Convenio colectivo · REGCON 31008485012006

Convenio Colectivo de Centros de Atención a Personas con Discapacidad de Gestión Privada Concertados con el Gobierno de Navarra

Navarra Centros de atención a personas con discapacidad Ámbito autonómico Vigencia 01/01/2020 — 31/12/2023
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BON nº 81, 13/04/2021.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2023, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2023 (+6,4 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 19 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
COMPLEMENTO RESPONSABILIDAD M 197,87 € Art. 27.4: lo cobra quien la empresa designe para un puesto o función de responsabilidad; cuantía unificada para los responsables de turno del anexo IV. Por mes o su prorrateo diario, en 14 pagas. El desempeño parcial, temporal o rotatorio se paga por hora (ver los precios por turno). Para ser responsable de turno hay que estar en la plantilla de referencia.
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (TURNO DE NOCHE) H 1,88 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «TURNO DE NOCHE».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (TURNOS ROTATORIOS MTN) H 1,84 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «TURNOS ROTATORIOS MTN».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (CUIDADOR) H 1,75 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «CUIDADOR».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL) H 1,75 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (PERSONAL DE HOSTELERÍA) H 1,75 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «PERSONAL DE HOSTELERÍA». En 2021 la columna se rotulaba «personal de servicios»; desde 2022, «personal de hostelería».
FESTIVO (EUROS/HORA) H 7,75 € Art. 27.2: por el trabajo efectivo en domingo o festivo, proporcional a las horas completas trabajadas; tiene consideración de «productividad». No computa en las pagas extra y se excluye de la retribución de vacaciones. Nota (2) de la tabla: incluye el 8,33 % de prorrata de vacaciones. En contrato en prácticas se cobra íntegro (art. 9).
FESTIVOS ESPECIALES NAVIDAD T Y N: 24, 31, 5 E 66,62 € Art. 27.3: plus de días especiales de Navidad por cada jornada completa trabajada (o su parte proporcional) en los turnos de tarde y de noche del 24 y el 31 de diciembre y el 5 de enero.
FESTIVOS ESPECIALES NAVIDAD M Y T: 25, 1, 6 E 53,29 € Art. 27.3: plus por cada jornada completa trabajada (o su parte proporcional) en los turnos de mañana o tarde del 25 de diciembre y el 1 y el 6 de enero, adicional a lo que corresponda por festividad.
COMPLEMENTO JORNADAS > 15 HORAS M 119,91 € Art. 27.7: complemento mensual, en 14 pagas, para el personal que hace habitualmente jornadas diarias de más de 15 horas.
COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD PISOS FUNCIONALES M 263,82 € Art. 27.5: personal de pisos funcionales que asume guardias localizadas en fines de semana y festivos (en ADACEN, solo la guardia localizada de noche). En 14 pagas; puede repartirse por meses entre varias personas en proporción al tiempo de desempeño.
HORA EXTRAORDINARIA H — HORA_NORMAL*1.5 150% Art. 30: las horas autorizadas que superan la jornada anual de la categoría, computadas a final de año, se pagan al 150 % de la hora normal calculada sobre la jornada anual del turno que corresponda. La tabla publica el precio hora sobre 1.568 h y el del cuidador por turnos, pero no la hora normal de cada categoría en cada turno, así que no se calcula. Las horas de fuerza mayor que superan la jornada diaria se compensan con descanso del 150 % o se pagan igual.
RECARGO DE FESTIVO EN HORA EXTRAORDINARIA H 11,63 € FESTIVO*1.5 150% Art. 30: si la hora extraordinaria se hace en domingo o festivo, se suma el 150 % del plus festivo por hora. Importe calculado sobre el plus festivo de la tabla.
COMPLEMENTO DE DEDICACIÓN H — SALARIO_REAL_HORA Art. 27.8: el personal cuya jornada anual supera la mayor de las de cuidador («resto de personal», 1.644 h) cobra cada hora de exceso efectivamente trabajada a razón de su salario REAL, en una paga en enero; puede optar cada año, antes del 15 de enero, por la jornada de cuidador (1.568 h desde 2021). No se calcula: depende del salario real de cada persona. IT, licencias y permisos retribuidos no restan jornada a estos efectos.
DIETA COMPLETA D 53,82 € Art. 31: dieta por desplazamiento; sube en la misma proporción que los conceptos salariales.
MEDIA DIETA D 21,53 € Art. 31: sube en la misma proporción que los conceptos salariales.
KILOMETRAJE (EUROS/KM) H 0,36 € Art. 31: uso del vehículo propio por necesidades de la empresa; alternativamente se pagan combustible, autopistas y otros gastos con factura. En 2020 eran 0,31 €/km.
COMPENSACIÓN POR CALZADO A 30,00 € Art. 35: si la empresa no facilita el calzado (personal sanitario y de los grupos II y III), abona 30 € al año antes de terminar mayo; la misma cantidad a quien necesite por prescripción médica un calzado distinto.
COMPLEMENTO DE TURNO H 0,06 € Art. 27.12: reparto de una partida anual (75.475,25 € en 2020, que sube como los salarios) entre quienes trabajan 60 días o más al año en turnos de mañana, tarde y noche, noche, rotatorio de lunes a domingo, mañana y tarde o partido; se paga en enero por los servicios del año anterior. La VI acta de la Comisión Paritaria (13/02/2023) fija el de 2022 en 0,082 €/hora: 0,062 € brutos y 0,02 € de Seguridad Social (82.789,86 € entre 1.001.357,24 horas). Quien ya cobre un complemento específico por su turno solo lo percibe si es inferior.
Director/a técnico/a GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Director técnico; Director de centro

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 3.472,86 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 127,61 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 120,51 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 48.620,01 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 31,01 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 3.472,86 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.472,86 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 3.125,57 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Titulado/a de grado superior GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Director; Médico; Psicólogo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 2.894,40 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 127,61 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 100,44 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 40.521,65 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 25,84 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.894,40 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.894,40 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.604,96 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Titulado/a de grado medio GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Terapeuta; Trabajador Social; ATS-DUE; Fisioterapeuta; Logopeda; Maestro; Contable (si la entidad requiere una titulación de grado medio para el puesto)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 2.388,11 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 112,13 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 82,87 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 33.433,52 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 21,32 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.388,11 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.388,11 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.149,30 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Jefe/a de SS GG GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Jefe de Servicios Generales

