Convenio colectivo · REGCON 79002595012007

Convenio colectivo de trabajo para el sector de la arqueología y la paleontología de Cataluña

Arqueología y paleontología Ámbito autonómico Vigencia 01/01/2026 — 31/12/2029
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: DOGC núm. 9711, 20/07/2026 (Resolución EMT/2416/2026).
Llévate estos datos gratis: Descargar Excel XML nóminas Datos verificados contra el boletín oficial.

En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2029. Ver las condiciones del convenio.

Atrasos La tabla de 2026 tiene efectos desde el 01/01/2026 y se publicó en el boletín el 20/07/2026: el periodo entre ambas fechas ya se había trabajado cuando se publicó, así que esas nóminas se regularizan con la tabla nueva. La diferencia por categoría se ve comparando en esta ficha la tabla de 2026 con la anterior.

Tabla salarial 2029 (acuerdo parcial, anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.322,15 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 46.510,13 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.322,15 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.322,15 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 36,79 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 39,42 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 45,98 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a A GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.931,31 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 41.038,35 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.931,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.931,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 32,46 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 34,78 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 40,57 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 4.396,97 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 61.557,53 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 4.396,97 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 4.396,97 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 48,69 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 52,17 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 60,86 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a B GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.638,18 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 36.934,51 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.638,18 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.638,18 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 29,21 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 31,30 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 36,52 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 7 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.374,31 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 33.240,32 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.374,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.374,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 26,29 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 28,17 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 32,86 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.374,31 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 33.240,29 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.374,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.374,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 26,29 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 28,17 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 32,86 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.576,20 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 50.066,78 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.576,20 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.576,20 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 39,60 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 42,43 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 49,50 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.930,80 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.031,21 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.930,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.930,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,38 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 22,91 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 26,73 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.087,03 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 29.218,38 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.087,03 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.087,03 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 23,11 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 24,76 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 28,89 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.930,80 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.031,21 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.930,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.930,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,38 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 22,91 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 26,73 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.700,27 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 23.803,79 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.700,27 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.700,27 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 18,83 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,17 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 23,53 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.163,98 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 30.295,73 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.163,98 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.163,98 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 23,96 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 25,67 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 29,95 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.930,80 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.031,21 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.930,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.930,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,38 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 22,91 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 26,73 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.700,27 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 23.803,79 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.700,27 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.700,27 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 18,83 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,17 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 23,53 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2028 (acuerdo parcial, anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.134,11 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 43.877,48 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.134,11 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.134,11 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 34,71 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 37,18 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 43,38 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a A GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.765,39 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 38.715,42 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.765,39 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.765,39 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 30,62 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 32,81 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 38,28 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 4.148,08 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 58.073,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 4.148,08 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 4.148,08 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 45,93 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 49,21 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 57,42 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a B GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.488,85 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 34.843,88 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.488,85 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.488,85 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 27,56 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 29,53 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 34,45 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 7 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.239,91 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 31.358,79 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.239,91 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.239,91 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 24,80 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 26,58 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 31,00 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.239,91 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 31.358,76 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.239,91 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.239,91 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 24,80 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 26,58 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 31,00 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.373,77 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 47.232,82 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.373,77 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.373,77 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 37,36 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 40,03 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 46,70 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.821,51 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 25.501,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.821,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.821,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 20,17 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,61 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 25,21 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.968,89 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.564,51 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.968,89 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.968,89 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,80 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 23,36 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 27,25 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.821,51 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 25.501,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.821,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.821,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 20,17 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,61 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 25,21 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.604,03 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.456,41 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.604,03 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.604,03 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,76 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,03 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,20 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.041,49 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 28.580,87 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.041,49 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.041,49 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 22,61 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 24,22 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 28,26 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.821,51 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 25.501,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.821,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.821,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 20,17 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,61 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 25,21 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.604,03 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.456,41 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.604,03 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.604,03 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,76 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,03 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,20 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2027 (acuerdo parcial, anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 8 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.956,70 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 41.393,85 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.956,70 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.956,70 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 32,74 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 35,08 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 40,93 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 911,32 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Técnico/a A GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 8 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.608,86 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 36.523,98 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.608,86 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.608,86 