Convenio colectivo · REGCON 47001095012003

VI Convenio Colectivo de la Sanidad Privada de la Provincia de Valladolid

Valladolid Sanidad (sanidad privada: hospitalización, asistencia, consultas, cirugía ambulatoria, diagnóstico médico y laboratorios de diagnóstico clínico) Ámbito provincial Vigencia 01/01/2021 — 31/12/2025
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP Valladolid nº 2021/185, 27-09-2021.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2025, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2025 PDF oficial ↗
Grupo I I 2 conceptos

Puestos: Dirección General; Dirección de Administración; Dirección de Recursos Humanos; Dirección Técnica; Dirección Asistencial; Jefatura de Servicio; Jefatura de Unidad; Jefatura de Área; Jefatura de Personal; Jefatura de Administración; Jefatura de Servicios Generales; Titulado en Medicina – Especialista; Titulado en Medicina Guardia Interno; Titulado en Derecho-Economía; Titulado en Ingeniería/Arquitectura/Mantenimiento; Titulado en Psicología; Titulado en Farmacia (Especialista en Farmacia Hospitalaria); Titulado en Biología; Titulado en Radiofísica; Titulado Superior en Seguridad y Prevención

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SALARIO BASE M 2.090,20 € Anexo I, tabla 2025.
SALARIO AÑO A 29.262,80 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo II II 2 conceptos

Puestos: ATS/DUE/Enfermeros/as; Trabajo Social; Terapia Ocupacional; Logopedia; Fisioterapia; Nutrición y Dietética; Educación Social; Educación; Matrona; Ingeniería Técnica-Informática; Relaciones Laborales-Recursos Humanos; Administración

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SALARIO BASE M 1.498,14 € Anexo I, tabla 2025.
SALARIO AÑO A 20.973,96 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo III III 2 conceptos

Puestos: Técnico de Grado Superior de Análisis/Documentación/Laboratorio/Anatomía Patológica/Animación Sociocultural/Radioterapia/Administración/Dietética/Sistemas Informáticos/Prevención de RRLL; Gobernantes/as; Jefatura de cocina; Oficiales/as; Conductor/a de instalaciones

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SALARIO BASE M 1.280,47 € Anexo I, tabla 2025.
SALARIO AÑO A 17.926,58 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo IV IV 3 conceptos

Puestos: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería; Auxiliar de Clínica; Técnico en Atención Sociosanitaria; Técnico de Farmacia; Cuidadores/as; Puericultura; Cocinero/a; Auxiliar Administrativo; Auxiliar de Oficios; Conductores/as; Telefonista-Recepcionista; Jardinero/a; Peluquero/a; Camarero/a

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SALARIO BASE M 1.031,46 € Anexo I, tabla 2025. +1,20% sobre 2024.
SALARIO AÑO A 14.440,44 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 152,54 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2025 (RD 87/2025): 1.184,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (1.031,46 €) queda 152,54 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
Grupo V V 3 conceptos

Puestos: Celador/a; Auxiliar de Conducción/Transporte; Conserjería; Plancha; Lavandería; Costura; Limpieza; Pinche o ayudante de Cocina; Fregadero; Ayudante de Oficios varios; Vigilancia; Peón; Ayudante de camarero/a

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SALARIO BASE M 1.000,44 € Anexo I, tabla 2025. +1,20% sobre 2024.
SALARIO AÑO A 14.006,16 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 183,56 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2025 (RD 87/2025): 1.184,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (1.000,44 €) queda 183,56 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
TODAS LAS CATEGORÍAS 6 conceptos

Puestos: Todo el personal afectado por el convenio

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PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 10 HORAS) D 10,51 € Art. 25.
PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 8 HORAS) D 8,41 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD D 14,72 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD ESPECIAL D 29,43 € Art. 25.
HORA EXTRAORDINARIA H 50% Art. 12. Importe único para toda la vigencia.
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS (1º AÑO) M 70% Art. 21.C.4. Importe único para toda la vigencia.
Tabla salarial 2024 PDF oficial ↗
Grupo I I 2 conceptos

Puestos: Dirección General; Dirección de Administración; Dirección de Recursos Humanos; Dirección Técnica; Dirección Asistencial; Jefatura de Servicio; Jefatura de Unidad; Jefatura de Área; Jefatura de Personal; Jefatura de Administración; Jefatura de Servicios Generales; Titulado en Medicina – Especialista; Titulado en Medicina Guardia Interno; Titulado en Derecho-Economía; Titulado en Ingeniería/Arquitectura/Mantenimiento; Titulado en Psicología; Titulado en Farmacia (Especialista en Farmacia Hospitalaria); Titulado en Biología; Titulado en Radiofísica; Titulado Superior en Seguridad y Prevención

