Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| PLUS DE NOCTURNIDAD | H | 3,20 € | Art. 12: por hora efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00, de igual cuantía para todas las áreas funcionales. No lo cobra quien haya sido contratado específicamente para trabajo nocturno (esos puestos tienen su propia retribución en la tabla del art. 36 ET). Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
| PLUS PRIMEROS AUXILIOS | M | 162,55 € | Art. 14: lo cobra quien, por su actividad, esté obligado a renovar el curso de primeros auxilios; se abona tras finalizar la renovación, por doce mensualidades, y no es compensable ni absorbible. Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
| COMPENSACIÓN POR LIMPIEZA DE LA ROPA DE TRABAJO | M | 16,79 € | Art. 23: solo cuando la conservación y limpieza del uniforme NO corre a cargo de la empresa. La entrega de la ropa no puede sustituirse por su contravalor en metálico. Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
| SEGURO DE ACCIDENTES | A | 30.000,00 € | Art. 24: capital garantizado por la póliza que la empresa debe concertar, para la persona trabajadora o sus beneficiarios, por fallecimiento por accidente de trabajo y por invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual derivada de accidente ocurrido durante la prestación del trabajo o in itinere. No es una retribución periódica: es la indemnización a percibir si ocurre el siniestro. El convenio no lo revaloriza. |
| FIESTAS NO RECUPERABLES NO DISFRUTADAS | D | — | 40% Art. 15: cuando una fiesta no recuperable no se disfruta, además de disfrutarla en otra fecha la empresa abona un 40 % «de acuerdo con la tabla salarial» más la antigüedad consolidada si la hubiere. El boletín no dice sobre qué importe exacto de la tabla se aplica ese 40 %, así que no se publica una cifra: el porcentaje sí es el del convenio. Si la fiesta coincide con las vacaciones queda absorbida. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN | A | — | Art. 25: al cesar en la empresa una persona de 45 o más años por cualquier causa salvo despido procedente o dimisión voluntaria, percibe con la liquidación una cantidad de carácter indemnizatorio, en mensualidades según los años de servicio efectivo ininterrumpido: 10 años → 3 mensualidades; 15 → 5; 20 → 6; 25 → 7; 30 → 8; 35 → 9. La mensualidad se calcula sobre el salario del nivel retributivo en las tablas del momento del cese, más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada. No se publica un importe porque depende de los años de servicio de cada persona. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
Director/a NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Director/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.977,37 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 587,85 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.565,22 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.565,22 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.565,22 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 27,56 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Director/a financiero/a NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Contable General
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.977,37 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 587,85 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.565,22 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.565,22 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.565,22 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 19,24 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Encargado/a general NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Encargado/a General
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.977,37 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 113,88 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.091,26 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.091,26 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.091,26 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 21,25 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de recepción NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de Recepción
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.832,04 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 45,34 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.877,38 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.877,38 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.877,38 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,58 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Responsable servicios auxiliares NIVEL RETRIBUTIVO II 5 conceptos
Puestos: Oficial oficios auxiliares
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.832,04 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.832,04 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.832,04 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.832,04 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | — | El Anexo IV de horas extras no publica ninguna fila que corresponda a este puesto: usa la nomenclatura anterior a la reclasificación y en el nivel II no recoge el «Oficial de oficios auxiliares» del que procede según el Anexo III. Importe pendiente de que lo aclare la comisión paritaria. |
Jefe de mantenimiento NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de sección/instalaciones
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.832,04 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 45,34 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.877,38 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.877,38 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.877,38 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,58 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
jefe servicio limpieza NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Encargado/a serv. limpieza; Encargado/a Lavandería
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.832,04 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 45,34 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.877,38 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.877,38 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.877,38 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,94 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de cocina NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de Cocina
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.832,04 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 211,00 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.043,04 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.043,04 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.043,04 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 23,57 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de sala NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.832,04 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 211,00 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.043,04 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.043,04 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.043,04 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,58 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante técnico sanitario NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Ayudante Técnico Sanitario
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.832,04 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 32,71 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.864,75 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.864,75 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.864,75 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 19,51 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Recepcionista NIVEL RETRIBUTIVO III 7 conceptos
Puestos: Recepcionista; Cajero/a recepción; Intérprete; Relaciones públicas