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 28,89 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 30,95 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 36,11 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 804,10 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Técnico subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 8 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.913,28 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 54.785,98 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.913,28 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.913,28 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 43,33 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 46,43 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 54,17 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 1.213,79 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Técnico/a B GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 8 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.347,97 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 32.871,58 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.347,97 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.347,97 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 26,00 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 27,86 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 32,50 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 723,69 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 8 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.113,13 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 29.583,77 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.113,13 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.113,13 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 23,40 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 25,07 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 29,25 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 651,30 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Técnico/a soporte GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 8 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.113,12 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 29.583,74 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.113,12 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.113,12 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 23,40 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 25,07 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 29,25 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 651,30 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Técnico/a soporte subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 8 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.182,80 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 44.559,26 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.182,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.182,80 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 35,24 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 37,76 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 44,06 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 981,00 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.718,41 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 24.057,68 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.718,41 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.718,41 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,03 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,39 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 23,79 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 529,65 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Encargado GRUPO 3 · Personal de apoyo 8 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.857,45 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 26.004,25 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.857,45 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.857,45 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 20,57 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 22,04 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 25,71 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 572,50 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 8 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.718,41 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 24.057,68 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.718,41 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.718,41 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,03 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,39 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 23,79 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 529,65 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 8 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.513,24 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 21.185,29 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.513,24 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.513,24 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 16,76 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 20,95 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 466,41 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 8 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.925,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 26.963,09 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.925,93 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.925,93 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,33 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 22,85 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 26,66 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 593,61 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 8 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.718,41 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 24.057,68 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.718,41 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.718,41 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,03 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,39 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 23,79 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 529,65 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 8 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.513,24 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 21.185,29 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.513,24 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.513,24 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 16,76 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 20,95 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
COMPENSACIÓN EXCEPCIONAL A 466,41 € Anexo II del acuerdo parcial: pago único, no consolidable. Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, proporcionalmente al tiempo de relación laboral, y se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027. Quien sea despedido o cause baja antes la cobra en esas mismas fechas. El importe es máximo y compensable si las retribuciones reales superan las de las tablas (acuerdo, tercero y cuarto).
Tabla salarial 2026, desde el 1 de enero (acuerdo parcial, anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.789,34 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 39.050,80 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.789,34 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.789,34 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 30,89 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 33,09 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 38,61 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a A GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.461,18 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 34.456,59 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.461,18 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.461,18 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 27,25 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 29,20 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 34,07 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.691,78 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 51.684,89 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.691,78 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.691,78 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 40,88 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 43,80 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 51,10 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a B GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.215,07 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 31.010,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.215,07 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.215,07 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 24,53 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 26,28 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 30,66 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 7 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.993,52 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.909,21 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.993,52 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.993,52 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 22,08 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 23,65 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 27,59 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.993,51 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.909,19 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.993,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.993,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 22,08 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 23,65 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 27,59 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.002,65 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 42.037,04 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.002,65 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.002,65 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 33,25 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 35,62 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 41,56 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.621,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.695,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,23 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,44 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.752,31 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 24.532,31 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.752,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.752,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,40 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,79 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 24,26 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.621,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.695,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,23 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,44 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.427,58 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 19.986,13 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,81 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,94 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,76 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.816,92 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 25.436,88 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.816,92 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.816,92 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 20,12 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,56 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 25,15 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.621,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.695,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,23 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,44 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.427,58 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 19.986,13 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,81 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,94 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,76 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2026, desde el 1 de julio (acuerdo parcial, anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.789,34 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 39.050,80 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.789,34 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.789,34 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 30,89 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 33,09 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 38,61 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a A GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.461,18 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 34.456,59 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.461,18 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.461,18 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 27,25 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 29,20 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 34,07 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.691,78 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 51.684,89 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.691,78 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.691,78 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 40,88 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 43,80 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 51,10 