Vigencia y prórroga
El convenio dura un solo año natural: 2026.
- Vigencia: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
- Los efectos económicos empiezan el 1 de enero de 2026, con independencia de la fecha de publicación en el DOG.
- Si no se denuncia por escrito con tres meses de antelación al vencimiento, se entiende prorrogado de año en año.
- En caso de prórroga, los salarios se incrementan en el mes de enero conforme al IPC del INE referido a los doce meses anteriores.
- Cláusula de desvinculación: las empresas que acrediten descensos en términos reales de sus resultados en los dos últimos ejercicios mantienen el nivel retributivo del convenio anterior, justificándolo con la documentación presentada ante Hacienda y el Registro Mercantil.