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 143,12 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.633,70 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.633,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.633,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 16,58 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 122,67 € estimado | Art. 14: lo cobran los recepcionistas a quienes se exija el uso de tres idiomas extranjeros, sin contar el catalán, el castellano ni otras lenguas oficiales del Estado. Se abona por doce mensualidades y no es compensable ni absorbible. El artículo habla de «los recepcionistas» sin precisar nivel, así que se recoge en la categoría que lleva ese nombre. Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
Oficial contable NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Contable
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 84,44 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.575,02 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.575,02 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.575,02 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,46 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Administrativo/a NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Oficial administrativo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.490,58 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.490,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.490,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,62 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Oficial reparaciones de juego
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 341,78 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.832,36 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.832,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.832,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Oficial de 1ª limpieza NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Oficial de lavandería
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 84,44 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.575,02 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.575,02 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.575,02 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Comercial NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Oficial 1ª peluquería; Cajero/a Supermercado; Carnicero/a; Cajero/a objetos regalo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.490,58 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.490,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.490,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Cocinero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Cocinero/a; Oficial repostero
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 341,78 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.832,36 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.832,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.832,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 21,10 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Camarero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Camarero/a; Barman; Bodeguero/a; Cajero/a comedor
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 341,78 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.832,36 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.832,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.832,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 21,10 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jardinero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Jardinero/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 113,98 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.604,56 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.604,56 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.604,56 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 16,46 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Chofer NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Chófer
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.490,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.490,58 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.490,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.490,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,92 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de recepción NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Recepción; Telefonista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 4,09 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.438,80 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.438,80 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.438,80 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,29 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante contable NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Auxiliar Contable
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.434,70 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,37 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante Administrativo/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Auxiliar administrativo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.434,70 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,37 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento y Ser.Aux NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 263,62 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.698,32 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,37 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de limpieza NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Limpieza
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.434,70 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,37 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista de servicios NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Animador; Oficial 2ª peluquería; Vigilante-socorrista titulado; Controlador sala pistas recreativas
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 263,62 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.698,32 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | — | El Anexo IV publica en el nivel IV dos filas que, según la tabla de conversión del Anexo III, desembocan las dos en este puesto —«Animador/a» (13,35 € en 2024) y «Vigilante-socorrista titular» (13,26 € en 2024)— con importes distintos, así que no hay un valor único atribuible. Importe pendiente de que lo aclare la comisión paritaria. |
Ayudante dependiente serv. Comerc. NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Dependiente charcutería; Dependiente objetos de regalo; Dependiente carnes-helados; Dependiente estanco-librería; Dependiente supermercados; Ayudante de Carnicero; Ayudante de Objetos de regalo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.434,70 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.434,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,62 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de cocinero/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Cocina; Asador
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 263,62 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.698,32 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 19,46 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de camarero/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Camarero
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,70 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 263,62 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.698,32 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.698,32 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 19,46 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Peón-Ayudante; Ayudante de Oficios auxiliares; Ayudante de Chofer; Ayudante de Lavandería; Controlador diurno; Mozo de Almacén; Mozo de objetos regalo; Aprendiz