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 2.388,11 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 112,13 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 82,87 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 33.433,52 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 21,32 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.388,11 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.388,11 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.149,30 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial administrativo 1.ª GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.990,10 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 112,13 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 69,05 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 27.861,37 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 17,77 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.990,10 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.990,10 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.791,09 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial administrativo 2.ª GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Oficial 2.ª administrativo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.747,36 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 60,64 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 24.463,08 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 15,60 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.747,36 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.747,36 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.572,62 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Auxiliar administrativo recepcionista GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo-recepcionista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.655,76 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 57,46 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.180,68 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 14,78 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.655,76 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.655,76 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.490,18 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Educador/a GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Educador; Técnico de Integración Social

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.990,10 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 69,05 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 27.861,37 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 17,77 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.990,10 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.990,10 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.791,09 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cuidador/a GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 10 conceptos

Puestos: Cuidador; Cuidador Residencia; Auxiliar; Cuidador nocturno; Cuidador turnos de MTN

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.655,76 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 57,46 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.180,68 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 14,78 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (TURNO DE NOCHE) H 15,98 € Precio hora de la categoría de cuidador en el turno de noche (1.450 horas al año), según la tabla de jornadas del anexo salarial. En la jornada de cuidador (1.568 h) el precio hora es el general de la tabla.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (TURNOS ROTATORIOS MTN) H 15,50 € Precio hora de la categoría de cuidador en el turnos rotatorios mtn (1.495 horas al año), según la tabla de jornadas del anexo salarial. En la jornada de cuidador (1.568 h) el precio hora es el general de la tabla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.655,76 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.655,76 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.490,18 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Monitor/a GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 8 conceptos

Puestos: Monitor; Monitor de ocio y tiempo libre

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.990,10 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 69,05 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 27.861,37 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 17,77 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.990,10 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.990,10 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.791,09 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cuidador/a de piso funcional GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 9 conceptos

Puestos: Cuidador de piso funcional

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.706,25 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 59,21 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.887,46 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 15,23 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL) H 15,24 € Precio hora de la categoría de cuidador de piso funcional (1.568 horas al año) según la tabla de jornadas del anexo salarial. En 2023 esta tabla publica 15,24 € y la tabla por categorías 15,23 €: se transcriben las dos tal cual.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.706,25 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.706,25 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.535,63 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial de mantenimiento y servicios múltiples GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES 8 conceptos

Puestos: Oficial de mantenimiento y servicios múltiples; Chófer

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.827,48 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 63,41 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 25.584,78 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 16,32 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.827,48 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.827,48 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.644,73 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Auxiliar de servicios múltiples GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de servicios múltiples

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.406,03 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 48,79 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 19.684,41 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 12,55 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.406,03 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.406,03 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.265,43 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Jefe/a de cocina GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Jefe de cocina

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SALARIO MES 14 PAGAS M 1.774,62 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 61,58 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 24.844,65 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 15,84 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.774,62 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.774,62 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.597,16 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cocinero/a GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Cocinero

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SALARIO MES 14 PAGAS M 1.655,76 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 57,46 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.180,68 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 14,78 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.655,76 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.655,76 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.490,18 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Personal de servicios hosteleros GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de servicios hosteleros (limpieza, lavandería, cocina, peluquería)

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SALARIO MES 14 PAGAS M 1.406,03 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 96,64 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 48,79 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 19.684,41 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 12,55 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.406,03 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.406,03 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.265,43 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Tabla salarial 2022 (+6,6 %, IPC de Navarra 2021) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 18 conceptos
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COMPLEMENTO RESPONSABILIDAD M 185,96 € Art. 27.4: lo cobra quien la empresa designe para un puesto o función de responsabilidad; cuantía unificada para los responsables de turno del anexo IV. Por mes o su prorrateo diario, en 14 pagas. El desempeño parcial, temporal o rotatorio se paga por hora (ver los precios por turno). Para ser responsable de turno hay que estar en la plantilla de referencia.
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (TURNO DE NOCHE) H 1,77 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «TURNO DE NOCHE».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (TURNOS ROTATORIOS MTN) H 1,73 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «TURNOS ROTATORIOS MTN».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (CUIDADOR) H 1,65 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «CUIDADOR».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL) H 1,64 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (PERSONAL DE HOSTELERÍA) H 1,64 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «PERSONAL DE HOSTELERÍA». En 2021 la columna se rotulaba «personal de servicios»; desde 2022, «personal de hostelería».
FESTIVO (EUROS/HORA) H 7,28 € Art. 27.2: por el trabajo efectivo en domingo o festivo, proporcional a las horas completas trabajadas; tiene consideración de «productividad». No computa en las pagas extra y se excluye de la retribución de vacaciones. Nota (2) de la tabla: incluye el 8,33 % de prorrata de vacaciones. En contrato en prácticas se cobra íntegro (art. 9).
FESTIVOS ESPECIALES NAVIDAD T Y N: 24, 31, 5 E 62,62 € Art. 27.3: plus de días especiales de Navidad por cada jornada completa trabajada (o su parte proporcional) en los turnos de tarde y de noche del 24 y el 31 de diciembre y el 5 de enero.
FESTIVOS ESPECIALES NAVIDAD M Y T: 25, 1, 6 E 50,08 € Art. 27.3: plus por cada jornada completa trabajada (o su parte proporcional) en los turnos de mañana o tarde del 25 de diciembre y el 1 y el 6 de enero, adicional a lo que corresponda por festividad.
COMPLEMENTO JORNADAS > 15 HORAS M 112,70 € Art. 27.7: complemento mensual, en 14 pagas, para el personal que hace habitualmente jornadas diarias de más de 15 horas.
COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD PISOS FUNCIONALES M 247,95 € Art. 27.5: personal de pisos funcionales que asume guardias localizadas en fines de semana y festivos (en ADACEN, solo la guardia localizada de noche). En 14 pagas; puede repartirse por meses entre varias personas en proporción al tiempo de desempeño.
HORA EXTRAORDINARIA H — HORA_NORMAL*1.5 150% Art. 30: las horas autorizadas que superan la jornada anual de la categoría, computadas a final de año, se pagan al 150 % de la hora normal calculada sobre la jornada anual del turno que corresponda. La tabla publica el precio hora sobre 1.568 h y el del cuidador por turnos, pero no la hora normal de cada categoría en cada turno, así que no se calcula. Las horas de fuerza mayor que superan la jornada diaria se compensan con descanso del 150 % o se pagan igual.
RECARGO DE FESTIVO EN HORA EXTRAORDINARIA H 10,92 € FESTIVO*1.5 150% Art. 30: si la hora extraordinaria se hace en domingo o festivo, se suma el 150 % del plus festivo por hora. Importe calculado sobre el plus festivo de la tabla.
COMPLEMENTO DE DEDICACIÓN H — SALARIO_REAL_HORA Art. 27.8: el personal cuya jornada anual supera la mayor de las de cuidador («resto de personal», 1.644 h) cobra cada hora de exceso efectivamente trabajada a razón de su salario REAL, en una paga en enero; puede optar cada año, antes del 15 de enero, por la jornada de cuidador (1.568 h desde 2021). No se calcula: depende del salario real de cada persona. IT, licencias y permisos retribuidos no restan jornada a estos efectos.
DIETA COMPLETA D 50,58 € Art. 31: dieta por desplazamiento; sube en la misma proporción que los conceptos salariales.
MEDIA DIETA D 20,23 € Art. 31: sube en la misma proporción que los conceptos salariales.
KILOMETRAJE (EUROS/KM) H 0,34 € Art. 31: uso del vehículo propio por necesidades de la empresa; alternativamente se pagan combustible, autopistas y otros gastos con factura. En 2020 eran 0,31 €/km.
COMPENSACIÓN POR CALZADO A 30,00 € Art. 35: si la empresa no facilita el calzado (personal sanitario y de los grupos II y III), abona 30 € al año antes de terminar mayo; la misma cantidad a quien necesite por prescripción médica un calzado distinto.
Director/a técnico/a GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Director técnico; Director de centro

