Vigencia 2025-2027, con denuncia automática al vencer
Convenio de dos años y medio de efectos económicos, firmado en julio de 2025 y publicado en marzo de 2026.
- Entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOCYL (25 de marzo de 2026) y surte efectos económicos, en cuanto a salarios, desde el 1 de agosto de 2025 (art. 3).
- Duración hasta el 31 de diciembre de 2027 (art. 3).
- Se firmó en Ponferrada el 31 de julio de 2025.
- La denuncia puede hacerla por escrito cualquiera de las partes con una antelación mínima de 15 días al fin de la vigencia; si nadie la formula, el convenio SE ENTIENDE DENUNCIADO AUTOMÁTICAMENTE a la finalización de su vigencia (art. 4).
- En los 30 días siguientes a la denuncia las partes se comprometen a iniciar la negociación de un nuevo convenio (art. 4.4).
- El texto no regula qué ocurre con el convenio mientras se negocia el siguiente (no hay cláusula de ultraactividad ni de prórroga).
- Se aplica a todas las empresas de extracción y/o elaboración de pizarras de Castilla y León (CNAE 0811 y 2370) y es norma supletoria el Acuerdo Marco del Sector Pizarra (BOE de 30/05/2022) (arts. 2 y 6).
- Se respetan las condiciones más beneficiosas reconocidas a título personal, absorbibles solo si las condiciones del convenio, en cómputo global y anual, las superan (art. 5).