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.352,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 17,16 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.370,09 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.370,09 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.370,09 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,31 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de cocina NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Marmitón; Pinche de Cocina; Lavaplatos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.352,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 17,16 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.370,09 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.370,09 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.370,09 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,44 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de recepción NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Portero/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.352,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 17,10 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.370,03 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.370,03 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.370,03 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 12,18 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe mantenimiento nocturno NIVEL RETRIBUTIVO II > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
Puestos: Jefe/a de sección/instalaciones nocturno
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 2.100,10 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.100,10 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.100,10 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,58 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento nocturno NIVEL RETRIBUTIVO III > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.669,23 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.669,23 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.669,23 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO IV > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.613,36 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.613,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.613,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,37 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO V > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
Puestos: Controlador nocturno
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.531,57 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.531,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.531,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,51 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| PLUS DE NOCTURNIDAD | H | 3,08 € | Art. 12: por hora efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00, de igual cuantía para todas las áreas funcionales. No lo cobra quien haya sido contratado específicamente para trabajo nocturno (esos puestos tienen su propia retribución en la tabla del art. 36 ET). Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
| PLUS PRIMEROS AUXILIOS | M | 156,45 € | Art. 14: lo cobra quien, por su actividad, esté obligado a renovar el curso de primeros auxilios; se abona tras finalizar la renovación, por doce mensualidades, y no es compensable ni absorbible. Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
| COMPENSACIÓN POR LIMPIEZA DE LA ROPA DE TRABAJO | M | 16,16 € | Art. 23: solo cuando la conservación y limpieza del uniforme NO corre a cargo de la empresa. La entrega de la ropa no puede sustituirse por su contravalor en metálico. Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
| SEGURO DE ACCIDENTES | A | 30.000,00 € | Art. 24: capital garantizado por la póliza que la empresa debe concertar, para la persona trabajadora o sus beneficiarios, por fallecimiento por accidente de trabajo y por invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual derivada de accidente ocurrido durante la prestación del trabajo o in itinere. No es una retribución periódica: es la indemnización a percibir si ocurre el siniestro. El convenio no lo revaloriza. |
| FIESTAS NO RECUPERABLES NO DISFRUTADAS | D | — | 40% Art. 15: cuando una fiesta no recuperable no se disfruta, además de disfrutarla en otra fecha la empresa abona un 40 % «de acuerdo con la tabla salarial» más la antigüedad consolidada si la hubiere. El boletín no dice sobre qué importe exacto de la tabla se aplica ese 40 %, así que no se publica una cifra: el porcentaje sí es el del convenio. Si la fiesta coincide con las vacaciones queda absorbida. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN | A | — | Art. 25: al cesar en la empresa una persona de 45 o más años por cualquier causa salvo despido procedente o dimisión voluntaria, percibe con la liquidación una cantidad de carácter indemnizatorio, en mensualidades según los años de servicio efectivo ininterrumpido: 10 años → 3 mensualidades; 15 → 5; 20 → 6; 25 → 7; 30 → 8; 35 → 9. La mensualidad se calcula sobre el salario del nivel retributivo en las tablas del momento del cese, más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada. No se publica un importe porque depende de los años de servicio de cada persona. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
Director/a NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Director/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.903,15 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 565,78 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.468,93 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.468,93 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.468,93 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 26,53 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Director/a financiero/a NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Contable General
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.903,15 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 565,78 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.468,93 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.468,93 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.468,93 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,52 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Encargado/a general NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Encargado/a General
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.903,15 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 109,61 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.012,76 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.012,76 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.012,76 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 20,45 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de recepción NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de Recepción
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.763,27 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 43,64 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.806,91 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.806,91 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.806,91 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,88 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Responsable servicios auxiliares NIVEL RETRIBUTIVO II 5 conceptos
Puestos: Oficial oficios auxiliares
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.763,27 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.763,27 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.763,27 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.763,27 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | — | El Anexo IV de horas extras no publica ninguna fila que corresponda a este puesto: usa la nomenclatura anterior a la reclasificación y en el nivel II no recoge el «Oficial de oficios auxiliares» del que procede según el Anexo III. Importe pendiente de que lo aclare la comisión paritaria. |
Jefe de mantenimiento NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de sección/instalaciones
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.763,27 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 43,64 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.806,91 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.806,91 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.806,91 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,88 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
jefe servicio limpieza NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Encargado/a serv. limpieza; Encargado/a Lavandería
