar de clínica/ Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.258,66 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 17.621,24 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.258,66 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.258,66 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo v 5 conceptos

Puestos: Trabajadores no cualificados; Colaborador de consulta; Auxiliar al dentista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.169,05 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 16.366,70 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.169,05 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.169,05 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
SALARIO MENSUAL EQUIPARADO AL SMI (ART. 19) M 1.184,00 € estimado SMI El anexo I publica para el Grupo V 1169,05 € al mes, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2025 (1184,00 € al mes en 14 pagas, RD 87/2025). El art. 19 manda que, si el SMI supera el salario pactado de un grupo, «se aplicará automáticamente la cuantía del mismo»: este es el salario mensual que se cobra. La cifra del boletín se mantiene intacta al lado.
Tabla salarial 2024 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS ASISTENCIA M 50,00 € Igual para todos los grupos: 50 € en 2024, 51,50 € en 2025 y 53,05 € en 2026, mensuales por persona trabajadora. Se devenga por día efectivo de trabajo.
PLUS ASISTENCIA (CÓMPUTO ANUAL) A 600,00 € PLUS*12 Columna anual del anexo I para el plus de asistencia (12 mensualidades). Es el mismo plus en cómputo anual, no se suma al mensual. En 2026 el anexo la sube un 3 % sobre la de 2025 (636,54 €), seis céntimos menos que 53,05 € × 12.
PLUS COMPENSATORIO DE FORMACIÓN M 90,00 € SOLO en las empresas que no acrediten, con certificación anual de la comisión paritaria, su participación en planes de formación del sector (de la organización empresarial firmante, de la propia empresa, de organismos públicos o privados, de entidades acreditadas o de los sindicatos más representativos). De naturaleza salarial; se cobra también en incapacidad temporal y en vacaciones. El art. 37 lo fija en 90 € mensuales «no absorbible ni compensable durante la vigencia»; el anexo I lo publica en 90 € (2024), 92,70 € (2025) y 95,48 € (2026).
HORA EXTRAORDINARIA H — HORA_NORMAL*1.25 125% Si la empresa opta por pagarlas, el salario de la hora ordinaria incrementado en un 25 %; lo normal es compensarlas con descanso retribuido incrementado en un 25 % dentro de los cuatro meses siguientes. El convenio no dice cómo se calcula la hora ordinaria, así que el importe no se calcula.
KILOMETRAJE H 0,26 € 0,26 € por kilómetro a quien, de acuerdo con la empresa, use su vehículo en los desplazamientos. Las dietas de manutención y hospedaje se pagan según la normativa interna de cada empresa: el convenio no fija importe.
Grupo 0 4 conceptos

Puestos: Responsable de actividad asistencial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 2.380,79 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 33.331,06 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.380,79 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.380,79 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo I 4 conceptos

Puestos: Título universitario superior; Licenciado en medicina y cirugía; Licenciado en odontología/ Grado en odontología; Especialista en Estomatología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.916,00 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 26.824,00 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.916,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.916,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo II 4 conceptos

Puestos: Titulado universitario de grado medio; ATS/DUE/Grado en Enfermería

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.410,00 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 19.740,00 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.410,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.410,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo III 4 conceptos

Puestos: Técnicos de ciclo formativo de grado superior o FP II; Higienistas

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.298,00 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 18.172,00 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.298,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.298,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo Iv 4 conceptos

Puestos: Técnicos de ciclo formativo de grado medio o FP I; Administrativo; Auxiliar de clínica/ Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.222,00 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 17.108,00 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.222,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.222,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.
Grupo v 4 conceptos

Puestos: Trabajadores no cualificados; Colaborador de consulta; Auxiliar al dentista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MENSUAL M 1.135,00 € Salario mensual del anexo I. Se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y las dos pagas extra).
SALARIO ANUAL A 15.890,00 € SAL_BASE*14 Columna «Salario anual» del anexo I: el mismo salario en cómputo anual (14 pagas), no un concepto que se sume al mensual. En 2024 es exactamente el mensual × 14; en 2025 y 2026 el anexo sube esta columna un 3 % sobre la anual del año anterior, por eso difiere en algún céntimo del mensual × 14.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.135,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.135,00 € SAL_BASE 30 días de salario base, que en un salario mensual es la mensualidad. Se devenga y se paga con las retribuciones de diciembre.

Historia del convenio

30/07/2024 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2026 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de clínicas dentales (León)?

En 2026, el salario base va desde 1.204,12 € hasta 2.525,78 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, con efectos económicos desde enero de 2024

El convenio rige desde su firma (30 de julio de 2024) y paga desde el 1 de enero de 2024.

  • Vigencia desde la firma hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 5).
  • Los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2024.
  • Los atrasos se abonan dentro de los tres meses siguientes a la publicación en el BOP (15/10/2024).
  • Queda automáticamente denunciado al terminar su vigencia, sin comunicación de ningún tipo.
  • Sigue vigente en su totalidad hasta la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
  • Se aplica a las empresas que ejercen la actividad de dentista (estomatólogo u odontólogo), en exclusiva o con carácter predominante, en la provincia de León (arts. 1 y 2).
  • El personal que sustituye a otro tiene los mismos derechos del convenio (art. 4).