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SALARIO BASE M 2.069,50 € Anexo I, tabla 2024.
SALARIO AÑO A 28.973,00 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo II II 2 conceptos

Puestos: ATS/DUE/Enfermeros/as; Trabajo Social; Terapia Ocupacional; Logopedia; Fisioterapia; Nutrición y Dietética; Educación Social; Educación; Matrona; Ingeniería Técnica-Informática; Relaciones Laborales-Recursos Humanos; Administración

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SALARIO BASE M 1.483,31 € Anexo I, tabla 2024.
SALARIO AÑO A 20.766,34 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo III III 2 conceptos

Puestos: Técnico de Grado Superior de Análisis/Documentación/Laboratorio/Anatomía Patológica/Animación Sociocultural/Radioterapia/Administración/Dietética/Sistemas Informáticos/Prevención de RRLL; Gobernantes/as; Jefatura de cocina; Oficiales/as; Conductor/a de instalaciones

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SALARIO BASE M 1.267,79 € Anexo I, tabla 2024.
SALARIO AÑO A 17.749,06 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo IV IV 3 conceptos

Puestos: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería; Auxiliar de Clínica; Técnico en Atención Sociosanitaria; Técnico de Farmacia; Cuidadores/as; Puericultura; Cocinero/a; Auxiliar Administrativo; Auxiliar de Oficios; Conductores/as; Telefonista-Recepcionista; Jardinero/a; Peluquero/a; Camarero/a

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SALARIO BASE M 1.019,23 € Anexo I, tabla 2024.
SALARIO AÑO A 14.269,22 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 114,77 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2024 (RD 145/2024): 1.134,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (1.019,23 €) queda 114,77 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
Grupo V V 3 conceptos

Puestos: Celador/a; Auxiliar de Conducción/Transporte; Conserjería; Plancha; Lavandería; Costura; Limpieza; Pinche o ayudante de Cocina; Fregadero; Ayudante de Oficios varios; Vigilancia; Peón; Ayudante de camarero/a

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SALARIO BASE M 988,58 € Anexo I, tabla 2024.
SALARIO AÑO A 13.840,12 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 145,42 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2024 (RD 145/2024): 1.134,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (988,58 €) queda 145,42 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
TODAS LAS CATEGORÍAS 6 conceptos

Puestos: Todo el personal afectado por el convenio

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PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 10 HORAS) D 10,41 € Art. 25.
PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 8 HORAS) D 8,32 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD D 14,57 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD ESPECIAL D 29,14 € Art. 25.
HORA EXTRAORDINARIA H 50% Art. 12. Importe único para toda la vigencia.
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS (1º AÑO) M 70% Art. 21.C.4. Importe único para toda la vigencia.
Tabla salarial 2023 PDF oficial ↗
Grupo I I 2 conceptos

Puestos: Dirección General; Dirección de Administración; Dirección de Recursos Humanos; Dirección Técnica; Dirección Asistencial; Jefatura de Servicio; Jefatura de Unidad; Jefatura de Área; Jefatura de Personal; Jefatura de Administración; Jefatura de Servicios Generales; Titulado en Medicina – Especialista; Titulado en Medicina Guardia Interno; Titulado en Derecho-Economía; Titulado en Ingeniería/Arquitectura/Mantenimiento; Titulado en Psicología; Titulado en Farmacia (Especialista en Farmacia Hospitalaria); Titulado en Biología; Titulado en Radiofísica; Titulado Superior en Seguridad y Prevención

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SALARIO BASE M 2.049,01 € Anexo I, tabla 2023.
SALARIO AÑO A 28.686,14 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo II II 2 conceptos

Puestos: ATS/DUE/Enfermeros/as; Trabajo Social; Terapia Ocupacional; Logopedia; Fisioterapia; Nutrición y Dietética; Educación Social; Educación; Matrona; Ingeniería Técnica-Informática; Relaciones Laborales-Recursos Humanos; Administración

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SALARIO BASE M 1.468,62 € Anexo I, tabla 2023.
SALARIO AÑO A 20.560,68 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo III III 2 conceptos

