Vigencia y futura negociacion autonomica
El convenio tiene una duracion de dos anos y las partes se comprometen a negociar el siguiente ambito autonomico de Cataluna.
- Vigencia: del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2015 (art. 7), con efectos economicos desde el 1 de enero de 2014 sea cual sea la fecha de publicacion (art. 5).
- El convenio no regula que ocurre tras su vencimiento (no hay clausula de ultraactividad ni de prorroga tacita).
- Denuncia: por escrito, con al menos 90 dias de antelacion al final de la vigencia (art. 8).
- Las partes manifiestan el compromiso de que la proxima negociacion se enmarque en el ambito autonomico de Cataluna, bajo el Conveni Marc de Supermercats i Autoserveis de Catalunya (arts. 4, 8 y 55).
- Se recomienda no suscribir nuevos convenios de empresa de ambito inferior a la provincia durante la vigencia (art. 4).