Tablas cerradas para 2024, 2025 y 2026

El anexo I publica de una vez los salarios de los tres años; no hay cláusula de revisión por IPC.

  • 2025 y 2026: los salarios suben un 3 % sobre el año anterior (lo muestran las tablas del anexo).
  • El plus de asistencia pasa de 50 € a 51,50 € y a 53,05 € mensuales.
  • El plus compensatorio de formación pasa de 90 € a 92,70 € y a 95,48 € mensuales en el anexo.
  • Si el SMI de un año supera el salario pactado de un grupo, se aplica automáticamente el SMI (art. 19).
  • Con esa regla, el Grupo V cobra el SMI en 2025 (1.184 € al mes) y en 2026 (1.221 € al mes), porque el anexo le fija 1.169,05 € y 1.204,12 €.
  • Se respetan en su totalidad las condiciones más beneficiosas en cómputo anual (art. 20).

40 horas semanales y 1.800 horas al año

La jornada puede ser continuada o partida, con un margen de flexibilidad del 10 %.

  • 40 horas semanales efectivas, en cómputo anual de 1.800 horas (art. 6).
  • Descanso de 15 minutos en la jornada continuada de 6 horas o más.
  • Jornada máxima diaria de 9 horas, salvo 12 horas de descanso entre jornadas y acuerdo mutuo.
  • La empresa puede distribuir de forma flexible hasta el 10 % de la jornada anual, avisando con cinco días.
  • Registro diario de jornada: el convenio incluye modelos en papel (anexo II).
  • Los días 24 y 31 de diciembre se trabaja hasta las 14 horas (art. 7).
  • Horas extraordinarias: las que pasan de 1.800 al año, voluntarias y con un máximo de 80 al año; se compensan con descanso más un 25 % en cuatro meses o se pagan con un 25 % sobre la hora ordinaria (art. 8).

30 días naturales

Quince de los treinta días los elige la persona trabajadora, preferentemente en verano.

  • 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año (art. 10).
  • 15 días a elección de la persona trabajadora, preferentemente en julio, agosto o septiembre.
  • Si la empresa tiene un periodo de cierre vacacional, se aplica a toda la plantilla.
  • Con contrato o antigüedad inferior a un año, las vacaciones son proporcionales al tiempo trabajado.

Sin complemento de antigüedad

El convenio no regula ningún complemento por antigüedad.

  • Leído el texto entero, no hay bienios, trienios ni quinquenios.

Dos pagas extraordinarias de 30 días de salario base

Verano y Navidad, prorrateables de mutuo acuerdo.

  • Paga de verano: se devenga en junio y se paga con la nómina de junio (art. 22).
  • Paga de Navidad: se devenga en diciembre y se paga con la nómina de diciembre.
  • Cada una equivale a 30 días de salario base.
  • Quien no completa un semestre cobra la parte proporcional al tiempo trabajado.
  • Pueden prorratearse entre las doce mensualidades, siempre de mutuo acuerdo.

Complemento por baja solo en accidente de trabajo o enfermedad profesional

El complemento es corto: quince días, una vez al año.

  • Accidente laboral o enfermedad profesional: complemento hasta el 100 % del salario desde el día 16 de la baja y durante un máximo de 15 días (art. 26).
  • Se cobra una sola vez al año.
  • Las retribuciones no periódicas del mes anterior (incentivos, gratificaciones voluntarias) no cuentan para calcularlo; las horas extraordinarias sí.
  • Enfermedad común y accidente no laboral: el convenio no prevé complemento.

Plus de asistencia, plus de formación y kilometraje

Además del salario, el convenio paga dos pluses mensuales y el kilometraje.

  • Plus de asistencia igual para todos: 50 € (2024), 51,50 € (2025) y 53,05 € (2026) al mes, por día efectivo de trabajo (art. 21).
  • Plus compensatorio de formación: 90 € al mes en 2024 (92,70 € y 95,48 € en el anexo para 2025 y 2026) en las empresas que no acrediten participar en planes de formación del sector (art. 37).
  • Para quedar exenta del plus de formación, la empresa necesita una certificación anual de la comisión paritaria; la plantilla puede pedir información sobre su validez.
  • Kilometraje: 0,26 € por kilómetro con vehículo propio, de acuerdo con la empresa (art. 27).
  • Las dietas de manutención y hospedaje se pagan según la normativa interna de cada empresa.
  • La empresa facilita los equipos de protección individual (art. 25).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio no establece la obligación de contratar una póliza colectiva ni fija indemnizaciones por muerte o incapacidad a cargo de la empresa. Leído el texto entero: el convenio no obliga a contratar ningún seguro.

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