Vigencia, denuncia y ámbito
Tres años de vigencia, con continuidad indefinida si no se firma otro.
- Entra en vigor con efectos de 1 de enero de 2024, cualquiera que sea la fecha de registro y publicación (art. 4).
- Duración de tres años: termina el 31 de diciembre de 2026 (art. 5).
- La denuncia se entiende automática un mes antes de la finalización de su vigencia (art. 6).
- Si al expirar no hay acuerdo para firmar otro, o las negociaciones se alargan, el convenio continúa vigente con carácter INDEFINIDO y en su totalidad hasta la firma de un nuevo acuerdo.
- Se aplica a todas las empresas del sector en Salamanca y su provincia, y a todo su personal (arts. 1 a 3).
- La compensación y absorción solo opera cuando los salarios realmente abonados, en conjunto y cómputo anual, sean más favorables que los del convenio (art. 7).
- Se respetan «ad personam» los pactos de empresa y situaciones más beneficiosas, globalmente consideradas y en cómputo anual (art. 8).