Vigencia y prórroga
El convenio dura dos años desde su publicación, con efectos económicos retroactivos al 1 de enero de 2016, y se prorroga por años mientras no se sustituya.
- Ámbito: el personal con relación laboral del Ayuntamiento de Buenavista del Norte. Quedan excluidos los trabajadores contratados a través de convenios de colaboración con otras administraciones (art. 1).
- Entrada en vigor: en el momento de su firma, con independencia de la fecha de registro y publicación (art. 2). Firmado el 20 de junio de 2018.
- Duración: 2 años desde su publicación en el BOP (24 de junio de 2019), es decir, hasta el 23 de junio de 2021 (art. 2).
- Efectos económicos retroactivos al 1 de enero de 2016 (art. 2).
- Prórroga por anualidades sucesivas; puede denunciarse con dos meses de antelación al vencimiento y sigue en vigor hasta que otro acuerdo lo sustituya o modifique (art. 2).
- Si un tribunal anulara alguna cláusula, se renegocia sin que se anule el convenio entero (art. 2).
- El Ayuntamiento puede suspender o modificar cláusulas solo por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas (art. 2).
- Cualquier mejora del personal funcionario se aplica automáticamente al personal laboral de este convenio (disposición adicional tercera).
- Las parejas de hecho inscritas reciben el mismo tratamiento que el matrimonio (disposición adicional primera).
- No se ha publicado en el BOP ninguna revisión, tabla ni convenio posterior del personal laboral de este Ayuntamiento.