Convenio colectivo · REGCON 19000105011981

Convenio colectivo del sector de la construcción y obras públicas de la provincia de Guadalajara

Guadalajara Construcción y obras públicas Ámbito provincial Vigencia 01/01/2022 — 31/12/2026
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Guadalajara nº 91, de 15/05/2026, con tablas salariales en los BOP nº 229 de 01/12/2022, nº 48 de 09/03/2023, nº 233 de 11/12/2023 y nº 4 de 08/01/2026.
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2026. Ver las condiciones del convenio.

Atrasos La tabla de 2025 tiene efectos desde el 01/01/2025 y se publicó en el boletín el 08/01/2026: el periodo entre ambas fechas ya se había trabajado cuando se publicó, así que esas nóminas se regularizan con la tabla nueva. La diferencia por categoría se ve comparando en esta ficha la tabla de 2025 con la anterior.

Este convenio desarrolla un acuerdo marco estatal: Convenio general del sector de la construcción, que fija las condiciones mínimas comunes de todo el sector (jornada máxima, clasificación profesional, régimen disciplinario…). Si una condición no aparece aquí, mírala allí.

Tablas salariales 2026 (revisión del 3,00 % sobre las tablas de 2025) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 13 % AL 22 %) M 17,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 23 % AL 32 %) M 24,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 33 % O SUPERIOR) M 34,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
INDEMNIZACION POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMUN O ACCIDENTE NO LABORAL A Art. 50.1.a: una mensualidad de todos los conceptos de las tablas salariales del convenio. El importe depende de los conceptos que perciba cada persona y el convenio no publica su cómputo, así que no se cifra (no se inventa).
INDEMNIZACION POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 50.1.b. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa. La fecha del hecho causante es la del accidente o la de la causa determinante de la enfermedad profesional.
INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 50.1.c. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa.
INDEMNIZACION POR EXTINCION DEL CONTRATO INDEFINIDO ADSCRITO A OBRA A 7% Art. 15.5: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato. Depende de la trayectoria de cada persona: el convenio no publica importe.
INDEMNIZACION POR CESE EN CONTRATO DE DURACION DETERMINADA POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION A 7% Art. 18.1.a: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato, respetando en todo caso el art. 49.1.c) ET.
CUANTIA POR FIN DE LLAMAMIENTO (CONTRATO FIJO-DISCONTINUO) A 5.5% Art. 16.5: 5,5 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante el último período de actividad, cuando el fin del llamamiento coincide con la terminación de la actividad y no hay nuevo llamamiento.
CUANTIA POR EXTINCION DEL CONTRATO FIJO-DISCONTINUO EN PERIODO DE INACTIVIDAD A 1.5% Art. 16.5: 1,5 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados en el último período de actividad, tanto por dimisión dentro de los 25 meses siguientes al inicio de la inactividad como por acuerdo a partir del mes 25.
NIVEL VI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller; Encargado de Sección de Laboratorio; Escultor de Piedra o Mármol

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 36,93 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 25,05 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,65 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 14,07 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.952,62 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.952,62 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.952,62 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,80 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 42,38 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 42,38 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 9,23 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,37 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 7,39 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,69 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 38,75 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,75 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,69 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,93 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,31 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,57 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,61 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 3,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,13 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,26 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,39 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Capataz; Auxiliar Técnico de Obra; Especialista de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 36,23 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 24,65 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,65 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 14,18 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.905,79 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.905,79 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.905,79 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 41,35 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 41,35 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 9,06 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,36 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 7,25 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,62 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 38,75 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,75 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,03 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,30 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,55 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,94 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,07 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 36,06 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 22,60 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,65 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 13,66 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.809,87 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.809,87 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.809,87 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,78 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,48 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 39,26 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 39,26 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 9,02 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,36 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 7,21 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,61 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,02 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,15 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,27 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo de obra; Oficial 2.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 35,13 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 19,49 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,65 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 13,01 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.743,95 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.743,95 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.743,95 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,76 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 37,84 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 37,84 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,78 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,35 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 7,03 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,51 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,88 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,12 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,24 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,49 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,72 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,84 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Ayudante de Oficio; Especialista de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 34,23 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 17,42 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,65 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,42 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.661,40 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.661,40 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.661,40 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,38 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 36,05 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 36,05 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,56 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,85 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,42 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 33,70 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 17,42 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,65 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,30 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.632,31 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.632,31 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.632,31 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,38 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 35,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 35,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,43 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,74 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,37 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,76 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 33,51 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 17,42 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,65 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,24 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.628,24 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.628,24 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.628,24 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,38 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 35,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 35,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,38 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,70 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,35 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL II RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.566,88 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 757,00 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.461,00 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.790,17 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.790,17 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.790,17 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 35.441,51 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 34,00 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 16,43 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 50,43 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 60,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 60,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 60,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 736,35 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 391,72 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 15,67 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 313,38 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 156,69 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 46,97 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 9,39 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,92 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 9,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 19,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 39,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 44,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 50,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 55,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 66,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 72,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 77,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 83,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 88,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 94,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 99,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 105,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 110,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 116,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 121,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 127,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 132,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 138,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 143,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 149,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 154,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 160,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 165,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 171,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 176,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL III RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Medio; Jefe Administrativo de 1.ª; Jefe de Sección de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.328,58 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 651,18 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.116,88 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.354,42 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.354,42 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.354,42 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 30.348,94 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 28,83 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 14,12 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 42,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 51,08 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 51,08 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 51,08 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 625,69 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 332,14 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 13,29 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 265,72 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 132,86 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 46,97 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 9,39 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,92 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 25,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 33,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 38,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 42,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 47,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 51,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 56,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 65,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 70,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 75,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 79,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 84,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 89,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 94,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 98,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 103,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 108,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 112,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 117,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 122,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 126,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 131,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 136,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 140,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 145,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 150,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IV RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe de Personal; Ayudante de Obra; Encargado General de Fábrica; Encargado General

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.294,45 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 646,93 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.078,50 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.308,72 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.308,72 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.308,72 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 29.789,66 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 28,08 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 14,03 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 42,11 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 50,10 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 50,10 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 50,10 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 613,51 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 323,61 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,94 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 258,89 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 129,44 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 39,16 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,83 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,50 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 16,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 32,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 37,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 41,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 46,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 50,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 55,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 59,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 64,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 68,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 73,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 77,95 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 82,49 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 87,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 91,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 96,13 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 100,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 105,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 109,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 114,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 118,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 123,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 127,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 132,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 137,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 141,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 146,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL V RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 2.ª; Delineante Superior; Encargado General de Obra; Jefe de Sección de Organización de 2.ª; Jefe de Compras

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.237,45 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 571,62 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.946,19 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.148,77 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.148,77 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.148,77 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 27.854,40 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 26,84 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 12,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 39,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 46,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 46,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 46,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 571,64 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 309,36 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,37 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 247,49 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 123,75 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 39,16 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,83 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,50 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 15,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 23,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 30,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 35,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 39,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 43,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 48,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 52,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 56,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 60,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 65,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 69,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 73,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 78,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 82,46 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 86,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 91,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 95,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 99,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 103,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 108,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 112,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 116,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 121,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 125,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 129,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 134,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 138,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 1.ª; Delineante de 1.ª; Práctico de Topografía de 1.ª; Técnico de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.119,57 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 515,61 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.772,30 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.945,11 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.945,11 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.945,11 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 25.330,63 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 24,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 11,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 35,49 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 42,20 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 42,20 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 42,20 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 516,99 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 279,89 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 11,20 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 223,91 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 111,96 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 38,75 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,75 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,05 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 14,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 21,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 28,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 32,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 36,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 40,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 51,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 55,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 59,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 63,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 67,64 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 71,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 75,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 79,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 83,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 87,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 91,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 95,27 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 99,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 103,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 107,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 111,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 115,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 118,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 122,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 126,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Técnico de Organización de 2.ª; Delineante de 2.ª; Práctico de Topografía de 2.ª; Analista de 1.ª; Viajante

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.103,11 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 505,87 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.746,10 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.895,70 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.895,70 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.895,70 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 24.894,20 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 23,93 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 10,98 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 34,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 41,13 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 41,13 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 41,13 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 507,40 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 275,78 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 11,03 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 220,62 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 110,31 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 38,75 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,75 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 39,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 47,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 58,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 62,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 66,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 70,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 74,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 78,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 81,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 85,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 89,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 93,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 97,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 101,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 105,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 109,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 112,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 116,78 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 120,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 124,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 2.ª; Corredor de Plaza; Analista de 2.ª; Inspector de Control, Señalización y Servicios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.097,49 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 464,54 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.699,15 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.801,70 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.801,70 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.801,70 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 24.095,75 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 23,81 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 10,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 33,90 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 39,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 39,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 39,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 490,17 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 274,37 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,97 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 219,50 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 109,75 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,51 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 38,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 42,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 57,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 61,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 65,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 69,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 73,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 77,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 80,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 84,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 88,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 92,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 96,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 100,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 103,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 107,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 111,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 114,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 119,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 123,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Ayudante Topográfico; Auxiliar de Organización; Conserje; Vendedor

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.070,97 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 399,30 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.607,39 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.739,93 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.739,93 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.739,93 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 22.901,08 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 23,23 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 8,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 31,89 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 37,75 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 37,75 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 37,75 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 464,04 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 267,74 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,71 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 214,19 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 107,10 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 34,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 45,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 49,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 56,56 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 60,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 64,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 67,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 71,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 75,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 78,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 82,71 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 86,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 90,18 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 93,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 97,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 101,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 105,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 108,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 112,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 116,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 120,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar de Laboratorio; Vigilante; Almacenero; Enfermero; Guarda-Jurado; Cobrador