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a B GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 2.215,07 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 31.010,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 2.215,07 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.215,07 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 24,53 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 26,28 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 30,66 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 7 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.993,52 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.909,21 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.993,52 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.993,52 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 22,08 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 23,65 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 27,59 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.993,51 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 27.909,19 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.993,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.993,51 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 22,08 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 23,65 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 27,59 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 7 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 3.002,65 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 42.037,04 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 3.002,65 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 3.002,65 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 33,25 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 35,62 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 41,56 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.621,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.695,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,23 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,44 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.752,31 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 24.532,31 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.752,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.752,31 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,40 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,79 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 24,26 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.621,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.695,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,23 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,44 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.427,58 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 19.986,13 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,81 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,94 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,76 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.816,92 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 25.436,88 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.816,92 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.816,92 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 20,12 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,56 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 25,15 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.621,14 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 22.695,93 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.621,14 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,95 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,23 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,44 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 7 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO MENSUAL M 1.427,58 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Mensual». Se cobra en 14 pagas: 12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias de una mensualidad (art. 28). Compensable y absorbible con salarios superiores (acuerdo, cuarto).
SALARIO CONVENIO ANUAL A 19.986,13 € Anexo I del acuerdo parcial, columna «Anual»; incluye las dos pagas extraordinarias.
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 1 de julio y se devenga del 1 de julio al 30 de junio. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.427,58 € SAL_MENSUAL*1 Art. 28: una mensualidad de salario convenio; se paga antes del 23 de diciembre y se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre. Importe = salario mensual de la tabla. Las empresas pueden prorratearla.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,81 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,94 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,76 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. El acuerdo de 2026 no publica salario por hora: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas, que es la jornada anual a la que corresponden las retribuciones del convenio (art. 29) y la relación que cumplen las tablas horarias y anuales de 2008-2011. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2011 (prórroga: +3 % sobre 2010) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 17,65 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 31.240,64 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 24,71 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 26,48 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 30,89 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (a) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 15,57 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 27.565,27 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,80 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 23,36 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 27,25 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 23,36 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 41.347,91 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 32,70 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 35,04 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 40,88 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (b) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 14,28 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 24.808,74 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,99 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,42 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 24,99 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 5 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 12,62 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 22.327,35 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,67 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 18,93 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,09 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 12,62 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28). El acta de 2011 rotula esta fila «Técnico/a apoyo subacuática», igual que la siguiente: es la fila de Técnico/a apoyo (posición, importes idénticos a Técnico/a especialista como en todos los años, y 12,25 × 1,03 = 12,62). Se corrige solo el rótulo.
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 22.327,35 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,67 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 18,93 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,09 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 19,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 33.629,63 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 26,60 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 28,50 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 33,25 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difus. patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,26 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 18.156,74 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 14,36 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 15,39 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,95 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado/a GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 11,09 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 19.625,85 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,53 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,64 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,41 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,26 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 18.156,74 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 14,36 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 15,39 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,95 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,03 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.988,90 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,64 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 13,54 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,80 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 11,49 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28). El acta de 2011 rotula esta fila «Ningún administrativo» (traducción errónea de «Cap administratiu»); es Jefe administrativo: 11,16 × 1,03 = 11,49.
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 20.349,50 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 16,09 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 17,23 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 20,11 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,99 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28). Cifra impresa por el boletín, que NO cuadra ni con su propio anual (18.156,74 / 1.770 = 10,26) ni con el 3 % pactado sobre 2010 (9,96 × 1,03 = 10,26, que es lo que publica la fila «Oficial» de idéntica escala). Se transcribe tal cual; posible errata del boletín.
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 18.156,74 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,39 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,48 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,23 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,03 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.988,90 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,64 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 13,54 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,80 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2010 (prórroga: +0,8 % sobre 2009) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva. El art. 26.4 extendía la revisión de las tablas en prórroga «a todos los conceptos retributivos», pero ninguna acta publicó la dieta revisada: se publica la cifra impresa.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 17,14 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 30.330,72 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 24,00 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 25,71 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 30,00 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (a) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 15,12 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 26.762,40 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,17 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 22,68 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 26,46 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (a) subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 22,68 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 40.143,60 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 31,75 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 34,02 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 39,69 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (B) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 13,86 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 24.086,16 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,40 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,79 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 24,25 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 5 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 12,25 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 21.677,04 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,15 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 18,38 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 21,44 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 12,25 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 21.677,04 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,15 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 18,38 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 21,44 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a soporte subacuático GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 18,45 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 32.650,13 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 25,83 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 27,68 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 32,29 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,96 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 17.627,90 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,94 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,94 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,43 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado/a GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,77 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 19.054,22 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,08 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,16 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 18,85 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,96 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 17.627,90 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,94 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,94 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,43 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,77 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.523,20 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,28 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 13,15 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,35 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 11,16 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28). El acta de 2010 (traducción al castellano del DOGC) rotula esta fila «Ningún administrativo», traducción errónea de «Cap administratiu»; es la categoría Jefe administrativo (misma posición y 11,07 × 1,008 = 11,16).