| MANUTENCION | M | 44,54 € | Art. 28. Cantidad mensual pactada para 2021, que percibe la totalidad del personal salvo que se opte por la manutención en especie; en los establecimientos sin servicio de comedor la opción no cabe y la empresa debe abonarla. Se abona íntegra a todo el personal, sin proporción a la jornada realizada. El anexo la publica también en cómputo anual: 534.48 € (prorrateada en doce mensualidades). Entra en las doce pagas ordinarias (art. 29) y retribuye también las vacaciones (art. 17). El propio art. 28 da como total anual 534,55 €, que no cuadra con los 44,54 €/mes que él mismo fija (44,54 × 12 = 534,48 €, que es lo que imprime el anexo): la discrepancia es del boletín y se transcribe la cifra del anexo. |
| PLUS COMPENSATORIO DE FORMACION | M | 25,00 € | Art. 46. Lo abonan las empresas que NO acrediten su participación en la formación continua del sector por alguna de las tres vías del artículo (certificación de una organización empresarial, de la propia empresa o de una organización sindical, siempre con el visado de la comisión paritaria). De naturaleza salarial según el propio artículo. |
| COMPENSACION POR FESTIVO RETRIBUIDO NO DISFRUTADO | E | 78,23 € | Art. 18 d). Cantidad por cada uno de los 14 días festivos retribuidos y no recuperables que no se hayan disfrutado. Es una opción de la empresa y no se aplica en caso de despido, baja voluntaria ni abandono. El convenio fija 78,23 €/día para 2020 y 2021 y 85,00 €/día para 2022 a 2026. |
| COMPENSACION POR LA PERDIDA SALARIAL DE 2020 Y 2021 | A | 150,00 € | Art. 22. Pago único de 150 € para cada persona trabajadora, sin distinción de categoría y en proporción a su jornada, en compensación de la pérdida salarial de 2020 y 2021. Se abona en los 30 días siguientes a la publicación del convenio en el BOP (13/01/2023). |
| ANTIGUEDAD 3 AÑOS (3 % DEL SMI) | M | 28,50 € | SMI*0.03 3% Art. 26. Sólo para el personal contratado con anterioridad al 1 de enero de 1997, por la antigüedad cumplida desde el 1 de enero de 1985. El 3 % se calcula sobre el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento; el importe corresponde al SMI de 2021 (950.00 €/mes, RD 231/2020 (prorrogado; la subida a 965 € llegó en septiembre)). Los contratos posteriores al 1 de enero de 1997 no generan antigüedad. |
| ANTIGUEDAD 6 AÑOS (8 % DEL SMI) | M | 76,00 € | SMI*0.08 8% Art. 26. Sólo para el personal contratado con anterioridad al 1 de enero de 1997, por la antigüedad cumplida desde el 1 de enero de 1985. El 8 % se calcula sobre el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento; el importe corresponde al SMI de 2021 (950.00 €/mes, RD 231/2020 (prorrogado; la subida a 965 € llegó en septiembre)). Los contratos posteriores al 1 de enero de 1997 no generan antigüedad. |
| ANTIGUEDAD 9 AÑOS (16 % DEL SMI) | M | 152,00 € | SMI*0.16 16% Art. 26. Sólo para el personal contratado con anterioridad al 1 de enero de 1997, por la antigüedad cumplida desde el 1 de enero de 1985. El 16 % se calcula sobre el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento; el importe corresponde al SMI de 2021 (950.00 €/mes, RD 231/2020 (prorrogado; la subida a 965 € llegó en septiembre)). Los contratos posteriores al 1 de enero de 1997 no generan antigüedad. |
| ANTIGUEDAD 14 AÑOS (26 % DEL SMI) | M | 247,00 € | SMI*0.26 26% Art. 26. Sólo para el personal contratado con anterioridad al 1 de enero de 1997, por la antigüedad cumplida desde el 1 de enero de 1985. El 26 % se calcula sobre el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento; el importe corresponde al SMI de 2021 (950.00 €/mes, RD 231/2020 (prorrogado; la subida a 965 € llegó en septiembre)). Los contratos posteriores al 1 de enero de 1997 no generan antigüedad. |
| ANTIGUEDAD 19 AÑOS (38 % DEL SMI) | M | 361,00 € | SMI*0.38 38% Art. 26. Sólo para el personal contratado con anterioridad al 1 de enero de 1997, por la antigüedad cumplida desde el 1 de enero de 1985. El 38 % se calcula sobre el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento; el importe corresponde al SMI de 2021 (950.00 €/mes, RD 231/2020 (prorrogado; la subida a 965 € llegó en septiembre)). Los contratos posteriores al 1 de enero de 1997 no generan antigüedad. |
| ANTIGUEDAD 24 AÑOS (45 % DEL SMI) | M | 427,50 € | SMI*0.45 45% Art. 26. Sólo para el personal contratado con anterioridad al 1 de enero de 1997, por la antigüedad cumplida desde el 1 de enero de 1985. El 45 % se calcula sobre el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento; el importe corresponde al SMI de 2021 (950.00 €/mes, RD 231/2020 (prorrogado; la subida a 965 € llegó en septiembre)). Los contratos posteriores al 1 de enero de 1997 no generan antigüedad. |
| INDEMNIZACION POR FALLECIMIENTO (SEGURO DE ACCIDENTE DE TRABAJO) | A | 23.200,00 € | Art. 33. Capital que debe garantizar a los causahabientes la póliza que las empresas están obligadas a concertar, por muerte derivada de accidente de trabajo. 23.200 € para 2020, 2021 y 2022; 25.000 € de 2023 a 2026. |
| INDEMNIZACION POR INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA (SEGURO DE ACCIDENTE DE TRABAJO) | A | 29.500,00 € | Art. 33. Capital de la misma póliza para la invalidez permanente absoluta derivada de accidente de trabajo. 29.500 € para 2020, 2021 y 2022; 32.000 € de 2023 a 2026. |