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.043,09 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 356,95 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.537,16 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.656,00 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.656,00 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.656,00 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.876,76 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 22,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 7,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 30,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 35,93 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 35,93 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 35,93 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 441,86 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 260,77 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,43 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 208,62 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 104,31 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 44,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 48,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 55,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 59,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 63,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 66,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 70,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 74,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 77,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 81,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 85,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 89,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 92,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 96,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 100,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 103,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 107,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 111,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 114,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 118,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.024,28 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 356,95 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.518,35 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.628,24 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.628,24 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.628,24 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.586,57 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 22,23 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 7,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 29,97 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 35,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 35,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 35,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 435,69 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 256,07 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,24 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 204,86 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 102,43 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 62,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 80,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 91,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 100,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 109,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Peón Ordinario; Limpiador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.021,36 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 356,95 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 137,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.515,43 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.626,44 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.626,44 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.626,44 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.549,05 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 22,16 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 7,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 29,90 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 35,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 35,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 35,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 434,80 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 255,34 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,21 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 204,27 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 102,14 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,03 € % Anexo VIII (dietas 2026), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,01 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,30 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,63 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 61,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,15 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 79,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,60 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 90,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 101,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 108,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
Tablas salariales 2025 (revisión del 3,50 % sobre las tablas de 2024 ya revisadas por la cláusula de garantía (+0,40 %)) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
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COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 13 % AL 22 %) M 17,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 23 % AL 32 %) M 24,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 33 % O SUPERIOR) M 34,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
INDEMNIZACION POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMUN O ACCIDENTE NO LABORAL A Art. 50.1.a: una mensualidad de todos los conceptos de las tablas salariales del convenio. El importe depende de los conceptos que perciba cada persona y el convenio no publica su cómputo, así que no se cifra (no se inventa).
INDEMNIZACION POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 50.1.b. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa. La fecha del hecho causante es la del accidente o la de la causa determinante de la enfermedad profesional.
INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 50.1.c. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa.
INDEMNIZACION POR EXTINCION DEL CONTRATO INDEFINIDO ADSCRITO A OBRA A 7% Art. 15.5: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato. Depende de la trayectoria de cada persona: el convenio no publica importe.
INDEMNIZACION POR CESE EN CONTRATO DE DURACION DETERMINADA POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION A 7% Art. 18.1.a: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato, respetando en todo caso el art. 49.1.c) ET.
CUANTIA POR FIN DE LLAMAMIENTO (CONTRATO FIJO-DISCONTINUO) A 5.5% Art. 16.5: 5,5 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante el último período de actividad, cuando el fin del llamamiento coincide con la terminación de la actividad y no hay nuevo llamamiento.
CUANTIA POR EXTINCION DEL CONTRATO FIJO-DISCONTINUO EN PERIODO DE INACTIVIDAD A 1.5% Art. 16.5: 1,5 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados en el último período de actividad, tanto por dimisión dentro de los 25 meses siguientes al inicio de la inactividad como por acuerdo a partir del mes 25.
NIVEL VI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller; Encargado de Sección de Laboratorio; Escultor de Piedra o Mármol

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SALARIO BASE D 35,85 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 24,32 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,46 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 13,66 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.895,75 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.895,75 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.895,75 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,71 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,48 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 37,64 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 37,64 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,96 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,36 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 7,17 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,58 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 37,62 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,52 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,69 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,93 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,31 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,57 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,61 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 3,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,13 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,26 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,39 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Capataz; Auxiliar Técnico de Obra; Especialista de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 35,17 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 23,93 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,46 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 13,77 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.850,28 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.850,28 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.850,28 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,70 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,48 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 36,72 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 36,72 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,79 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,35 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 7,03 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,52 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 37,62 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,52 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,03 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,30 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,55 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,94 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,07 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 35,01 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 21,94 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,46 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 13,26 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.757,16 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.757,16 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.757,16 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,69 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,43 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 34,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 34,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,35 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 7,00 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,50 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,02 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,15 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,27 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo de obra; Oficial 2.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 34,11 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 18,92 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,46 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,63 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.693,16 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.693,16 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.693,16 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,67 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 33,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 33,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,53 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,82 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,41 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,88 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,12 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,24 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,49 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,72 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,84 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Ayudante de Oficio; Especialista de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 33,23 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 16,91 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,46 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,06 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.613,01 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.613,01 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.613,01 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 32,02 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 32,02 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,31 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,33 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,65 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,32 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 32,72 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 16,91 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,46 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,94 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.584,77 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.584,77 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.584,77 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 31,46 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 31,46 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,18 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,33 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,54 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,27 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,76 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 32,53 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 16,91 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,46 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,88 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.580,82 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.580,82 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.580,82 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 31,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 31,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,13 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,33 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,51 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,25 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL II RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.521,24 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 734,95 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.389,32 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.708,90 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.708,90 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.708,90 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 34.409,22 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 30,20 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 14,59 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 44,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 53,77 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 53,77 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 53,77 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 654,00 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 380,31 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 15,21 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 304,25 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 152,12 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 45,60 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 9,12 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,46 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 9,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 19,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 39,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 44,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 50,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 55,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 66,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 72,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 77,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 83,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 88,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 94,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 99,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 105,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 110,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 116,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 121,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 127,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 132,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 138,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 143,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 149,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 154,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 160,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 165,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 171,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 176,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL III RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Medio; Jefe Administrativo de 1.ª; Jefe de Sección de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.289,88 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 632,21 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.055,22 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.285,84 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.285,84 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.285,84 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 29.464,94 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 25,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 12,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 38,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 45,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 45,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 45,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 555,76 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 322,47 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,90 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 257,98 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 128,99 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 45,60 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 9,12 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,46 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 25,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 33,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 38,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 42,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 47,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 51,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 56,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 65,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 70,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 75,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 79,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 84,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 89,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 94,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 98,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 103,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 108,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 112,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 117,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 122,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 126,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 131,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 136,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 140,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 145,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 150,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IV RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe de Personal; Ayudante de Obra; Encargado General de Fábrica; Encargado General

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.256,75 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 628,09 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.017,97 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.241,48 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.241,48 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.241,48 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 28.922,11 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 24,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 12,46 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 37,40 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 44,50 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 44,50 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 44,50 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 544,90 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 314,19 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,57 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 251,35 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 125,67 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 38,02 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,60 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,05 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 16,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 32,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 37,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 41,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 46,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 50,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 55,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 59,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 64,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 68,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 73,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 77,95 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 82,49 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 87,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 91,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 96,13 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 100,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 105,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 109,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 114,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 118,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 123,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 127,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 132,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 137,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 141,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 146,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL V RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 2.ª; Delineante Superior; Encargado General de Obra; Jefe de Sección de Organización de 2.ª; Jefe de Compras

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.201,41 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 554,97 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.889,51 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.086,18 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.086,18 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.086,18 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 27.043,15 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 23,84 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 11,02 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 34,86 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 41,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 41,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 41,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 507,69 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 300,35 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,01 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 240,28 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 120,14 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 38,02 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,60 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 15,05 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 15,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 23,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 30,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 35,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 39,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 43,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 48,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 52,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 56,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 60,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 65,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 69,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 73,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 78,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 82,46 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 86,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 91,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 95,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 99,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 103,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 108,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 112,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 116,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 121,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 125,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 129,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 134,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 138,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 1.ª; Delineante de 1.ª; Práctico de Topografía de 1.ª; Técnico de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.086,96 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 500,59 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.720,68 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.888,46 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.888,46 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.888,46 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 24.592,86 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 21,58 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 9,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 31,52 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 37,48 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 37,48 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 37,48 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 459,16 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 271,74 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,87 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 217,39 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 108,70 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 37,62 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,52 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,05 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 14,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 21,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 28,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 32,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 36,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 40,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 51,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 55,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 59,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 63,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 67,64 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 71,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 75,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 79,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 83,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 87,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 91,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 95,27 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 99,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 103,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 107,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 111,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 115,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 118,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 122,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 126,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Técnico de Organización de 2.ª; Delineante de 2.ª; Práctico de Topografía de 2.ª; Analista de 1.ª; Viajante

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.070,98 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 491,14 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.695,25 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.840,49 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.840,49 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.840,49 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 24.169,22 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 21,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 9,75 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 31,00 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 36,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 36,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 36,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 450,59 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 267,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,71 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 214,20 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 107,10 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 37,62 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,52 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 39,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 47,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 58,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 62,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 66,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 70,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 74,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 78,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 81,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 85,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 89,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 93,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 97,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 101,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 105,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 109,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 112,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 116,78 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 120,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 124,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 2.ª; Corredor de Plaza; Analista de 2.ª; Inspector de Control, Señalización y Servicios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.065,52 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 451,01 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.649,66 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.749,22 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.749,22 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.749,22 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 23.393,92 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 21,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 8,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 30,11 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 34,72 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 34,72 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 34,72 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 435,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 266,38 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,66 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 213,10 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 106,55 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,51 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 38,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 42,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 57,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 61,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 65,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 69,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 73,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 77,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 80,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 84,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 88,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 92,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 96,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 100,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 103,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 107,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 111,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 114,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 119,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 123,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Ayudante Topográfico; Auxiliar de Organización; Conserje; Vendedor

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.039,78 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 387,67 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.560,58 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.689,25 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.689,25 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.689,25 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 22.234,13 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 20,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 7,69 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 28,32 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 33,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 33,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 33,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 412,11 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 259,94 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,40 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 207,96 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 103,98 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 34,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 45,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 49,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 56,56 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 60,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 64,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 67,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 71,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 75,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 78,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 82,71 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 86,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 90,18 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 93,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 97,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 101,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 105,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 108,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 112,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 116,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 120,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar de Laboratorio; Vigilante; Almacenero; Enfermero; Guarda-Jurado; Cobrador

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.012,71 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 346,55 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.492,39 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.607,77 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.607,77 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.607,77 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.239,60 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 20,10 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 6,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 26,97 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 31,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 31,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 31,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 392,40 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 253,18 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,13 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 202,54 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 101,27 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 44,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 48,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 55,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 59,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 63,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 66,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 70,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 74,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 77,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 81,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 85,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 89,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 92,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 96,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 100,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 103,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 107,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 111,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 114,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 118,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 994,45 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 346,55 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.474,13 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.580,82 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.580,82 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.580,82 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 20.957,89 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 19,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 6,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 26,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 31,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 31,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 31,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 386,88 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 248,61 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,94 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 198,89 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 99,44 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 62,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 80,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 91,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 100,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 109,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Peón Ordinario; Limpiador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 991,61 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 346,55 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 133,13 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.471,29 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.579,07 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.579,07 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.579,07 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 20.921,40 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 19,68 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 6,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 26,55 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 31,35 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 31,35 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 31,35 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 386,10 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 247,90 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,92 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 198,32 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 99,16 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,01 € % Anexo VIII (dietas 2025), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,80 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,91 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,63 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 61,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,15 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 79,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,60 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 90,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 101,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 108,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
Tablas salariales 2024 (revisión del 2,75 % sobre las tablas de 2023) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
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COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 13 % AL 22 %) M 17,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 23 % AL 32 %) M 24,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 33 % O SUPERIOR) M 34,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
INDEMNIZACION POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMUN O ACCIDENTE NO LABORAL A Art. 50.1.a: una mensualidad de todos los conceptos de las tablas salariales del convenio. El importe depende de los conceptos que perciba cada persona y el convenio no publica su cómputo, así que no se cifra (no se inventa).
INDEMNIZACION POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 50.1.b. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa. La fecha del hecho causante es la del accidente o la de la causa determinante de la enfermedad profesional.
INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 50.1.c. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa.
INDEMNIZACION POR EXTINCION DEL CONTRATO INDEFINIDO ADSCRITO A OBRA A 7% Art. 15.5: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato. Depende de la trayectoria de cada persona: el convenio no publica importe.
INDEMNIZACION POR CESE EN CONTRATO DE DURACION DETERMINADA POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION A 7% Art. 18.1.a: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato, respetando en todo caso el art. 49.1.c) ET.
CUANTIA POR FIN DE LLAMAMIENTO (CONTRATO FIJO-DISCONTINUO) A 5.5% Art. 16.5: 5,5 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante el último período de actividad, cuando el fin del llamamiento coincide con la terminación de la actividad y no hay nuevo llamamiento.
CUANTIA POR EXTINCION DEL CONTRATO FIJO-DISCONTINUO EN PERIODO DE INACTIVIDAD A 1.5% Art. 16.5: 1,5 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados en el último período de actividad, tanto por dimisión dentro de los 25 meses siguientes al inicio de la inactividad como por acuerdo a partir del mes 25.
NIVEL VI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller; Encargado de Sección de Laboratorio; Escultor de Piedra o Mármol