Puestos: Técnico de Grado Superior de Análisis/Documentación/Laboratorio/Anatomía Patológica/Animación Sociocultural/Radioterapia/Administración/Dietética/Sistemas Informáticos/Prevención de RRLL; Gobernantes/as; Jefatura de cocina; Oficiales/as; Conductor/a de instalaciones

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SALARIO BASE M 1.255,24 € Anexo I, tabla 2023.
SALARIO AÑO A 17.573,36 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo IV IV 3 conceptos

Puestos: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería; Auxiliar de Clínica; Técnico en Atención Sociosanitaria; Técnico de Farmacia; Cuidadores/as; Puericultura; Cocinero/a; Auxiliar Administrativo; Auxiliar de Oficios; Conductores/as; Telefonista-Recepcionista; Jardinero/a; Peluquero/a; Camarero/a

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SALARIO BASE M 1.009,14 € Anexo I, tabla 2023.
SALARIO AÑO A 14.127,96 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 70,86 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2023 (RD 99/2023): 1.080,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (1.009,14 €) queda 70,86 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
Grupo V V 3 conceptos

Puestos: Celador/a; Auxiliar de Conducción/Transporte; Conserjería; Plancha; Lavandería; Costura; Limpieza; Pinche o ayudante de Cocina; Fregadero; Ayudante de Oficios varios; Vigilancia; Peón; Ayudante de camarero/a

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SALARIO BASE M 978,79 € Anexo I, tabla 2023.
SALARIO AÑO A 13.703,06 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 101,21 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2023 (RD 99/2023): 1.080,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (978,79 €) queda 101,21 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
TODAS LAS CATEGORÍAS 6 conceptos

Puestos: Todo el personal afectado por el convenio

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PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 10 HORAS) D 10,30 € Art. 25.
PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 8 HORAS) D 8,24 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD D 14,42 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD ESPECIAL D 28,85 € Art. 25.
HORA EXTRAORDINARIA H 50% Art. 12. Importe único para toda la vigencia.
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS (1º AÑO) M 70% Art. 21.C.4. Importe único para toda la vigencia.
Tabla salarial 2022 PDF oficial ↗
Grupo I I 2 conceptos

Puestos: Dirección General; Dirección de Administración; Dirección de Recursos Humanos; Dirección Técnica; Dirección Asistencial; Jefatura de Servicio; Jefatura de Unidad; Jefatura de Área; Jefatura de Personal; Jefatura de Administración; Jefatura de Servicios Generales; Titulado en Medicina – Especialista; Titulado en Medicina Guardia Interno; Titulado en Derecho-Economía; Titulado en Ingeniería/Arquitectura/Mantenimiento; Titulado en Psicología; Titulado en Farmacia (Especialista en Farmacia Hospitalaria); Titulado en Biología; Titulado en Radiofísica; Titulado Superior en Seguridad y Prevención

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SALARIO BASE M 2.028,72 € Anexo I, tabla 2022.
SALARIO AÑO A 28.402,08 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo II II 2 conceptos

Puestos: ATS/DUE/Enfermeros/as; Trabajo Social; Terapia Ocupacional; Logopedia; Fisioterapia; Nutrición y Dietética; Educación Social; Educación; Matrona; Ingeniería Técnica-Informática; Relaciones Laborales-Recursos Humanos; Administración

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.454,08 € Anexo I, tabla 2022.
SALARIO AÑO A 20.357,12 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo III III 2 conceptos

Puestos: Técnico de Grado Superior de Análisis/Documentación/Laboratorio/Anatomía Patológica/Animación Sociocultural/Radioterapia/Administración/Dietética/Sistemas Informáticos/Prevención de RRLL; Gobernantes/as; Jefatura de cocina; Oficiales/as; Conductor/a de instalaciones

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SALARIO BASE M 1.242,81 € Anexo I, tabla 2022.
SALARIO AÑO A 17.399,34 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo IV IV 3 conceptos

Puestos: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería; Auxiliar de Clínica; Técnico en Atención Sociosanitaria; Técnico de Farmacia; Cuidadores/as; Puericultura; Cocinero/a; Auxiliar Administrativo; Auxiliar de Oficios; Conductores/as; Telefonista-Recepcionista; Jardinero/a; Peluquero/a; Camarero/a

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SALARIO BASE M 999,15 € Anexo I, tabla 2022.
SALARIO AÑO A 13.988,10 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 0,85 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2022 (RD 152/2022): 1.000,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (999,15 €) queda 0,85 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
Grupo V V 3 conceptos