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 19.756,80 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,62 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,74 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,53 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 4 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 17.627,90 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28). El acta de 2010 no imprime la fila horaria de Oficial 1ª; solo este anual.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,94 € SAL_ANUAL/1770*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Sin salario hora publicado: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas (art. 29). Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,94 € SAL_ANUAL/1770*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Sin salario hora publicado: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas (art. 29). Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,43 € SAL_ANUAL/1770*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Sin salario hora publicado: hora ordinaria = salario anual / 1.770 horas (art. 29). Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,77 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.523,20 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,28 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 13,15 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,35 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2009 (anexo 1 del convenio 2007-2009) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 17,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 30.090,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 23,80 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 25,50 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 29,75 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (A) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 15,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 26.550,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,00 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 22,50 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 26,25 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (A) subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 22,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 39.825,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 31,50 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 33,75 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 39,38 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (B) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 13,75 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 23.895,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28). El boletín publica 23.895 €, que no cuadra con 13,75 €/h × 1.770 h (24.337,50 €); equivale a 13,50 €/h. Las actas de 2010 y 2011 encadenan su subida sobre este anual (23.895 × 1,008 = 24.086,16). Se transcriben las dos cifras tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,25 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 20,63 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 24,06 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 5 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 12,15 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 21.505,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,01 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 18,23 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 21,26 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 12,15 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 21.505,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,01 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 18,23 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 21,26 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 18,30 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 32.391,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 25,62 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 27,45 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 32,02 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,88 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 17.488,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,83 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,82 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,29 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado/a GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,68 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 18.903,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 14,95 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,02 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 18,69 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,88 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 17.488,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,83 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,82 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,29 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,70 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.400,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,18 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 13,05 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,22 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 11,07 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 19.600,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28). El boletín publica 19.600 €, que no es exactamente 11,07 €/h × 1.770 h (19.593,90 €). Se transcribe tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 15,50 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 16,61 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 19,37 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,88 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 17.488,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,83 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,82 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,29 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,70 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.400,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,18 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 13,05 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,22 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2008 (anexo 1 del convenio 2007-2009) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 2 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 15,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 27.435,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 21,70 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 23,25 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 27,13 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (A) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 14,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 24.780,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,60 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,00 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 24,50 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (A) subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 21,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 38.055,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 30,10 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 32,25 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 37,63 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (B) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 12,75 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 22.567,50 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 17,85 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,13 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,31 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 5 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 11,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 20.355,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 16,10 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 17,25 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 20,13 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 11,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 20.355,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 16,10 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 17,25 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 20,13 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 17,30 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 30.621,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 24,22 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 25,95 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 30,27 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,60 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.222,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,04 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 12,90 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,05 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado/a GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,40 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 16.638,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,16 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,10 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 16,45 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,60 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.222,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,04 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 12,90 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,05 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 7,60 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 13.452,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 10,64 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 11,40 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 13,30 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,12 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 17.920,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28). El boletín publica 17.920 €, que no es exactamente 10,12 €/h × 1.770 h (17.912,40 €). Se transcribe tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 14,17 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 15,18 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 17,71 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,60 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 15.222,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 12,04 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 12,90 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 15,05 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 5 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 7,60 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
SALARIO CONVENIO BRUTO ANUAL A 13.452,00 € Salario convenio anual; incluye las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 10,64 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 11,40 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 13,30 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Tabla salarial 2007 (desde el 1 de julio de 2007; anexo 1 del convenio) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
DIETA POR PERNOCTACIÓN E 41,00 € Art. 37.1: 41 € por día de pernoctación cuando por el trabajo hay que pernoctar fuera, salvo que la empresa se haga cargo del gasto. Se paga por meses vencidos. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva.
DIETA POR COMIDA E 10,00 € Art. 37.1: 10 € por comida necesaria (comida y/o cena). Sin pernoctar, solo si la jornada es partida o de más de 8 horas (nunca en jornada continuada) y el lugar de trabajo dista más de 75 km del centro habitual; la empresa puede pagar la comida a su cargo en su lugar. Cuantía del art. 37.1 del convenio de 2007; ninguna publicación posterior (actas de 2010 y 2011, acuerdo parcial de 2026) fija una cuantía nueva.
KILOMETRAJE (VEHÍCULO PROPIO) H 0,21 € Art. 37.2: 0,21 € por kilómetro en desplazamientos con vehículo propio a petición de la empresa, y por cada kilómetro de exceso sobre la distancia domicilio–sede social cuando se trabaja en un centro distinto del habitual. Si el desplazamiento es en transporte público, se abona el billete.
Coordinador/a GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 4 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a coordinador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 14,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 19,60 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 21,00 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 24,50 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (A) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 4 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel A (a su cargo más de 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 13,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 18,20 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 19,50 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 22,75 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (A) subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 4 conceptos