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 34,50 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 23,41 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,22 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 13,15 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.824,34 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.824,34 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.824,34 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,40 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,27 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 21,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 21,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,63 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,90 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,45 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 36,21 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,24 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,69 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,93 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,31 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,57 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,61 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 3,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,13 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,26 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,39 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Capataz; Auxiliar Técnico de Obra; Especialista de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 33,84 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 23,03 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,22 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 13,25 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.780,59 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.780,59 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.780,59 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,27 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 20,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 20,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,46 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,77 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,38 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 36,21 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,24 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,03 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,30 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,55 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,94 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,07 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 33,70 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 21,12 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,22 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,76 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.690,98 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.690,98 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.690,98 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,24 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 19,62 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 19,62 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,43 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,74 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,37 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,02 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,15 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,27 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo de obra; Oficial 2.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 32,83 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 18,21 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,22 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,15 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.629,38 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.629,38 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.629,38 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,38 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 18,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 18,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,21 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,33 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,57 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,28 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,88 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,12 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,24 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,49 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,72 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,84 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Ayudante de Oficio; Especialista de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,98 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 16,27 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,22 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,60 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.552,25 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.552,25 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.552,25 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 18,02 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 18,02 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,00 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,32 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,40 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,20 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,48 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 16,27 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,22 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,49 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.525,08 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.525,08 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.525,08 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 17,70 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 17,70 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,87 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,31 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,30 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,15 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,76 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,30 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 16,27 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,22 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,43 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.521,27 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.521,27 € % Anexo VI, fila «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.521,27 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,37 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 17,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 17,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,83 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,31 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,26 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,13 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL II RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.463,94 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 707,27 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.299,33 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.606,86 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.606,86 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.606,86 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 33.113,21 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 16,99 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 8,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 25,20 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 30,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 30,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 30,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 367,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 365,99 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 14,64 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 292,79 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 146,39 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 43,88 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 8,78 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,88 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 9,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 19,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 39,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 44,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 50,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 55,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 66,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 72,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 77,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 83,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 88,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 94,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 99,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 105,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 110,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 116,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 121,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 127,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 132,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 138,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 143,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 149,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 154,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 160,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 165,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 171,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 176,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL III RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Medio; Jefe Administrativo de 1.ª; Jefe de Sección de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.241,29 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 608,40 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.977,81 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.199,74 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.199,74 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.199,74 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 28.355,13 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 14,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 7,06 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 21,47 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 25,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 25,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 25,53 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 312,76 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 310,32 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,41 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 248,26 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 124,13 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 43,88 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 8,78 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,88 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 25,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 33,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 38,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 42,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 47,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 51,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 56,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 65,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 70,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 75,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 79,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 84,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 89,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 94,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 98,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 103,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 108,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 112,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 117,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 122,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 126,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 131,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 136,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 140,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 145,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 150,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IV RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe de Personal; Ayudante de Obra; Encargado General de Fábrica; Encargado General

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.209,41 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 604,43 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.941,96 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.157,05 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.157,05 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.157,05 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 27.832,71 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 14,03 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 7,01 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 21,04 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 25,04 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 25,04 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 25,04 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 306,56 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 302,35 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,09 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 241,88 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 120,94 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 36,58 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,32 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,48 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 16,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 32,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 37,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 41,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 46,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 50,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 55,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 59,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 64,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 68,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 73,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 77,95 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 82,49 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 87,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 91,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 96,13 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 100,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 105,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 109,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 114,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 118,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 123,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 127,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 132,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 137,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 141,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 146,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL V RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 2.ª; Delineante Superior; Encargado General de Obra; Jefe de Sección de Organización de 2.ª; Jefe de Compras

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.156,16 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 534,06 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.818,34 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.007,60 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 2.007,60 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.007,60 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 26.024,54 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 13,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 6,20 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 19,62 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 23,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 23,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 23,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 285,72 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 289,04 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 11,56 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 231,23 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 115,62 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 36,58 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,32 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,48 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 15,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 23,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 30,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 35,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 39,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 43,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 48,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 52,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 56,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 60,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 65,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 69,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 73,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 78,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 82,46 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 86,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 91,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 95,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 99,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 103,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 108,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 112,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 116,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 121,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 125,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 129,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 134,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 138,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 1.ª; Delineante de 1.ª; Práctico de Topografía de 1.ª; Técnico de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.046,02 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 481,73 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.655,87 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.817,33 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.817,33 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.817,33 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 23.666,56 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 12,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 5,59 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 17,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 21,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 21,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 21,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 258,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 261,50 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,46 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 209,20 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 104,60 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 36,21 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,24 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,05 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 14,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 21,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 28,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 32,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 36,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 40,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 51,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 55,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 59,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 63,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 67,64 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 71,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 75,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 79,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 83,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 87,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 91,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 95,27 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 99,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 103,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 107,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 111,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 115,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 118,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 122,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 126,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Técnico de Organización de 2.ª; Delineante de 2.ª; Práctico de Topografía de 2.ª; Analista de 1.ª; Viajante

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.030,64 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 472,64 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.631,40 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.771,17 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.771,17 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.771,17 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 23.258,91 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 5,49 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 17,45 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 20,56 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 20,56 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 20,56 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 253,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 257,66 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,31 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 206,13 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 103,06 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 36,21 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,24 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 39,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 47,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 58,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 62,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 66,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 70,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 74,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 78,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 81,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 85,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 89,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 93,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 97,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 101,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 105,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 109,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 112,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 116,78 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 120,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 124,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 2.ª; Corredor de Plaza; Analista de 2.ª; Inspector de Control, Señalización y Servicios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.025,39 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 434,02 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.587,53 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.683,34 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.683,34 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.683,34 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 22.512,85 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,90 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 5,04 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 16,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 19,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 19,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 19,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 244,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 256,35 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,25 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 205,08 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 102,54 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,51 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 38,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 42,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 57,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 61,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 65,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 69,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 73,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 77,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 80,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 84,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 88,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 92,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 96,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 100,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 103,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 107,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 111,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 114,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 119,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 123,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Ayudante Topográfico; Auxiliar de Organización; Conserje; Vendedor

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.000,62 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 373,07 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.501,81 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.625,63 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.625,63 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.625,63 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.396,80 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 4,33 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 15,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 18,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 18,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 18,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 231,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 250,16 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,01 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 200,12 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 100,06 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 34,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 45,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 49,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 56,56 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 60,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 64,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 67,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 71,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 75,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 78,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 82,71 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 86,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 90,18 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 93,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 97,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 101,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 105,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 108,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 112,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 116,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 120,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar de Laboratorio; Vigilante; Almacenero; Enfermero; Guarda-Jurado; Cobrador

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 974,56 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 333,50 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.436,18 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.547,21 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.547,21 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.547,21 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 20.439,61 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,31 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 15,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 17,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 17,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 17,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 220,83 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 243,64 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,75 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 194,91 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 97,46 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 44,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 48,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 55,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 59,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 63,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 66,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 70,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 74,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 77,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 81,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 85,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 89,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 92,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 96,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 100,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 103,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 107,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 111,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 114,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 118,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 956,99 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 333,50 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.418,61 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.521,27 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.521,27 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.521,27 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 20.168,52 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,11 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 14,98 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 17,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 17,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 17,66 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 217,76 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 239,25 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,57 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 191,40 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 95,70 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 62,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 80,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 91,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 100,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 109,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Peón Ordinario; Limpiador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 954,26 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 333,50 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 128,12 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.415,88 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.519,59 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO A 1.519,59 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.519,59 € % Anexo VII, columna «P. E. Junio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 20.133,45 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,07 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 14,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 17,64 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 17,64 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 17,64 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 217,26 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 238,56 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,54 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 190,85 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 95,43 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 32,73 € % Anexo VIII (dietas 2024), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,55 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,42 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,63 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 61,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,15 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 79,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,60 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 90,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 101,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 108,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
Tablas salariales 2023 (revisión del 3,00 % sobre las tablas de 2022) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 13 % AL 22 %) M 17,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 23 % AL 32 %) M 24,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 33 % O SUPERIOR) M 34,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
INDEMNIZACION POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMUN O ACCIDENTE NO LABORAL A Art. 50.1.a: una mensualidad de todos los conceptos de las tablas salariales del convenio. El importe depende de los conceptos que perciba cada persona y el convenio no publica su cómputo, así que no se cifra (no se inventa).
INDEMNIZACION POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 50.1.b. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa. La fecha del hecho causante es la del accidente o la de la causa determinante de la enfermedad profesional.
INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 50.1.c. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa.
INDEMNIZACION POR EXTINCION DEL CONTRATO INDEFINIDO ADSCRITO A OBRA A 7% Art. 15.5: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato. Depende de la trayectoria de cada persona: el convenio no publica importe.
INDEMNIZACION POR CESE EN CONTRATO DE DURACION DETERMINADA POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION A 7% Art. 18.1.a: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato, respetando en todo caso el art. 49.1.c) ET.
CUANTIA POR FIN DE LLAMAMIENTO (CONTRATO FIJO-DISCONTINUO) A 5.5% Art. 16.5: 5,5 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante el último período de actividad, cuando el fin del llamamiento coincide con la terminación de la actividad y no hay nuevo llamamiento.
CUANTIA POR EXTINCION DEL CONTRATO FIJO-DISCONTINUO EN PERIODO DE INACTIVIDAD A 1.5% Art. 16.5: 1,5 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados en el último período de actividad, tanto por dimisión dentro de los 25 meses siguientes al inicio de la inactividad como por acuerdo a partir del mes 25.
NIVEL VI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller; Encargado de Sección de Laboratorio; Escultor de Piedra o Mármol