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.763,27 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 43,64 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.806,91 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.806,91 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.806,91 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,27 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de cocina NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de Cocina
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.763,27 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 203,08 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.966,36 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.966,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.966,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 22,69 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de sala NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.763,27 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 203,08 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.966,36 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.966,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.966,36 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,88 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante técnico sanitario NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Ayudante Técnico Sanitario
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.763,27 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 31,48 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.794,75 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.794,75 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.794,75 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,78 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Recepcionista NIVEL RETRIBUTIVO III 7 conceptos
Puestos: Recepcionista; Cajero/a recepción; Intérprete; Relaciones públicas
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 137,75 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.572,37 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.572,37 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.572,37 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,96 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 118,07 € estimado | Art. 14: lo cobran los recepcionistas a quienes se exija el uso de tres idiomas extranjeros, sin contar el catalán, el castellano ni otras lenguas oficiales del Estado. Se abona por doce mensualidades y no es compensable ni absorbible. El artículo habla de «los recepcionistas» sin precisar nivel, así que se recoge en la categoría que lleva ese nombre. Importe calculado aplicando al de 2024 los incrementos que el propio convenio ordena en su artículo 9 (4,30 % en 2025 y 3,90 % en 2026), tal como manda el artículo que regula este concepto. El boletín no republica este importe en las actas de tablas de 2025 y 2026, que solo traen las tablas salariales y las horas extras. |
Oficial contable NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Contable
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 81,27 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.515,90 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.515,90 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.515,90 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,88 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Administrativo/a NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Oficial administrativo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.434,63 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.434,63 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.434,63 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,07 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Oficial reparaciones de juego
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 328,95 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.763,58 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.763,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.763,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,57 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Oficial de 1ª limpieza NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Oficial de lavandería
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 81,27 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.515,90 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.515,90 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.515,90 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,57 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Comercial NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Oficial 1ª peluquería; Cajero/a Supermercado; Carnicero/a; Cajero/a objetos regalo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.434,63 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.434,63 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.434,63 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,57 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Cocinero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Cocinero/a; Oficial repostero
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 328,95 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.763,58 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.763,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.763,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 20,31 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Camarero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Camarero/a; Barman; Bodeguero/a; Cajero/a comedor
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 328,95 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.763,58 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.763,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.763,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 20,31 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jardinero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Jardinero/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 109,70 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.544,33 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.544,33 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.544,33 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,84 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Chofer NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Chófer
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.434,63 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.434,63 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.434,63 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.434,63 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,36 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de recepción NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Recepción; Telefonista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 3,94 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.384,79 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.384,79 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.384,79 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,75 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante contable NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Auxiliar Contable
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.380,85 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,83 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante Administrativo/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Auxiliar administrativo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.380,85 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,83 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento y Ser.Aux NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 253,72 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.634,57 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,83 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de limpieza NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Limpieza
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.380,85 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,83 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista de servicios NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Animador; Oficial 2ª peluquería; Vigilante-socorrista titulado; Controlador sala pistas recreativas
