Vigencia y ámbito
Convenio colectivo autonómico del sector VTC (transporte de pasajeros en vehículo de turismo mediante arrendamiento con conductor) en la Comunidad de Madrid.
- Ámbito funcional: empresas que, con autorización VTC, realizan transporte de pasajeros en turismos mediante arrendamiento de vehículos con conductor, contratado por plataforma digital o por cualquier otro medio (art. 3).
- Ámbito territorial: toda la Comunidad de Madrid (art. 2).
- Entrada en vigor: 1 de septiembre de 2024 (primer día del mes siguiente a su publicación en el BOCM). Vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 4).
- Efectos económicos del art. 25 desde el 1 de mayo de 2024, con atrasos abonables como tarde dos meses tras la entrada en vigor.
- Denuncia: por escrito y de forma fehaciente, con dos meses de antelación al vencimiento de la vigencia inicial o de cualquiera de sus prórrogas (art. 5).
- Sin denuncia, el convenio se prorroga de año en año hasta un máximo de tres años, incrementando todos los conceptos económicos un 1% cada año prorrogado; una vez denunciado, se mantiene vigente en todos sus extremos hasta que lo sustituya otro convenio (art. 5).