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 33,58 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 22,78 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,05 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,80 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.775,51 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.775,51 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.775,51 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,32 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 16,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,39 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,34 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,72 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,36 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,24 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,05 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,69 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,93 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,31 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,57 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,61 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 3,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,13 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,26 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,39 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Capataz; Auxiliar Técnico de Obra; Especialista de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 32,93 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 22,41 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,05 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,90 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.732,93 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.732,93 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.732,93 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,31 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 16,33 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,33 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,23 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,33 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,59 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,29 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,24 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,05 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,03 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,30 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,55 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,94 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,07 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 32,80 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 20,55 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,05 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,42 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.645,72 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.645,72 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.645,72 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,31 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 15,51 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 15,51 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,20 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,33 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,56 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,28 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,02 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,15 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,27 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo de obra; Oficial 2.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,95 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 17,72 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,05 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,82 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.585,77 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.585,77 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.585,77 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,17 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 14,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,99 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,32 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,39 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,19 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,88 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,12 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,24 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,49 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,72 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,84 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Ayudante de Oficio; Especialista de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,12 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 15,83 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,05 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,29 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.510,71 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.510,71 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.510,71 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,29 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 14,24 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,24 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,78 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,31 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,22 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,11 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 30,64 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 15,83 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,05 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,18 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.484,26 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.484,26 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.484,26 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,29 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 13,99 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,99 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,66 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,31 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,13 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,06 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,76 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 30,46 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 15,83 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 6,05 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,12 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.480,55 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.480,55 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.480,55 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,29 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,62 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,30 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,09 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,05 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL II RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.424,76 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 688,34 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.237,79 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.537,09 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.537,09 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.537,09 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 32.226,96 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 13,43 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 6,49 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 19,92 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 23,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 23,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 23,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 290,85 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 356,19 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 14,25 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 284,95 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 142,48 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 42,71 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 8,54 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,48 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 9,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 19,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 39,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 44,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 50,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 55,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 66,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 72,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 77,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 83,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 88,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 94,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 99,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 105,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 110,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 116,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 121,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 127,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 132,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 138,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 143,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 149,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 154,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 160,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 165,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 171,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 176,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL III RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Medio; Jefe Administrativo de 1.ª; Jefe de Sección de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.208,07 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 592,12 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.924,88 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.140,87 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.140,87 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.140,87 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 27.596,29 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 5,58 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 16,97 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 20,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 20,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 20,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 247,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 302,02 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 12,08 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 241,61 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 120,81 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 42,71 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 8,54 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,48 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 25,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 33,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 38,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 42,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 47,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 51,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 56,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 65,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 70,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 75,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 79,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 84,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 89,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 94,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 98,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 103,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 108,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 112,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 117,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 122,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 126,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 131,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 136,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 140,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 145,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 150,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IV RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe de Personal; Ayudante de Obra; Encargado General de Fábrica; Encargado General

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.177,04 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 588,25 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.889,98 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.099,32 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.099,32 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.099,32 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 27.087,74 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 5,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 16,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 19,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 19,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 19,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 242,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 294,26 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 11,77 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 235,41 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 117,70 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,60 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,12 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 16,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 32,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 37,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 41,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 46,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 50,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 55,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 59,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 64,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 68,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 73,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 77,95 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 82,49 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 87,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 91,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 96,13 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 100,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 105,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 109,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 114,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 118,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 123,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 127,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 132,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 137,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 141,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 146,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL V RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 2.ª; Delineante Superior; Encargado General de Obra; Jefe de Sección de Organización de 2.ª; Jefe de Compras

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.125,22 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 519,77 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.769,68 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.953,87 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.953,87 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.953,87 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 25.328,09 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 10,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 4,90 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 15,51 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 18,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 18,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 18,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 225,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 281,31 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 11,25 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 225,04 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 112,52 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,60 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,12 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 15,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 23,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 30,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 35,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 39,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 43,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 48,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 52,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 56,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 60,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 65,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 69,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 73,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 78,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 82,46 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 86,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 91,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 95,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 99,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 103,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 108,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 112,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 116,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 121,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 125,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 129,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 134,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 138,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 1.ª; Delineante de 1.ª; Práctico de Topografía de 1.ª; Técnico de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.018,02 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 468,84 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.611,55 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.768,69 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.768,69 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.768,69 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 23.033,12 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,60 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 4,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 14,02 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,67 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 16,67 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 16,67 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 204,23 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 254,50 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,18 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 203,60 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 101,80 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,24 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,05 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,05 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 14,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 21,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 28,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 32,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 36,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 40,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 51,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 55,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 59,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 63,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 67,64 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 71,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 75,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 79,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 83,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 87,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 91,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 95,27 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 99,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 103,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 107,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 111,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 115,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 118,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 122,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 126,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Técnico de Organización de 2.ª; Delineante de 2.ª; Práctico de Topografía de 2.ª; Analista de 1.ª; Viajante

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.003,06 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 459,99 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.587,74 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.723,77 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.723,77 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.723,77 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 22.636,45 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,45 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 4,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 13,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 16,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 16,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 200,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 250,76 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,03 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 200,61 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 100,31 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 35,24 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 7,05 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 39,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 47,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 58,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 62,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 66,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 70,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 74,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 78,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 81,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 85,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 89,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 93,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 97,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 101,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 105,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 109,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 112,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 116,78 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 120,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 124,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 2.ª; Corredor de Plaza; Analista de 2.ª; Inspector de Control, Señalización y Servicios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 997,95 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 422,40 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.545,04 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.638,29 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.638,29 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.638,29 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.910,31 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,98 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 13,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 15,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 15,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 15,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 193,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 249,49 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,98 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 199,59 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 99,80 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,51 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 38,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 42,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 57,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 61,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 65,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 69,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 73,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 77,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 80,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 84,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 88,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 92,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 96,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 100,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 103,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 107,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 111,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 114,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 119,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 123,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Ayudante Topográfico; Auxiliar de Organización; Conserje; Vendedor

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 973,84 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 363,09 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.461,62 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.582,12 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.582,12 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.582,12 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 20.824,18 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 12,60 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 14,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 14,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 183,33 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 243,46 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,74 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 194,77 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 97,38 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 34,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 45,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 49,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 56,56 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 60,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 64,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 67,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 71,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 75,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 78,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 82,71 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 86,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 90,18 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 93,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 97,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 101,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 105,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 108,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 112,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 116,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 120,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar de Laboratorio; Vigilante; Almacenero; Enfermero; Guarda-Jurado; Cobrador

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 948,48 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 324,57 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.397,74 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.505,80 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.505,80 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.505,80 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 19.892,54 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 8,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,06 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 12,00 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 14,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 14,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 174,57 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 237,12 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,48 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 189,70 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 94,85 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 44,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 48,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 55,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 59,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 63,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 66,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 70,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 74,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 77,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 81,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 85,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 89,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 92,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 96,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 100,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 103,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 107,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 111,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 114,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 118,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 931,38 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 324,57 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.380,64 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.480,55 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.480,55 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.480,55 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 19.628,69 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 8,78 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,06 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 11,84 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 172,12 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 232,84 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,31 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 186,28 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 93,14 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 62,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 80,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 91,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 100,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 109,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Peón Ordinario; Limpiador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 928,72 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 324,57 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 124,69 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.377,98 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.478,92 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.478,92 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.478,92 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 19.594,54 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 8,75 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,06 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 11,81 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 13,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 13,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 171,73 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 232,18 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,29 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 185,74 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 92,87 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 31,85 € % Anexo VIII (dietas 2023), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,37 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 12,09 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,63 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 61,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,15 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 79,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,60 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 90,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 101,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 108,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
Tablas salariales 2022 (revisión del 3,00 % sobre las tablas de 2021) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 13 % AL 22 %) M 17,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 23 % AL 32 %) M 24,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD (GRADO DEL 33 % O SUPERIOR) M 34,00 € Art. 44: complemento personal por el grado de discapacidad reconocido por el organismo oficial. El grado es único y no acumulable. El convenio publica el importe sin actualizarlo por año.
INDEMNIZACION POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMUN O ACCIDENTE NO LABORAL A Art. 50.1.a: una mensualidad de todos los conceptos de las tablas salariales del convenio. El importe depende de los conceptos que perciba cada persona y el convenio no publica su cómputo, así que no se cifra (no se inventa).
INDEMNIZACION POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 50.1.b. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa. La fecha del hecho causante es la del accidente o la de la causa determinante de la enfermedad profesional.
INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 50.1.c. Se considera a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa.
INDEMNIZACION POR EXTINCION DEL CONTRATO INDEFINIDO ADSCRITO A OBRA A 7% Art. 15.5: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato. Depende de la trayectoria de cada persona: el convenio no publica importe.
INDEMNIZACION POR CESE EN CONTRATO DE DURACION DETERMINADA POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION A 7% Art. 18.1.a: 7 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato, respetando en todo caso el art. 49.1.c) ET.
CUANTIA POR FIN DE LLAMAMIENTO (CONTRATO FIJO-DISCONTINUO) A 5.5% Art. 16.5: 5,5 % calculado sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante el último período de actividad, cuando el fin del llamamiento coincide con la terminación de la actividad y no hay nuevo llamamiento.
CUANTIA POR EXTINCION DEL CONTRATO FIJO-DISCONTINUO EN PERIODO DE INACTIVIDAD A 1.5% Art. 16.5: 1,5 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados en el último período de actividad, tanto por dimisión dentro de los 25 meses siguientes al inicio de la inactividad como por acuerdo a partir del mes 25.
NIVEL VI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller; Encargado de Sección de Laboratorio; Escultor de Piedra o Mármol