Puestos: Técnico/a que lleva a cabo una intervención subacuática (siempre nivel A)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 20,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 28,70 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 30,75 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 35,88 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a (B) GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 4 conceptos

Puestos: Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a técnico/a nivel B (a su cargo hasta 3 personas)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 11,75 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 16,45 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 17,63 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 20,56 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a especialista GRUPO 2 · Técnico especialista 4 conceptos

Puestos: Técnico/a especialista en técnicas afines a la arqueología o análisis

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 14,70 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 15,75 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 18,38 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 4 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo; registro del yacimiento; inventario y registro gráfico o fotográfico de materiales; dibujo; topografía; restauración; documentalista; antropología

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 10,50 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 14,70 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 15,75 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 18,38 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Técnico/a apoyo subacuática GRUPO 1 · Arqueólogo/a y/o paleontólogo/a 4 conceptos

Puestos: Técnico/a de apoyo en intervención subacuática

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 16,30 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 22,82 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 24,45 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 28,52 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar difusión patrimonial GRUPO 3 · Personal de apoyo 4 conceptos

Puestos: Auxiliar de difusión patrimonial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,19 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 11,47 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 12,29 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 14,33 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Encargado/a GRUPO 3 · Personal de apoyo 4 conceptos

Puestos: Encargado/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,40 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 11,76 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 12,60 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 14,70 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial GRUPO 3 · Personal de apoyo 4 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,19 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 11,47 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 12,29 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 14,33 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar GRUPO 3 · Personal de apoyo 4 conceptos

Puestos: Auxiliar de apoyo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 7,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 9,80 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 10,50 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 12,25 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Jefe administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 4 conceptos

Puestos: Jefe/a administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 9,49 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 13,29 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 14,23 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 16,61 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Oficial 1ª GRUPO 4 · Personal administrativo 4 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 8,19 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 11,47 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 12,29 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 14,33 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
Auxiliar administrativo GRUPO 4 · Personal administrativo 4 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO CONVENIO HORA BRUTO H 7,00 € Salario convenio por hora; incluye la parte de las dos pagas extraordinarias (art. 28).
HORA EXTRAORDINARIA DIURNA H 9,80 € SALARIO_HORA*1.40 140% Art. 30: hora ordinaria +40 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA O NOCTURNA H 10,50 € SALARIO_HORA*1.50 150% Art. 30: hora ordinaria +50 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA Y NOCTURNA H 12,25 € SALARIO_HORA*1.75 175% Art. 30: hora ordinaria +75 %. Calculada sobre el salario convenio hora de la tabla de este año. Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona; pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de arqueología y paleontología (ámbito autonómico)?

En 2029, el salario base va desde 1.700,27 € hasta 4.396,97 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Qué está vigente

Rige el articulado del convenio 2007-2009, prorrogado, con las tablas del acuerdo parcial de 2026 a 2029.

  • Convenio 2007-2009: vigencia pactada del 18 de julio de 2007 al 31 de diciembre de 2009, prorrogable año a año si no se denuncia (art. 3).
  • Se prorrogó para 2010 y 2011 con tablas propias; fue denunciado en diciembre de 2012.
  • Tras la denuncia, sus artículos normativos siguen vigentes hasta la firma del convenio siguiente (art. 3).
  • Acuerdo parcial de tablas: vigente del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029; entra en vigor con su publicación en el DOGC (20-07-2026).
  • Las cantidades del acuerdo son provisionales, transitorias y no consolidables: las partes se comprometen a negociar un convenio nuevo en la mesa constituida.
  • El acuerdo no reconoce deudas salariales, diferencias ni atrasos anteriores al 1 de enero de 2026.

Tablas y subidas salariales

Tras catorce años sin tablas, el acuerdo parcial fija el salario de 2026 a 2029, con dos tablas en 2026.

