Un laudo arbitral fijó los salarios de 2023 a 2026
Las subidas de 2023 a 2026 las decidió un árbitro, no la mesa negociadora, y se aplican con efecto retroactivo a 2023.
- Tras un conflicto colectivo con huelga, la patronal APCTA y los sindicatos USCA y CC.OO. sometieron a ARBITRAJE EN EQUIDAD la fijación de las condiciones económicas del periodo 2023-2026 (expediente SIMA A/002/2024/N).
- El laudo de 29 de julio de 2024 tiene LA MISMA EFICACIA QUE UN CONVENIO COLECTIVO y es de obligado cumplimiento; se aplica hasta que las partes no acuerden otra cosa (art. 82.4 del Estatuto de los Trabajadores).
- 2023: +4 % en todas las partidas del ANEXO I y +5 % en las del ANEXO II, sobre los valores a 31 de diciembre de 2022, con efecto RETROACTIVO al 1 de enero de 2023.
- 2024: +2 % en el anexo I y +3 % en el anexo II, sobre los valores ya actualizados a 31 de diciembre de 2023. También retroactivo.
- 2025: +2 % SOLO en el anexo II (personal de oficinas centrales). El laudo no fija subida del anexo I para ese año.
- 2026: +2 % SOLO en el anexo II.
- Todos los incrementos son CONSOLIDABLES.
- El laudo recomendó repartir el desembolso de los atrasos de 2023 y 2024 en un año desde el 1 de agosto de 2024 y, a falta de acuerdo antes del 1 de septiembre de 2024, pagarlo todo antes de terminar 2024.
- ⚠ El laudo NO publica las tablas resultantes de aplicar esos porcentajes: publica solo los porcentajes. Por eso esta ficha no calcula ninguna tabla posterior a 2020.
- El árbitro recordó que el sistema de niveles del artículo 38 ya supone de facto una subida en torno al 10 % cada tres años para casi toda la plantilla de controladores —un 3 % anual— y que el Grupo IV no había tenido ninguna actualización durante la ultraactividad.
- El laudo es impugnable ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. En REGCON consta un «Pronunciamiento del Tribunal» inscrito el 27 de diciembre de 2024, sin enlace y sin publicar en el BOE, que podría ser esa impugnación.