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 253,72 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.634,57 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | — | El Anexo IV publica en el nivel IV dos filas que, según la tabla de conversión del Anexo III, desembocan las dos en este puesto —«Animador/a» (13,35 € en 2024) y «Vigilante-socorrista titular» (13,26 € en 2024)— con importes distintos, así que no hay un valor único atribuible. Importe pendiente de que lo aclare la comisión paritaria. |
Ayudante dependiente serv. Comerc. NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Dependiente charcutería; Dependiente objetos de regalo; Dependiente carnes-helados; Dependiente estanco-librería; Dependiente supermercados; Ayudante de Carnicero; Ayudante de Objetos de regalo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.380,85 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.380,85 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,07 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de cocinero/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Cocina; Asador
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 253,72 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.634,57 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,73 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de camarero/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Camarero
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.380,85 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 253,72 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.634,57 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.634,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,73 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Peón-Ayudante; Ayudante de Oficios auxiliares; Ayudante de Chofer; Ayudante de Lavandería; Controlador diurno; Mozo de Almacén; Mozo de objetos regalo; Aprendiz
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.302,14 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 16,52 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.318,66 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.318,66 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.318,66 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 12,81 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de cocina NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Marmitón; Pinche de Cocina; Lavaplatos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.302,14 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 16,52 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.318,66 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.318,66 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.318,66 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 12,94 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de recepción NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Portero/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.302,14 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 16,46 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.318,60 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.318,60 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.318,60 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 11,72 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe mantenimiento nocturno NIVEL RETRIBUTIVO II > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
Puestos: Jefe/a de sección/instalaciones nocturno
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 2.021,27 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.021,27 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.021,27 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,88 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento nocturno NIVEL RETRIBUTIVO III > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.606,57 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.606,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.606,57 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,57 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO IV > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.552,80 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.552,80 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.552,80 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,83 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO V > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
Puestos: Controlador nocturno
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.474,08 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.474,08 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.474,08 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,00 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Tabla salarial 2024 (incremento 4,10 %), con la subsanación de errores de 14/08/2024 PDF oficial ↗ Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| PLUS DE NOCTURNIDAD | H | 2,95 € | Art. 12: por hora efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00, de igual cuantía para todas las áreas funcionales. No lo cobra quien haya sido contratado específicamente para trabajo nocturno (esos puestos tienen su propia retribución en la tabla del art. 36 ET). |
| PLUS PRIMEROS AUXILIOS | M | 150,00 € | Art. 14: lo cobra quien, por su actividad, esté obligado a renovar el curso de primeros auxilios; se abona tras finalizar la renovación, por doce mensualidades, y no es compensable ni absorbible. |
| COMPENSACIÓN POR LIMPIEZA DE LA ROPA DE TRABAJO | M | 15,49 € | Art. 23: solo cuando la conservación y limpieza del uniforme NO corre a cargo de la empresa. La entrega de la ropa no puede sustituirse por su contravalor en metálico. |
| SEGURO DE ACCIDENTES | A | 30.000,00 € | Art. 24: capital garantizado por la póliza que la empresa debe concertar, para la persona trabajadora o sus beneficiarios, por fallecimiento por accidente de trabajo y por invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual derivada de accidente ocurrido durante la prestación del trabajo o in itinere. No es una retribución periódica: es la indemnización a percibir si ocurre el siniestro. El convenio no lo revaloriza. |
| FIESTAS NO RECUPERABLES NO DISFRUTADAS | D | — | 40% Art. 15: cuando una fiesta no recuperable no se disfruta, además de disfrutarla en otra fecha la empresa abona un 40 % «de acuerdo con la tabla salarial» más la antigüedad consolidada si la hubiere. El boletín no dice sobre qué importe exacto de la tabla se aplica ese 40 %, así que no se publica una cifra: el porcentaje sí es el del convenio. Si la fiesta coincide con las vacaciones queda absorbida. |
| PREMIO DE VINCULACIÓN | A | — | Art. 25: al cesar en la empresa una persona de 45 o más años por cualquier causa salvo despido procedente o dimisión voluntaria, percibe con la liquidación una cantidad de carácter indemnizatorio, en mensualidades según los años de servicio efectivo ininterrumpido: 10 años → 3 mensualidades; 15 → 5; 20 → 6; 25 → 7; 30 → 8; 35 → 9. La mensualidad se calcula sobre el salario del nivel retributivo en las tablas del momento del cese, más el prorrateo de las pagas extraordinarias y la antigüedad consolidada. No se publica un importe porque depende de los años de servicio de cada persona. Si la persona fallece en activo, el premio corresponde a sus herederos. |
Director/a NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Director/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.824,69 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 542,45 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.367,14 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.367,14 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.367,14 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 25,44 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Director/a financiero/a NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Contable General
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.824,69 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 542,45 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 2.367,14 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 2.367,14 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 2.367,14 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,76 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Encargado/a general NIVEL RETRIBUTIVO I 6 conceptos