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 32,60 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 22,12 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 5,87 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,43 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.723,80 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.723,80 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.723,80 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,32 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 16,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,74 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 8,15 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,33 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,52 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,26 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,21 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,84 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,69 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,93 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,31 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,57 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,61 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 3,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,13 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,26 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,39 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Capataz; Auxiliar Técnico de Obra; Especialista de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,97 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 21,76 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 5,87 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,52 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.682,46 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.682,46 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.682,46 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,31 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 16,33 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,33 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,99 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,32 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,39 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,20 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,21 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,84 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,03 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,05 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,18 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,30 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,55 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,94 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,07 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Oficial 1.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,84 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 19,95 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 5,87 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 12,06 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.597,79 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.597,79 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.597,79 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,31 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 15,51 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 15,51 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,96 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,32 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,37 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,18 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,02 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,15 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,27 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,17 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,54 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 4,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo de obra; Oficial 2.ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 31,02 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 17,20 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 5,87 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 11,48 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.539,58 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.539,58 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.539,58 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,17 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 14,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,95 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,75 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,31 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,20 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,10 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,88 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 1,00 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,12 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,24 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,49 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,72 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,84 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,96 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Ayudante de Oficio; Especialista de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 30,21 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 15,37 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 5,87 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 10,96 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.466,71 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.466,71 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.466,71 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,29 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 14,24 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,24 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,55 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,30 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 6,04 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 3,02 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,65 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,68 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,80 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,92 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 3,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,29 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,41 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,53 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,66 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,78 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,90 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 29,75 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 15,37 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 5,87 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 10,85 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.441,03 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.441,03 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.441,03 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,29 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 13,99 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,99 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,44 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,30 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 5,95 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 2,98 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,09 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,33 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,45 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,95 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 2,04 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,16 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,28 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,40 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,52 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,76 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,87 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,99 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,11 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,23 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,35 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,47 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,59 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,71 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,83 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION DIARIA 47 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 29,57 € % Anexo VI (tabla de retribuciones diarias), fila «Salario Base». Art. 34: se devengan además las partes proporcionales correspondientes a sábados, domingos y festivos según cómo esté distribuida la jornada.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD E 15,37 € % Anexo VI, fila «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable, no computa como base de otras percepciones salariales.
PLUS EXTRASALARIAL E 5,87 € % Anexo VI, fila «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, por día efectivo de trabajo, de igual cuantía para todos los grupos y categorías, cualquiera que sea la distancia a recorrer.
HORAS EXTRAS H 10,80 € % Anexo VI, fila «Horas Extras». Art. 37: importe por hora extraordinaria. El máximo es de 80 horas al año salvo fuerza mayor; la empresa puede compensarlas por descanso equivalente.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.437,43 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.437,43 € % Anexo VI, fila «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. Se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días si la persona lo tiene. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
VACACIONES 30 DIAS A 1.437,43 € % Anexo VI, fila «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) D 0,29 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) D 0,15 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE 30 DIAS) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias: el boletín publica el mismo importe para la paga extraordinaria de junio, la de Navidad y las vacaciones, las tres de 30 días.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones diarias, fila «Vacaciones (30 días)».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO D 7,39 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) D 0,30 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS D 5,91 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) D 2,96 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) D 0,21 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) D 0,43 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) D 0,64 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) D 0,85 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) D 0,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) D 1,08 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) D 1,20 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) D 1,32 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) D 1,44 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) D 1,56 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) D 1,67 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) D 1,79 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) D 1,91 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) D 1,97 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) D 2,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) D 2,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) D 2,36 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) D 2,48 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) D 2,62 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) D 2,74 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) D 2,86 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) D 2,98 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) D 3,10 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) D 3,22 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) D 3,34 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) D 3,46 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) D 3,58 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) D 3,70 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) D 3,81 € % Anexo IV (tabla de antigüedad consolidada diaria) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL II RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.383,26 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 668,29 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 2.172,61 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.463,19 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.463,19 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.463,19 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 31.288,28 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 13,43 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 6,49 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 19,92 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 23,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 23,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 23,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 290,85 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 345,81 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 13,83 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 276,65 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 138,33 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 41,47 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 8,29 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,06 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 9,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 19,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 39,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 44,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 50,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 55,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 66,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 72,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 77,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 83,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 88,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 94,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 99,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 105,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 110,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 116,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 121,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 127,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 132,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 138,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 143,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 149,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 154,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 160,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 165,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 171,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 176,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL III RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Personal Titulado Medio; Jefe Administrativo de 1.ª; Jefe de Sección de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.172,88 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 574,87 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.868,81 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.078,51 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.078,51 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.078,51 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 26.792,44 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 5,58 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 16,97 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 20,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 20,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 20,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 247,21 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 293,22 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 11,73 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 234,58 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 117,29 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 41,47 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «I, II y III». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 8,29 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 14,06 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 25,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 33,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 38,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 42,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 47,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 51,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 56,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 61,33 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 65,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 70,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 75,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 79,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 84,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 89,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 94,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 98,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 103,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 108,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 112,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 117,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 122,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 126,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 131,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 136,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 140,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 145,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 150,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IV RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe de Personal; Ayudante de Obra; Encargado General de Fábrica; Encargado General

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.142,76 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 571,12 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.834,94 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 2.038,17 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 2.038,17 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 2.038,17 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 26.298,85 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 11,09 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 5,54 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 16,63 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 19,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 19,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 19,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 242,30 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 285,69 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 11,43 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 228,55 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 114,28 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,56 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,91 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,68 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 8,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 16,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 24,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 32,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 37,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 41,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 46,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 50,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 55,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 59,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 64,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 68,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 73,40 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 77,95 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 82,49 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 87,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 91,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 96,13 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 100,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 105,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 109,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 114,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 118,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 123,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 127,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 132,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 137,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 141,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 146,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL V RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Jefe Administrativo de 2.ª; Delineante Superior; Encargado General de Obra; Jefe de Sección de Organización de 2.ª; Jefe de Compras

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.092,45 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 504,63 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.718,14 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.896,96 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.896,96 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.896,96 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 24.590,42 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 10,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 4,90 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 15,51 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 18,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 18,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 18,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 225,87 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 273,11 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 10,92 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 218,49 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 109,25 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,56 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «IV y V». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,91 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 13,68 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 15,39 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 23,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 30,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 35,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 39,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 43,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 48,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 52,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 56,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 60,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 65,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 69,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 73,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 78,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 82,46 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 86,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 91,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 95,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 99,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 103,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 108,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 112,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 116,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 121,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 125,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 129,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 134,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 138,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 1.ª; Delineante de 1.ª; Práctico de Topografía de 1.ª; Técnico de Organización de 1.ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 988,37 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 455,18 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.564,61 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.717,17 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.717,17 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.717,17 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 22.362,22 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,60 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 4,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 14,02 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,67 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 16,67 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 16,67 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 204,23 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 247,09 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,88 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 197,67 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 98,84 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,21 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,84 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 7,05 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 14,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 21,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 28,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 32,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 36,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 40,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 51,87 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 55,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 59,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 63,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 67,64 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 71,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 75,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 79,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 83,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 87,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 91,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 95,27 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 99,22 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 103,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 107,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 111,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 115,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 118,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 122,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 126,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Técnico de Organización de 2.ª; Delineante de 2.ª; Práctico de Topografía de 2.ª; Analista de 1.ª; Viajante

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 973,84 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 446,59 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.541,49 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.673,56 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.673,56 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.673,56 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.977,07 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,45 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 4,34 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 13,79 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 16,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 16,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 16,25 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 200,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 243,46 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,74 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 194,77 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 97,38 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 34,21 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «VI y VII». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,84 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 39,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 43,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 47,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 58,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 62,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 66,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 70,29 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 74,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 78,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 81,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 85,79 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 89,66 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 93,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 97,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 101,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 105,16 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 109,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 112,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 116,78 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 120,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 124,52 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL VIII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Oficial Administrativo de 2.ª; Corredor de Plaza; Analista de 2.ª; Inspector de Control, Señalización y Servicios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 968,88 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 410,10 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.500,04 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.590,57 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.590,57 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.590,57 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 21.272,15 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,41 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,98 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 13,39 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 15,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 15,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 15,44 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 193,61 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 242,22 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,69 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 193,78 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 96,89 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,51 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 27,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 31,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 35,00 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 38,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 42,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 46,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 50,31 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 54,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 57,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 61,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 65,62 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 69,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 73,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 77,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 80,93 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 84,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 88,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 92,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 96,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 100,07 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 103,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 107,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 111,55 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 114,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 119,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 123,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL IX RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo; Ayudante Topográfico; Auxiliar de Organización; Conserje; Vendedor

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 945,48 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 352,51 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.419,05 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.536,04 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.536,04 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.536,04 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 20.217,67 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 9,18 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,42 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 12,60 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 14,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 14,91 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 183,33 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 236,37 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,45 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 189,10 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 94,55 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 20,01 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 34,14 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 45,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 49,09 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,83 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 56,56 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 60,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 64,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 67,77 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 71,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 75,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 78,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 82,71 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 86,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 90,18 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 93,91 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 97,65 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 101,38 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 105,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 108,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 112,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 116,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 120,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL X RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Auxiliar de Laboratorio; Vigilante; Almacenero; Enfermero; Guarda-Jurado; Cobrador

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 920,85 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 315,12 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.357,03 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.461,94 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.461,94 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.461,94 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 19.313,15 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 8,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,06 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 12,00 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 14,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 14,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 14,19 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 174,57 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 230,21 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,21 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 184,17 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 92,08 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 13,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 26,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 30,04 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 37,42 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 41,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 44,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 48,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 52,17 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 55,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 59,54 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 63,23 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 66,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 70,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 74,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 77,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 81,68 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 85,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 89,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 92,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 96,43 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 100,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 103,81 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 107,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 111,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 114,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 118,58 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XI RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Especialista de 2.ª; Peón Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 904,25 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 315,12 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.340,43 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.437,43 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.437,43 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.437,43 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 19.057,02 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 8,78 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,06 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 11,84 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 13,96 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 172,12 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 226,06 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,04 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 180,85 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 90,42 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,94 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,88 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,12 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,75 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,36 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,99 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,61 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,85 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,48 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 62,10 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,73 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,34 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,97 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,59 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 80,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,84 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 91,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,70 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 100,32 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,57 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 109,19 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
NIVEL XII RETRIBUCION MENSUAL 51 conceptos

