| SALARIO BASE | M | 2.272,32 € | Art. 35 y anexo II.A. Salario del nivel para los establecimientos de la clasificación A. |
| GRATIFICACIÓN DE VERANO | A | 2.272,32 € | SAL_BASE Art. 43. Una mensualidad del salario más la antigüedad consolidada si la hubiere. Se devenga del 1 de julio al 30 de junio del año siguiente y se abona el 10 de julio. No sufre detracción por estar en incapacidad temporal. El importe recoge el salario base del nivel; la antigüedad consolidada es personal y no se publica. |
| GRATIFICACIÓN DE NAVIDAD | A | 2.272,32 € | SAL_BASE Art. 43. Una mensualidad del salario más la antigüedad consolidada si la hubiere. Se devenga del 1 de enero al 31 de diciembre y se abona el 22 de diciembre. No sufre detracción por estar en incapacidad temporal. El importe recoge el salario base del nivel; la antigüedad consolidada es personal y no se publica. |
| INDEMNIZACIÓN FIN DE CONTRATO | A | 1.060,42 € | SAL_BASE/30*14 Art. 27. Indemnización de 14 días de salario por año trabajado (o su parte proporcional) al finalizar cualquier contrato no indefinido, excepto interinidad o sustitución. Se abona junto con la liquidación. El importe se calcula sobre el salario base del nivel. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN: 10 AÑOS DE SERVICIO (2 MENSUALIDADES) | A | 5.302,08 € | SAL_BASE*14/12*2 Art. 37. Compensación económica de carácter indemnizatorio para quien, con 50 o más años, cese en la empresa por cualquier causa salvo despido procedente por sentencia firme o dimisión voluntaria (salvo que sea por jubilación o incapacidad permanente). Se calcula sobre el salario del nivel más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada: el importe que figura aquí incluye el salario del nivel y el prorrateo de las dos gratificaciones (salario base × 14 / 12), pero NO la antigüedad consolidada, que es una cuantía personal que el boletín no publica. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN: 15 AÑOS DE SERVICIO (3 MENSUALIDADES) | A | 7.953,12 € | SAL_BASE*14/12*3 Art. 37. Compensación económica de carácter indemnizatorio para quien, con 50 o más años, cese en la empresa por cualquier causa salvo despido procedente por sentencia firme o dimisión voluntaria (salvo que sea por jubilación o incapacidad permanente). Se calcula sobre el salario del nivel más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada: el importe que figura aquí incluye el salario del nivel y el prorrateo de las dos gratificaciones (salario base × 14 / 12), pero NO la antigüedad consolidada, que es una cuantía personal que el boletín no publica. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN: 20 AÑOS DE SERVICIO (4 MENSUALIDADES) | A | 10.604,16 € | SAL_BASE*14/12*4 Art. 37. Compensación económica de carácter indemnizatorio para quien, con 50 o más años, cese en la empresa por cualquier causa salvo despido procedente por sentencia firme o dimisión voluntaria (salvo que sea por jubilación o incapacidad permanente). Se calcula sobre el salario del nivel más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada: el importe que figura aquí incluye el salario del nivel y el prorrateo de las dos gratificaciones (salario base × 14 / 12), pero NO la antigüedad consolidada, que es una cuantía personal que el boletín no publica. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN: 25 AÑOS DE SERVICIO (5 MENSUALIDADES) | A | 13.255,20 € | SAL_BASE*14/12*5 Art. 37. Compensación económica de carácter indemnizatorio para quien, con 50 o más años, cese en la empresa por cualquier causa salvo despido procedente por sentencia firme o dimisión voluntaria (salvo que sea por jubilación o incapacidad permanente). Se calcula sobre el salario del nivel más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada: el importe que figura aquí incluye el salario del nivel y el prorrateo de las dos gratificaciones (salario base × 14 / 12), pero NO la antigüedad consolidada, que es una cuantía personal que el boletín no publica. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN: 30 AÑOS DE SERVICIO (6 MENSUALIDADES) | A | 15.906,24 € | SAL_BASE*14/12*6 Art. 37. Compensación económica de carácter indemnizatorio para quien, con 50 o más años, cese en la empresa por cualquier causa salvo despido procedente por sentencia firme o dimisión voluntaria (salvo que sea por jubilación o incapacidad permanente). Se calcula sobre el salario del nivel más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada: el importe que figura aquí incluye el salario del nivel y el prorrateo de las dos gratificaciones (salario base × 14 / 12), pero NO la antigüedad consolidada, que es una cuantía personal que el boletín no publica. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN: 35 AÑOS DE SERVICIO (7 MENSUALIDADES) | A | 18.557,28 € | SAL_BASE*14/12*7 Art. 37. Compensación económica de carácter indemnizatorio para quien, con 50 o más años, cese en la empresa por cualquier causa salvo despido procedente por sentencia firme o dimisión voluntaria (salvo que sea por jubilación o incapacidad permanente). Se calcula sobre el salario del nivel más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada: el importe que figura aquí incluye el salario del nivel y el prorrateo de las dos gratificaciones (salario base × 14 / 12), pero NO la antigüedad consolidada, que es una cuantía personal que el boletín no publica. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |