| RETRIBUCION MENSUAL | M | 1.185,79 € | Columna «Retribución mensual» del anexo I, pág. 53 del BOP de 12/02/2024. |
| CUATRIENIOS | M | 59,28 € | 5% Valor de un cuatrienio publicado en la columna «Cuatrienios» del anexo I, pág. 53 del BOP de 12/02/2024. Art. 6: cada cuatrienio es el 5 % del salario de convenio, con tope de 3 cuatrienios; suprimido para todo el personal contratado como indefinido a partir del 14 de octubre de 1996. El importe tabulado no siempre es el 5 % exacto del salario de la fila: se publica tal cual lo imprime el boletín. |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO | A | 1.185,79 € | SAL_BASE Art. 7: una mensualidad sobre las retribuciones del convenio más la antigüedad, que se abona en el primer trimestre natural, con fecha 15 de marzo. No absorbible; a quien no lleve un año en la empresa se le abona la parte proporcional. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma sus cuatrienios. |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO | A | 1.185,79 € | SAL_BASE Art. 7: una mensualidad sobre las retribuciones del convenio más la antigüedad, que se abona el 15 de junio. No absorbible; a quien no lleve un año en la empresa se le abona la parte proporcional. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma sus cuatrienios. |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE SEPTIEMBRE | A | 1.185,79 € | SAL_BASE Art. 7: una mensualidad sobre las retribuciones del convenio más la antigüedad, que se abona el 15 de septiembre. No absorbible; a quien no lleve un año en la empresa se le abona la parte proporcional. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma sus cuatrienios. |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE | A | 1.185,79 € | SAL_BASE Art. 7: una mensualidad sobre las retribuciones del convenio más la antigüedad, que se abona el 15 de diciembre. No absorbible; a quien no lleve un año en la empresa se le abona la parte proporcional. El importe recogido es el de quien no cobra antigüedad; quien la tenga suma sus cuatrienios. |
| AYUDA POR PERMANENCIA EN LA CATEGORÍA | M | 50,76 € estimado | (SAL_BASE_SUPERIOR-SAL_BASE)*0.5 50% Art. 13: quien lleve cinco años en esta categoría y grupo 6 cobra el 50 % de la diferencia entre su salario de tabla y el de la categoría-grupo inmediata superior, cada mes y en las pagas extraordinarias. El convenio no nombra esa categoría: el importe se ha calculado tomando «Oficial administrativo» (grupo 5), que es la inmediata superior en su escala, y por eso va como estimado. |
| INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 63 AÑOS | A | 5.928,95 € | SAL_BASE*5 Art. 15: pago único de 5 mensualidades de salario base y antigüedad a quien cese voluntariamente durante la vigencia del convenio con al menos 15 años de antigüedad; no se cobra si la relación termina por despido. No es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad. |
| INDEMNIZACIÓN POR CESE A LOS 64 AÑOS | A | 4.743,16 € | SAL_BASE*4 Art. 15: pago único de 4 mensualidades de salario base y antigüedad a quien cese voluntariamente durante la vigencia del convenio con al menos 15 años de antigüedad; no se cobra si la relación termina por despido. No es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad. |
| INDEMNIZACIÓN POR CESE A PARTIR DE LOS 65 AÑOS | A | 3.557,37 € | SAL_BASE*3 Art. 15: pago único de 3 mensualidades de salario base y antigüedad a quien cese voluntariamente durante la vigencia del convenio con al menos 15 años de antigüedad; no se cobra si la relación termina por despido. No es complemento de pensión ni mejora voluntaria. Importe calculado sin antigüedad. |