Puestos: Peón Ordinario; Limpiador/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 901,67 € % Anexo VII (tabla de retribuciones mensuales), columna «Salario Base». Art. 34: es el que figura para cada nivel en las tablas salariales anexas.
PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD M 315,12 € % Anexo VII, columna «Plus Asist. y Activ.». Art. 36: se devenga proporcionalmente por cada día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto. Art. 33: no consolidable.
PLUS EXTRASALARIAL M 121,06 € % Anexo VII, columna «Plus Extrasalarial». Art. 45: plus extrasalarial de distancia y transporte, de igual cuantía para todos los grupos y categorías.
TOTAL MES M 1.337,85 € % Anexo VII, columna «Total Mes»: suma publicada del salario base, el plus de asistencia y actividad y el plus extrasalarial.
VACACIONES 30 DIAS A 1.435,84 € % Anexo VII, columna «Vacaciones 30 días». Arts. 28.6 y 41: la retribución de las vacaciones es la cantidad fija de la tabla; se añade la parte de antigüedad consolidada que corresponda.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.435,84 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad»: el boletín publica un único importe, que es el de cada una de las dos gratificaciones. Art. 38: se devenga por semestres naturales y día a día; se abona no más tarde del 30 de junio.
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.435,84 € % Anexo VII, columna «Julio y Navidad». Art. 38: se abona no más tarde del 20 de diciembre. No se devenga mientras dure una causa de suspensión del contrato.
TOTAL AÑO A 19.023,87 € % Anexo VII, columna «Total Año»: el boletín la calcula como once mensualidades del «Total Mes» más las vacaciones y las dos gratificaciones extraordinarias.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE SALARIO BASE) M 8,75 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Salario Base». Art. 31: aportación de la empresa al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del sector; figura en el recibo de salarios como percepción en especie diferenciada.
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PLUS DE ASISTENCIA Y ACTIVIDAD) M 3,06 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Plus Asist. y Activ.».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL MES) M 11,81 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Mes».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE VACACIONES DE 30 DIAS) A 13,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Vacaciones 30 días».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE JUNIO) A 13,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Junio».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (SOBRE PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD) A 13,94 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Paga Extra Navidad».
CONTRIBUCION AL PLAN DE PENSIONES (TOTAL AÑO) A 171,73 € % Anexo IX, tabla de contribuciones para retribuciones mensuales, columna «Total Año».
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO M 225,42 € SAL_BASE*0.25 25% Art. 43.1: quien trabaja entre las 22:00 y las 06:00 percibe un plus del 25 % del salario base de su categoría. Importe calculado sobre el salario base de la tabla de este año. Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4, sobre toda la jornada.
PLUS DE TRABAJO NOCTURNO (UNA HORA CON DOS TURNOS) M 9,02 € SAL_BASE*0.01 1% Art. 43.3: cuando existen dos turnos y en alguno de ellos se trabaja solo una hora del período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base de la categoría.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS M 180,33 € SAL_BASE*0.20 20% Art. 42.1: incremento del 20 % sobre el salario base. Carácter transitorio y coyuntural; no consolidable. No es exigible si la empresa ya abona una cantidad igual o superior por esos mismos conceptos.
TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS Y PELIGROSOS (MEDIA JORNADA O MENOS) M 90,17 € SAL_BASE*0.10 10% Art. 42.1: si las funciones se realizan durante la mitad de la jornada o menos, el plus es del 10 % del salario base.
DIETA COMPLETA D 30,92 € % Anexo VIII (dietas 2022), fila «Restantes Niveles». Art. 48.2: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural.
DIETA COMPLETA CON MANUTENCION Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 6,18 € DIETA_COMPLETA*0.20 20% Art. 48.3: cuando la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento solo satisface el 20 % de la dieta completa. Importe calculado sobre la dieta completa del Anexo VIII de este año.
MEDIA DIETA E 11,74 € % Anexo VIII (dietas). Art. 48.4: se devenga por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (1 AÑO) M 6,45 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (2 AÑOS) M 12,90 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (3 AÑOS) M 19,35 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (4 AÑOS) M 25,80 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (5 AÑOS) M 29,41 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (6 AÑOS) M 33,03 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (7 AÑOS) M 36,63 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (8 AÑOS) M 40,24 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (9 AÑOS) M 43,86 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (10 AÑOS) M 47,47 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (11 AÑOS) M 51,08 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (12 AÑOS) M 54,69 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (13 AÑOS) M 58,30 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (14 AÑOS) M 61,92 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (15 AÑOS) M 65,53 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (16 AÑOS) M 69,15 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (17 AÑOS) M 72,76 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (18 AÑOS) M 76,37 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (19 AÑOS) M 79,98 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (20 AÑOS) M 83,60 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (21 AÑOS) M 87,21 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (22 AÑOS) M 90,82 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (23 AÑOS) M 94,44 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (24 AÑOS) M 98,06 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (25 AÑOS) M 101,67 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (26 AÑOS) M 105,28 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (27 AÑOS) M 108,89 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (28 AÑOS) M 112,50 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.
ANTIGUEDAD CONSOLIDADA (29 AÑOS) M 116,11 € % Anexo V (tabla de antigüedad consolidada mensual) del convenio 2022-2026. Art. 35: importe «ad personam» congelado a 21/11/1996, invariable; solo lo cobra quien ya lo venía percibiendo. Quien se incorpora hoy no lo genera.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de construcción y obras públicas (Guadalajara)?

En 2026, el salario base va desde 33,51 € hasta 1.566,88 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia del convenio

El convenio rige del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026 y se publicó en el BOP de Guadalajara el 15 de mayo de 2026.

  • Entrada en vigor: 1 de enero de 2022, con plenos efectos desde esa fecha (art. 2.1).
  • Fin de la vigencia pactada: 31 de diciembre de 2026 (art. 2.1).
  • Terminada la vigencia inicial o cualquiera de sus prórrogas, el convenio continúa rigiendo hasta que sea sustituido por otro, tanto en su contenido normativo como en el obligacional (art. 2.2).
  • La denuncia debe presentarse por escrito con un mínimo de 3 meses de antelación al vencimiento y acompañando propuesta concreta de revisión (art. 3.1 y 3.2).
  • La negociación del nuevo convenio debe comenzar en el plazo máximo de 1 mes desde la denuncia y tiene un plazo máximo de 8 meses desde que expire la vigencia anterior (art. 3.3 y 3.4).
  • Si tras ese plazo no hay acuerdo, las partes se someten al sistema extrajudicial de solución de conflictos de Castilla-La Mancha (ASAC Castilla-La Mancha) (art. 3.5).
  • El convenio provincial tiene prioridad aplicativa sobre los convenios de empresa en salario base, complementos salariales, horas extraordinarias, trabajo a turnos, horario y distribución del tiempo de trabajo, clasificación profesional, modalidades de contratación y conciliación (art. 8).
  • En lo no previsto se aplica el VII Convenio General del Sector de la Construcción (art. 7).

Subidas salariales pactadas

El art. 30 fija una subida para cada año de vigencia y dos cláusulas de garantía ligadas al IPC.

  • 2022: 3,00 % sobre las tablas de 2021, con efectos desde el 1 de enero de 2022.
  • 2023: 3,00 % sobre las tablas de 2022, con efectos desde el 1 de enero de 2023.
  • 2024: 2,75 % sobre las tablas de 2023, con efectos desde el 1 de enero de 2024.
  • 2025: 3,50 % sobre las tablas de 2024 ya revisadas por la cláusula de garantía, con efectos desde el 1 de enero de 2025.
  • 2026: 3,00 % sobre las tablas de 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026.
  • Las dietas y medias dietas se actualizan con los mismos porcentajes que las tablas (art. 30.2).
  • Cláusula de garantía 2022-2024: si la suma de los IPC de diciembre de 2022, 2023 y 2024 superaba el 10,00 % (con un máximo del 13,00 %), la mitad del exceso subía las tablas de 2024 y la otra mitad iba al Plan de Pensiones, con efectos de 1 de enero de 2025 y sin retroactividad (art. 30.3).
  • Esa cláusula se activó: el acta de 11 de diciembre de 2025 constata que la suma de los tres IPC fue del 11,6 % y revisa las tablas de 2024 en un 0,40 %, que sirve de base para 2025.
  • Cláusula de garantía 2025-2026: si la suma de los IPC de diciembre de 2025 y 2026 supera el 7,25 % (con un máximo del 9,25 %), la mitad del exceso subirá las tablas de 2026 y la otra mitad irá al Plan de Pensiones, con efectos de 1 de enero de 2027 y sin retroactividad (art. 30.5).

Jornada de trabajo

La jornada ordinaria es de 1.736 horas anuales de trabajo efectivo, repartidas en 40 horas semanales de lunes a viernes salvo pacto en contrario.

  • Jornada ordinaria anual: 1.736 horas de trabajo efectivo (art. 21.1).
  • Jornada semanal: 40 horas de trabajo efectivo, de lunes a viernes salvo pacto en contrario (art. 21.2).
  • El calendario pactado en cada empresa antes del 30 de enero no puede fijar más de 9 horas diarias (art. 21.3).
  • Los 15 minutos de «tiempo de bocadillo», entre las 9:30 y las 10:30, NO computan como trabajo efectivo y quedan fuera de las 40 horas semanales (art. 21.4 y 21.5).
  • Se puede pactar un horario específico para la estación invernal y una distribución variable de la jornada, sin superar nunca 9 horas ordinarias diarias (art. 21.6).
  • Si por causa ajena a empresa y personal se deja de trabajar alguna hora, se recupera de mutuo acuerdo (art. 21.7).
  • El 70 % de las horas no trabajadas por fuerza mayor, inclemencias del tiempo o falta de suministros se recupera a razón de 1 hora diaria en los días laborables siguientes (art. 24).
  • La empresa garantiza el registro diario de jornada con el horario concreto de inicio y fin (art. 21.9).
  • Calendario laboral orientativo de 2026 (BOP n.º 5 de 09/01/2026): jornada de 8,5 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes, para cumplir las 1.736 horas anuales.
  • Ese calendario declara no laborables, sin perder su carácter laboral para futuros convenios, los días 2 y 5 de enero, 5 de junio y 24 y 31 de diciembre de 2026.
  • Las empresas pueden sustituir tanto la jornada como los días no laborables del calendario por otros distintos, por acuerdo con la plantilla o su representación.

Jornadas especiales y prolongación de jornada

Cuatro actividades quedan fuera del régimen general de jornada.

  • Porteros, guardas y vigilantes: 72 horas semanales; lo que exceda de la jornada ordinaria se remunera a prorrata del salario base (art. 26.a).
  • Trabajos subterráneos con penosidad especial por temperatura, humedad o postura: máximo 35 horas semanales y 6 horas diarias (art. 26.b).
  • Trabajos en «cajones de aire comprimido»: la duración que fije su normativa específica (art. 26.c).
  • Las empresas que abonen compensaciones por trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos pueden pactar su sustitución por reducciones de jornada (art. 26.d).
  • La jornada del personal de mantenimiento y reparación, y de quien pone en marcha o cierra el trabajo de los demás, puede ampliarse lo preciso: el exceso no es hora extraordinaria, pero se abona como mínimo a prorrata del valor de la hora extraordinaria o se compensa con descanso (art. 22).
  • En sistemas de turnos hay obligación de permanecer hasta la llegada del relevo; ese tiempo se abona a prorrata del valor de la hora extraordinaria y no computa como jornada extraordinaria (art. 23.4).
  • Salvo adscripción voluntaria, nadie puede permanecer en el turno de noche más de 2 semanas consecutivas (art. 23.2).

