Convenio colectivo · REGCON 01101301012024

Convenio colectivo de Transportes Ibarra SL (centro de Júndiz, Álava)

Araba/Álava Transporte de mercancías por carretera Ámbito empresa Vigencia 01/01/2023 — 31/12/2025
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOTHA 69, de 19 de junio de 2024.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2025, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2024 (+4,60 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS SÁBADOS E 193,51 € Art. 16: por persona y día trabajado en sábado, en jornada completa. Desde 2024 la actualización está condicionada a que en el año anterior se hayan cubierto los requerimientos de la empresa en el 75 % de los días solicitados.
PLUS FESTIVOS E 193,51 € Art. 17: compensación económica por festivo trabajado, por persona y día en jornada completa, además del día libre compensatorio. El boletín lo llama por error «plus sábado» al dar la cifra de 2024, pero el importe es el de este plus.
PLUS CALZADO A 31,38 € Art. 18: compensación para quien opte por comprarse su propio calzado.
MOZO/A ESPECIALIZADO PERSONAL AGENCIA DE TRANSPORTE 7 conceptos

Puestos: Mozo/a especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.172,75 € Art. 11.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 319,77 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 58,64 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.492,53 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.492,53 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.492,53 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 22.387,90 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
CONDUCTOR/A ESTATAL PERSONAL TRANSPORTE MERCANCÍAS 7 conceptos

Puestos: Conductor/a estatal

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.291,81 € Art. 11.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 380,71 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 64,59 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.672,52 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.672,52 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.672,52 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 25.087,84 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
CONDUCTOR/A COMARCAL PERSONAL TRANSPORTE MERCANCÍAS 7 conceptos

Puestos: Conductor/a comarcal

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.238,42 € Art. 11.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 365,47 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 61,92 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.603,89 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.603,89 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.603,89 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 24.058,42 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
CONDUCTOR/A LOCAL PERSONAL TRANSPORTE MERCANCÍAS 7 conceptos

Puestos: Conductor/a local

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.231,87 € Art. 11.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 350,25 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 61,59 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.582,13 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.582,13 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.582,13 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 23.731,91 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
OFICIAL DE 1ª PERSONAL ADMINISTRATIVO 7 conceptos

Puestos: Oficial administrativo de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.356,84 € Art. 11.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 350,21 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 67,84 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.707,05 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.707,05 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.707,05 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 25.605,77 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
OFICIAL DE 2ª PERSONAL ADMINISTRATIVO 7 conceptos

Puestos: Oficial administrativo de 2ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.302,52 € Art. 11.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 335,00 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 65,13 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.637,52 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.637,52 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS», que en 2024 coincide con salario base más prima de rendimiento. A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.637,52 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 24.562,85 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
Tabla salarial 2023 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS SÁBADOS E 185,00 € Art. 16: por persona y día trabajado en sábado, en jornada completa. En 2023 se abona sin ninguna condición.
PLUS FESTIVOS E 185,00 € Art. 17: compensación económica por festivo trabajado según el calendario laboral, por persona y día en jornada completa, además del día libre compensatorio.
PLUS CALZADO A 30,00 € Art. 18: compensación para quien opte por comprarse su propio calzado.
MOZO/A ESPECIALIZADO PERSONAL AGENCIA DE TRANSPORTE 7 conceptos

Puestos: Mozo/a especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.121,18 € Art. 11. Incluye el concepto «a cuenta convenio», que desaparece desde septiembre de 2023.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 305,71 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 56,06 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.210,69 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.210,69 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.210,69 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 20.754,75 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
CONDUCTOR/A ESTATAL PERSONAL TRANSPORTE MERCANCÍAS 7 conceptos

Puestos: Conductor/a estatal

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.235,00 € Art. 11. Incluye el concepto «a cuenta convenio», que desaparece desde septiembre de 2023.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 363,97 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 61,75 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.357,81 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.357,81 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.357,81 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 23.261,07 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
CONDUCTOR/A COMARCAL PERSONAL TRANSPORTE MERCANCÍAS 7 conceptos

Puestos: Conductor/a comarcal

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.183,96 € Art. 11. Incluye el concepto «a cuenta convenio», que desaparece desde septiembre de 2023.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 349,40 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 59,20 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.319,31 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.319,31 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.319,31 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 22.358,25 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
CONDUCTOR/A LOCAL PERSONAL TRANSPORTE MERCANCÍAS 7 conceptos