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SALARIO MES 14 PAGAS M 3.263,96 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 119,94 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 113,26 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 45.695,50 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 29,14 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 3.263,96 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.263,96 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.937,56 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Titulado/a de grado superior GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Director; Médico; Psicólogo

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SALARIO MES 14 PAGAS M 2.720,30 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 119,94 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 94,39 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 38.084,26 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 24,29 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.720,30 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.720,30 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.448,27 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Titulado/a de grado medio GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Terapeuta; Trabajador Social; ATS-DUE; Fisioterapeuta; Logopeda; Maestro; Contable (si la entidad requiere una titulación de grado medio para el puesto)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 2.244,46 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 105,38 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 77,88 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 31.422,48 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 20,04 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.244,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.244,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.020,01 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Jefe/a de SS GG GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Jefe de Servicios Generales

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 2.244,46 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 105,38 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 77,88 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 31.422,48 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 20,04 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.244,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.244,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.020,01 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial administrativo 1.ª GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.870,39 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 105,38 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 64,90 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 26.185,50 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 16,70 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.870,39 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.870,39 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.683,35 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial administrativo 2.ª GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Oficial 2.ª administrativo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.642,26 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 56,99 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.991,62 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 14,66 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.642,26 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.642,26 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.478,03 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Auxiliar administrativo recepcionista GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo-recepcionista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.556,17 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 54,00 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.786,35 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,89 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.556,17 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.556,17 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.400,55 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Educador/a GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Educador; Técnico de Integración Social

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.870,39 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 64,90 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 26.185,50 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 16,70 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.870,39 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.870,39 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.683,35 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cuidador/a GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 10 conceptos

Puestos: Cuidador; Cuidador Residencia; Auxiliar; Cuidador nocturno; Cuidador turnos de MTN

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.556,17 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 54,00 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.786,35 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,89 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (TURNO DE NOCHE) H 15,02 € Precio hora de la categoría de cuidador en el turno de noche (1.450 horas al año), según la tabla de jornadas del anexo salarial. En la jornada de cuidador (1.568 h) el precio hora es el general de la tabla.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (TURNOS ROTATORIOS MTN) H 14,57 € Precio hora de la categoría de cuidador en el turnos rotatorios mtn (1.495 horas al año), según la tabla de jornadas del anexo salarial. En la jornada de cuidador (1.568 h) el precio hora es el general de la tabla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.556,17 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.556,17 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.400,55 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Monitor/a GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 8 conceptos

Puestos: Monitor; Monitor de ocio y tiempo libre

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.870,39 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 64,90 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 26.185,50 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 16,70 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.870,39 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.870,39 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.683,35 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cuidador/a de piso funcional GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 9 conceptos

Puestos: Cuidador de piso funcional

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SALARIO MES 14 PAGAS M 1.603,62 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 55,65 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.450,62 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 14,32 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL) H 14,32 € Precio hora de la categoría de cuidador de piso funcional (1.568 horas al año) según la tabla de jornadas del anexo salarial.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.603,62 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.603,62 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.443,26 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial de mantenimiento y servicios múltiples GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES 8 conceptos

Puestos: Oficial de mantenimiento y servicios múltiples; Chófer

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SALARIO MES 14 PAGAS M 1.717,56 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 59,60 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 24.045,85 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 15,34 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.717,56 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.717,56 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.545,80 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Auxiliar de servicios múltiples GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de servicios múltiples

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.321,46 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 45,86 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 18.500,39 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 11,80 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.321,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.321,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.189,31 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Jefe/a de cocina GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Jefe de cocina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.667,87 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 57,87 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.350,24 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 14,89 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.667,87 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.667,87 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.501,08 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cocinero/a GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Cocinero