  • 2007-2009: tablas del convenio por hora y por año (el anual es la hora × 1.770 horas).
  • 2010: +0,8 % sobre las tablas de 2009 (acta de 7 de octubre de 2010).
  • 2011: +3 % sobre las tablas de 2010, con efectos del 1 de enero de 2011.
  • 2012-2025: no se publicó ninguna tabla.
  • 2026: una tabla desde el 1 de enero y otra desde el 1 de julio; 2027, 2028 y 2029: una tabla cada año desde el 1 de enero.
  • Ejemplo, Coordinador/a: 2.677,77 €/mes desde enero de 2026, 2.789,34 € desde julio y 3.322,15 € en 2029.
  • Los salarios de las tablas son compensables y absorbibles con salarios superiores que ya se estén cobrando (acuerdo, cuarto).
  • Cláusula del convenio para las prórrogas: las tablas suben al menos el IPC previsto estatal, con diferencia a favor si el IPC de Cataluña es mayor (art. 26.4); la comisión paritaria acordó en 2011 aplicar el IPC real estatal o catalán, el más alto, del año anterior.
  • Cláusula de inaplicación: una empresa con pérdidas puede desvincularse del incremento con la comisión paritaria, sin bajar de un tercio de lo pactado y recuperándolo en tres años como máximo (art. 27).

Compensación excepcional 2026-2027

El acuerdo de 2026 añade un pago único, no consolidable, con un importe por categoría.

  • Importes del anexo II: de 466,41 € (Auxiliar y Auxiliar administrativo) a 1.213,79 € (Técnico subacuático).
  • Se devenga entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, en proporción al tiempo trabajado.
  • Se paga en dos plazos iguales, como máximo el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2027.
  • Quien sea despedido o se dé de baja voluntaria antes la cobra en esas mismas fechas.
  • El importe es máximo y compensable con retribuciones reales superiores a las de las tablas.

Jornada laboral

1.770 horas de trabajo efectivo al año, en jornadas de 40 horas semanales de lunes a viernes.

  • Jornada anual: 1.770 horas de trabajo efectivo; semanal: 40 horas, de lunes a viernes (art. 29).
  • Cuenta como jornada el desplazamiento una vez empezada y el trabajo de laboratorio, gabinete, oficina y almacén (art. 29).
  • Descanso de 30 minutos retribuido en jornada continuada, y 12 horas como mínimo entre jornadas (art. 29).
  • Si por mal tiempo la empresa manda al personal a casa sin tarea alternativa, se paga el día entero (art. 29).
  • Bolsa de hasta 72 horas flexibles al año, como máximo una hora más al día, con preaviso mínimo de 72 horas (art. 29).
  • Cada hora flexible se compensa con una hora de descanso o, si no es posible, con una hora más el 40 % (art. 29).
  • Descanso semanal preferentemente sábado y domingo; si no, 48 horas seguidas (art. 31).

Horas extraordinarias

Solo por fuerza mayor, emergencia o causa justificada, voluntarias y con un recargo sobre la hora ordinaria.

  • Hora extraordinaria diurna: hora ordinaria + 40 % (art. 30).
  • Hora extraordinaria festiva o nocturna: hora ordinaria + 50 % (art. 30).
  • Hora extraordinaria festiva y nocturna: hora ordinaria + 75 % (art. 30).
  • Pueden compensarse con descanso en la misma proporción, dentro de los tres meses siguientes (art. 30).
  • Máximo 80 horas extraordinarias al año por persona (art. 30).

Vacaciones

22 días laborables al año, con dos semanas seguidas como criterio general.

  • 22 días laborables retribuidos por año completo; si se trabaja menos, la parte proporcional (art. 32).
  • Dos semanas se disfrutan seguidas, como criterio general (art. 32).
  • Se fijan con un mínimo de 2 meses de antelación (art. 32).
  • Si antes de empezarlas hay una baja por accidente de trabajo, se disfrutan tras el alta o en otro periodo pactado (art. 32).

Pagas extraordinarias

Dos pagas extraordinarias de una mensualidad de salario convenio, ya incluidas en el salario anual de las tablas.

  • Paga de verano: antes del 1 de julio; se devenga del 1 de julio al 30 de junio (art. 28).
  • Paga de Navidad: antes del 23 de diciembre; se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre (art. 28).
  • Cada una equivale a una mensualidad de salario convenio; el salario anual de las tablas son 14 mensualidades (art. 28).
  • Las empresas pueden prorratearlas (art. 28).

Antigüedad

El convenio no establece ningún complemento de antigüedad.