Puestos: Celador/a; Auxiliar de Conducción/Transporte; Conserjería; Plancha; Lavandería; Costura; Limpieza; Pinche o ayudante de Cocina; Fregadero; Ayudante de Oficios varios; Vigilancia; Peón; Ayudante de camarero/a

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SALARIO BASE M 969,10 € Anexo I, tabla 2022.
SALARIO AÑO A 13.567,40 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
COMPLEMENTO A SALARIO MINIMO GARANTIZADO M 30,90 € estimado Art. 22: si el SMI de un año es superior al salario base pactado, se incrementa automáticamente hasta esa cantidad. SMI 2022 (RD 152/2022): 1.000,00 €/mes a 14 pagas; Salario Base publicado (969,10 €) queda 30,90 € por debajo. Importe estimado: la diferencia hasta el SMI, no publicada por el boletín.
TODAS LAS CATEGORÍAS 6 conceptos

Puestos: Todo el personal afectado por el convenio

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PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 10 HORAS) D 10,20 € Art. 25.
PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 8 HORAS) D 8,16 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD D 14,28 € Art. 25.
PLUS DE FESTIVIDAD ESPECIAL D 28,56 € Art. 25.
HORA EXTRAORDINARIA H 50% Art. 12. Importe único para toda la vigencia.
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS (1º AÑO) M 70% Art. 21.C.4. Importe único para toda la vigencia.
Tabla salarial 2021 (desde 1 de julio) PDF oficial ↗
Grupo I I 2 conceptos

Puestos: Dirección General; Dirección de Administración; Dirección de Recursos Humanos; Dirección Técnica; Dirección Asistencial; Jefatura de Servicio; Jefatura de Unidad; Jefatura de Área; Jefatura de Personal; Jefatura de Administración; Jefatura de Servicios Generales; Titulado en Medicina – Especialista; Titulado en Medicina Guardia Interno; Titulado en Derecho-Economía; Titulado en Ingeniería/Arquitectura/Mantenimiento; Titulado en Psicología; Titulado en Farmacia (Especialista en Farmacia Hospitalaria); Titulado en Biología; Titulado en Radiofísica; Titulado Superior en Seguridad y Prevención

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SALARIO BASE M 2.008,63 € Anexo I, tabla 2021 (desde 1 de julio).
SALARIO AÑO A 28.120,82 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14 (12 mensualidades + 2 pagas extraordinarias).
Grupo II II 2 conceptos

Puestos: ATS/DUE/Enfermeros/as; Trabajo Social; Terapia Ocupacional; Logopedia; Fisioterapia; Nutrición y Dietética; Educación Social; Educación; Matrona; Ingeniería Técnica-Informática; Relaciones Laborales-Recursos Humanos; Administración

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.439,68 € Anexo I, tabla 2021 (desde 1 de julio).
SALARIO AÑO A 20.155,52 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo III III 2 conceptos

Puestos: Técnico de Grado Superior de Análisis/Documentación/Laboratorio/Anatomía Patológica/Animación Sociocultural/Radioterapia/Administración/Dietética/Sistemas Informáticos/Prevención de RRLL; Gobernantes/as; Jefatura de cocina; Oficiales/as; Conductor/a de instalaciones

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.230,50 € Anexo I, tabla 2021 (desde 1 de julio).
SALARIO AÑO A 17.227,00 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo IV IV 2 conceptos

Puestos: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería; Auxiliar de Clínica; Técnico en Atención Sociosanitaria; Técnico de Farmacia; Cuidadores/as; Puericultura; Cocinero/a; Auxiliar Administrativo; Auxiliar de Oficios; Conductores/as; Telefonista-Recepcionista; Jardinero/a; Peluquero/a; Camarero/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 989,26 € Anexo I, tabla 2021 (desde 1 de julio). +1% respecto a la tabla 2020 del convenio anterior (Art. 27).
SALARIO AÑO A 13.849,64 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
Grupo V V 2 conceptos

Puestos: Celador/a; Auxiliar de Conducción/Transporte; Conserjería; Plancha; Lavandería; Costura; Limpieza; Pinche o ayudante de Cocina; Fregadero; Ayudante de Oficios varios; Vigilancia; Peón; Ayudante de camarero/a

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 959,50 € Anexo I, tabla 2021 (desde 1 de julio). +1% sobre el SMI de 950 € (Art. 27).
SALARIO AÑO A 13.433,00 € Anexo I. Coincide con Salario Base × 14.
TODAS LAS CATEGORÍAS 6 conceptos

