Convenio colectivo · REGCON 01001862011991

Convenio colectivo de Tuyper, SA (Álava)

Araba/Álava Industria siderometalúrgica: fabricación de tubo Ámbito empresa Vigencia 01/01/2024 — 31/12/2026
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOTHA 78, de 12 de julio de 2024.
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2026. Ver las condiciones del convenio.

Tabla de salarios mínimos de especialista 2024 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.553,05 € El salario base es el mismo en los tres tramos: lo que cambia entre ellos es el complemento profesional.
PLUS EXTRASALARIAL M 89,38 € Igual en los tres tramos. El anexo no detalla qué compensa.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 38,59 € Art. 9: importe de UN quinquenio efectivo de trabajo en 2024, para la categoría de especialista. Sube con el IPC real en 2025 y 2026. Sin tope de quinquenios.
PLUS NOCTURNO H 3,81 € Art. 10: por cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. Año 2024.
HORA EXTRAORDINARIA DE DÍA ORDINARIO H 26,12 € Art. 11: valor de la hora extraordinaria ESTRUCTURAL en día ordinario, para la categoría de especialista. Año 2024.
HORA EXTRAORDINARIA DE SÁBADO, DOMINGO O FESTIVO H 31,01 € Art. 11: valor de la hora extraordinaria ESTRUCTURAL en sábado, domingo o festivo, para la categoría de especialista. Año 2024.
PÓLIZA DE ACCIDENTES: MUERTE POR ACCIDENTE A 18.030,36 € Art. 13: capital de la póliza de seguro individual de accidentes corporales que la empresa está obligada a mantener. No es una cantidad que se cobre en nómina.
PÓLIZA DE ACCIDENTES: INVALIDEZ PERMANENTE POR ACCIDENTE A 52.588,56 € Art. 13: capital MÁXIMO («hasta») de la póliza para la invalidez permanente por accidente. No es una cantidad que se cobre en nómina.
ESPECIALISTA TRAMO A SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL POR TRAMOS 2 conceptos

Puestos: Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
COMP. PROFESIONAL M 266,18 € Complemento del sistema de desarrollo profesional por tramos (art. 9). Es lo que distingue económicamente al tramo A del B y del C.
BRUTO AÑO A 26.720,50 € (SAL_BASE+COMP_PROFESIONAL+PLUS_EXTRASALARIAL)*14 Columna «BRUTO AÑO» del anexo. Verificada: es la suma de los tres conceptos mensuales por 14 pagas.
ESPECIALISTA TRAMO B SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL POR TRAMOS 2 conceptos

Puestos: Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
COMP. PROFESIONAL M 462,77 € Complemento del sistema de desarrollo profesional por tramos (art. 9). Se llega al tramo B con seis meses de experiencia.
BRUTO AÑO A 29.472,81 € (SAL_BASE+COMP_PROFESIONAL+PLUS_EXTRASALARIAL)*14 Columna «BRUTO AÑO» del anexo. Verificada: es la suma de los tres conceptos mensuales por 14 pagas.
ESPECIALISTA TRAMO C SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL POR TRAMOS 2 conceptos

Puestos: Especialista; Maquinista

ConceptoPagoImporteDetalle
COMP. PROFESIONAL M 619,13 € Complemento del sistema de desarrollo profesional por tramos (art. 9). Al tramo C se llega tras seis meses de formación en el puesto de maquinista y la superación de una evaluación de la dirección técnica.
BRUTO AÑO A 31.661,85 € (SAL_BASE+COMP_PROFESIONAL+PLUS_EXTRASALARIAL)*14 Columna «BRUTO AÑO» del anexo. Verificada: es la suma de los tres conceptos mensuales por 14 pagas.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años aún no tienen tabla con importes concretos: su subida depende del IPC. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2025 IPC real de 2024 · Sobre todos los conceptos retribuidos de 2024, incluidas las tablas de salarios mínimos de especialista y la antigüedad Art. 9. El boletín no publica la tabla resultante para 2025, por eso no se transcribe ninguna.
2026 IPC real de 2025 · Sobre todos los conceptos retribuidos del año anterior Art. 9. Sin tabla publicada para 2026.