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.556,17 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 54,00 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.786,35 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,89 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.556,17 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.556,17 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.400,55 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Personal de servicios hosteleros GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de servicios hosteleros (limpieza, lavandería, cocina, peluquería)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.321,46 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 90,82 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 45,86 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 18.500,39 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 11,80 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.321,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.321,46 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.189,31 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Tabla salarial 2021 (+2,9 % sobre 2019, art. 29) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 18 conceptos
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COMPLEMENTO RESPONSABILIDAD M 174,45 € Art. 27.4: lo cobra quien la empresa designe para un puesto o función de responsabilidad; cuantía unificada para los responsables de turno del anexo IV. Por mes o su prorrateo diario, en 14 pagas. El desempeño parcial, temporal o rotatorio se paga por hora (ver los precios por turno). Para ser responsable de turno hay que estar en la plantilla de referencia.
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (TURNO DE NOCHE) H 1,66 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «TURNO DE NOCHE».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (TURNOS ROTATORIOS MTN) H 1,62 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «TURNOS ROTATORIOS MTN».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (CUIDADOR) H 1,55 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «CUIDADOR».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL) H 1,54 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL».
PRECIO/H COMPL. RESPONSABILIDAD (PERSONAL DE SERVICIOS) H 1,54 € Art. 27.4: precio de la hora del complemento de responsabilidad cuando el puesto se desempeña de forma parcial, temporal o rotatoria: importe anual del complemento (14 pagas) entre la jornada anual del turno al que está adscrita la persona. Cifra de la tabla de jornadas, columna «PERSONAL DE SERVICIOS».
FESTIVO (EUROS/HORA) H 6,83 € Art. 27.2: por el trabajo efectivo en domingo o festivo, proporcional a las horas completas trabajadas; tiene consideración de «productividad». No computa en las pagas extra y se excluye de la retribución de vacaciones. Nota (2) de la tabla: incluye el 8,33 % de prorrata de vacaciones. En contrato en prácticas se cobra íntegro (art. 9).
FESTIVOS ESPECIALES NAVIDAD T Y N: 24, 31, 5 E 58,74 € Art. 27.3: plus de días especiales de Navidad por cada jornada completa trabajada (o su parte proporcional) en los turnos de tarde y de noche del 24 y el 31 de diciembre y el 5 de enero.
FESTIVOS ESPECIALES NAVIDAD M Y T: 25, 1, 6 E 46,98 € Art. 27.3: plus por cada jornada completa trabajada (o su parte proporcional) en los turnos de mañana o tarde del 25 de diciembre y el 1 y el 6 de enero, adicional a lo que corresponda por festividad.
COMPLEMENTO JORNADAS > 15 HORAS M 105,72 € Art. 27.7: complemento mensual, en 14 pagas, para el personal que hace habitualmente jornadas diarias de más de 15 horas.
COMPLEMENTO DISPONIBILIDAD PISOS FUNCIONALES M 232,60 € Art. 27.5: personal de pisos funcionales que asume guardias localizadas en fines de semana y festivos (en ADACEN, solo la guardia localizada de noche). En 14 pagas; puede repartirse por meses entre varias personas en proporción al tiempo de desempeño.
HORA EXTRAORDINARIA H — HORA_NORMAL*1.5 150% Art. 30: las horas autorizadas que superan la jornada anual de la categoría, computadas a final de año, se pagan al 150 % de la hora normal calculada sobre la jornada anual del turno que corresponda. La tabla publica el precio hora sobre 1.568 h y el del cuidador por turnos, pero no la hora normal de cada categoría en cada turno, así que no se calcula. Las horas de fuerza mayor que superan la jornada diaria se compensan con descanso del 150 % o se pagan igual.
RECARGO DE FESTIVO EN HORA EXTRAORDINARIA H 10,24 € FESTIVO*1.5 150% Art. 30: si la hora extraordinaria se hace en domingo o festivo, se suma el 150 % del plus festivo por hora. Importe calculado sobre el plus festivo de la tabla.
COMPLEMENTO DE DEDICACIÓN H — SALARIO_REAL_HORA Art. 27.8: el personal cuya jornada anual supera la mayor de las de cuidador («resto de personal», 1.644 h) cobra cada hora de exceso efectivamente trabajada a razón de su salario REAL, en una paga en enero; puede optar cada año, antes del 15 de enero, por la jornada de cuidador (1.568 h desde 2021). No se calcula: depende del salario real de cada persona. IT, licencias y permisos retribuidos no restan jornada a estos efectos.
DIETA COMPLETA D 47,45 € Art. 31: dieta por desplazamiento; sube en la misma proporción que los conceptos salariales.
MEDIA DIETA D 18,98 € Art. 31: sube en la misma proporción que los conceptos salariales.
KILOMETRAJE (EUROS/KM) H 0,32 € Art. 31: uso del vehículo propio por necesidades de la empresa; alternativamente se pagan combustible, autopistas y otros gastos con factura. En 2020 eran 0,31 €/km.
COMPENSACIÓN POR CALZADO A 30,00 € Art. 35: si la empresa no facilita el calzado (personal sanitario y de los grupos II y III), abona 30 € al año antes de terminar mayo; la misma cantidad a quien necesite por prescripción médica un calzado distinto.
Director técnico GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Director técnico; Director de centro

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SALARIO MES 14 PAGAS M 3.061,88 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 112,51 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 106,25 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 42.866,35 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 27,34 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 3.061,88 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.061,88 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.755,69 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Titulado de grado superior GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Director; Médico; Psicólogo

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SALARIO MES 14 PAGAS M 2.551,88 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 112,51 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 88,55 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 35.726,29 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 22,78 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.551,88 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.551,88 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 2.296,69 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Titulado de grado medio GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Terapeuta; Trabajador Social; ATS-DUE; Fisioterapeuta; Logopeda; Maestro; Contable (si la entidad requiere una titulación de grado medio para el puesto)

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SALARIO MES 14 PAGAS M 2.105,50 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 98,86 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 73,06 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 29.477,04 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 18,80 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.105,50 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.105,50 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.894,95 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Jefe de SS GG GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Jefe de Servicios Generales

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 2.105,50 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 98,86 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 73,06 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 29.477,04 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 18,80 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.105,50 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.105,50 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.894,95 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial administrativo 1.ª GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.754,59 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 98,86 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 60,88 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 24.564,21 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 15,67 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.754,59 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.754,59 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.579,13 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial administrativo 2.ª GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Oficial 2.ª administrativo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.540,58 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 53,46 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.568,14 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,76 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.540,58 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.540,58 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.386,52 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Auxiliar administrativo recepcionista GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS > PERSONAL ADMINISTRATIVO 8 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo-recepcionista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.459,82 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 50,66 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 20.437,41 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,03 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.459,82 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.459,82 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.313,84 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Educador GRUPO I. PERSONAL TÉCNICO Y DE OFICINAS 8 conceptos

Puestos: Educador; Técnico de Integración Social

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.754,59 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 60,88 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 24.564,21 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 15,67 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.754,59 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.754,59 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.579,13 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cuidador GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 10 conceptos