Puestos: Todo el personal afectado por el convenio

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PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 10 HORAS) D 10,10 € Art. 25: trabajo entre las 22:00 y las 8:00 horas, por noche, para jornadas de 10 horas dentro de ese periodo.
PLUS DE NOCTURNIDAD (JORNADA DE 8 HORAS) D 8,08 € Art. 25: para jornadas de 8 horas comprendidas entre las 22:00 y las 8:00 horas.
PLUS DE FESTIVIDAD D 14,14 € Art. 25: trabajo en días festivos y domingos, por jornada.
PLUS DE FESTIVIDAD ESPECIAL D 28,28 € Art. 25: 25 de diciembre, 1 y 6 de enero (y noches de Nochebuena y Nochevieja), por día.
HORA EXTRAORDINARIA H 50% Art. 12: 50% sobre el valor de la hora ordinaria (salario anual/jornada anual). Sin salario/hora publicado del que derivar un importe fijo. Importe único para toda la vigencia (no varía por año).
RETRIBUCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS (1º AÑO) M 70% Art. 21.C.4: mínimo el 70% del salario de la categoría desempeñada durante el primer año. Importe único para toda la vigencia (no varía por año).

Historia del convenio

01/01/2021 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2025 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de sanidad (sanidad privada: hospitalización, asistencia, consultas, cirugía ambulatoria, diagnóstico médico y laboratorios de diagnóstico clínico) (Valladolid)?

En 2025, el salario base va desde 1.000,44 € hasta 2.090,20 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y garantías del texto

El convenio rige del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025, con prórroga automática hasta la firma de uno nuevo.

  • Vigencia pactada: 01-01-2021 a 31-12-2025 (Art. 4).
  • Denuncia automática al término de la vigencia, sin necesidad de comunicación; el convenio se mantiene vigente en su totalidad hasta la firma de un nuevo convenio que lo sustituya (Art. 5, ultraactividad indefinida).
  • Vinculación a la totalidad: las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible, consideradas globalmente y en cómputo anual (Art. 7).
  • Neutralización de mejoras legales: las disposiciones legales futuras que impliquen variación económica solo tienen eficacia práctica si, sumadas a lo ya pactado, superan el nivel total anual vigente (Art. 8).
  • Nulidad parcial: si la autoridad laboral o judicial declara ilícito el convenio o parte de él, la Comisión Negociadora debe reunirse para sustituirlo o revisarlo, manteniéndose vigente el resto del articulado salvo que se acuerde lo contrario (Art. 9).

Jornada laboral

Jornada máxima anual de 1.751 horas entre 2021 y 2024, que se reduce a 1.744 horas en 2025.

  • Jornada máxima anual: 1.751 horas en 2021, 2022, 2023 y 2024; 1.744 horas en 2025 (Art. 10).
  • Descanso de 30 minutos en cada jornada ordinaria diaria (15 minutos si la jornada es inferior a 5 horas), computado como tiempo de trabajo efectivo.
  • Horas extraordinarias: máximo 80 horas anuales, solo las de carácter estructural según la legislación vigente, de realización voluntaria; incremento del 50% sobre el valor de la hora ordinaria (Art. 12).

Vacaciones

30 días naturales de vacaciones retribuidas, a disfrutar entre junio y septiembre salvo acuerdo distinto.

  • Duración: 30 días naturales al año, entre los meses de junio, julio, agosto y septiembre, salvo acuerdo entre las partes (Art. 14).
  • Disfrute en un solo periodo, en dos fracciones de quince días, o en fracciones distintas si hay acuerdo y lo permiten las necesidades del servicio.
  • Si la IT coincide con las vacaciones fijadas, se tiene derecho a disfrutarlas en fecha distinta, con un plazo máximo de dieciocho meses desde el final del año en que se originó la incapacidad (salvo los supuestos de embarazo/parto/lactancia o suspensión del Art. 48.4 ET, que no tienen ese límite).

Complemento por Incapacidad Temporal

La empresa garantiza el 100% del salario real: desde el día 21 hasta el 60 en IT común (una vez al año), y sin límite de días hasta 18 meses en accidente de trabajo o enfermedad profesional.

  • Enfermedad común, accidente no laboral, o intervención quirúrgica/hospitalización: 100% del salario real desde el día 21 hasta el día 60, por una sola vez en el año natural (Art. 29.1).
  • Accidente de trabajo y/o enfermedad profesional: 100% del salario real durante toda la duración de la IT, hasta un máximo de 18 meses (Art. 29.2).

