| MENYSCAPTE DE DINER | M | 8,61 € | Art. 43: para quien realice cobros de manera habitual, cuando el importe cobrado en efectivo sea igual o superior a 1.000 € mensuales. |
| PÒLISSA: INCAPACITAT ABSOLUTA PER A QUALSEVOL TIPUS DE TREBALL | A | 45.968,93 € | Art. 25: póliza obligatoria; cubre los supuestos derivados de accidente de trabajo o factores motivados por este. Pago único al beneficiario o a los beneficiarios de la víctima. Incapacidad absoluta para cualquier tipo de trabajo. |
| PÒLISSA: MORT | A | 40.321,39 € | Art. 25: póliza obligatoria; cubre los supuestos derivados de accidente de trabajo o factores motivados por este. Pago único al beneficiario o a los beneficiarios de la víctima. |
| PÒLISSA: INCAPACITAT TOTAL PER A LA PROFESSIÓ HABITUAL | A | 28.800,06 € | Art. 25: póliza obligatoria; cubre los supuestos derivados de accidente de trabajo o factores motivados por este. Pago único al beneficiario o a los beneficiarios de la víctima. Incapacidad total para la profesión habitual. |
| DIETA NACIONAL: ESMORZAR | E | 5,72 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL: DINAR | E | 15,40 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL: SOPAR | E | 13,74 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL: DORMIR | E | 13,74 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL: TOTAL DIA | E | 48,60 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL FESTIVA: ESMORZAR | E | 6,12 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL FESTIVA: DINAR | E | 16,45 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL FESTIVA: SOPAR | E | 14,71 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL FESTIVA: DORMIR | E | 14,71 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA NACIONAL FESTIVA: TOTAL DIA | E | 51,99 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL UNIÓ EUROPEA: ESMORZAR | E | 7,09 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL UNIÓ EUROPEA: DINAR | E | 20,13 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL UNIÓ EUROPEA: SOPAR | E | 20,13 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL UNIÓ EUROPEA: DORMIR | E | 20,13 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL UNIÓ EUROPEA: TOTAL DIA | E | 67,48 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL RESTA PAÏSOS I UK I SUÏSSA: ESMORZAR | E | 8,01 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL RESTA PAÏSOS I UK I SUÏSSA: DINAR | E | 22,88 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL RESTA PAÏSOS I UK I SUÏSSA: SOPAR | E | 22,88 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL RESTA PAÏSOS I UK I SUÏSSA: DORMIR | E | 22,88 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA INTERNACIONAL RESTA PAÏSOS I UK I SUÏSSA: TOTAL DIA | E | 76,65 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |
| DIETA PLAÇA | E | 12,53 € | Art. 23 y anexo de dietas 2026: importe igual para todas las categorías, por día/ápat según las condiciones horarias del art. 23. En «Resta països i UK i Suïssa», por los días de estancia real en el país. El anexo se publica como imagen en la pág. 16 del BOP y se leyó con visión. Los importes de 2026 se cobran desde la fecha de publicación del convenio (20/08/2026), SIN efectos retroactivos a 1 de enero de 2026 (art. 23). |