Historia del convenio

01/01/2024 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2026 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de Industria siderometalúrgica: fabricación de tubo (Araba/Álava)?

En 2024, el salario base es de 1.553,05 € al mes.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y convenios de referencia

Tres años de vigencia y prórroga tácita hasta que se firme otro.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026 (art. 2).
  • La denuncia es automática el 1 de diciembre de 2026; desde esa fecha la parte social puede presentar su plataforma reivindicativa.
  • La empresa se compromete a iniciar las deliberaciones del siguiente convenio una vez se conozca el IPC del ejercicio 2026.
  • El convenio se entiende prorrogado tácitamente desde su terminación hasta la firma de un nuevo acuerdo que lo sustituya.
  • Afecta a todo el personal de Tuyper, SA, cualquiera que sea su categoría profesional (art. 1).
  • En lo no previsto rige el convenio sectorial de la industria siderometalúrgica de Álava 2022-2025, el acuerdo estatal del sector del metal y la normativa general (art. 3).
  • Se respetan todos los derechos adquiridos pactados individual o colectivamente, se recojan o no en el convenio, salvo pacto individual (art. 5).
  • Los aumentos que vengan de otros convenios o de disposiciones legales solo afectan a este cuando, en conjunto y cómputo anual, superen lo aquí pactado (art. 4).

Cómo suben los salarios

Cada año se aplica el IPC real del año anterior, sin tope ni suelo.

  • 2024: IPC real de 2023, ya aplicado en la tabla del anexo.
  • 2025: IPC real de 2024.
  • 2026: IPC real de 2025.
  • El incremento se aplica a TODOS los conceptos retribuidos, incluida la antigüedad y las tablas de salarios mínimos de especialista.
  • El boletín no publica las tablas de 2025 ni de 2026: esta ficha no muestra importes de esos años.

Jornada, calendario y descansos

La jornada es distinta en taller y en oficinas, y el calendario tiene días no laborables propios.

  • Taller: 1.723 horas efectivas en 2024 y 1.720 horas en 2025 y 2026.
  • Oficinas: 1.686 horas durante los tres años de vigencia.
  • Son días NO laborables: los cuatro posteriores a Semana Santa, todos los puentes, y los días 24 y 31 de diciembre.
  • Los años en que el 4 de agosto sea laborable en el calendario de la empresa, solo se trabaja en horario de mañana.
  • Las jornadas laborables del calendario no exceden de 222.
  • Desde 2025, el personal de taller tiene 8 horas anuales de libre disposición, fraccionables, partiendo de la jornada de 1.720 horas.
  • Esas horas se piden con 2 semanas de antelación y la empresa responde en 3 días laborables; si no contesta, se entienden concedidas.
  • No pueden disfrutarse en julio ni en los días inmediatamente anteriores a las vacaciones de verano, Semana Santa y puentes, y no pueden coincidir más de una persona por relevo y máquina.
  • Bocadillo: quien trabaja a turnos puede comerlo en 15 minutos dentro de la jornada, sin alterar el funcionamiento ni el rendimiento de las máquinas, y sin que se entienda disfrutado con cargo a la jornada.
  • El personal de almacén a turnos sí disfruta de esos 15 minutos CON cargo a la jornada, entre las 10:00 y las 11:00 o entre las 18:00 y las 19:00 según el turno.
  • El personal adscrito a la máquina Enderezadora Vascas tiene también ese derecho mientras trabaje en ella.

Vacaciones

Treinta días al año.

  • 30 días de vacaciones anuales retribuidas (art. 8).

Antigüedad

Se cobra por quinquenios, con un importe fijo que sube con el IPC.

  • Un quinquenio por cada cinco años efectivos de trabajo.
  • Importe en 2024 para la categoría de especialista: 38,59 euros al mes.
  • En 2025 y 2026 ese importe se incrementa con el IPC real de 2024 y de 2025 respectivamente.
  • El convenio no fija un número máximo de quinquenios.
  • El anexo solo publica el importe de la categoría de especialista.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

El complemento es del 100 % desde el primer día, sea cual sea la causa.