Vacaciones y fiestas

Las vacaciones son de 30 días naturales, de los cuales 21 han de ser laborables.

  • 30 días naturales de vacaciones anuales retribuidas, de los que 21 tienen que ser laborables (art. 28.1).
  • Se pueden repartir en períodos de al menos 10 días laborables y el disfrute empieza en día laborable que no sea viernes (art. 28.1).
  • Se disfrutan por años naturales; el primer año solo la parte proporcional al tiempo trabajado (art. 28.2).
  • No son sustituibles por dinero, salvo la liquidación de la parte devengada y no disfrutada al cesar (art. 28.3).
  • El tiempo en incapacidad temporal cuenta como trabajado a efectos de devengar vacaciones, sea cual sea su causa (art. 28.4).
  • Si la incapacidad temporal impide disfrutarlas, se pueden disfrutar después, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año al que corresponden (art. 28.4).
  • La retribución de las vacaciones es la cantidad fija de las tablas, más la antigüedad consolidada que corresponda (arts. 28.6 y 41).
  • Fiestas: 12 nacionales y 2 locales, abonables y no recuperables, con el salario base más el complemento personal de antigüedad (art. 27).
  • Los días no laborables por adaptación de la jornada anual se abonan con salario base, plus de asistencia y actividad y antigüedad (art. 27).

Pagas extraordinarias

Hay dos gratificaciones extraordinarias al año, con el importe que fijan las tablas para cada nivel.

  • Paga extraordinaria de junio: se abona no más tarde del 30 de junio (art. 38.2).
  • Paga extraordinaria de Navidad: se abona no más tarde del 20 de diciembre (art. 38.2).
  • Ambas se devengan por semestres naturales del año y día a día (art. 38.2).
  • A cada una se le suma el premio de antigüedad correspondiente a 30 días, o su parte proporcional (art. 38.2).
  • No se devengan mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del contrato del art. 45 ET (art. 38.3).
  • Está prohibido el prorrateo de las pagas extraordinarias en los nuevos contratos; el prorrateo indebido se considera salario ordinario del período (art. 39.1).
  • Quien ingresa o cesa en el semestre las devenga en proporción al tiempo de permanencia; quien trabaja a tiempo parcial, en proporción al tiempo efectivamente trabajado (art. 39.2).
  • En las tablas de 2022 y 2023 el boletín rotula esta columna como «Julio y Navidad»; desde 2024 la rotula «P. E. Junio y Navidad».

Antigüedad consolidada

No hay antigüedad que se genere hoy: lo que existe es un complemento «ad personam» congelado desde 1996.

  • Por el Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción de 18 de octubre de 1996 (BOE de 21 de noviembre de 1996), los importes del complemento personal de antigüedad quedaron consolidados a 21 de noviembre de 1996 (art. 35.a).
  • A ese importe se añadió, para quien ya venía cobrando algo por este concepto, la parte proporcional de antigüedad devengada y no cobrada a esa fecha, calculada por años completos con las tablas de los Anexos IV y V (art. 35.a).
  • Los importes resultantes se mantienen invariables y por tiempo indefinido, y se extinguen con el contrato de trabajo (art. 35.b).
  • En el recibo de salarios figura con la denominación «antigüedad consolidada» (art. 35.b).
  • Quien se incorpora hoy al sector NO genera este complemento.
  • El convenio publica las cuantías por año de antigüedad y nivel en el Anexo IV (retribuciones diarias, niveles VI a XII) y en el Anexo V (retribuciones mensuales, niveles II a XII), con 29 tramos cada uno.
  • La antigüedad consolidada se suma a las dos pagas extraordinarias (30 días) y a la retribución de las vacaciones (arts. 38.2 y 41).

Complemento por baja (incapacidad temporal)

El convenio solo mejora la prestación en los casos en que hay hospitalización.

  • Con hospitalización, sea cual sea la contingencia (enfermedad común o profesional, accidente laboral o no laboral): la empresa completa hasta el 100 % del salario base y de los pluses salariales del convenio (art. 49).
  • La mejora cubre el tiempo de hospitalización y los 60 días siguientes, siempre que continúe la situación de incapacidad temporal (art. 49).
  • Sin hospitalización el convenio no prevé complemento: se percibe la prestación de la Seguridad Social.
  • El tiempo en incapacidad temporal cuenta como trabajado a efectos de devengar vacaciones (art. 28.4).

Pluses y complementos que se cobran

Además del salario base, el convenio regula estos conceptos económicos.

  • Plus de asistencia y actividad: cuantía de las tablas, por día efectivamente trabajado en jornada normal con rendimiento normal y correcto (art. 36).
  • Plus extrasalarial de distancia y transporte: cuantía de las tablas, por día efectivo de trabajo, igual para todos los grupos y categorías cualquiera que sea la distancia (art. 45).
  • Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos: 20 % sobre el salario base; 10 % si se realizan durante la mitad de la jornada o menos (art. 42.1).
  • Ese plus no es consolidable y deja de abonarse si desaparecen las condiciones que lo motivan; tiene carácter transitorio y coyuntural (art. 42.3 y 42.5).
  • Trabajo nocturno (entre las 22:00 y las 06:00): 25 % del salario base de la categoría (art. 43.1).
  • Si el tiempo nocturno es inferior a 4 horas, el plus se abona solo sobre el tiempo trabajado; si excede de 4 horas, sobre toda la jornada (art. 43.2).
  • Con dos turnos y solo una hora en período nocturno, el plus equivale al 1 % del salario base (art. 43.3).
  • Horas extraordinarias: importe por hora de las tablas, con un máximo de 80 horas al año salvo fuerza mayor; se pueden compensar por descanso equivalente (art. 37).
  • Complemento personal por discapacidad reconocida: 17 €/mes del 13 % al 22 %, 24 €/mes del 23 % al 32 % y 34 €/mes a partir del 33 % (art. 44).
  • Complemento personal voluntario: cantidades que la empresa abone libremente, suprimibles en cualquier momento (art. 40).
  • Las percepciones del convenio son mínimas, y la absorción y compensación solo puede hacerse comparando globalmente conceptos de la misma naturaleza y en cómputo anual (art. 32).

Dietas, locomoción y ropa de trabajo

El convenio compensa los gastos del desplazamiento con dietas y con el abono de la locomoción.

  • Dieta completa: se percibe cuando por el desplazamiento no se puede pernoctar en la residencia habitual; se devenga por día natural (art. 48.2).
  • Si la empresa organiza y costea manutención y alojamiento, solo abona el 20 % de la dieta completa (art. 48.3).
  • Media dieta: cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia; se devenga por día efectivo trabajado (art. 48.4).
  • Los importes de la dieta y de la media dieta van por grupos de niveles (I-III, IV-V, VI-VII y restantes) en el Anexo VIII, y se actualizan cada año con el mismo porcentaje que las tablas (arts. 48.6 y 30.2).
  • En desplazamientos de más de una semana se pueden solicitar anticipos quincenales a cuenta y a justificar (art. 48.5).
  • La dieta completa no se devenga en los casos de suspensión legal del contrato, salvo incapacidad temporal en la que la empresa mantenga el desplazamiento (art. 48.7).
  • Locomoción: los gastos del desplazamiento ordenado por la empresa son de su cuenta, poniendo los medios o abonando la compensación (art. 46.1).
  • Si el desplazamiento obliga a emplear más de 1 hora en cada viaje de ida y vuelta desde el centro de trabajo, el exceso se abona a prorrata del salario de convenio (art. 46.2).
  • Ropa de trabajo: mono o buzo de buena calidad desde el primer día y otro cada 4 meses; botas con plantilla anticlavos y guantes homologados cuando la ley lo exija. Si la empresa incumple los plazos, se puede reclamar la entrega o su equivalente en metálico según precio de mercado (art. 47).

Plan de Pensiones de Empleo del sector

Desde el 1 de febrero de 2024 el sector tiene un Plan de Pensiones de Empleo Simplificado y la empresa aporta un porcentaje de los conceptos salariales.

  • El plan se formalizó a nivel estatal el 01/02/2024, en los términos del Libro Tercero del VII Convenio General del Sector de la Construcción (art. 31.1).
  • 2022: 1,00 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 31.2.a).
  • 2023: 1,00 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 31.2.b).
  • 2024: 1,00 % de las tablas de 2021 más un 0,25 % de las tablas de 2023 (art. 31.2.c).
  • 2025: lo anterior más un 0,40 % de las tablas de 2024 (cláusula de garantía) y un 0,50 % de las tablas de 2024 ya revisadas (art. 31.2.d).
  • 2026: lo anterior más un 0,25 % de las tablas de 2025 (art. 31.2.e).
  • Todo ello si la persona presta servicios durante todo el año a tiempo completo; en otro caso, la parte proporcional.
  • La contribución figura en el recibo de salarios como percepción en especie, en concepto diferenciado y claramente identificable (art. 31.3).
  • Las contribuciones de 2022, 2023 y enero de 2024 se ingresaban antes del 30/04/2024; los atrasos de 2025, antes del 10/03/2026 (disposición transitoria segunda).
  • No hay obligación de contribuir por quien, contratado antes del 01/02/2024, tuviera a esa fecha una retribución bruta fija anual superior a la de las tablas del convenio incluida la contribución; esa excepción queda sin efecto desde el 01/01/2026 (disposición transitoria tercera).
  • Los importes por nivel están publicados en el Anexo IX, con una tabla para retribuciones diarias y otra para mensuales.

Indemnizaciones por muerte e incapacidad permanente

El art. 50 fija tres indemnizaciones para todo el personal del convenio.

  • Muerte por enfermedad común o accidente no laboral: una mensualidad de todos los conceptos de las tablas salariales del convenio.
  • Muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional: 47.000 €.
  • Incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional: 28.000 €.
  • Salvo designación expresa de beneficiarios por la persona asegurada, la indemnización se paga a la persona accidentada o, si fallece, a sus herederos legales.
  • Las indemnizaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional se consideran a cuenta de cualquier otra cantidad reconocida por responsabilidad civil de la empresa.
  • La fecha del hecho causante es la del accidente de trabajo o la de la causa determinante de la enfermedad profesional.
  • La responsabilidad por estas indemnizaciones se extiende a las empresas que subcontraten, respecto del personal de las subcontratadas obligadas por este convenio (art. 19.2).

Indemnizaciones por fin de contrato

Cada modalidad de contratación tiene su propia compensación al terminar.