  • Leído el texto entero, no hay artículo de antigüedad ni tabla de trienios o quinquenios.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

El convenio no prevé complemento de la prestación por incapacidad temporal.

  • Leído el texto entero, no hay artículo que complete la prestación de la Seguridad Social en caso de baja.

Dietas y desplazamientos

Quien no tenga un lugar fijo de trabajo en el contrato y deba desplazarse cobra dietas y kilometraje.

  • Pernoctación por motivo de trabajo: 41 € por día, salvo que la empresa pague el gasto (art. 37.1).
  • Comida o cena necesaria: 10 € por comida (art. 37.1).
  • Sin pernoctar, la comida solo se paga con jornada partida o de más de 8 horas (nunca continuada) y a más de 75 km del centro habitual (art. 37.1).
  • Vehículo propio a petición de la empresa: 0,21 € por kilómetro en 2007, a actualizar en 2008 y 2009 con el IPC previsto; el boletín no publica la cifra actualizada (art. 37.2).
  • Trabajo en un centro distinto del habitual: 0,21 € por kilómetro de exceso sobre la distancia entre el domicilio y la sede social; en transporte público, el billete (art. 37.2).
  • Se pagan por meses vencidos (art. 37).

Contratación

El convenio prima el contrato indefinido y fija condiciones propias para fijos discontinuos y contratos en prácticas.

  • Fijos discontinuos: mínimo garantizado de tres meses de trabajo al año, con turno de rotación y aviso de siete días cuando sea posible (art. 16).
  • Contrato eventual por circunstancias de la producción: máximo nueve meses en un periodo de quince (art. 18).
  • Contrato en prácticas: el 85 % del salario de la categoría los 6 primeros meses y el 90 % los 18 meses restantes (art. 20).
  • Límite de contratos en prácticas: 1 hasta 10 trabajadores; 2 de 11 a 20; 3 de 21 a 30; 4 de 31 a 100; y el 5 % de la plantilla por encima de 100 (art. 20).

Permisos retribuidos

Además de los permisos legales, el convenio mejora algunos supuestos.

  • Nacimiento de hijo/a: hasta tres días (art. 33.3.1).
  • Accidente o enfermedad grave, intervención quirúrgica u hospitalización: hasta dos días (art. 33.3.2).
  • Fallecimiento de parientes hasta segundo grado: hasta tres días, cuatro si hay desplazamiento (art. 33.3.3).
  • Boda de un pariente hasta segundo grado: el día de la boda (art. 33.3.4).
  • Cambio de domicilio: un día en el mismo municipio y dos si cambia de municipio (art. 33.3.5).
  • Matrimonio o inicio de vida en común: quince días (art. 33.3.6).
  • Consulta médica propia o acompañando a un familiar de primer grado: hasta 24 horas al año entre las dos (art. 33.4 y 33.5).
  • Permiso sin sueldo: hasta quince días al año, nunca junto a las vacaciones (art. 36).

Seguro de responsabilidad civil

Las empresas deben asegurar la responsabilidad civil y la defensa de todo el personal.

  • Seguro de responsabilidad civil hasta 300.000 € y defensa de todo el personal incluido en el convenio (art. 53).
  • Se prorroga automáticamente cada año (art. 53).
  • No es una póliza de vida o accidentes con capital para la persona trabajadora.

Salud laboral y jubilación

Revisión médica anual voluntaria y jubilación regulada según la ley.

  • Revisión médica anual voluntaria, con mamografía para las mujeres y revisión urológica para los hombres mayores de 45 años (art. 56.1).
  • Jubilación obligatoria a los 65 años si se tiene el periodo de carencia (art. 54), cláusula firmada en 2007 bajo la normativa de entonces.
  • Pueden pactarse jubilaciones anticipadas y contratos de relevo según la ley (art. 54).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio no establece la obligación de contratar una póliza colectiva ni fija indemnizaciones por muerte o incapacidad a cargo de la empresa. El art. 53 obliga a un seguro de responsabilidad civil (hasta 300.000 €) y de defensa del personal, no a una póliza colectiva de vida o accidentes con capitales para la persona trabajadora.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio no pacta subrogación convencional de la plantilla al cambiar la contrata. El art. 25 reproduce el régimen legal de sucesión de empresa y remite al art. 44 ET para las especificaciones; no pacta una subrogación convencional por cambio de contrata.

← Ver todos los convenios