Puestos: Conductor/a local

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.177,70 € Art. 11. Incluye el concepto «a cuenta convenio», que desaparece desde septiembre de 2023.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 334,85 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 58,88 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.301,36 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.301,36 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.301,36 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 22.054,68 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
OFICIAL DE 1ª PERSONAL ADMINISTRATIVO 7 conceptos

Puestos: Oficial administrativo de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.297,17 € Art. 11. Incluye el concepto «a cuenta convenio», que desaparece desde septiembre de 2023.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 334,81 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 64,86 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.321,43 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.321,43 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.321,43 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 23.548,05 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.
OFICIAL DE 2ª PERSONAL ADMINISTRATIVO 7 conceptos

Puestos: Oficial administrativo de 2ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.245,24 € Art. 11. Incluye el concepto «a cuenta convenio», que desaparece desde septiembre de 2023.
PRIMA DE RENDIMIENTO M 320,27 € Art. 12: columna «PRIMA RENDI.» de las tablas.
ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) M 62,26 € SAL_BASE*0.05 5% Art. 13: valor de UN quinquenio (5 % del salario base) por cada cinco años de servicio en la empresa.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.268,53 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.268,53 € Art. 14: columna «PAGAS EXTRAS». A este importe se le suman la antigüedad y el complemento personal en su caso.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.268,53 € Art. 15: participación en beneficios, en la cuantía de la columna «PAGAS EXTRAS» más antigüedad y complemento personal en su caso.
BRUTO ANUAL A 22.591,71 € Columna «BRUTO ANUAL» del boletín: salario base más prima de rendimiento por 12 meses, más las tres pagas. Sin antigüedad ni pluses.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años aún no tienen tabla con importes concretos: su subida depende del IPC. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2025 4,60 % sobre las tablas salariales de 2024 · Tablas salariales de 2024 Disposición adicional: la subida se aplica en la nómina de enero de 2025. Si el IPC de 2024 hubiera sido superior al 4,60 %, las tablas se actualizarían en ese porcentaje antes del 31 de marzo de 2025, con efectos desde enero y abono de atrasos. El boletín NO publica la tabla de 2025, por eso no se transcribe ninguna.

Historia del convenio

01/01/2023 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2025 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de Transporte de mercancías por carretera (Araba/Álava)?

En 2024, el salario base va desde 1.172,75 € hasta 1.356,84 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y ámbito

Es un convenio de centro de trabajo, con tres años de duración y ultraactividad pactada expresamente.

  • Duración de 3 años: 2023, 2024 y 2025 (art. 4).
  • Entra en vigor con su publicación en el BOTHA, salvo los artículos que digan regir desde la firma, pero los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2023.
  • Al concluir la duración pactada queda denunciado automáticamente, y las partes deben iniciar la negociación en el plazo improrrogable de 3 meses.
  • Ultraactividad pactada expresamente (art. 86.3 ET): una vez denunciado, el convenio mantiene su vigencia hasta que ambas partes suscriban otro que lo sustituya.
  • Se aplica solo al personal de plantilla de Transportes Ibarra SL adscrito al servicio de transporte de mercancías por carretera (estatal) en el centro del polígono industrial de Júndiz (Álava).
  • En todo lo no previsto rige el convenio provincial del sector del transporte de mercancías por carretera y agencias de transporte de Álava vigente en cada momento (art. 7).

Cómo suben los salarios

Las subidas van con una garantía de IPC que se revisa a principios del año siguiente.

  • Año 2023: tablas propias con los salarios ya incrementados en septiembre de 2022. El salario base de esas tablas absorbe el concepto que hasta entonces se llamaba «a cuenta convenio», que desaparece desde septiembre de 2023.
  • Año 2024: 4,60 % sobre las tablas de 2023, aplicable en la nómina de enero de 2024.
  • Año 2025: 4,60 % sobre las tablas de 2024, aplicable en la nómina de enero de 2025.
  • Garantía de IPC: si el IPC del año anterior superase el 4,60 %, las tablas se actualizan en ese porcentaje antes del 31 de marzo, con efectos desde enero y abono de los atrasos.
  • El plus de sábados, el plus de festivos y el plus de calzado se actualizan en los mismos términos que la subida salarial general.
  • El boletín no publica tabla para 2025: esta ficha no muestra importes de ese año.