Puestos: Cuidador; Cuidador Residencia; Auxiliar; Cuidador nocturno; Cuidador turnos de MTN

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.459,82 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 50,66 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 20.437,41 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,03 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (TURNO DE NOCHE) H 14,07 € Precio hora de la categoría de cuidador en el turno de noche (1.450 horas al año), según la tabla de jornadas del anexo salarial. En la jornada de cuidador (1.568 h) el precio hora es el general de la tabla.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (TURNOS ROTATORIOS MTN) H 13,67 € Precio hora de la categoría de cuidador en el turnos rotatorios mtn (1.495 horas al año), según la tabla de jornadas del anexo salarial. En la jornada de cuidador (1.568 h) el precio hora es el general de la tabla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.459,82 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.459,82 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.313,84 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Monitor GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 8 conceptos

Puestos: Monitor; Monitor de ocio y tiempo libre

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.754,59 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 60,88 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 24.564,21 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 15,67 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.754,59 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.754,59 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.579,13 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cuidador de piso funcional GRUPO II. PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA 9 conceptos

Puestos: Cuidador de piso funcional

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.504,33 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 52,20 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.060,60 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,43 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PRECIO/H CAT. CUIDADOR SEGÚN TURNOS (CUIDADOR DE PISO FUNCIONAL) H 13,43 € Precio hora de la categoría de cuidador de piso funcional (1.568 horas al año) según la tabla de jornadas del anexo salarial.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.504,33 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.504,33 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.353,90 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Oficial de mantenimiento y servicios múltiples GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES 8 conceptos

Puestos: Oficial de mantenimiento y servicios múltiples; Chófer

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.611,22 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 55,91 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.557,01 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 14,39 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.611,22 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.611,22 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.450,10 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Auxiliar de servicios múltiples GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE SERVICIOS MÚLTIPLES 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de servicios múltiples

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.239,64 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 43,02 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 17.354,93 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 11,07 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.239,64 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.239,64 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.115,68 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Jefe de cocina GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Jefe de cocina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.564,61 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 54,29 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.904,58 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,97 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.564,61 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.564,61 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.408,15 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Cocinero/a GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Cocinero

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.459,82 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 50,66 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 20.437,41 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 13,03 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.459,82 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.459,82 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.313,84 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.
Personal de servicios hosteleros GRUPO III. PERSONAL DE SERVICIOS > PERSONAL DE HOSTELERÍA 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de servicios hosteleros (limpieza, lavandería, cocina, peluquería)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES 14 PAGAS M 1.239,64 € Salario base de la categoría (art. 27.1): corresponde a la jornada completa y al cómputo anual de horas pactadas; se cobra en 14 pagas (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). Jornada parcial: proporcional. Incremento pactado (art. 29): 0 % en 2020, +2,9 % en 2021 sobre la tabla de 2019; para 2022 y 2023, la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra con garantía del IPC de Navarra (mínimo cero): +6,6 % en 2022 y +6,4 % en 2023 según las actas de la Comisión Paritaria.
COMPLEMENTO CAPACITACIÓN M 85,20 € Art. 27.9: retribuye la experiencia en el propio puesto. Importe de la tabla o su parte proporcional a las horas trabajadas, en 14 pagas. Grado I con 4 años de antigüedad en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, habiendo prestado en cada tramo al menos el 50 % de las jornadas de trabajo efectivo y el 50 % de las horas de formación obligatoria (IT, permisos y licencias cuentan como trabajados; la formación no ofertada cuenta como hecha). La tabla publica una sola cifra por categoría y el convenio no dice cómo se combinan los tres grados.
NUEVO COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD-TRIENIO M 43,02 € SAL_BASE*0.0347 3.47% Art. 27.13: el primer trienio se cobra a los tres años de tener derecho al grado III del complemento de capacitación, y se suma uno nuevo cada tres años. Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio; el importe es el que publica la tabla por trienio: en 2021 es el 3,47 % del salario mes y en 2022 y 2023 el trienio del año anterior con la subida del año, por eso a veces difiere un céntimo del 3,47 % del salario mes. Único requisito, la antigüedad del contrato. Entra en las pagas extraordinarias (art. 28).
RETRIBUCIÓN ANUAL A 17.354,93 € SAL_BASE*14 Retribución anual que publica la tabla: 14 veces el salario mes (sin complemento de capacitación ni trienios). Difiere en céntimos de multiplicar por 14 el salario mes impreso porque la tabla trabaja con decimales ocultos.
PRECIO HORA H 11,07 € SAL_ANUAL/1568 Precio hora que publica la tabla: la retribución anual entre 1.568 horas (jornada de cuidador). Nota (1) de la tabla: no incluye la capacitación ni otros conceptos salariales, ni los complementos personales.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.239,64 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 1 de julio. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.239,64 € SAL_BASE (+ complementos del art. 28) Se percibe con fecha límite del 22 de diciembre. Art. 28: integran la paga el salario base, el complemento de convenio, el de capacitación, el de responsabilidad/puesto, el complemento personal, el complemento personal de antigüedad y el trienio. El importe es el salario mes de la tabla; quien cobre esos complementos los suma. El complemento festivo y el de actividad no entran (arts. 27.2 y 27.6).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.115,68 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 9: quien tenga contrato en prácticas cobra el 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros. Importe calculado sobre el salario mes de la tabla.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años no tienen tabla publicada con los importes definitivos: su subida se calcula con lo que pacta el convenio. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2020 0 % (se mantienen las retribuciones de 2019) · Tablas salariales de 2019 del IV Convenio Art. 29 y preacuerdo (anexo V): 2020 sin subida. La tabla de 2021 es la de 2019 más un 2,9 %. La tabla de 2019 no forma parte de estos boletines y no se reproduce.

Historia del convenio

01/01/2020 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2023 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de centros de atención a personas con discapacidad (Navarra)?

