| QUEBRANTO DE MONEDA | M | 41,33 € | Art. 29: personal que realice pagos y cobros por cuenta de la empresa, sea responsable de ellos y mueva en metálico más de 6.000 € al mes. No lo pagan las empresas que cubran ellas mismas el riesgo. |
| DIETA COMPLETA | E | 57,89 € | Art. 31: desplazamiento por necesidades de la empresa a población distinta; no incluye el alojamiento, que se paga aparte con factura. El texto del convenio (art. 31, BOP 18-02-2025) imprime 57,88 € y el anexo de 2024 57,89 €: se publica 57,89 porque es la cifra que encadena con la subida del 3 % en las dos direcciones (56,20 × 1,03 = 57,89 y 57,89 × 1,03 = 59,63, tabla de 2025); 57,88 no encaja con ninguna. |
| MEDIA DIETA | E | 28,93 € | Art. 31: desplazamientos a más de 30 km del centro de trabajo con regreso al terminar la jornada. |
| DESAYUNO | E | 6,58 € | Art. 31: valor del desayuno cuando la empresa aporta en especie parte de la dieta. |
| ALMUERZO | E | 13,17 € | Art. 31: valor del almuerzo en el desglose de la dieta. Es también la cantidad para comida de quien, por necesidades de la empresa, no puede volver a mediodía a su domicilio (sea cual sea la distancia), previa presentación del justificante. |
| MERIENDA | E | 6,58 € | Art. 31: valor de la merienda en el desglose de la dieta, cuando la empresa aporta en especie parte de la dieta. |
| CENA | E | 31,52 € | Art. 31: valor de la cena en el desglose de la dieta. |
| AYUDA A LA DISCAPACITACIÓN | M | 137,83 € | Art. 33: ayuda social mensual por cada hijo con discapacidad física o psíquica acreditada, compatible con la de la Seguridad Social u otros organismos (si no la financia la empresa). |
| AYUDA ESCOLAR | A | 103,36 € | Art. 34: pago único anual por hijo/a de 0 a 21 años matriculado; se acredita con la copia de la matrícula en octubre. |
| PREMIO A LA CONSTANCIA (10 AÑOS) | A | 70,00 € | Art. 40: 70 € al cumplir diez años de servicio continuado, en el mes siguiente. El texto de 2023 y el de 2025 imprimen la misma cifra. |
| PREMIO A LA CONSTANCIA (20, 30 Y 40 AÑOS) | A | — | SAL_REAL_DIARIO*40 Art. 40: cuarenta días de todos los conceptos salariales al cumplir 20, 30 y 40 años de servicio continuado, en el mes siguiente. Sin importe de tablas: depende de los conceptos salariales de cada persona. |
| PREMIO DE JUBILACIÓN | A | — | SAL_REAL Art. 36: una mensualidad de todos los conceptos de la última nómina al jubilarse a los 65 años (en la jubilación parcial, la de la última nómina antes del contrato de relevo). Sin importe de tablas: depende de la nómina de cada persona. |
| AYUDA POR CESE ORIGINADO POR INCAPACIDAD | A | — | SAL_REAL Art. 37: una mensualidad de todos los conceptos de la última nómina a quien cese por incapacidad. Sin importe de tablas: depende de la nómina de cada persona. |
| PREMIO A LA JUBILACIÓN ANTICIPADA | A | — | SAL_REAL*AÑOS_ANTICIPO (máx. 5) Art. 38: una mensualidad por cada año que se anticipe la jubilación a los 65, con un máximo de cinco. Sin importe de tablas: depende de la nómina de cada persona. |