Pagas extraordinarias

Dos gratificaciones extraordinarias (verano y navidad), de 30 días de Salario Base más los complementos ad personam y de vinculación.

  • Dos pagas extraordinarias: una de verano (primera quincena de julio) y otra de Navidad (mes de diciembre), cada una de 30 días de Salario Base más los complementos «ad personam» y «de vinculación» (Art. 26).
  • Se devengan por semestres naturales; quien no complete un semestre cobra la parte proporcional.
  • Pueden prorratearse mensualmente por mutuo acuerdo, a petición de la persona trabajadora.

Incremento salarial pactado

El Anexo I ya publica la tabla completa de los cinco años (2021-2025); el Art. 27 detalla el porcentaje de cada año, verificado encadenando cada tabla con la anterior.

  • 2021 (con efectos de 1 de julio): +1% para el Grupo IV; +1% sobre el SMI de 950 € para el Grupo V; los Grupos I, II y III no tienen incremento (parten de la tabla 2020 del convenio anterior).
  • 2022 (con efectos de 1 de enero): +1% sobre la tabla de 2021, para todos los grupos.
  • 2023 (con efectos de 1 de enero): +1% sobre la tabla de 2022, para todos los grupos.
  • 2024 (con efectos de 1 de enero): +1% sobre la tabla de 2023, para todos los grupos.
  • 2025 (con efectos de 1 de enero): +1% sobre la tabla de 2024 para los Grupos I, II y III; +1,20% para los Grupos IV y V.
  • Cadena verificada al céntimo en los cinco grupos y los cinco años; Salario Año = Salario Mes × 14 en todos los casos.

Complemento de vinculación (sustitutivo de la antigüedad)

El convenio no tiene complemento de antigüedad: quien lo tenía consolidado en 2003 conserva la cuantía fija como «complemento de vinculación», congelado y no absorbible.

  • La antigüedad se suprimió como concepto retributivo con el convenio colectivo del año 2003 (Art. 24).
  • Quien tuviera antigüedad consolidada en aquel momento sigue percibiendo esa cantidad fija con la denominación «complemento de vinculación», de carácter personal.
  • El complemento de vinculación no es absorbible, ni compensable, ni revalorizable en el futuro.

Condiciones más beneficiosas y empleo estable

Quien viniera cobrando más que la nueva tabla conserva la diferencia como complemento «ad personam» no absorbible; las empresas se comprometen a mantener el 80% de la plantilla con contrato indefinido.

  • Complemento «ad personam»: quien a la entrada en vigor del convenio prestara servicio con condiciones más beneficiosas que las nuevas tablas conserva la diferencia como complemento personal no absorbible; en ningún caso se puede cobrar menos, en cómputo anual, que en el año anterior a la firma del convenio (Art. 23). El texto no publica un importe: es una garantía individual sin cuantía tabulada, por lo que no se estructura como concepto económico.
  • Empleo estable: las empresas se comprometen a mantener, como mínimo, el 80% de la plantilla con contrato indefinido durante toda la vigencia (sin contar los contratos en prácticas); la contratación temporal no puede superar el 20% de la plantilla en activo (sin contar sustituciones de hasta 16 semanas) (Art. 21).
  • Contrato en prácticas: retribución mínima del 70% del salario de la categoría durante el primer año (Art. 21.C.4).
  • Cláusula de descuelgue: la empresa que no pueda asumir los incrementos salariales por causas económico-financieras debe comunicarlo a la Comisión Paritaria en el mes siguiente a la publicación del convenio o sus revisiones, acreditando pérdidas y aportando un plan de viabilidad; el acuerdo de descuelgue requiere unanimidad de la Comisión (Art. 43).
  • Régimen disciplinario: faltas leves, graves y muy graves con sus sanciones correspondientes (desde amonestación hasta la rescisión del contrato en las muy graves de grado máximo), prescripción a los 10/20/60 días según gravedad y máximo de 6 meses desde la comisión (Arts. 32 a 37).
  • Planes de igualdad (Anexo II) y protocolo de acoso sexual y por razón de sexo (Anexo III), con procedimiento de denuncia, instrucción e informe final.

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio no establece la obligación de contratar una póliza colectiva ni fija indemnizaciones por muerte o incapacidad a cargo de la empresa. El convenio no exige contratar ninguna póliza de seguro colectivo ni fija capitales asegurados por muerte, invalidez o jubilación.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio no pacta subrogación convencional de la plantilla al cambiar la contrata. El texto no contiene ninguna cláusula de subrogación de personal entre empresas o contratas.

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