En 2023, el salario base va desde 1.406,03 € hasta 3.472,86 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia y ultraactividad

El V Convenio cubre de 2020 a 2023 y se sigue aplicando mientras no se firme otro.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2023 (art. 1).
  • Hasta su entrada en vigor se aplicó el IV Convenio en ultraactividad (art. 1).
  • Se da por denunciado a su vencimiento; la negociación del nuevo empieza en el último trimestre de vigencia (art. 1).
  • Tras la denuncia se mantiene todo lo acordado hasta que lo sustituya otro convenio, aunque pase más de un año (art. 1).
  • No hay en el BON un convenio posterior ni tablas de 2024 o siguientes: rige la tabla de 2023.
  • Tiene prioridad aplicativa sobre cualquier convenio estatal concurrente en Navarra (art. 2).
  • Las condiciones forman un todo indivisible y compensable (art. 4).

A quién se aplica

A las entidades que gestionan por contrato o concierto con el Gobierno de Navarra centros de atención a personas con discapacidad, y a su personal.

  • Centros del anexo I: Infanta Elena (Cordovilla), Valle del Roncal (Pamplona), Las Hayas (Sarriguren), La Atalaya (Tudela), Oncineda (Estella) y AdaceN (Mutilva Baja).
  • También: Residencia Carmen Aldave (Pamplona), residencias y centro de día Ramón y Cajal (Zizur Menor), centro de día Pilar Gogorcena (Pamplona), CRPS Queiles, Ordoiz y Arga y Centro Félix Garrido.
  • Pisos funcionales Vencerol (Tudela), Las Torchas (Estella), Mendebaldea e Iturrama (Pamplona), tres de ANFAS (Tafalla, Sangüesa y Barañáin) y pisos supervisados de Tudela y el asociado a Félix Garrido.
  • La lista se amplía si la Agencia Navarra para la Dependencia concierta nuevos centros del mismo ámbito (art. 3).
  • Excluidos: voluntariado, servicios religiosos, contratos especiales, autónomos y personal de empresas con contrato de arrendamiento de servicios (art. 3).

Subidas salariales

El convenio fija las subidas de 2020 y 2021 y liga las de 2022 y 2023 a la de los funcionarios de Navarra con garantía del IPC.

  • 2020: 0 % (art. 29 y anexo V).
  • 2021: +2,9 % de todos los conceptos salariales sobre la tabla de 2019 (art. 29).
  • 2022 y 2023: la subida de los funcionarios del Gobierno de Navarra, garantizando el IPC de Navarra con un mínimo de cero (art. 29).
  • 2022: +6,6 %, IPC de Navarra de 2021 (III acta de la Comisión Paritaria).
  • 2023: +6,4 % (VI acta de la Comisión Paritaria).
  • Las actualizaciones se pagan cuando el Gobierno de Navarra abona a la entidad el incremento del módulo del contrato o concierto (art. 29).
  • Dieta y media dieta suben en la misma proporción que los conceptos salariales (art. 31).

Estructura salarial

La tabla fija por categoría el salario mes (14 pagas), el complemento de capacitación, el trienio, la retribución anual y el precio hora.

  • Salario base: el de la tabla, para jornada completa y cómputo anual de horas; parcial, proporcional (art. 27).
  • Se paga por meses vencidos el primer día hábil del mes siguiente (art. 27).
  • Precio hora: retribución anual entre 1.568 h; no incluye capacitación ni otros complementos (nota de la tabla).
  • Contrato en prácticas: 90 % del salario de su categoría; los complementos por festividad, íntegros (art. 9).
  • Complemento de actividad/productividad: por mayor trabajo o calidad; la empresa fija personas, periodos y cuantías; no entra en las pagas extra (art. 27.6).
  • Complemento personal: se mantienen los que se cobraban por convenios, acuerdos o sentencias anteriores; se revaloriza como el resto de complementos (art. 27.11).

Complementos de la tabla

Además del salario, la tabla publica estos complementos, que se cobran cuando se dan sus condiciones.

  • Capacitación: grado I con 4 años en el centro, grado II con 8 y grado III con 11, con al menos el 50 % de jornadas efectivas y de formación obligatoria; en 14 pagas (art. 27.9).
  • Festivo: por hora trabajada en domingo o festivo; incluye la prorrata de vacaciones y no entra en las pagas (art. 27.2).
  • Días especiales de Navidad: plus por jornada en tarde y noche del 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, y en mañana o tarde del 25 de diciembre y 1 y 6 de enero (art. 27.3).
  • Responsabilidad/puesto: para quien la empresa designe (responsables de turno del anexo IV), en 14 pagas; el desempeño parcial se paga por hora según el turno (art. 27.4).
  • Disponibilidad de pisos funcionales: guardias localizadas de fin de semana y festivos, en 14 pagas (art. 27.5).
  • Jornadas diarias de más de 15 horas: complemento mensual en 14 pagas (art. 27.7).
  • Dedicación: horas por encima de la jornada de cuidador, a salario real, en enero (art. 27.8).
  • 2023: 197,87 €/mes de responsabilidad, 263,82 € de disponibilidad, 119,91 € por jornadas de más de 15 h y 7,75 €/h de festivo.

Complemento de turno

Una partida anual se reparte entre quienes trabajan a turnos 60 días o más al año.

  • Partida de 75.475,25 € en 2020; en 2021-2023 sube como los salarios (art. 27.12).
  • Turnos que dan derecho: mañana, tarde y noche; noche; rotatorio de lunes a domingo; mañana y tarde; partido (art. 27.12).
  • Se paga en enero por los servicios del año anterior; enero es el mes de devengo y cotización (art. 27.12).
  • La Comisión Paritaria fija cada año la cantidad; las entidades le dan los datos antes del 20 de enero (art. 27.12).
  • Servicios de 2022 (pagados en 2023): 0,082 €/hora, de los que 0,062 € brutos y 0,02 € de Seguridad Social (VI acta de la Comisión Paritaria).
  • Quien ya cobre un complemento específico por su turno solo lo percibe si es inferior (art. 27.12).
  • Nuevos centros: solo si la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas los incluye en el anexo I y amplía la partida (disposición adicional segunda).

Antigüedad

La antigüedad antigua quedó congelada ad personam y hay un trienio nuevo que empieza tras el grado III de capacitación.

  • Complemento personal de antigüedad: la consolidada hasta el 31-12-2004 (31-12-2006 en AdaceN Mutilva, Residencia Carmen Aldave y Centro Ramón y Cajal), ad personam; se actualiza como el resto de complementos (art. 27.10).
  • Nuevo complemento de antigüedad o trienio: el primero a los tres años de tener derecho al grado III de capacitación, y uno más cada tres años (art. 27.13).
  • Cada trienio vale el 3,47 % del salario base más el complemento de convenio (art. 27.13).
  • Importe por trienio en 2023: de 48,79 € (auxiliar de servicios múltiples y servicios hosteleros) a 120,51 € (director técnico).
  • Si un contrato eventual pasa a indefinido sin interrupción, se mantiene la antigüedad (art. 7).