  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional: complemento hasta el 100 % del salario desde el primer día de la baja.
  • Enfermedad común y accidente no laboral: complemento hasta el 100 % del salario, también desde el primer día.
  • El convenio no distingue entre unas contingencias y otras: la cobertura es la misma.

Pagas extraordinarias

El convenio no las regula, pero su propia tabla demuestra que son dos.

  • El texto no contiene ningún artículo sobre pagas extraordinarias: se remite al convenio sectorial del metal de Álava y al acuerdo estatal del sector (art. 3).
  • Aun así, la columna «BRUTO AÑO» del anexo se reconstruye exactamente como la suma del salario base, el complemento profesional y el plus extrasalarial multiplicada por 14, en los tres tramos.
  • Es decir: 12 mensualidades más 2 pagas extraordinarias.
  • Como el convenio no las nombra ni fija sus fechas de abono, esta ficha no las publica como conceptos propios.

El sistema de tramos del especialista

El convenio organiza la categoría de especialista en tres tramos con progresión reglada.

  • Tramo A: el de entrada.
  • Progresión del tramo A al B: seis meses de experiencia.
  • Progresión del tramo B al C: seis meses más de experiencia y un periodo de formación de seis meses en el puesto de maquinista, con evaluación.
  • La evaluación la realiza la dirección técnica tras los seis meses de formación en máquina.
  • Si no se supera, no hay efectos económicos y la siguiente evaluación se hace seis meses después.
  • Lo que se evalúa para llegar al tramo C: la capacidad de realizar de forma autónoma la preparación, la puesta a punto y la fabricación de las distintas calidades y geometrías, cumpliendo los estándares de calidad y fabricación de cada máquina.
  • Los tramos sucesivos se corresponden con la adquisición de capacidades profesionales acreditadas por la experiencia, el aprovechamiento de las acciones formativas y la evaluación de desempeño.

Nocturnidad, horas extra, seguro y ropa

Cuatro condiciones económicas más, todas con importe salvo la ropa.

  • Plus nocturno: 3,81 euros por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00 (año 2024).
  • Hora extraordinaria estructural de día ordinario: 26,12 euros (año 2024, categoría de especialista).
  • Hora extraordinaria estructural de sábado, domingo o festivo: 31,01 euros (año 2024, categoría de especialista).
  • Póliza de accidentes corporales: 18.030,36 euros por muerte por accidente y hasta 52.588,56 euros por invalidez permanente por accidente (art. 13).
  • Limpieza de la ropa de trabajo: la empresa se hace cargo de la gestión de lavandería y asume el coste de un juego de ropa (buzo, o pantalón más camisa o chaleco) por persona y semana; las prendas adicionales se aceptan por causa justificada y con el visto bueno del responsable (art. 16). No hay compensación en dinero.
  • Jubilación parcial: la empresa la facilita mediante contrato de relevo mientras siga vigente el régimen especial del RDL 20/2018. Con 61 años cumplidos, al menos 6 años de antigüedad y 33 de cotización, y en tareas de esfuerzo físico o alta atención propias de la industria manufacturera, se puede reducir la jornada un 80 % acumulando el 20 % restante de forma consecutiva; hay que avisar a Recursos Humanos con tres meses de antelación (art. 15).
  • Jubilación forzosa: se aplica en las modalidades y con los requisitos de la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores, con los objetivos de consolidar el empleo de calidad, fomentar el relevo generacional y mejorar el balance de género (art. 14).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 13), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Muerte 18.030,36 € Desde 01/01/2024 El boletín dice «accidente» sin especificar laboral/no laboral.
Invalidez (el convenio no distingue grado) 52.588,56 € Desde 01/01/2024 El boletín dice «invalidez permanente» sin distinguir grado, y fija el importe como «hasta» 52.588,56 € (máximo, no cuantía fija).

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