Puestos: Encargado/a General
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.824,69 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 105,09 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.929,78 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.929,78 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.929,78 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 19,61 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de recepción NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de Recepción
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.690,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 41,84 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.732,42 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.732,42 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.732,42 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Responsable servicios auxiliares NIVEL RETRIBUTIVO II 5 conceptos
Puestos: Oficial oficios auxiliares
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.690,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.690,58 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.690,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.690,58 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | — | El Anexo IV de horas extras no publica ninguna fila que corresponda a este puesto: usa la nomenclatura anterior a la reclasificación y en el nivel II no recoge el «Oficial de oficios auxiliares» del que procede según el Anexo III. Importe pendiente de que lo aclare la comisión paritaria. |
Jefe de mantenimiento NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de sección/instalaciones
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.690,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 41,84 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.732,42 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.732,42 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.732,42 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
jefe servicio limpieza NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Encargado/a serv. limpieza; Encargado/a Lavandería
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.690,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 41,84 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.732,42 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.732,42 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.732,42 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 16,56 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de cocina NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de Cocina
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.690,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 194,71 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.885,29 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.885,29 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.885,29 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 21,76 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe de sala NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.690,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 194,71 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.885,29 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.885,29 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.885,29 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante técnico sanitario NIVEL RETRIBUTIVO II 6 conceptos
Puestos: Ayudante Técnico Sanitario
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.690,58 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 30,18 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.720,76 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.720,76 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.720,76 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 18,01 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Recepcionista NIVEL RETRIBUTIVO III 7 conceptos
Puestos: Recepcionista; Cajero/a recepción; Intérprete; Relaciones públicas
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 132,07 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.507,55 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.507,55 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.507,55 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,30 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 113,20 € | Art. 14: lo cobran los recepcionistas a quienes se exija el uso de tres idiomas extranjeros, sin contar el catalán, el castellano ni otras lenguas oficiales del Estado. Se abona por doce mensualidades y no es compensable ni absorbible. El artículo habla de «los recepcionistas» sin precisar nivel, así que se recoge en la categoría que lleva ese nombre. |
Oficial contable NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Contable
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 77,92 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.453,40 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.453,40 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.453,40 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 14,26 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Administrativo/a NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Oficial administrativo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.375,48 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.375,48 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.375,48 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,49 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Oficial reparaciones de juego
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 315,39 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.690,87 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.690,87 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.690,87 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,97 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Oficial de 1ª limpieza NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Oficial de lavandería
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 77,92 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.453,40 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.453,40 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.453,40 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,97 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Comercial NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Oficial 1ª peluquería; Cajero/a Supermercado; Carnicero/a; Cajero/a objetos regalo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.375,48 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.375,48 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.375,48 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,97 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Cocinero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Cocinero/a; Oficial repostero
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 315,39 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.690,87 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.690,87 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.690,87 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 19,47 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Camarero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Camarero/a; Barman; Bodeguero/a; Cajero/a comedor
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 315,39 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.690,87 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.690,87 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.690,87 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 19,47 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jardinero/a NIVEL RETRIBUTIVO III 6 conceptos
Puestos: Jardinero/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 105,18 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.480,66 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.480,66 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.480,66 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 15,19 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Chofer NIVEL RETRIBUTIVO III 5 conceptos