Pagas extraordinarias

Dos pagas extraordinarias al año, en julio y en Navidad.

  • Paga de julio: fecha límite el 1 de julio (art. 28).
  • Paga de Navidad: fecha límite el 22 de diciembre (art. 28).
  • Las integran salario base, complemento de convenio, capacitación, responsabilidad/puesto, complemento personal, complemento personal de antigüedad y trienio (art. 28).
  • No entran el complemento festivo ni el de actividad/productividad (arts. 27.2 y 27.6).

Jornada anual por turno

La jornada anual de trabajo efectivo depende del turno y bajó en 2021 con un día más de vacaciones.

  • Cuidador: 1.575 h en 2020 y 1.568 h de 2021 a 2023 (art. 13).
  • Turnos rotatorios de mañana, tarde y noche: 1.502 h en 2020 y 1.495 h desde 2021.
  • Turno de noche: 1.460 h en 2020 y 1.450 h desde 2021.
  • Personal de servicios: 1.575 h en 2020 y 1.568 h desde 2021.
  • Resto de personal: 1.644 h; puede optar por 1.568 h en 2021-2023 en vez de cobrar el complemento de dedicación (arts. 13 y 27.8).
  • Quien tuviera reconocida una jornada menor la conserva como garantía personal; el personal a tiempo parcial mantiene sus horas y sube su porcentaje y salario (art. 13).
  • Distribución irregular: hasta el 1 % de la jornada anual; en el grupo II, en jornadas completas (art. 13).
  • Descanso computable como trabajo: 10 minutos en jornadas continuadas de 5 a 6 horas y 20 minutos desde 6 horas (art. 15).
  • Horas extraordinarias: solo excepcionales, al 150 % de la hora normal del turno, más el 150 % del plus festivo en domingo o festivo (art. 30).

Formación obligatoria

Parte de la jornada anual se dedica a formación obligatoria, con un tope de horas y días fuera del horario.

  • Personal técnico y de oficinas: 30 horas; como mucho 15 días fuera de horario (art. 14).
  • Personal exclusivo de fin de semana o festivos: 20 horas en fin de semana o festivo (5 días), o 6 de esas 20 fuera de fin de semana (3 días).
  • Resto de personal: 20 horas; como mucho 5 días fuera de horario.
  • Se avisa con 15 días de antelación; fuera de horario se recupera en jornadas completas (art. 14).
  • La formación no ofertada, o no hecha por IT, vacaciones o excedencia por cuidado de familiares, cuenta como realizada (art. 14).

Vacaciones y asuntos propios

28 días laborables de vacaciones, o 31 naturales si es más favorable.

  • 28 días laborables o 31 naturales por año completo, o la parte proporcional (art. 17).
  • Se disfrutan en el año natural, hasta el 15 de enero del siguiente (art. 17).
  • Si coinciden con una IT, se disfrutan al terminar la baja, con un límite de 18 meses desde el año en que se generaron (art. 17).
  • En contratos de más de 6 meses no se pueden compensar en dinero (art. 17).
  • Asuntos propios con 4 meses de antigüedad: 4 días a jornada completa; 3 en turno de noche o jornada del 50 % o más; 2 con jornada inferior al 50 % (art. 18).
  • Los asuntos propios no reducen la jornada anual; se piden con 5 días de antelación (art. 18).

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

Superado el periodo de prueba, la empresa complementa la prestación hasta el 100 % en cualquier contingencia.

  • Enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo y enfermedad profesional: hasta el 100 % de la base reguladora (art. 36).
  • La base es la de la Seguridad Social más la parte proporcional de las pagas extraordinarias (art. 36).
  • Con topes de cotización, la base es el salario real del mes anterior a la baja (art. 36).

Permisos retribuidos

Los permisos del art. 37.3 del Estatuto con estas mejoras, todos en días laborables.

  • Nacimiento de hijo: 4 días para el progenitor que no disfruta el permiso de nacimiento y cuidado de menor (art. 19).
  • Matrimonio de padres, hijos o hermanos: 1 día.
  • Fallecimiento: cónyuge e hijos 6 días; padres y hermanos 3; abuelos, nietos, padres y hermanos políticos 2; +2 días si el funeral es a más de 300 km.
  • Hospitalización: cónyuge e hijos 5 días; padres 3; hermanos, hermanos y padres políticos, abuelos y nietos 2; +1 día si hay que desplazarse más de 100 km.
  • Acompañamiento a cirugía mayor ambulatoria de parientes de primer grado: 1 día.
  • Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta segundo grado: 2 días, +2 con desplazamiento de más de 100 km.
  • Médico de la Seguridad Social: el tiempo indispensable; desde 2023, hasta 7 horas al año para acompañar a hijos de hasta 3 años.
  • Exámenes oficiales: las 10 primeras horas al año retribuidas si no pueden hacerse fuera de horario.
  • Nacimiento: dos semanas más al 100 % del salario si se disfrutan al menos cuatro de las dieciocho antes del parto (art. 20).

Excedencias, permisos sin sueldo y reducciones

El convenio amplía las excedencias y reducciones de jornada del Estatuto.

  • Permiso sin sueldo con un año de antigüedad: hasta dos periodos al año de al menos 15 días, sin superar tres meses; no interrumpe la antigüedad (art. 21).
  • Excedencia voluntaria con reserva de puesto: de 3 a 18 meses con un año de antigüedad; en el grupo II, garantizada (art. 22).
  • Excedencia por cuidado de hijos hasta el 31 de diciembre del año en que cumplen 12 años, y de familiares, hasta 3 años; computa como antigüedad (art. 23).
  • Reducción de jornada por guarda legal hasta que el menor cumple 12 años, ampliable hasta junio de ese curso (art. 24).
  • Desde los 50 años, reducción voluntaria del 50 % de la jornada con reducción de salario (art. 25).
  • Jubilación parcial con contrato de relevo si se reduce al menos el 50 % de la jornada (art. 10).