  • Contrato indefinido adscrito a obra, extinguido por motivos inherentes a la persona trabajadora: 7 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante toda la vigencia del contrato (art. 15.5).
  • Contrato de duración determinada por circunstancias de la producción: 7 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato, respetando el art. 49.1.c) ET (art. 18.1.a).
  • Contrato fijo-discontinuo, fin de llamamiento que coincide con la terminación de la actividad y sin nuevo llamamiento: 5,5 % sobre los conceptos salariales devengados en el último período de actividad (art. 16.5).
  • Contrato fijo-discontinuo, dimisión dentro de los 25 meses siguientes al inicio de la inactividad: 1,5 % sobre los conceptos salariales devengados en el último período de actividad (art. 16.5).
  • Contrato fijo-discontinuo, extinción de común acuerdo a partir del mes 25: 1,5 % sobre esos mismos conceptos (art. 16.5).
  • Estas cuantías no son compatibles con las indemnizaciones por extinción de los arts. 40, 41 y 50 a 55 ET y se compensan con ellas (art. 16.6).
  • Preaviso de cese: 7 días como mínimo en contratos temporales; la empresa puede sustituirlo por el importe equivalente y el incumplimiento por la persona trabajadora se penaliza con la pérdida del salario base y del plus de asistencia y actividad de los días omitidos (art. 51.b).
  • En la extinción del contrato indefinido adscrito a obra por los supuestos b) y c) del art. 15.5, el preaviso es de 15 días y la empresa puede sustituirlo por su importe (art. 15.5).

Formación y Fundación Laboral de la Construcción

El convenio regula el tiempo de formación a cargo de la empresa y la cuota de la Fundación Laboral.

  • En las acciones formativas presenciales gestionadas por la Fundación Laboral de la Construcción, el 50 % de las horas es dentro de la jornada laboral o se deduce de ella (art. 64).
  • Ese 50 % a cargo de la empresa tiene un máximo de 20 horas al año por persona (art. 64.c).
  • No pueden asistir más del 10 % de la plantilla al año, y en centros de menos de 10 personas no puede concurrir más de una (art. 64.b).
  • Hace falta haber superado el período de prueba y tener al menos 1 mes de antigüedad (art. 64.d).
  • Durante esas horas se percibe el salario que correspondería trabajando en jornada ordinaria (art. 64.e).
  • La empresa puede denegar la asistencia por razones técnicas, organizativas o de producción, mediante resolución motivada y recurrible ante la Comisión Territorial de la Fundación (art. 64.a).
  • Cuota de la Fundación Laboral de la Construcción a cargo de la empresa: 0,35 % sobre la base de cálculo de las cuotas a la Seguridad Social en 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026 (art. 67.3).
  • La formación preventiva es la del Libro Segundo del VII Convenio General: primer ciclo de 8 horas, segundo ciclo de 20 horas (10 para personal directivo y 70 para delegados de prevención) y nivel básico de 60 horas (art. 65).
  • En el proceso de recolocación del contrato indefinido adscrito a obra, la formación tiene un máximo de 20 horas y se retribuye a valor de hora ordinaria de la tabla (art. 15.2).

Contratación y período de prueba

El convenio fija los períodos de prueba máximos y regula el contrato indefinido adscrito a obra y el fijo-discontinuo.

  • Período de prueba máximo: 6 meses para técnicos titulados superiores y medios (art. 10.1.a).
  • Empleados de los niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses; niveles VI a X: 2 meses; resto de personal: 15 días naturales (art. 10.1.b).
  • Personal operario: 1 mes para encargados y capataces, 15 días naturales para el resto (art. 10.1.c).
  • Quien tiene la Tarjeta Profesional de la Construcción y ya acreditó el período de prueba de su categoría en otra empresa queda exento de él (art. 10.4).
  • La finalización de obra debe comunicarse a la representación legal y a la comisión paritaria con 5 días de antelación, y da lugar a una propuesta de recolocación (art. 15.3 y 15.4).
  • La propuesta de recolocación se somete a aceptación con 15 días de antelación y hay 7 días para contestar; el silencio se entiende como rechazo (art. 15.4 y 15.5).
  • El llamamiento del contrato fijo-discontinuo se hace con 5 días de antelación mínima, por burofax, correo certificado u otro medio que garantice la notificación (art. 16.3).
  • El orden de llamamiento se rige por el área funcional y grupo profesional y, después, por los años de servicio y experiencia en la empresa (art. 16.3).
  • La duración máxima del contrato por circunstancias de la producción puede ampliarse hasta un año (art. 18.1.b).
  • Se crea una bolsa sectorial de empleo de carácter provincial, gestionada por la Fundación Laboral de la Construcción (art. 16.7).

Comisión paritaria y solución de conflictos

La comisión paritaria vigila el convenio y conoce de forma previa y obligatoria los conflictos colectivos de aplicación e interpretación.

  • Composición: dos vocales de la parte social (uno de UGT-FICA y uno de CCOO del Hábitat) y dos de la parte empresarial (APEC) (art. 62).
  • Se reúne a petición de cualquiera de las partes, con convocatoria escrita y orden del día, y al menos 3 días de antelación (art. 62).
  • Pueden asistir cuatro asesores, dos por cada parte, con voz pero sin voto (art. 62).
  • Los acuerdos requieren la conformidad de al menos tres vocales (art. 62).
  • Funciones: vigilar el cumplimiento del convenio, resolver las cuestiones de aplicación e interpretación, mediar o arbitrar en conflictos colectivos y conocer de forma previa y obligatoria a la vía administrativa y jurisdiccional (art. 63.1).
  • Las partes asumen el VI Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales (ASAC VI), publicado en el BOE de 23 de diciembre de 2020 (art. 70).
  • Para comunicar la finalización de obra en el contrato indefinido adscrito a obra, la comisión paritaria designó la dirección paritariaconstrucciongu@gmail.com (acta de 4 de noviembre de 2022).
  • Las partes se comprometieron a reunirse en el primer trimestre de 2026 para analizar el estrés térmico en época estival y el consumo de alcohol y sustancias estupefacientes (disposiciones adicionales primera y segunda).

Faltas, sanciones y finiquito

El convenio tipifica las faltas en leves, graves y muy graves y fija el modelo de finiquito.

  • Faltas leves: amonestación verbal o por escrito (art. 59.1.a).
  • Faltas graves: suspensión de empleo y sueldo de 1 a 15 días (art. 59.1.b).
  • Faltas muy graves: suspensión de empleo y sueldo de 16 a 90 días, o despido (art. 59.1.c).
  • Antes de sancionar por falta grave o muy grave a un representante legal o sindical hay que instruirle expediente contradictorio, obligación que se extiende hasta el año siguiente al cese en el cargo (art. 59.3).
  • Si consta que la persona está afiliada a un sindicato, hay que dar audiencia previa a los delegados sindicales (art. 59.4).
  • El recibo de finiquito debe ajustarse al modelo del Anexo I, lo expide la organización patronal numerado, sellado y fechado, y solo vale durante los 15 días naturales siguientes a su expedición (art. 52).
  • La persona trabajadora puede estar asistida por un representante en el acto de la firma (art. 52.6).
  • Los finiquitos en el modelo del Anexo III del VI Convenio General mantuvieron su validez hasta el 23 de septiembre de 2024 (disposición transitoria primera).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 50), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Muerte accidente de trabajo o enfermedad profesional 47.000,00 € Desde 01/01/2022 Beneficiario: La persona accidentada o, si fallece, sus herederos legales, salvo designación expresa de beneficiarios · El boletín agrupa muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez en el mismo importe.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o enfermedad profesional 47.000,00 € Desde 01/01/2022 Beneficiario: La persona accidentada, salvo designación expresa de beneficiarios · El boletín agrupa muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez en el mismo importe.
Gran invalidez accidente de trabajo o enfermedad profesional 47.000,00 € Desde 01/01/2022 Beneficiario: La persona accidentada, salvo designación expresa de beneficiarios · El boletín agrupa muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez en el mismo importe.
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o enfermedad profesional 28.000,00 € Desde 01/01/2022 Beneficiario: La persona accidentada, salvo designación expresa de beneficiarios

El art. 50 fija las indemnizaciones y su apartado 2 se refiere a «la persona asegurada», pero el convenio no impone expresamente un plazo para contratar la póliza ni regula la consecuencia de no contratarla. La indemnización por muerte derivada de enfermedad común o accidente no laboral (una mensualidad de todos los conceptos de las tablas) no se cifra aquí porque depende de los conceptos que perciba cada persona. La responsabilidad por estas indemnizaciones se extiende a las empresas que subcontraten, respecto del personal de las subcontratadas obligadas por este convenio (art. 19.2).

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio pacta la subrogación del personal (Art. 20): cuando cambia la empresa que presta el servicio (cambio de contrata o subcontrata, concesión administrativa), la entrante debe quedarse con la plantilla de la saliente.

Dónde está la regulación: este convenio no la detalla; se aplica en los términos de El art. 20 remite al art. 29 del VII Convenio General del Sector de la Construcción para la subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas, redes de agua y concesiones municipales de mantenimiento y conservación de aceras, pavimentos, vías públicas y alcantarillado..

El convenio provincial no regula él mismo el detalle de la subrogación: se remite íntegramente al convenio general del sector, así que los campos de detalle quedan vacíos (no se copian de un texto que no es este convenio).

Sentencias sobre este convenio

Resoluciones judiciales que interpretan artículos de este convenio. Se enlazan como fuente para ampliar información: los importes de esta ficha proceden siempre del boletín oficial, no de las sentencias. En cada una se indica si es firme —ya no se puede recurrir, así que lo que dice es definitivo— o si todavía cabe recurso, en cuyo caso un tribunal superior puede cambiarla.

Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Sala de lo Social) · Sentencia 1871/2025, de 05/12/2025

Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos y peligrosos (art. 42) · Estimatoria del recurso de la empresa · Sentencia no firme: todavía cabe recurso, así que lo que dice puede cambiar

El tribunal recuerda que el plus del art. 42 exige que la penosidad, toxicidad o peligrosidad sea EXCEPCIONAL: cuando el riesgo es consustancial al puesto y la retribución ya se fijó teniendo en cuenta esas condiciones —como ocurre con el personal de contratas de mantenimiento de carreteras, que percibe el plus de conservación de la disposición adicional quinta del convenio general del sector—, no nace el derecho a cobrar además el plus de peligrosidad. Revoca la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara y absuelve a la empresa. No cambia ningún importe del convenio.

Leer la sentencia completa (PDF) ↗ · STSJ CLM 2903/2025 · Fuente: CENDOJ (Centro de Documentación Judicial, CGPJ)

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