Incrementos y revisiones futuras
Estos años aún no tienen tabla con importes concretos: su subida depende del IPC.
Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.
2026 Grupos 0, I y II: SMI vigente aprobado por el Gobierno. Grupos III, IV y V: salario mínimo garantizado anterior + la misma cantidad en euros en que suba el SMI. Si no sube el SMI: +0,5 % sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo, desde enero. · Sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo vigente en ese momento Sin compensación ni absorción del art. 26 del Estatuto de los Trabajadores. El convenio no publica tabla para este año (art. 10.1).
2027 Grupos 0, I y II: SMI vigente. Grupos III, IV y V: + la misma cantidad en euros en que suba el SMI. Si no sube el SMI: +0,5 % desde enero para todos los grupos. · Sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo vigente en ese momento Además, desde el 1 de enero de 2027 la masa salarial de los registros de diez o menos personas trabajadoras pasa del 38,5 % al 39 % de los beneficios líquidos (disposición transitoria primera), lo que afecta solo al salario variable de los grupos IV y V.
2028 Grupos 0, I y II: SMI vigente. Grupos III, IV y V: + la misma cantidad en euros en que suba el SMI. Si no sube el SMI: +0,5 % desde enero para todos los grupos. · Sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo vigente en ese momento
2029 Grupos 0, I y II: SMI vigente. Grupos III, IV y V: + la misma cantidad en euros en que suba el SMI. Si no sube el SMI: +0,5 % desde enero para todos los grupos. · Sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo vigente en ese momento Desde el 1 de enero de 2029 la masa salarial de los registros de diez o menos personas trabajadoras pasa al 39,5 % de los beneficios líquidos (disposición transitoria primera).
2030 Grupos 0, I y II: SMI vigente. Grupos III, IV y V: + la misma cantidad en euros en que suba el SMI. Si no sube el SMI: +0,5 % desde enero para todos los grupos. · Sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo vigente en ese momento
2031 Grupos 0, I y II: SMI vigente. Grupos III, IV y V: + la misma cantidad en euros en que suba el SMI. Si no sube el SMI: +0,5 % desde enero para todos los grupos. · Sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo vigente en ese momento Desde el 1 de enero de 2031 la masa salarial es del 40 % de los beneficios líquidos en TODOS los registros, con independencia del número de personas trabajadoras (disposición transitoria primera).
2032 Grupos 0, I y II: SMI vigente. Grupos III, IV y V: + la misma cantidad en euros en que suba el SMI. Si no sube el SMI: +0,5 % desde enero para todos los grupos. · Sobre el salario mínimo garantizado de cada grupo vigente en ese momento Último año de vigencia inicial del convenio (31 de diciembre de 2032).