Contratación, cese y mejora de empleo

El convenio da preferencia al personal a tiempo parcial y regula el preaviso de cese.

  • Personal indefinido a tiempo parcial: preferencia para cubrir el 50 % de las sustituciones de más de un mes y el 75 % de las de menos (art. 8).
  • Cese voluntario: preaviso de 15 días; lo no preavisado se descuenta de la liquidación (art. 11).
  • Si la empresa no presenta la liquidación a tiempo, paga 1 día de salario por día de retraso, hasta los días del preaviso (art. 11).
  • Movilidad geográfica: máximo 25 km del centro de origen (art. 6).
  • Extinguida la categoría de cuidador en formación (disposición final cuarta).

Seguros, dietas y vestuario

Seguros a cargo de la entidad, dietas y kilometraje por desplazamiento, y vestuario.

  • Póliza de accidente de trabajo y enfermedad profesional: 30.000 € por muerte e invalidez permanente absoluta (art. 33).
  • Póliza de responsabilidad civil para toda la plantilla (art. 32).
  • Kilometraje con vehículo propio o gastos con factura; 2023: 0,36 €/km, dieta 53,82 € y media dieta 21,53 € (art. 31).
  • Vestuario y calzado para el personal sanitario y los grupos II y III; si no se da calzado, 30 € al año antes de terminar mayo (art. 35).
  • Rotura de gafas trabajando, comprobada en la investigación del accidente: se indemniza su valor (art. 34).

Subrogación en el cambio de entidad gestora

Si cambia la entidad adjudicataria de un centro, la nueva se subroga en toda la plantilla.

  • La entrante se subroga en los derechos y obligaciones con la plantilla, sea cual sea su contrato (art. 45).
  • Pasan también quienes están en IT, excedencia, licencia, vacaciones o con reserva de puesto, sus interinos y los jubilados parciales con su relevista.
  • La saliente entrega la documentación con al menos diez días hábiles de antelación; los defectos se subsanan en dos días.
  • Durante la licitación la saliente no puede mejorar condiciones; responde de las variaciones injustificadas.
  • La jubilación parcial con jornada concentrada se compensa con c = d × h × p (días hasta la jubilación × horas diarias teóricas × precio hora real).
  • La entrante respeta el calendario de vacaciones; entre entidades se compensa la parte devengada.

Descuelgue y otras disposiciones

El convenio limita el descuelgue salarial a que la Administración no cubra el coste de personal.

  • Solo se puede inaplicar el salario si el contrato o concierto, o los pliegos desde 2021, no cubren el coste del convenio (art. 46.1).
  • Nunca se inaplican la jornada ni las mejoras de la Seguridad Social (art. 46.2).
  • Procedimiento: consultas de 15 días, Comisión Paritaria, mediación y arbitraje voluntario en el Tribunal Laboral de Navarra (art. 46.3).
  • En ADACEN, los servicios no concertados solo se descuelgan con pérdidas en el último ejercicio (disposición adicional tercera).
  • Se respetan las mejores condiciones de los convenios y acuerdos de centro anteriores (disposición adicional primera).
  • Externalizar exige aceptación de las personas y acuerdo previo de su representación, salvo en Aspace Navarra Residencial (disposición adicional cuarta).
  • Responsables de turno por centro: anexo IV (p. ej., Valle del Roncal 5 + 2 a media jornada; Oncineda, Carmen Aldave y Ramón y Cajal 4).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 33), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente de trabajo o enfermedad profesional 30.000,00 € El boletín publica la misma cobertura para muerte e invalidez permanente absoluta.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o enfermedad profesional 30.000,00 € El boletín publica la misma cobertura para muerte e invalidez permanente absoluta.

Póliza para accidente de trabajo y enfermedad profesional que cubre muerte e invalidez permanente absoluta con 30.000 €; el boletín publica una sola cobertura para las dos contingencias. La empresa da copia de la póliza a la representación cada año. Aparte, póliza de responsabilidad civil para toda la plantilla (art. 32), sin capital fijado.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio pacta la subrogación del personal (Art. 45): cuando cambia la empresa que presta el servicio (cambio de contrata o subcontrata), la entrante debe quedarse con la plantilla de la saliente.

Quién pasa a la empresa entrante:

  • Toda la plantilla de la entidad cesante, sea cual sea la modalidad y naturaleza de su contrato
  • Personal en periodo de prueba, que lo mantiene hasta terminarlo
  • Personal en IT, excedencia, licencia no retribuida, vacaciones, suspensión disciplinaria o cualquier situación con reserva de puesto
  • Personal interino que sustituye a esas personas, hasta la reincorporación de la persona sustituida
  • Personas en jubilación parcial (también con jornada concentrada) y sus relevistas

Documentación que la empresa saliente debe entregar a la entrante (plazo: 10 días):

  • Acreditación de la fecha en que la saliente conoció la extinción, denuncia o no renovación de su contrato
  • Certificación con los datos del personal afectado (identidad, afiliación, contrato, jornada, horario, categoría, antigüedad, conceptos fuera de convenio y pactos)
  • Copia de los contratos de trabajo escritos
  • Copia de las nóminas del año natural y acreditación de estar al corriente de salarios
  • TC1 y TC2 con acreditación de pago y certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
  • Relación del personal con contrato suspendido, causa y duración prevista
  • Calendario anual, turnos, vacaciones señaladas y días de vacaciones, asuntos propios y permisos disfrutados
  • Jornadas efectivamente realizadas por cada persona y modificaciones de jornada
  • Plan de formación y su ejecución, con la formación obligatoria acreditada a efectos de la capacitación
  • Expediente de la última elección de la representación, actas y acuerdos colectivos

Qué conserva el personal subrogado:

  • Todos los derechos laborales reconocidos por pactos o acuerdos lícitos y escritos, o que la persona pueda demostrar
  • El calendario vacacional establecido en el centro
  • La condición de periodo de prueba o de interinidad

Opera cuando la entidad gestora cesa en la adjudicación de los servicios contratados por la Administración. El plazo de entrega de la documentación es de diez días HÁBILES antes del inicio del servicio (o desde que se conozca la adjudicación, si es posterior); los defectos se subsanan en dos días. La saliente responde de la falsedad o inexactitud de la información y compensa a la entrante por la jubilación parcial con jornada concentrada (c = d × h × p).

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