Jornada de trabajo

La jornada anual baja de forma progresiva a lo largo de los tres años del convenio.

  • 2023: 1.727 horas anuales.
  • 2024: 1.722 horas anuales.
  • 2025: 1.718 horas anuales.
  • La bajada total pactada es de 9 horas: 5 en 2024 y 4 en 2025.
  • El horario es semanal, de lunes a viernes.
  • Se puede acordar trabajar el sábado por necesidades de la empresa, con conocimiento previo de la representación del personal y de acuerdo con las personas afectadas; el trabajo en sábado es voluntario y rotativo.
  • La jornada concreta la fija el calendario laboral que se apruebe en el centro de trabajo.
  • Los días de ajuste de calendario no los impone la empresa: en 2024 y 2025 la mitad los eligen las personas trabajadoras.
  • Los festivos que se trabajen según el calendario laboral se compensan con dinero Y con un día libre; al elegir ese día libre no pueden coincidir más de dos personas del mismo departamento, salvo acuerdo.
  • Permiso por asuntos particulares: 8 horas al año, de carácter recuperable. No hace falta pedirlo con 48 horas de antelación cuando se trata de atender a hijos menores de edad o a un padre o madre con enfermedad.

Premio de antigüedad

Se cobra un 5 % del salario base por cada cinco años en la empresa.

  • Aumento periódico del 5 % sobre el salario base por cada cinco años de servicio en la misma empresa.
  • Se calcula sobre la primera columna de las tablas salariales, la de salario base.
  • El convenio no fija un número máximo de quinquenios.

Pagas extraordinarias y de beneficios

Son tres pagas, y en 2024 su importe cambió de criterio.

  • Dos pagas extraordinarias, en julio y en diciembre (art. 14).
  • Una tercera gratificación en concepto de participación en beneficios (art. 15).
  • Las tres se abonan en la cuantía que fija la columna «PAGAS EXTRAS» de las tablas, más la antigüedad y el complemento personal en su caso.
  • En caso de ingreso o cese durante el año se abona la parte proporcional al tiempo trabajado.
  • Cambio a tener en cuenta: en 2023 la columna de pagas lleva un importe propio, mientras que en 2024 pasa a coincidir con la suma de salario base y prima de rendimiento, de modo que las pagas subieron bastante más que el 4,60 % general.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

Este convenio de empresa no regula el complemento por baja.

  • El texto no contiene ningún artículo sobre incapacidad temporal.
  • Se aplica lo que establezca el convenio provincial del sector del transporte de mercancías por carretera y agencias de transporte de Álava vigente en cada momento (art. 7).

Pluses de sábado, festivos y calzado

Tres importes fijos que se actualizan con la subida salarial general.

  • Plus de sábados: 185,00 euros brutos por persona y día en jornada completa (2023); 193,51 euros en 2024.
  • El plus de sábados se abonó sin condición alguna en 2023. Desde 2024 su actualización está condicionada a que en el año anterior se hayan cubierto los requerimientos de la empresa en el 75 % de los días solicitados.
  • Plus de festivos: 185,00 euros brutos por persona y día en jornada completa (2023); 193,51 euros en 2024, además del día libre compensatorio.
  • Plus de calzado: 30,00 euros en 2023 y 31,38 euros en 2024 para quien opte por comprarse su propio calzado.
  • Los tres importes se actualizan en los mismos términos que la subida salarial pactada con carácter general.

Formación, contratación temporal y cambios de condiciones

El convenio limita el uso de ETT y blinda las modificaciones sustanciales.

  • La empresa se compromete a que el personal contratado por ETT no supere el 15 % del total de la plantilla del centro (art. 10).
  • Los cursos para renovar el carnet de carretillero se hacen en las mismas condiciones que los del Certificado de Aptitud Profesional (CAP), y la empresa pone los medios (art. 19).
  • Las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo del art. 41 del Estatuto de los Trabajadores exigen acuerdo: con la persona afectada si son individuales, con la representación de la plantilla si son colectivas. Sin acuerdo no pueden llevarse a efecto (art. 21).
  • Para descolgarse del convenio, la empresa debe avisar a la comisión paritaria con 60 días de antelación al periodo de consultas del art. 82.3 del Estatuto (art. 5).

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