Vigencia, denuncia y prórroga
El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 (vigencia de 3 años).
- La denuncia para su revisión o negociación debe efectuarse entre los 90 y los 30 días anteriores a la fecha de vencimiento inicial o de cualquiera de sus prórrogas (art. 4).
- Si no se denuncia en tiempo y forma, se entiende prorrogado en sus propios términos por una anualidad a partir de su vencimiento (art. 4).
- Las partes firmantes se comprometen a iniciar la negociación del nuevo convenio en cuanto se formule la denuncia, aunque no se haya agotado la vigencia temporal (art. 4).