Puestos: Chófer
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.375,48 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.375,48 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.375,48 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.375,48 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,77 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de recepción NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Recepción; Telefonista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 3,78 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.327,70 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.327,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.327,70 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,19 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante contable NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Auxiliar Contable
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.323,92 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,26 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante Administrativo/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Auxiliar administrativo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.323,92 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,26 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento y Ser.Aux NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 243,26 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.567,18 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,26 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de limpieza NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Limpieza
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.323,92 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,26 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista de servicios NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Animador; Oficial 2ª peluquería; Vigilante-socorrista titulado; Controlador sala pistas recreativas
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 243,26 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.567,18 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | — | El Anexo IV publica en el nivel IV dos filas que, según la tabla de conversión del Anexo III, desembocan las dos en este puesto —«Animador/a» (13,35 € en 2024) y «Vigilante-socorrista titular» (13,26 € en 2024)— con importes distintos, así que no hay un valor único atribuible. Importe pendiente de que lo aclare la comisión paritaria. |
Ayudante dependiente serv. Comerc. NIVEL RETRIBUTIVO IV 5 conceptos
Puestos: Dependiente charcutería; Dependiente objetos de regalo; Dependiente carnes-helados; Dependiente estanco-librería; Dependiente supermercados; Ayudante de Carnicero; Ayudante de Objetos de regalo
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| TOTAL MES | M | 1.323,92 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.323,92 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,49 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de cocinero/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Cocina; Asador
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 243,26 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.567,18 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,95 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Ayudante de camarero/a NIVEL RETRIBUTIVO IV 6 conceptos
Puestos: Ayudante de Camarero
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.323,92 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 243,26 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.567,18 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.567,18 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,95 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Peón-Ayudante; Ayudante de Oficios auxiliares; Ayudante de Chofer; Ayudante de Lavandería; Controlador diurno; Mozo de Almacén; Mozo de objetos regalo; Aprendiz
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.248,46 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 15,84 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.264,30 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.264,30 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.264,30 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 12,28 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de cocina NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Marmitón; Pinche de Cocina; Lavaplatos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.248,46 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 15,84 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.264,30 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.264,30 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.264,30 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 12,41 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar de recepción NIVEL RETRIBUTIVO V 6 conceptos
Puestos: Portero/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO BASE | M | 1.248,46 € | Art. 10: es el que consigna la primera columna del Anexo I, en forma mensual. |
| COMPLEMENTO RECLASIFICACIÓN 2021 | M | 15,78 € | Art. 11: derecho consolidado a título personal, no absorbible ni compensable, del personal de alta en la empresa a 31 de agosto de 2022. Se revaloriza en el mismo porcentaje y en el mismo momento que las tablas. |
| TOTAL MES | M | 1.264,24 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. Es la suma del salario base y el complemento de reclasificación 2021. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.264,24 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.264,24 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 11,24 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Jefe mantenimiento nocturno NIVEL RETRIBUTIVO II > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
Puestos: Jefe/a de sección/instalaciones nocturno
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.937,94 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.937,94 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.937,94 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 17,14 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento nocturno NIVEL RETRIBUTIVO III > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.540,34 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.540,34 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.540,34 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,97 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Especialista mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO IV > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.488,78 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.488,78 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.488,78 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 13,26 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |
Auxiliar mantenimiento y SA NIVEL RETRIBUTIVO V > PERSONAS TRABAJADORAS NOCTURNA (ART. 36 ET) 4 conceptos
Puestos: Controlador nocturno
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| TOTAL MES | M | 1.413,31 € | Columna «Total Mes» del Anexo I. El boletín publica para el personal nocturno una sola cifra mensual, sin desglosar salario base y complemento de reclasificación. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.413,31 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 16 de julio. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.413,31 € | Art. 16: treinta días de salario base y complemento de reclasificación 2021, más la antigüedad consolidada de quien la tenga (que el convenio no publica porque es ad personam). Los días laborables inmediatamente anteriores al 22 de diciembre. Puede prorratearse entre las doce mensualidades a decisión de la empresa. Quien ingresa o cesa durante el año la percibe en proporción al tiempo de servicio. |
| HORAS EXTRAS | H | 12,46 € | Art. 19 y Anexo IV: cuando la empresa decide pagarlas, el valor de la hora extraordinaria es el mismo que el de la hora normal, respetando como mínimo el valor de este anexo. Tope de 80 horas al año; pueden compensarse con descanso de igual duración dentro de los cuatro meses siguientes. |