| SALARIO BASE | M | 1.198,61 € | % Este salario base por sí solo (1198.61 € × 14 pagas) no llega al Salario Mínimo Interprofesional de 2026. Lo supera sumándole la prima de carencia de incentivos de la segunda columna, que cobra quien no tiene retribución por rendimiento pactada (art. 25); en las empresas con incentivos, son estos los que se suman. En todo caso, por ley nadie puede cobrar menos del mínimo legal. |
| PCI (PRIMA DE CARENCIA DE INCENTIVOS) | M | 363,01 € | % Gratificación de carencia de incentivos: la cobran las empresas que NO tienen regulada la retribución en función del rendimiento, como prima de productividad y asistencia, y se abona mensualmente. Se pierde total o parcialmente por faltas de puntualidad o de asistencia (art. 25). Los permisos retribuidos y las reducciones de jornada no cuentan como falta a estos efectos (art. 43). |
| COMPLEMENTO PERSONAL DE ANTIGÜEDAD (QUINQUENIO) | M | 71,92 € | SAL_BASE*0.06 6% Importe de CADA quinquenio: 6 % del salario base por cada cinco años de servicio. |
| GRATIFICACIÓN DE NOCTURNIDAD | M | 299,65 € | SAL_BASE*0.25 25% Bonificación del 25 % sobre el salario base de la tabla para quien trabaje entre las 22:00 y las 6:00. Es independiente de las horas extraordinarias y de la gratificación de trabajos especialmente penosos, tóxicos o peligrosos. |
| GRATIFICACIÓN DE TRABAJOS ESPECIALES (PENOSIDAD, TOXICIDAD O PELIGROSIDAD) | M | 299,65 € | SAL_BASE*0.25 25% 25 % sobre el salario base cuando concurre UNA de las tres circunstancias y no está ya comprendida en la valoración del puesto o en los incentivos. Se reduce a la mitad si el trabajo especial duró entre una y cuatro horas. |
| GRATIFICACIÓN DE TRABAJOS ESPECIALES (DOS CIRCUNSTANCIAS) | M | 359,58 € | SAL_BASE*0.30 30% 30 % sobre el salario base cuando concurren DOS de las tres circunstancias (penosidad, toxicidad, peligrosidad) por encima del riesgo normal. |
| GRATIFICACIÓN DE TRABAJOS ESPECIALES (TRES CIRCUNSTANCIAS) | M | 419,51 € | SAL_BASE*0.35 35% 35 % sobre el salario base cuando concurren LAS TRES circunstancias (penosidad, toxicidad y peligrosidad) por encima del riesgo normal. |
| GRATIFICACIÓN DEL JEFE/A DE EQUIPO | M | 239,72 € | SAL_BASE*0.20 20% 20 % sobre el salario base del grupo o nivel para quien, haciendo trabajo manual, controla el trabajo de un grupo de entre tres y ocho personas. Quien la desempeñe un año seguido (o tres alternos) conserva la retribución al cesar en la función, hasta que la supere por ascenso. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO | A | 1.561,62 € | SAL_BASE+PCI % 30 días de salario base más la prima de carencia de incentivos, más el complemento de antigüedad si se tiene. El importe recogido es la suma de salario base y carencia de incentivos: la antigüedad depende de los quinquenios de cada persona. Se devenga por semestres naturales y se abona el 15 de julio. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.561,62 € | SAL_BASE+PCI % 30 días de salario base más la prima de carencia de incentivos, más el complemento de antigüedad si se tiene. El importe recogido es la suma de salario base y carencia de incentivos: la antigüedad depende de los quinquenios de cada persona. Se devenga por semestres naturales y se abona el 15 de diciembre. |