Vigencia, denuncia y prórroga
El convenio rige durante los años 2025, 2026 y 2027, con prórroga tácita anual.
- Vigencia pactada: tres años, 2025, 2026 y 2027.
- Prórroga tácita de año en año si no media denuncia expresa y por escrito de cualquiera de las partes, con una antelación mínima de un mes al vencimiento inicial o al de cualquiera de sus prórrogas anuales.
- Tras la denuncia, las partes se comprometen a constituir la comisión negociadora en un plazo máximo de 45 días naturales desde la recepción del escrito.